BASES DE CONVOCATORIA A EMPRESAS DE LA CIUDAD DE JAÉN PARA COLABORAR EN EL PROGRAMA DE PRÁCTICAS EN EMPRESAS

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Transcripción:

BASES DE CONVOCATORIA A EMPRESAS DE LA CIUDAD DE JAÉN PARA COLABORAR EN EL PROGRAMA DE PRÁCTICAS EN EMPRESAS En Jaén a miércoles, 15 de febrero de 2012 El artículo 3 de los Estatutos del Instituto Municipal de Empleo y Formación Empresarial del Excmo. Ayuntamiento de Jaén, establece que dicho Instituto tiene como fines todos aquellos que de alguna forma contribuyan a facilitar la mejora en Jaén de la formación, educación no reglada e inserción profesional, la promoción económica, el apoyo a empresas y el fomento del empleo. Para la consecución de dichos fines el artículo 4 del mismo Estatuto indica que es competencia del mismo poner en marcha programas de promoción e inserción profesional a favor de desempleados de la localidad de Jaén. En este sentido, con fecha 7 de octubre de 2008 se aprobó en Consejo Rector el Plan Municipal de Recursos de Inserción del IMEFE, en el que se propone como líneas de actuación Recursos de Formación y Empleo e incentivos a la Inserción. Igualmente, el Instituto Municipal de Empleo y Formación Empresarial del Ayuntamiento de Jaén, está desarrollando el proyecto EMPLE@JAÉN con cargo a la convocatoria 2007 de Ayudas del Fondo Social Europeo, prevista en el Programa Operativo Adaptabilidad y Empleo, según Resolución del Secretario de Estado de cooperación Territorial de fecha 14 de mayo de 2008, dirigido a ofrecer a demandantes de empleo una oportunidad de práctica profesional. Por todo ello, desde IMEFE se publica las siguientes Bases de Convocatoria a Empresas de la ciudad de Jaén para colaborar voluntariamente en el Programa de Formación y Prácticas, con arreglo a las siguientes, PRIMERA.- OBJETO DE LAS BASES CLÁUSULAS La presente convocatoria tiene como fin la invitación a las Empresas de Jaén para colaborar voluntariamente en dos modalidades: MODALIDAD 1: FASE PRÁCTICA DE LAS ACCIONES FORMATIVAS. La entidad colaboraría en el desarrollo de la Fase Práctica de Las Acciones Formativas, acogiendo en su propia empresa a un número limitado de alumnos en las acciones formativas, según lo acordado en el convenio que se suscriba. MODALIDAD 2: PRÁCTICAS EN EMPRESAS, facilitando la formación a personas desempleadas con Previa formación específica adecuada en entornos productivos reales. Las empresas que cumplan los requisitos establecidos por IMEFE, descritos en la cláusula segunda de estas bases, pasaran a formar parte de EMPRESAS COLABORADORAS DE IMEFE y podrán ofertar por una parte, el número de alumnos en prácticas y por otra, el periodo del año en el que se desarrollaran las mismas. Las empresas que cumpliendo con los requisitos obligatorios, no tengan la oportunidad de participar en la convocatoria publicada, entrarán a formar parte de una bolsa de prácticas de empresa, que se irá cubriendo según la disposición y adecuación de los perfiles de los/as desempleados. 1 de 7

SEGUNDA.- BENEFICIARIOS: REQUISITOS OBLIGATORIOS. Podrán ser beneficiarios de la convocatoria que se regula en las presentes bases, los promotores empresariales independientemente de la forma jurídica que adopte la empresa y las asociaciones, fundaciones y demás entidades sin ánimo de lucro, siempre y cuando cumplan los siguientes requisitos obligatorios: a) El centro de trabajo de la empresa esté situado en el municipio de Jaén. b) Que el solicitante se encuentre al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social y tributarias ante las distintas administraciones (local, autonómica y estatal) o en su caso haber solicitado un aplazamiento de estas obligaciones. Quedarán excluidas: 1. Las empresas que hayan sido condenadas por incumplimientos graves de normativa laboral o medioambiental. 2. Aquellas empresas que hayan participado en otras convocatorias y los informes técnicos hayan sido desfavorable. 3. Aquellas empresas que hayan participado en más de dos convocatoria en el año precedente, salvo aquellas que hayan contratado a alguno de los beneficiarios anteriores participantes. TERCERA.- INFORMES TECNICOS Una vez finalizada la participación de la empresa en algunas de las modalidades, los técnicos responsables de esa actuación valoraran: 1. El aprovechamiento del alumn@ en practicas 2. La implicación en la consecución de los objetivos de la entidad. Se considera participación favorable aquellas entidades que hayan cumplido con lo establecido en el convenio. 3. El seguimiento y tutorización del IMEFE. CUARTA.-REQUISITOS VALORABLES En el caso de que el número de Prácticas solicitadas por las empresas supere al número ofertado por IMEFE, la Comisión de Valoración priorizará la concesión conforme a los siguientes criterios: 1. Que la empresa no haya reducido su plantilla en más de un 10% en los últimos doce meses en categorías o escalas profesionales similares a las prácticas ofertadas. Hasta 5 puntos. 2. Que la actividad de la empresa se englobe dentro de los sectores emergentes de la provincia de Jaén. Hasta 10 puntos. 3. Si la empresa, entidad o asociación ha sido beneficiaria con anterioridad de alguna otra convocatoria, colaboración, ayudas u otros programas del IMEFE, se valorará el informe técnico de dichas actuaciones. Hasta 5 puntos. 4. Que exista un compromiso por parte de la entidad a formalizar un contrato de mínimo tres meses de duración a los alumnos que hayan realizado prácticas en su empresa. Hasta 30 puntos La comisión se reserva el derecho de descartar solicitudes de empresas que considere no reúnan los requisitos pedagógicos, de gestión y/o inserción mínimos. 2 de 7

QUINTA.- CARACTERÍSTICAS DE LAS PRÁCTICAS CONVENIADAS. 1. Los desempleados seleccionados como alumnos en prácticas no tendrán vinculación laboral con el IMEFE. 2. Los alumnos en prácticas no tendrán relación laboral, contractual o estatutaria de ningún tipo con la Empresa o Institución en la que se desarrollen sus prácticas, pudiendo formalizarse contrato de trabajo entre la Empresa y el alumno/a en cuyo caso se comunicará al Instituto Municipal de Empleo y Formación Empresarial dicha circunstancia. 3. El IMEFE quedará exento de cualquier responsabilidad civil, mercantil, laboral o cualquier otra derivada de las actuaciones a la que están obligadas las personas o entidades colaboradoras. 4. El alumnado podrá Solicitar un Incentivo a la Inserción, tal y como está definido en el Plan de recursos para la Inserción de IMEFE y Emple@jaen tal y como en sus bases se establece. 5. Las empresas y/o entidades colaboradoras no percibirán ninguna contraprestación económica por su colaboración. 6. El periodo de prácticas queda fijado en: 6.1. La duración Máxima será de dos meses de duración, 6.2. Un máximo de veinticinco horas semanales, pudiendo variar la distribución horario dependiendo de las necesidades de la empresa, de común acuerdo entre El IMEFE y el Alumn@ objeto de la practica. 6.3. Los periodos para la realización de Prácticas se desarrollarán a lo largo del año, excepto los meses de agosto y diciembre. 6.4. La duración y periodo de la Fase Práctica de las Acciones Formativas se definirá en función del Curso organizado. 7. La eventualidad de accidente que pudiera afectar al alumno/a, será cubierta por un Seguro de Accidentes de Trabajo y Responsabilidad Civil, contratado y gestionado por I.M.E.F.E. 8. Tanto la Empresa o Institución colaboradora como I.M.E.F.E, designarán un responsable, que actuará como persona de contacto, seguimiento y Tutorización, del correcto desarrollo de las prácticas. SEXTA.- PROCEDIMIENTO. El procedimiento se inicia a instancia del titular de la empresa interesada, mediante solicitud dirigida a la Presidencia del IMEFE. Las solicitudes se presentarán, según el modelo establecido en el Anexo I, junto con la documentación exigida en la cláusula sexta, en el Registro General del IMEFE o por cualquiera de los medios previstos en la Ley 30/ 92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo Común. La valoración de las solicitudes y la formulación de las propuestas correspondientes de concesión de prácticas de cada convocatoria, se realizará por una Comisión de Valoración constituida al efecto y que estará formada por técnicos del área de formación de IMEFE. La Comisión de Valoración, finalizada cada convocatoria publicará en el tablón de anuncios de IMEFE, la relación de empresas adscritas y programas a los que se adscribe, número de 3 de 7

desempleados en prácticas, los criterios que se han valorado en cada solicitud, el CIF de la entidad, las denegaciones en su caso, o la no concesión por renuncia o cualquier otra causa. El IMEFE podrá disponer que se efectúen las comprobaciones oportunas sobre la veracidad de los datos aportados por las entidades peticionarias, pudiendo requerir la documentación, los informes técnicos, o de otra naturaleza que se consideren necesarios, para una mejor valoración de las solicitudes, resolución y seguimiento del expediente, y en su caso, la rescisión del convenio. SEPTIMA.- SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN Las solicitudes se presentarán según el procedimiento descrito anteriormente, acompañada de la siguiente documentación: a) Fotocopia autocompulsada del documento acreditativo de la personalidad del solicitante. b) Declaración responsable según Anexo II de: 1. que el centro de trabajo de la empresa donde se realizarán las prácticas está ubicado en el municipio de Jaén. 2. hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones Tributarias y con la Seguridad Social o en su caso haber solicitado un aplazamiento de estas obligaciones. 3. que dicha empresa no posee expediente sancionador por incumplimiento grave de normativa laboral o medioambiental. 4. que la empresa no haya reducido su plantilla en más de un 10% en los últimos doce meses en categorías o escalas profesionales similares a las prácticas ofertadas. OCTAVA.- FIRMA DE CONVENIO. La empresa y/o entidad colaboradora firmará un convenio con el IMEFE en el que se establecerán las cláusulas que regirán el acuerdo de colaboración, entrando en vigor una vez firmado y teniendo validez durante el periodo de duración de la Convocatoria, salvo manifestación de renuncia de cualquiera de las partes. El Alumn@ admitido para la realización de la práctica firmará un compromiso de buen aprovechamiento y cumplimiento de normas. NOVENA.- PUBLICIDAD DE LAS PRÁCTICAS. La resolución con el listado de empresas a las que les han sido concedidas prácticas será expuesta en el tablón de anuncios de los Servicios Centrales del IMEFE, así como el plazo para que los desempleados puedan solicitarlas. Las empresas adscritas podrán situar en un lugar visible de su Centro de Trabajo, el rótulo que les facilitará el IMEFE en el que aparecerá la leyenda Empresa colaboradora de IMEFE. DÉCIMA.-RECURSOS E IMPUGNACIONES. Las presentes bases y cuantos actos administrativos se deriven de las mismas, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma prevista en la Ley 30/1992, de 26 4 de 7

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. DISPOSICIÓN FINAL. Las presentes Bases Reguladoras, y las solicitudes, entrarán en vigor el mismo día de su aprobación por el Consejo Rector, con la fecha límite de solicitud establecida anteriormente. 5 de 7

ANEXO I SOLICITUD DE COLABORACIÓN DE ENTIDADES PARA PRÁCTICAS IMEFE Datos de la Empresa Nombre o Razón Social Titular de la Empresa Cargo Domicilio Social Domicilio Puesto Localidad Contacto Provincia Teléfono1 Teléfono2 Fax E-mail Modalidad a la que se adscribe Nº de puestos Prácticas CIF CP CP FASE PRÁCTICA DE LAS ACCIONES FORMATIVAS PRÁCTICAS EN EMPRESAS Nº puestos Características generales del puesto Puesto y Funciones Perfil requerido Periodo Horario (Máximo 25 horas a la semana) Documentación que se adjunta: Fotocopia DNI y CIF de la empresa Declaración jurada según anexo II Declaración jurada de número de personas en plantilla Jaén, a de de 20 Fdo.: Responsable de la Empresa 6 de 7

ANEXO II Yo, Como representante de la Empresa Declaro bajo mi responsabilidad:, con DNI.: 1. que el centro de trabajo donde se realizarán las prácticas está ubicado en el municipio de Jaén, en el siguiente domicilio: 2. que dicha empresa se halla al corriente del cumplimiento de las Obligaciones Tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes o en su caso haber solicitado un aplazamiento de estas obligaciones. 3. que dicha empresa no posee expediente sancionador por incumplimiento grave de normativa laboral o medioambiental. 4. que dicha empresa no ha reducido su plantilla en más de un 10% en los últimos doce meses en categorías o escalas profesionales similares a las prácticas ofertadas Fdo.: En Jaén, a de de 2012. 7 de 7