ANEXO I. Suministro de Energía Eléctrica y Gas Natural

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Transcripción:

ANEXO I Suministro de Energía Eléctrica y Gas Natural 1.- Gestión del suministro de electricidad En función del carácter de consumidores eléctricos de las empresas integradas en ASAJA y de las distintas condiciones regulatorias en el contexto de liberalización del mercado eléctrico, al amparo de la Ley 54/1997 del Sector Eléctrico y las disposiciones de desarrollo de la misma, se establecen distintas propuestas en función del tipo de suministro. Los contratos de suministro eléctrico contemplarán los siguientes parámetros de contratación: - Potencia/s contratada/s. - Tarifa contratada. - Tensión de suministro. - Complemento por Discriminación Horaria (según tarifa). 1.1.- Suministros de electricidad en alta tensión Se entiende por suministros en alta tensión, todos aquellos con tensión de suministro superior a 1.000 voltios. Aquellos suministros con potencia contratada en valle no superior a 450 kw y tensión hasta 36.000 V, podrán contratar alguna de las siguientes tarifas: Tarifa Óptima y Tarifa Óptima Fin de Semana. Para el resto de suministros en alta tensión, se realizará una oferta individualizada para los mismos, a partir del análisis de su facturación actual y el perfil del consumo. De este modo se indicará y optimizará potencias a contratar, modalidad de precios y periodos de consumo, energía reactiva y cuantos aspectos deban contemplarse para garantizar la modalidad de contratación más adecuada, en forma y precio. 1

TARIFA ÓPTIMA Esta tarifa se podrá aplicar a los puntos de suministro con potencia contratada en valle no superior a 450 kw, y tensión superior a 1kV y hasta 36kV, siendo necesaria la domiciliación bancaria previa. Los componentes del producto son los que se detallan a continuación: TÉRMINO DE POTENCIA Periodo P1 - Punta P2 - Llano P3 - Valle Precio 25,890494 15,965972 3,661179 Euros/kW y año Cálculo de la potencia facturada igual que para la tarifa de acceso 3.1A (1) TÉRMINO DE ENERGÍA Periodo P1 - Punta P2 Llano P3 - Valle Precio 0,156849 0,140190 0,091715 Euros/kWh Precio aplicable sobre la energía consumida en el periodo horario correspondiente (1), (2). COMPLEMENTO POR DESCUENTO 11% Se aplica sobre el Término de Energía hasta el 30/09/2014*. 1% Se aplica sobre el Término de Energía hasta el 30/09/2014 por pertenencia a ASAJA **. COMPLEMENTO POR EXCESOS DE REACTIVA ALQUILER DE EQUIPOS DE MEDIDA Precio Según Regulación Euros/kVArh Energía reactiva que supere el 33% de la activa en los periodos Punta y Llano de la Tarifa de Acceso 3.1A. Precio en función del cos. (3) (1) Precios actualizables en función de las revisiones reglamentarias por componentes regulados. (2) Los periodos horarios coincidirán en todo momento con los de la tarifa de acceso 3.1A, inicialmente disposición adicional tercera Orden ITC/3801/2008. (3) Facturación según reglamentación vigente en cada momento para tarifa de acceso 3.1A (actualmente, RD 1164/2001 y Orden IET/221/2013). Ninguno de los precios incluidos en el presente anexo lleva incluidos los correspondientes impuestos. En caso de suministro en alta tensión medido en baja tensión, se aplicarán los mismos recargos por pérdidas que aplique la distribuidora. En caso de modificación de las condiciones económicas del contrato de acceso, para su repercusión sobre el contrato de suministro se tomará como base el R.D. 1164/2001 y la Orden IET/221/2013. Válido para suministros con potencia contratada en valle no superior a 450 kw, y tensión superior a 1kV y hasta 36kV. * Descuento mínimo. En función de la tipología del suministro este descuento podría alcanzar valores superiores. ** Descuento aplicable en función de la tipología del suministro. Esta oferta tiene validez hasta el 31 de agosto de 2013. Los contratos firmados durante este periodo tendrán una duración de un año, a contar desde la fecha de activación del mismo. 2

TARIFA ÓPTIMA FIN DE SEMANA Esta tarifa se podrá aplicar a los puntos de suministro con potencia contratada en valle superior a 50 kw y no superior a 450 kw, y tensión superior a 1kV y hasta 36kV, siendo necesaria la domiciliación bancaria previa. Los componentes del producto son los que se detallan a continuación: TÉRMINO DE POTENCIA Periodo P1 - Punta P2 - Llano P3 - Valle Precio 25,890494 15,965972 3,661179 Euros/kW y año Cálculo de la potencia facturada igual que para la tarifa de acceso 3.1A (1) TÉRMINO DE ENERGÍA Periodo P1 - Punta P2 Llano P3 - Valle Precio 0,152580 0,133844 0,106649 Euros/kWh Precio aplicable sobre la energía consumida en el periodo horario correspondiente (1), (2). COMPLEMENTO POR DESCUENTO 11% Se aplica sobre el Término de Energía hasta el 30/09/2014*. 1% Se aplica sobre el Término de Energía hasta el 30/09/2014 por pertenencia a ASAJA **. COMPLEMENTO POR EXCESOS DE REACTIVA ALQUILER DE EQUIPOS DE MEDIDA Precio Según Regulación Euros/kVArh Energía reactiva que supere el 33% de la activa en los periodos Punta y Llano de la Tarifa de Acceso 3.1A. Precio en función del cos. (3) (1) Precios actualizables en función de las revisiones reglamentarias por componentes regulados. (2) Periodos iguales a los de la discriminación horaria Tipo 4 (DH4) de Mercado Regulado, inicialmente Anexo II Orden ITC/2794/2007. (3) Facturación según reglamentación vigente en cada momento para tarifa de acceso 3.1A (actualmente, RD 1164/2001 y Orden IET/221/2013). Ninguno de los precios incluidos en el presente anexo lleva incluidos los correspondientes impuestos. En caso de suministro en alta tensión medido en baja tensión, se aplicarán los mismos recargos por pérdidas que aplique la distribuidora. En caso de modificación de las condiciones económicas del contrato de acceso, para su repercusión sobre el contrato de suministro se tomará como base el R.D. 1164/2001 y la Orden IET/221/2013. Válido para suministros con potencia contratada en valle superior a 50 kw y no superior a 450 kw, y tensión superior a 1kV y hasta 36kV. * Descuento mínimo. En función de la tipología del suministro este descuento podría alcanzar valores superiores. ** Descuento aplicable en función de la tipología del suministro. Esta oferta tiene validez hasta el 31 de agosto de 2013. Los contratos firmados durante este periodo tendrán una duración de un año, a contar desde la fecha de activación del mismo. 3

1.2.- Suministros de electricidad en baja tensión Los puntos de suministro objeto de esta propuesta son los siguientes: Actualmente en baja tensión (tensión de suministro hasta 1000 V). Quedan expresamente excluidos los puntos de suministro de temporada, eventuales, provisionales de obra y complementarios o de seguridad. En aquellos puntos de suministro objeto según las condiciones descritas, el producto ofertado por Endesa Energía, S.A.U. para ASAJA será el especificado en función de los parámetros de contratación. 4

TARIFA AHORA Esta tarifa se podrá aplicar a los puntos de suministro de baja tensión con potencia contratada superior a 15kW, siendo necesaria la domiciliación bancaria previa. Los componentes del producto son los que se detallan a continuación: TÉRMINO DE POTENCIA Precio 2,669959 Euros/kW y mes De aplicación sobre la máxima potencia contratada (1) TÉRMINO DE ENERGÍA Periodo P1 Punta P2 Llano P3 Valle Precio 0,220058 0,168085 0,104063 Euros/kWh Precio a aplicar sobre la energía consumida en el periodo horario correspondiente (1),(2). COMPLEMENTOS POR DESCUENTO 19% Se aplica sobre el Término de Energía hasta 30/09/2014*. 1% Se aplica sobre el Término de Energía hasta el 30/09/2014 por pertenencia a ASAJA **. COMPLEMENTO POR EXCESOS DE REACTIVA Precio Según Regulación Euros/kVArh Energía reactiva que supere el 33% de la activa en los periodos Punta y Llano de la Tarifa de Acceso 3.0A. Precio en función del cos (3). COMPLEMENTO POR EXCESOS DE POTENCIA Se aplicará en aquellos periodos en que se supere el 105% de la potencia contratada, según RD 1164/2001 y facturados al precio del término de potencia del periodo correspondiente de la Tarifa de Acceso 3.0A que en cada momento sea establecido reglamentariamente. (1) Precios actualizables en función de las revisiones reglamentarias por componentes regulados. (2) Periodos iguales a los definidos para la tarifa de acceso 3.0A que reglamentariamente se establezcan en cada momento. Inicialmente, Anexo II de la Orden ITC/2794/2007. (3) Facturación según reglamentación vigente en cada momento para tarifa de acceso 3.0A (actualmente, RD 1164/2001 y Orden IET/221/2013). Ninguno de los precios lleva incluidos los correspondientes impuestos. En caso de modificación de las condiciones económicas del contrato de acceso, para su repercusión sobre el contrato de suministro se tomará como base el R.D. 1164/2001 y la Orden IET/221/2013. Válido para suministros con potencia contratada superior a 15 kw, tarifa de acceso 3.0A, y tensión inferior o igual a 1kV. * Descuento mínimo. En función de la tipología del suministro este descuento podría alcanzar valores superiores. ** Descuento aplicable en función de la tipología del suministro. Esta oferta tiene validez hasta el 31 de agosto de 2013. Los contratos firmados durante este periodo tendrán una duración de un año, a contar desde la fecha de activación del mismo. 5

TARIFA DECIDE Esta tarifa se podrá aplicar a los puntos de suministro de baja tensión con potencia contratada superior a 10kW y hasta 15kW sin discriminación horaria de dos periodos, siendo necesaria la domiciliación bancaria previa. Los componentes del producto son los que se detallan a continuación: TÉRMINO DE POTENCIA Precio 3,011211 Euros/kW y mes De aplicación sobre la potencia contratada (1), (2) TÉRMINO DE ENERGÍA Precio 0,190451 Euros/kWh Precio a aplicar sobre la energía consumida (1), (2). COMPLEMENTOS POR DESCUENTO 19% Se aplica sobre el Término de Energía hasta 30/09/2014*. 1% Se aplica sobre el Término de Energía hasta el 30/09/2014 por pertenencia a ASAJA **. COMPLEMENTO POR EXCESOS DE REACTIVA ALQUILER DE EQUIPO DE CONTROL Precio Según Regulación Euros/kVArh Energía reactiva que supere el 50% de la activa. Precio en función del cos (3). (1) Precio actualizable en función de las revisiones reglamentarias por componentes regulados. (2) En caso de modificación de las condiciones económicas del contrato de acceso, para su repercusión sobre el contrato de suministro se tomará como base el R.D. 1164/2001 y la Orden IET/221/2013. (3) Facturación según reglamentación vigente en cada momento para tarifa de acceso 2.1A (actualmente, RD1164/2001 y Orden IET/221/2013). Ninguno de los precios lleva incluidos los correspondientes impuestos. Oferta válida para suministros con potencia contratada superior a 10kW y hasta 15kW, tarifa de acceso 2.1A y tensión inferior o igual a 1000 V. * Descuento mínimo. En función de la tipología del suministro este descuento podría alcanzar valores superiores. ** Descuento aplicable en función de la tipología del suministro. Esta oferta tiene validez hasta el 31 de agosto de 2013. Los contratos firmados durante este periodo tendrán una duración de un año, a contar desde la fecha de activación del mismo. 6

TARIFA DECIDE DH Esta tarifa se podrá aplicar a los puntos de suministro de baja tensión con potencia contratada superior a 10kW y hasta 15kW con discriminación horaria de dos periodos, siendo necesaria la domiciliación bancaria previa. Los componentes del producto son los que se detallan a continuación: TÉRMINO DE POTENCIA Precio 2,959769 Euros/kW y mes De aplicación sobre la potencia contratada (1), (2) TÉRMINO DE ENERGÍA Periodo P1 Punta P2 Valle Precio 0,213902 0,112938 Euros/kWh Precio a aplicar sobre la energía consumida en el periodo horario correspondiente (1), (2), (3). COMPLEMENTOS POR DESCUENTO 19% Se aplica sobre el Término de Energía hasta 30/09/2014*. 1% Se aplica sobre el Término de Energía hasta el 30/09/2014 por pertenencia a ASAJA **. COMPLEMENTO POR EXCESOS DE REACTIVA ALQUILER DE EQUIPO DE CONTROL Precio Según Regulación Euros/kVArh Energía reactiva que supere el 50% de la activa. Precio en función del cos (4). (1) Precios actualizables en función de las revisiones reglamentarias por componentes regulados. (2) En caso de modificación de las condiciones económicas del contrato de acceso, para su repercusión sobre el contrato de suministro se tomará como base el R.D. 1164/2001 y la Orden IET/221/2013. (3) Periodos iguales a los definidos para la tarifa de acceso 2.1DHA que reglamentariamente se establezcan en cada momento (Inicialmente, Anexo II de la Orden ITC/2794/2007). (4) Facturación según reglamentación vigente en cada momento para tarifa de acceso 2.1DHA (actualmente, RD1164/2001 y Orden IET/221/2013). Ninguno de los precios lleva incluidos los correspondientes impuestos. Oferta válida para suministros con potencia contratada superior a 10kW y hasta 15kW, tarifa de acceso 2.1DHA y tensión inferior o igual a 1000 V. Esta oferta tiene validez hasta el 31 de agosto de 2013. Los contratos firmados durante este periodo tendrán una duración de un año, a contar desde la fecha de activación del mismo. 7

TARIFA TRANQUILIDAD SIN DH Esta tarifa se podrá aplicar a los puntos de suministro de baja tensión con potencia contratada inferior a 10kW sin discriminación horaria (tarifa de acceso 2.0A), siendo necesaria la domiciliación bancaria previa. Los componentes del producto son los que se detallan a continuación: TÉRMINO DE POTENCIA Precio 1,824432 Euros/kW y mes De aplicación sobre la potencia contratada (1). TÉRMINO DE ENERGÍA Precio 0,182282 Euros/kWh Precio a aplicar sobre la energía consumida (2). COMPLEMENTOS POR DESCUENTO 6% Se aplica sobre el Término de Energía hasta 31/10/2015. COMPLEMENTO POR EXCESOS DE REACTIVA ALQUILER DE EQUIPO DE CONTROL Precio Según Regulación Euros/kVArh Energía reactiva que supere el 50% de la activa. Precio en función del cos (3). (1) Precio igual al del término de potencia establecido, en cada momento, para la tarifa de último recurso (Actualmente BOE Nº 155 de 29/06/2013). (2) El precio se mantendrá hasta el 31-10-2015, sin perjuicio de las revisiones reglamentarias por componentes regulados. Las variaciones que se den en los componentes regulados que le son de aplicación, así como nuevos que puedan aparecer, se trasladarán al cliente, tanto al alza como a la baja (Actualmente RD 1164/2001 y Orden IET/221/2013). (3) Facturación según reglamentación vigente en cada momento para tarifa de acceso 2.0A (actualmente RD 1164/2001 y Orden IET/221/2013). Ninguno de los precios incluidos en el presente anexo lleva incluidos los correspondientes impuestos. Contrato válido para suministros, con potencia contratada inferior o igual a 10 kw, tarifa de acceso 2.0A y tensión inferior o igual a 1kV. Esta oferta tiene validez hasta el 31 de agosto de 2013. Los contratos firmados durante este periodo tendrán una duración de un año, a contar desde la fecha de activación del mismo. 8

TARIFA TRANQUILIDAD CON DH Esta tarifa se podrá aplicar a los puntos de suministro de baja tensión con potencia contratada inferior a 10kW con discriminación horaria (tarifa de acceso 2.0DHA), siendo necesaria la domiciliación bancaria previa. Los componentes del producto son los que se detallan a continuación: TÉRMINO DE POTENCIA Precio 1,824432 Euros/kW y mes De aplicación sobre la potencia contratada (1). TÉRMINO DE ENERGÍA Precio 0,223074 0,092273 Euros/kWh Precio a aplicar sobre la energía consumida (2). COMPLEMENTOS POR DESCUENTO 6% Se aplica sobre el Término de Energía hasta 31/10/2015. COMPLEMENTO POR EXCESOS DE REACTIVA ALQUILER DE EQUIPO DE CONTROL Precio Según Regulación Euros/kVArh Energía reactiva que supere el 50% de la activa. Precio en función del cos (3). (1) Precio igual al del término de potencia establecido, en cada momento, para la tarifa de último recurso (Actualmente BOE Nº 155 de 29/06/2013). (2) El precio se mantendrá hasta el 31-10-2015, sin perjuicio de las revisiones reglamentarias por componentes regulados. Las variaciones que se den en los componentes regulados que le son de aplicación, así como nuevos que puedan aparecer, se trasladarán al cliente, tanto al alza como a la baja (Actualmente RD 1164/2001 y Orden IET/221/2013). (3) Facturación según reglamentación vigente en cada momento para tarifa de acceso 2.0DHA (actualmente RD 1164/2001 y Orden IET/221/2013). Ninguno de los precios incluidos en el presente anexo lleva incluidos los correspondientes impuestos. Contrato válido para suministros, con potencia contratada inferior o igual a 10 kw con discriminación horaria, tarifa de acceso 2.0DHA y tensión inferior o igual a 1kV. Esta oferta tiene validez hasta el 31 de agosto de 2013. Los contratos firmados durante este periodo tendrán una duración de un año, a contar desde la fecha de activación del mismo. 9

2.- Gestión del suministro de gas natural Los productos de gas natural canalizado a ofertar de manera individual o conjunta con el suministro eléctrico serán los recogidos en el presente anexo para todas las empresas de ASAJA, incluyéndose los descuentos aplicables a todos sus asociados en función de su grupo tarifario actual, presión de suministro y nivel de consumo. Se consideran consumidores cualificados los asociados que dispongan de una o varias instalaciones con el fin de obtener el consumo de gas natural y, además: el titular ha de ser una única persona física o jurídica; los centros o unidades que constituyan la instalación han de estar unidos por conductos de gas propios, y el gas natural ha de ser para uso propio. Los contratos de suministro de gas natural contemplarán los actuales parámetros de contratación con la empresa distribuidora: - Presión de suministro. - Tarifa de acceso a la red de distribución según nivel de consumo anual. 2.1.- Suministro de gas de alta presión Se entienden por suministros de alta presión todos los que tienen una presión de suministro superior a 4 bar. En función de la complejidad de estos suministros, se realizará una oferta personalizada a partir del análisis de su facturación actual y el perfil de consumo. De esta manera, se indicará y optimizará la modalidad de precios y cuantos aspectos deban contemplarse para garantizar la modalidad de contratación más adecuada, en forma y precio. 2.2.- Suministros de gas de baja presión Los puntos de suministro objeto de esta propuesta deberán ser suministrados en baja presión ( 4 bar). Para los puntos de suministro objeto de esta propuesta según las condiciones descritas, el producto ofertado por Endesa Energía, S.A.U. a ASAJA será el especificado en función del grupo tarifario según nivel de consumo anual. Se podrán acoger a esta tarifa los clientes de baja presión. Para poder aplicar esta tarifa, se exige la domiciliación bancaria previa. Clasificación de los grupos tarifarios: Grupo Tarifario Tarifa de Último Recurso Presión Límite consumo anual [kwh] 3.1 TUR.1 4 bar 5.000 3.2 TUR.2 4 bar >5.000 y 50.000 3.3 N/A 4 bar >50.000 y 100.000 3.4 N/A 4 bar >100.000 10

TARIFAS GAS NEGOCIO, GAS EMPRESAS, GAS CERO Y GAS ESTABLE A continuación se definen los productos disponibles en función del grupo tarifario: Suministros con grupo tarifario 3.1 ó 3.2 (TARIFA GAS NEGOCIO) TÉRMINO FIJO Y TÉRMINO VARIABLE Grupo Tarifario Término Fijo [Euros/Mes] (1) Término Variable [Euros/kWh] (1) 3.1 4,3 0,057508 3.2 8,58 0,050789 En función del grupo tarifario que tenga contratado el cliente por la distribuidora. El término variable se aplicará sobre todo el gas consumido. DESCUENTOS 15% 5% Descuento sobre el Término Fijo aplicable durante 12 meses desde la fecha de activación del contrato. Descuento sobre el Término Variable aplicable durante 12 meses desde la fecha de activación del contrato. Nota: Descuentos incompatibles entre sí. Precio Según regulación Euros/mes (1) Precios según término fijo y variable que en cada momento se establezcan de manera reglamentaria para la tarifa de último recurso (Actualmente en vigor Resolución de 28 de diciembre de 2012, de la DGPEyM BOE núm. 314). Ninguno de los precios incluidos en el presente anexo lleva incluidos los correspondientes impuestos. En caso de que el distribuidor cambie el grupo tarifario del suministro contratado con esta tarifa, Endesa Energía podrá, en cualquier momento, cambiar la tarifa de referencia de este contrato a la que corresponda con el nuevo grupo tarifario. En caso de que se supriman las tarifas de referencia de este contrato, el Comercializador informará por escrito al Cliente de las nuevas condiciones económicas y de revisión de precios que las substituyan. Condiciones válidas si contrato es firmado por el Cliente y entregado a Endesa Energía S.A.U. antes del 30 de Septiembre de 2013. 11

Suministros con grupo tarifario 3.3 ó 3.4 1. Tarifa Gas Empresas Si su empresa consume más de 50.000 kwh/año, hemos diseñado una tarifa de gas para usted: la Tarifa Gas Empresas de Endesa. Con ella obtiene un precio competitivo y contrata un producto TRANSPARENTE. Nuestro término fijo es el término de conducción, regulado por el Gobierno. Nuestro término variable refleja de manera transparente el precio del combustible en el mercado del gas natural y se actualiza trimestralmente, estando su precio optimizado en cada momento. TÉRMINO FIJO Y TÉRMINO VARIABLE Grupo Tarifario Término Fijo [Euros/Mes] (1) Término Variable [Euros/kWh] (1), (2) 3.3 53,01 0,052719 3.4 79,15 0,049566 En función del grupo tarifario que tenga contratado el cliente por la distribuidora. El término variable se aplicará sobre todo el gas consumido. DESCUENTOS 7% Descuento promocional aplicado sobre el Término Variable durante 12 meses desde la fecha de activación del contrato 8% Descuento promocional aplicado sobre el Término Variable para clientes DUAL-FUEL*y aplicable durante 12 meses desde la fecha de activación del contrato. Nota: Descuentos incompatibles entre sí. DUAL-FUEL: contratación conjunta de electricidad y gas con Endesa Energía, no necesariamente simultánea. Precio Según regulación Euros/mes (1) Se actualizará trasladando las modificaciones que introduzca el Órgano Regulador en los valores de los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas, tomando como base la Orden IET/2812/2012. (2) El Término Variable se actualizará los días 1 de enero, abril, julio y octubre aplicando la siguiente fórmula: Grupo Tarifario 3.3: Tv = (0,977 + 0,0292 x Brent603) x TC303 + 2,12097 (centeuro/kwh) Grupo Tarifario 3.4: Tv = (0,977 + 0,0292 x Brent603) x TC303 + 1,80567 (centeuro/kwh), siendo: Brent603: Valor promedio en los seis meses anteriores al trimestre de aplicación del término variable de los valores mensuales del Brent Dated publicados en el Platt s Oilgram Price Report, expresados en $/barril. TC303: Inverso de la media de la cotización diaria del tipo de cambio USD/EURO publicado por el Banco de España en el trimestre anterior al trimestre de aplicación del término variable. Los índices (Brent603, TC303) así como el Término Variable, se calcularán con cuatro decimales y el Tipo de Cambio con seis decimales. Ninguno de los precios incluidos en el presente anexo lleva incluidos los correspondientes impuestos. En caso de que el distribuidor cambie el grupo tarifario del suministro contratado con esta tarifa, Endesa Energía podrá, en cualquier momento, cambiar la tarifa de referencia de este contrato a la que corresponda con el nuevo grupo tarifario. En caso de que se supriman las tarifas de referencia de este contrato, el Comercializador informará por escrito al Cliente de las nuevas condiciones económicas y de revisión de precios que las substituyan. Condiciones válidas si contrato es firmado por el Cliente y entregado a Endesa Energía S.A.U. antes del 30 de Septiembre de 2013 12

2. Tarifa Gas Cero La Tarifa Gas Cero de Endesa, es una tarifa única en el mercado con un ahorro directo para su empresa al beneficiarse del Término Fijo GRATIS durante 6 meses al año. TÉRMINO FIJO Y TÉRMINO VARIABLE Grupo Tarifario Término Fijo [Euros/Mes] (1) Término Variable [Euros/kWh] (1), (2) 3.3 53,01 0,051712 3.4 79,15 0,048670 En función del grupo tarifario que tenga contratado el cliente por la distribuidora. El término variable se aplicará sobre todo el gas consumido. DESCUENTOS 100% 10% 2% Descuento sobre el Término Fijo aplicado para temporada de verano (Abril-Mayo-Junio-Julio-Agosto- Septiembre), aplicable hasta final del contrato. Descuento sobre el Término Fijo aplicado para temporada de invierno (Enero-Febrero-Marzo- Octubre-Noviembre-Diciembre), aplicable hasta final del contrato. Descuento Dual-Fuel sobre el Término Variable por contratación conjunta (no necesariamente simultánea) de gas y electricidad con Endesa Energía, aplicable hasta final de contrato. Precio Según regulación Euros/mes (1) El valor del término fijo corresponde con el valor de conducción publicado según regulación. Se actualizará trasladando las modificaciones que introduzca el Órgano Regulador en los valores de los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas, tomando como base la Orden IET/2812/2012. (2) Se revisará trimestralmente en los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año, y entrará en vigor el día 1 de cada mes. Las revisiones trimestrales se calcularán mediante la siguiente fórmula: Tvkn = Tv kn-1 + ΔTvn. Tvkn es el nuevo término variable a aplicar para cada nivel de consumo de referencia k, en el trimestre n. Tv kn-1 es el término variable en vigor para cada nivel de consumo de referencia k en el trimestre n-1 ΔTvn es el incremento del término variable que será aplicable para el trimestre n y se calculará de acuerdo con la siguiente fórmula: ΔTvn = Fn F n-1. El incremento del término variable que se aplicará para cada trimestre (ΔTvn), se calculará mediante la siguiente fórmula: F (cts Eur/kWh) = (0,027 x Brent603 + 0,7) x TC303 Brent603: Valor promedio en los seis meses anteriores al trimestre de aplicación del término variable de los valores mensuales del Brent Dated publicados en el Platt s Oilgram Price Report, expresados en $/barril. TC303: Inverso de la media de la cotización diaria del tipo de cambio USD/EURO publicado por el Banco de España en el trimestre anterior al trimestre de aplicación del término variable. Los índices (Brent603, TC303) así como el término variable, se calcularán con cuatro decimales y el tipo de cambio con seis decimales. Adicionalmente, el término variable se actualizará trasladando las modificaciones que introduzca el Órgano Regulador en los valores de los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas, tomando como base la Orden IET/2812/2012. Ninguno de los precios incluidos en el presente anexo lleva incluidos los correspondientes impuestos. En caso de que el distribuidor cambie el grupo tarifario de este suministro, Endesa Energía podrá, en cualquier momento, cambiar la tarifa de referencia de este contrato a la que corresponda al nuevo grupo tarifario. Contrato válido para suministros de gas natural canalizado de baja presión Condiciones válidas si contrato es firmado por el Cliente y entregado a Endesa Energía S.A.U. antes del 30 de Septiembre de 2013. 13

3. Tarifa Gas Estable TÉRMINO FIJO Y TÉRMINO VARIABLE Grupo Tarifario Término Fijo [Euros/Mes] (1) Término Variable [Euros/kWh] (1) 3.3 53,01 0,057389 3.4 79,15 0,054213 En función del grupo tarifario que tenga contratado el cliente por la distribuidora. El término variable se aplicará sobre todo el gas consumido. DESCUENTOS 5% Descuento promocional aplicado sobre el Término Variable durante 12 meses desde la fecha de activación del contrato Precio Según regulación Euros/mes (1) Las variaciones que se den en los componentes regulados que le son de aplicación, así como nuevos que puedan aparecer, se trasladarán al cliente, tanto al alza como a la baja (actualmente Orden IET/2812/2012).Asimismo, los precios se podrán actualizar, cada 1 de enero, con el valor del IPC* real. * Ultimo Índice de Precios al Consumo interanual general nacional publicado oficialmente en el momento de la actualización. Ninguno de los precios incluidos en el presente anexo lleva incluidos los correspondientes impuestos. En caso de que el distribuidor cambie el grupo tarifario de este suministro, Endesa Energía podrá, en cualquier momento, cambiar la tarifa de referencia de este contrato a la que corresponda al nuevo grupo tarifario. Condiciones válidas si contrato es firmado por el Cliente y entregado a Endesa Energía S.A.U. antes del 15 de julio de 2013. 14