PAGO ÚNICO INFORME SOBRE LAS CESIONES DE DERECHOS DE PAGO ÚNICO EN ESPAÑA. CAMPAÑA 2010 MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO

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Transcripción:

PAGO ÚNICO INFORME SOBRE LAS CESIONES DE DERECHOS DE PAGO ÚNICO EN ESPAÑA. CAMPAÑA 2010 Febrero 2011

INDICE DE CAPÍTULOS, TABLAS y GRÁFICOS CAPÍTULO I. Introducción. CAPITULO II. Número de cesiones e importes cedidos TABLA 1: Número total de solicitudes por tipo de cesión y Comunidad Autónoma TABLA 2 : Importe total cedido por tipo de cesión y Comunidad Autónoma Gráfico nº 1. Evolución Nº total solicitudes Gráfico nº 2. Evolución Importe total cedido Gráfico nº 3. Nº total solicitudes por CCAA Gráfico nº 4. Importe total cedido por CCAA Gráfico nº 5. Nº total solicitudes por tipo de cesión Gráfico nº 6. Importe total cedido por tipo de cesión CAPITULO III. Número de titulares y receptores para cada tipo de cesión. TABLA 3: Número de titulares cedentes por tipo de cesión y Comunidad Autónoma. TABLA 4: Número de receptores por tipo de cesión y Comunidad Autónoma Gráfico nº 7. Evolución Nº cedentes/cesionarios/solicitudes totales Gráfico nº 8. Nº cedentes por CCAA Gráfico nº 9. Nº cesionarios por CCAA CAPITULO IV. Nutrición de la Reserva Nacional. TABLA 5: Nutrición de la Reserva Nacional por tipo de cesión y Comunidad Autónoma. Gráfico nº 10. Evolución Importes por renuncia voluntaria a la RN Gráfico nº 11. Evolución Importes por peaje Gráfico nº 12. Nutrición RN por tipo de cesión Gráfico nº 13. Nutrición RN por CCAA

CAPÍTULO I. Introducción La importante reforma de la Política Agraria Común acaecida en el año 2003, introdujo cambios sustanciales en relación al régimen de apoyo a la agricultura por la parte de la UE. El elemento clave de la reforma, fue el establecimiento de un régimen de apoyo directo a las rentas de los productores, basado en una ayuda única por explotación independiente de la producción, en consecuencia desacoplada de la misma, pero vinculada al cumplimiento de determinados requisitos de condicionalidad. La ayuda se instrumenta mediante la generación de derechos de pago único, que cada año deben ser activados mediante la presentación de la Solicitud Única. El desarrollo normativo de todos estos nuevos elementos se materializó en el Reglamento (CE) Nº 1782/2003 del Consejo, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa en el marco de la PAC y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores, el cual ha sido derogado por el Reglamento (CE) Nº 73/2009 del Consejo, de 19 de enero, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa a los agricultores en el marco de la PAC Una vez los derechos de pago único se han establecido como definitivos, es decir, una vez solicitada la admisión al régimen del pago único y asignados los derechos el primer año de la aplicación de dicho régimen, los titulares de los mismos podrán cederlos a otro agricultor lo que implicará cambios en la titularidad de los mismos. Se establece, lo que puede denominarse, un mercado de Derechos de Pago Único. En un principio, las condiciones generales que rigen el funcionamiento de este mercado se basaron en los siguientes aspectos Los derechos de ayuda podrán cederse entre agricultores establecido en todo el territorio nacional (a excepción de las Islas Canarias), bien en venta, arrendamiento o cualquier otra forma de cesión admitida en derecho. Las cesiones pueden efectuarse en cualquier momento del año, si bien el cedente dispone de un plazo de notificación de dicha cesión a la administración, que en el caso de España, comprende desde el 1 de noviembre hasta seis semanas antes de la finalización del plazo de presentación de la Solicitud Única del siguiente año. Para determinados tipos de cesiones (herencias, fusiones, etc ), este plazo se amplía hasta la fecha límite del plazo de presentación de la solicitud única. La cesión de derechos de ayuda puede realizarse con o sin tierras, si bien, en el caso de arrendamiento de derechos, sólo podrá hacerse con tierras en un número igual o menor que el de hectáreas admisibles arrendadas, y por el mismo periodo de tiempo. En el caso de venta u otra cesión definitiva de los derechos de ayuda, se aplicará una retención o peaje del valor unitario del derecho, cuyo destino es nutrir la Reserva Nacional. Se establece un Sistema Integrado de Gestión y Control, basado en el ya existente para los regímenes de pagos directos que se introdujeron a consecuencia de las reformas de la PAC en 1992 y Agenda 2000, y que extiende su aplicación al nuevo Régimen del Pago Único. El Reglamento (CE) Nº 73/2009 supedita a este sistema integrado, la gestión y el control de los regímenes de pagos directos en él establecidos y el cumplimiento de las obligaciones en materia de condicionalidad. Debido al elevado número de beneficiarios y derechos, y a la complejidad del sistema de gestión y control, ha sido necesario desarrollar bases de datos nacionales que relacionen los registros generados y permitan aplicar coherentemente la legislación sobre Pago Único en todo el territorio nacional. La coordinación del control de procesos tales como la presentación de

solicitudes de cobro de derechos, la comprobación de la correcta utilización de los mismos, garantizar la constitución de reservas nacionales y, por supuesto, la gestión adecuada de la transferencia, intercambio o cesión de los derechos de pago único, en base a la normativa comunitaria, ha resultado en la constitución de las siguientes bases de datos, diseñadas para la implementación del Régimen de Pago Único: Base de Datos de Ayudas (BDA), Base de Datos de asignación de derechos de Pago Único (BDD) y la Base de Datos de Gestión de Cesiones de Derechos de Pago Único (GDR). En el caso de las cesiones de derechos de pago único, de cara a su consolidación y una vez recibida la comunicación de cada cesión presentada por los interesados, las comunidades autónomas, tras estudiar la documentación anexa a cada expediente y comprobar que se ajustan al tipo de cesión comunicado, proporcionarán a la base de datos de Gestión de Derechos de Pago Único, (GDR) coordinada por el FEGA, la información relativa a dicha comunicación según el formato de ficheros definida o introduciéndolas directamente en dicha base de datos. En la base de datos de gestión de derechos (GDR) cada caso se tratará como una comunicación independiente, y por tanto será posible enviar varias comunicaciones para un mismo beneficiario, reflejando para cada una de ellas todos los derechos que se traspasarán del titular al receptor. En diciembre de 2009 el FEGA presentó la Circular 35/2009 de Coordinación, con objeto de establecer los criterios para la gestión armonizada de las comunicaciones de cesión de derechos de Pago Único, y para la aplicación homogénea en todo el territorio nacional de las retenciones a las ventas y otras cesiones definitivas de los mismos. Resulta necesario, para la gestión de las comunicaciones, precisar las características de los distintos tipos de cesiones de derechos, los requisitos que han de cumplir dichas comunicaciones y los documentos a presentar por los interesados en cada uno de los casos. De esta forma, se establecen criterios homogéneos que permitan, sistemáticamente, decidir si una comunicación se puede aceptar o no, y que peaje, (retención de una parte de los derechos para su incorporación a la reserva nacional), en su caso, hay que aplicarle. Esta nueva Circular 35/2009 sustituye a la Circular 28/2007, - a su vez modificada por las Circulares 7/2008, 38/2008 y 6/2009 - y se adapta a los preceptos contenidos en el Real Decreto 1680/2009, de 13 de noviembre, sobre aplicación del régimen de pago único en la agricultura y la integración de determinadas ayudas agrícolas en el mismo a partir del año 2010. La Circular 35/2009 presenta como novedad más destacable, conforme al artículo 28 del citado Real Decreto 1680/2009, el descenso al 3% del porcentaje de retención o peaje en el supuesto de cesión de derechos referido a la venta o cesión definitiva de derechos sin tierra a un profesional de la agricultura o agricultor con explotación prioritaria, frente al porcentaje de retención del 10% que venía rigiendo en campañas anteriores. El presente informe pretende resumir los principales datos referentes a los movimientos de los derechos de pago único en el cuarto año de funcionamiento del mercado de derechos, desglosando en tablas y gráficos los principales parámetros de la campaña de cesiones 2010, recogidos en la Base de Datos de Gestión de Derechos de Pago Único (GDR)

CAPÍTULO II. Número de cesiones e importes cedidos En la tabla nº 1 se muestra el número total de solicitudes, incluidas las rechazadas, de cesiones registradas en la base de datos durante la campaña de cesiones 2010, clasificadas por tipo de cesión y desglosadas por Comunidad Autónoma de admisión del cedente. Por otro lado en la tabla nº 2 se muestran los importes implicados en dichas cesiones, de nuevo, con los mismos criterios de clasificación. Seguidamente, se incluyen una serie de gráficos que, por un lado, persiguen dar una visión general de la evolución que ha sufrido el mercado de derechos de pago único desde la implantación del Régimen del Pago Único en el año 2006. Por otro lado, se pretende describir la importancia porcentual, por Comunidad Autónoma y por tipo de cesión, de los datos relativos al número total de solicitudes así como del importe total cedido. Los distintos tipos de cesiones, así como los peajes, vigentes para esta campaña, aplicados a cada tipo y destinados a nutrir la Reserva Nacional de Derechos de Pago Único, son: V.1. Compra-venta o cesión definitiva de derechos sin tierra a un agricultor no profesional (30% de peaje). V.2. Compra-venta o cesión definitiva de derechos sin tierra a un profesional de la agricultura o agricultor con explotación prioritaria (3% de peaje). V.3. Compra-venta o cesión definitiva de derechos con tierra, -hectáreas admisibles-, que suponga una compra parcial de la explotación (3% de peaje). V.4. Compra-venta o cesión definitiva de todos los derechos especiales de un productor. En este caso la cesión se asimila a la venta de derechos con tierra (3% de peaje). V.5. Compra-venta o cesión definitiva de derechos asociada a una finalización de un arrendamiento de tierras en el caso en que se devuelvan las tierras correspondientes a los derechos vendidos al propietario de las mismas al cual se le venden también los derechos en cuestión (3% de peaje al asimilarse a la compra-venta de derechos con tierras). V.6. Compra-venta o cesión definitiva de derechos con tierra en caso de venta de toda la explotación (3% de peaje) V.7. Compra-venta o cesión definitiva de derechos a un agricultor que inicia la actividad agraria (0% de peaje) AR. Arrendamiento de derechos con tierra (hectáreas admisibles) (0% de peaje). HE. Herencias (0% de peaje). CD. Cambios de personalidad jurídica (0% de peaje). Se incluyen aquí las cesiones de todos los derechos de pago único entre cónyuges en régimen de bienes gananciales. FU. Fusiones en personas jurídicas o entes sin personalidad jurídica (0% de peaje). ES. Escisiones de personas jurídicas o de agrupaciones de personas físicas (0% de peaje). AA. Finalización anticipada de un arrendamiento de derechos con tierra (0% de peaje). RV. Renuncia voluntaria a favor de la reserva nacional (100% de peaje). HA. Jubilaciones en los que el cesionario de los derechos sea un familiar de primer grado del cedente, y programas aprobados de cese anticipado Herencia anticipada (0% de peaje). SJ. Agricultores legitimados para recibir derechos o para aumentar el valor de los derechos existentes en virtud de una sentencia judicial o acto administrativo firme (0% de peaje).

DE MEDIO AMBIENTE Y Tabla 1: Número total de solicitudes por tipo de cesión y Comunidad Autónoma Campaña 2010: 01/11/2009 30/04/2010 Tipo/CA ANDALUCIA ARAGÓN ASTURIAS BALEARES CANTABRIA CASTILLA LA CASTILLA Y EXTREMA- C. CATALUÑA GALICIA MADRID MURCIA NAVARRA PAIS VASCO LA RIOJA MANCHA LEON DURA VALENCIANA TOTAL V1 1.588 156 20 59 6 569 327 176 423 94 21 21 96 54 77 145 3.832 V2 479 490 124 63 30 944 1.667 487 496 297 33 25 367 235 138 62 5.937 V3 2.559 310 2 1.348 445 268 259 1 13 1 125 2 6 109 5.448 V4 61 1 3 12 2 18 7 7 19 16 4 11 2 17 11 191 V5 545 252 9 890 490 415 63 1 11 4 76 18 92 2.866 V6 139 11 72 6 7 120 37 35 19 5 19 2 2 50 2 30 556 V7 27 29 19 5 9 60 128 45 43 86 2 10 6 7 5 481 AR 3.315 1.038 1 4 2.251 1.946 1.184 247 50 12 18 60 84 35 240 10.485 HE 3.727 486 29 42 6 1.668 899 598 757 109 79 55 286 90 56 464 9.351 CD 465 205 101 4 55 465 428 57 223 323 24 37 64 57 70 254 2.832 FU 141 109 4 8 1 118 131 82 56 45 2 1 57 1 7 16 779 ES 286 92 5 3 5 143 110 25 93 24 7 31 10 10 844 AA 242 165 1 1 115 295 71 35 4 14 11 5 18 977 RV 11 2 1 16 3 17 26 2 1 6 1 86 HA 83 91 192 18 92 174 696 112 128 293 13 7 19 36 21 70 2.044 SJ 2 7 2 4 1 16 TOTAL 13.668 3.435 575 237 213 8.883 7.629 3.565 2.880 1.378 242 183 1.209 650 453 1.526 46.725 Tipo de cesión V1 Compraventa sin tierras AA V2 Compraventa sin tierras a un agricultor profesional AR V3 Compraventa con tierra, compra parcial explotación CD V4 Compraventa todos los derechos especiales,compra parcial explotación ES V5 Compraventa por devolución de arrendamiento FU V6 Compraventa con tierra, compra total explotación HA V7 Compraventa a un agricultor que inicia su actividad agraria HE RV SJ Tipo de cesión Finalización anticipada de arrendamiento con tierras Arrendamiento con tierras Cambio de personalidad juridica Escisiones de personas juridicas o de agrupaciones de personas fisicas Fusiones en personas juridicas Jubilaciones o programas aprobados de cese anticipado en los que el cesiona Herencia Renuncia Voluntaria a favor de la reserva nacional Sentencias Judiciales

DE MEDIO AMBIENTE Y Tabla 2: Importe total cedido por tipo de cesión y Comunidad Autónoma Campaña 2010: 01/11/2009 30/04/2010 Tipo/CA ANDALUCÍA ARAGÓN ASTURIAS BALEARES CANTABRIA CASTILLA LA MANCHA CASTILLA Y LEÓN CATALUÑA EXTREMA-DURA GALICIA MADRID MURCIA NAVARRA PAÍS VASCO LA RIOJA C.VALENCIANA TOTAL V1 1.627.682,20 111.975,89 12.522,65 48.270,67 12.227,60 330.813,33 440.005,12 107.567,81 390.380,98 80.486,18 28.361,90 32.207,79 38.153,19 11.252,93 17.651,90 60.287,49 3.349.847,67 V2 2.265.257,77 927.432,53 182.576,08 85.888,14 100.875,07 1.682.250,45 4.514.645,06 1.212.245,10 1.350.071,73 521.800,79 76.968,56 78.497,96 368.035,41 271.439,43 105.870,45 85.060,41 13.828.914,93 V3 3.056.256,70 437.814,80 8.196,64 1.098.922,22 401.590,24 225.810,62 346.488,24 1.942,75 4.032,45 2.416,80 100.610,70 1.921,14 2.767,55 56.155,03 5.744.925,88 V4 149.589,71 4.550,94 683,32 6.528,18 919,14 72.677,50 17.451,91 21.067,50 72.024,25 27.849,76 4.876,40 20.856,32 3.152,35 77.836,61 15.247,53 495.311,43 V5 1.524.375,62 288.852,96 3.764,75 1.139.932,66 639.749,73 480.027,85 222.672,40 1.154,55 10.209,56 24.382,43 40.052,25 9.856,24 90.505,92 4.475.536,93 V6 453.553,83 56.847,68 98.057,97 39.249,80 6.621,27 212.931,53 54.531,40 136.389,22 61.745,51 445,23 33.795,40 17.712,21 18.057,01 93.054,07 5.865,05 30.579,09 1.319.436,26 V7 239.822,11 112.763,55 39.333,28 13.779,77 38.170,11 402.186,74 871.727,42 169.468,46 407.980,39 301.805,75 32.231,64 77.408,40 17.201,58 38.346,84 21.549,41 2.783.775,46 AR 10.258.805,09 2.124.357,60 16.271,40 14.831,94 3.860.378,61 5.745.359,04 2.399.867,68 827.435,79 107.896,87 26.062,83 8.924,92 93.882,55 149.672,17 37.756,56 186.484,19 25.857.987,24 HE 9.700.617,11 1.275.805,95 52.652,91 66.257,49 20.955,07 3.553.213,30 2.293.460,78 814.811,91 1.661.665,91 157.129,42 125.057,46 103.802,26 518.257,84 97.124,50 54.466,90 315.846,01 20.811.124,80 CD 2.558.433,39 1.236.465,07 729.937,36 127.399,55 481.195,05 1.825.070,82 4.402.431,02 711.276,33 1.848.516,82 1.751.292,52 168.809,43 275.131,33 309.118,78 460.618,62 555.904,81 180.157,20 17.621.758,10 FU 1.642.073,38 1.071.445,07 24.479,11 26.459,89 6.050,42 824.093,39 1.453.663,20 699.563,52 1.020.150,67 371.940,88 9.108,38 190,79 299.754,32 4.340,50 40.719,97 22.340,18 7.516.373,67 ES 3.298.201,20 654.596,95 25.815,49 20.464,25 29.455,83 836.525,80 933.613,23 177.172,37 1.132.751,06 133.445,36 67.489,64 199.857,46 96.134,80 24.067,96 7.629.591,41 AA 1.242.977,77 381.850,97 16.271,40 493,20 414.665,53 763.040,02 135.384,31 243.969,54 8.180,40 32.102,89 28.512,45 5.843,10 28.716,30 3.302.007,88 RV 16.790,25 660,73 138,29 13.647,41 1.411,41 18.321,51 4.842,54 916,40 1.455,17 1.731,94 397,88 60.313,53 HA 691.107,03 642.145,08 520.607,49 52.200,12 366.775,35 1.239.001,82 4.673.485,16 436.387,39 1.150.134,24 587.354,63 75.591,14 11.054,25 118.816,92 162.982,73 48.713,20 120.689,66 10.897.046,21 SJ 8.475,37 39.340,17 6.579,13 9.533,27 403,10 64.331,04 PE 712.660,62 85.231,25 12.188,06 18.804,35 6.942,05 226.126,27 301.338,58 94.707,23 178.694,86 40.751,32 12.411,16 13.930,09 27.400,06 16.743,22 9.028,27 26.483,33 1.783.440,70 TOTAL 39.438.203,78 9.412.136,29 1.740.532,62 532.727,03 1.070.186,96 17.718.789,97 27.559.079,49 7.823.158,71 10.939.583,03 4.107.852,22 675.922,35 590.562,32 2.244.660,13 1.394.834,99 1.029.323,52 1.264.169,71 127.541.723,12 Tipo de cesión V1 Compraventa sin tierras AA V2 Compraventa sin tierras a un agricultor profesional AR V3 Compraventa con tierra, compra parcial explotación CD V4 Compraventa todos los derechos especiales ES V5 Compraventa por devolución de arrendamiento FU V6 Compraventa con tierra, compra total explotación HA V7 Compraventa a un agricultor que inicia su actividad agraria HE RV SJ Tipo de cesión Finalización anticipada de arrendamiento con tierras Arrendamiento con tierras Cambio de personalidad juridica Escisiones de personas juridicas o de agrupaciones de personas fisicas Fusiones en personas juridicas Jubilaciones o programas aprobados de cese anticipado en los que el cesionario de los derechos Herencia Renuncia Voluntaria a favor de la reserva nacional Sentencias Judiciales

Si comparamos los valores de estas tablas respecto otras campañas, observamos que se mantiene ligeramente la tendencia al alza respecto la campaña anterior en cuanto al número de solicitudes (842 más). No obstante lo anterior, se produce una disminución de más de 20 millones de respecto la campaña 2009 en cuanto al importe total cedido, debido fundamentalmente al descenso del importe involucrado en las cesiones por de cambio de personalidad jurídica (CD), pasando de 35.221.710 en la campaña de 2009 a 17.621.758 en la campaña de 2010. Nº Total Solicitudes 50.000 45.000 40.000 44.226 45.883 46.725 35.000 30.000 25.000 34.171 20.000 15.000 10.000 5.000 0 2007 2008 2009 2010 Campaña Importe Total Cedido ( ) 160.000.000,00 140.000.000,00 120.000.000,00 100.000.000,00 120.588.236 148.050.599 127.541.723 80.000.000,00 102.060.154 60.000.000,00 40.000.000,00 20.000.000,00 0,00 2007 2008 2009 2010 Campañas

Son 4 las comunidades autónomas, Andalucía, Castilla y León, Castilla - La Mancha y Aragón, que concentran más del 70% del total de solicitudes, así como de los importes cedidos. Nº Solicitudes Campaña 2010 R. de Murcia 0,39% C. Madrid 0,52% Galicia 2,95% C.F. Navarra 2,59% P. Vasco 1,39% La Rioja 0,97% C. Valenciana 3,27% Andalucía 29,25% Extremadura 6,16% Aragón 7,35% Cataluña 7,63% Asturias 1,23% Castilla y León 16,33% Castilla-La Mancha 19,01% Cantabria 0,46% Islas Baleares 0,51% Importes Cedidos Campaña 2010 C. Madrid 0,53% Galicia 3,22% R. de Murcia 0,46% C.F. Navarra 1,76% P. Vasco La Rioja 1,09% 0,81% C. Valenciana 0,99% Andalucía 30,92% Extremadura 8,58% Aragón 7,38% Cataluña 6,13% Castilla y León 21,61% Castilla-La Mancha 13,89% Cantabria 0,84% Islas Baleares 0,42% Asturias 1,36%

Como viene siendo habitual, los tipos de cesiones sobre las cuales se presentan más solicitudes son el arrendamiento de derechos con tierra (AR), seguido de las herencias (HE). En tercer lugar, y a diferencia de campañas anteriores en que figuraba los casos de venta o cesión definitiva de derechos con tierra que suponga la compra parcial de la explotación (V3), se sitúa la venta o cesión definitiva de derechos sin tierra a un profesional de la agricultura (V2). Por último cabe señalar, que entre las tres, concentran más del 50% del total de solicitudes. Nº Solicitudes Campaña 2010 FU 1,67% ES 1,81% AA 2,10% HA 4,38% V1 8,22% V2 12,73% CD 6,07% V3 11,69% HE 20,06% AR 22,49% V7 1,03% V6 1,19% V4 0,41% V5 6,15% Importes Cedidos Campaña 2010 ES 6,07% AA 2,63% HA 8,67% V1 2,67% V2 11,01% V3 4,57% V4 0,39% V5 3,56% FU 5,98% V6 1,05% CD 14,03% V7 2,22% HE 16,56% AR 20,58%

CAPÍTULO III. Número de titulares y receptores para cada tipo de cesión Para cada tipo de cesión y por Comunidad Autónoma, resulta interesante conocer cuántos son los agricultores implicados en dichas transacciones. Si se comparan las tablas nº 3, número de titulares que actúan como cedentes, y la nº 4, número de receptores de dichas cesiones podemos conocer si los derechos se están concentrando en un pequeño número de productores o si, por el contrario, está aumentando el número de titulares de derechos de pago único en España. Por otro lado comparando ambas tablas con la tabla nº 1, se puede observar si existe un elevado número de agricultores implicados en dos o más cesiones para cada tipo de cesión al comparar el número de cesiones con el de cedentes y cesionarios. En el gráfico siguiente se puede apreciar que, a nivel nacional, al igual que ya ocurrió en 2008 y 2009, en la campaña 2010 el número de cesionarios (38.586) ha sido ligeramente superior al de cedentes (37.012), y consecuentemente, se ha incrementado el número de titulares de derechos de pago único. Por otro lado se observa que el número total de solicitudes de cesiones es mayor al conjunto de cedentes y cesionarios, de lo que se deduce que existe un número significativo de productores implicados en dos o más cesiones. 50.000 Titulares/cedentes Receptores/cesionarios Nº total de solicitudes 45.000 40.000 44.226 45.883 46.725 35.000 30.000 37.083 34.579 34.171 39.264 39.863 38.586 37.012 25.000 20.000 28.34128.934 15.000 10.000 5.000 0 2007 2008 2009 2010 Campaña

Tabla 3: Número de Titulares/Cedentes por tipo de cesión y Comunidad Autónoma Campaña 2010: 01/11/2009 30/04/2010 Tipo / CCAA ANDALUCIA ARAGÓN ASTURIAS BALEARES CANTABRIA CASTILLA LA MANCHA CASTILLA Y LEON CATALUÑA EXTREMA- DURA GALICIA MADRID MURCIA NAVARRA PAIS VASCO LA RIOJA C. VALENCIANA TOTAL (V1) Compraventa sin tierras 1.397 148 19 53 6 500 279 171 377 84 20 17 85 40 72 139 3.407 (V2) Compraventa sin tierras a un agricultor profesional (V3) Compraventa con tierra, compra parcial explotación (V4) Compraventa todos los derechos especiales, compra parcial explotación (V5) Compraventa por devolución arrendamiento (V6) Compraventa con tierra, compra total explotación (V7) Compraventa a un agricultor que inicia su actividad agraria 426 448 120 58 29 812 1.342 456 420 274 29 22 238 166 120 61 5.021 2.087 268 2 1.081 369 240 222 1 11 1 96 1 6 92 4.477 61 1 3 12 2 18 7 7 19 16 4 11 2 17 11 191 478 215 7 670 304 349 54 1 11 4 47 12 80 2.232 138 11 72 6 7 116 37 35 19 1 19 2 2 50 2 30 547 27 27 19 5 9 59 126 45 39 85 2 10 6 7 5 471 (AR) Arrendamiento con tierras 2.644 986 1 3 1.913 1.767 1.112 222 41 12 15 51 69 34 221 9.091 (HE) Herencia 2.656 424 29 36 6 1.272 677 524 626 104 68 44 212 86 45 415 7.224 (CD) Cambio de personalidad jurídica 465 205 98 4 55 452 421 57 223 306 24 34 64 57 70 254 2.789 (FU) Fusiones en personas jurídicas o entes sin personalidad 136 109 4 8 1 118 131 82 56 44 2 1 56 1 7 16 772 jurídica (ES) Escisiones de personas jurídicas o de agrupaciones de 142 61 2 3 3 65 49 23 47 19 5 16 9 7 451 personas físicas (AA) Finalización anticipada de arrendamiento con tierras 221 159 1 1 104 263 66 33 3 1 9 10 5 16 891 (RV) Renuncia voluntaria a favor de la reserva nacional 11 2 1 16 3 17 25 2 7 6 1 85 (HA) Jubilaciones o programas aprobados de cese anticipado 77 85 190 17 92 156 653 109 113 276 11 17 36 20 57 1.916 (SJ) Sentencias Judiciales 2 5 2 3 1 13 Total beneficiarios distintos 10.482 2.816 559 208 209 6.875 5.655 3.071 2.388 1.270 214 157 852 508 384 1.364 37.012

Tabla 4: Número de Receptores/Cesionarios por tipo de cesión y Comunidad Autónoma Campaña 2010: 01/11/2009 30/04/2010 TIPO / CCAA ANDALUCIA ARAGÓN ASTURIAS BALEARES CANTABRIA CASTILLA LA MANCHA CASTILLA Y LEON CATALUÑA EXTREMA- DURA GALICIA MADRID MURCIA NAVARRA PAIS VASCO LA RIOJA C. VALENCIANA TOTAL (V1) Compraventa sin tierras 1.448 141 18 44 6 504 300 154 395 83 20 17 87 47 70 124 3.458 (V2) Compraventa sin tierras a un agricultor profesional (V3) Compraventa con tierra, compra parcial explotación (V4) Compraventa todos los derechos especiales, compra parcial explotación (V5) Compraventa por devolución arrendamiento (V6) Compraventa con tierra, compra total explotación (V7) Compraventa a un agricultor que inicia su actividad agraria 388 412 93 49 25 770 1.388 427 400 192 29 20 307 202 115 51 4.779 2.175 286 2 1.098 378 246 233 1 11 1 79 2 4 96 4.609 59 1 3 12 2 18 5 5 19 16 4 11 2 17 11 180 502 243 9 822 463 406 59 1 10 4 69 17 88 2.691 121 11 72 6 7 103 30 33 19 1 19 2 2 50 2 29 507 19 26 17 2 6 52 103 36 33 80 2 8 6 7 5 393 (AR) Arrendamiento con tierras 2.829 682 1 3 1.767 1.415 1.016 216 41 11 14 44 67 26 207 8.335 (HE) Herencia 3.678 483 29 42 6 1.636 883 595 750 105 79 48 266 90 56 464 9.209 (CD) Cambio de personalidad jurídica 465 205 98 4 55 452 420 57 223 303 24 34 64 57 70 254 2.785 (FU) Fusiones en personas jurídicas o entes sin personalidad 94 79 2 8 1 64 85 64 39 25 2 1 30 1 5 9 508 jurídica (ES) Escisiones de personas jurídicas o de agrupaciones de 265 90 5 3 5 140 109 25 92 23 7 31 10 10 815 personas físicas (AA) Finalización anticipada de arrendamiento con tierras 222 133 1 1 92 215 60 32 3 9 7 4 17 796 (HA) Jubilaciones o programas aprobados de cese anticipado 81 91 180 18 91 170 623 111 128 276 12 7 19 36 21 68 1.932 (SJ) Sentencias Judiciales 2 5 2 3 1 13 Total beneficiarios distintos 11.813 2.614 509 197 202 7.203 5.781 3.073 2.531 1.130 224 157 964 551 386 1.384 38.586

Son 4 las Comunidades Autónomas, Andalucía, Castilla y León, Castilla - La Mancha y Aragón, que concentran cerca del 70% del total de titulares/cedentes, así como de receptores/cesionarios. Nº titulartes / cedentes R. de Murcia 0,42% C.F. Navarra 2,30% P. Vasco 1,37% La Rioja 1,04% C. Valenciana 3,69% C. Madrid 0,58% Galicia 3,43% Extremadura 6,45% Andalucía 28,32% Aragón 7,61% Cataluña 8,30% Asturias 1,51% Castilla y León 15,28% Castilla-La Mancha 18,58% Cantabria 0,56% Islas Baleares 0,56% C. Madrid 0,58% Galicia 2,92% C.F. Navarra 2,49% R. de Murcia 0,41% P. Vasco 1,42% Nº receptores / cesionarios La Rioja 1,00% C. Valenciana 3,57% Andalucía 30,51% Extremadura 6,54% Aragón 6,75% Cataluña 7,94% Asturias 1,31% Castilla y León 14,93% Castilla-La Mancha 18,60% Cantabria 0,52% Islas Baleares 0,51%

CAPÍTULO IV. Nutrición de la Reserva Nacional. El establecimiento de una Reserva Nacional de derechos de pago único, tal y como se indica en el Reglamento (CE) Nº 73/2009, tiene como objetivo la adjudicación de nuevos derechos a determinados agricultores y se nutre a partir de varias fuentes. Entre ellas, cada campaña, la Reserva Nacional incorpora los importes retenidos por aplicación de los peajes que cada Estado Miembro establece para algunos tipos de cesión, dentro del marco de la legislación comunitaria. También pasan a formar parte de la Reserva Nacional los derechos que se cedan voluntariamente a favor de la misma. En la tabla nº 5 se muestran las cesiones sujetas a peaje en España y su porcentaje de retención así como el número de cesiones con peaje por Comunidad autónoma y a nivel nacional, y los importes que, como consecuencia de estas transferencias, han pasado a formar parte de la Reserva Nacional en la campaña 2010. En el gráfico que se adjunta a continuación se puede apreciar, a nivel nacional, la evolución de los importes cedidos a la Reserva Nacional por aplicación de los peajes, en las cuatro campañas de funcionamiento del mercado de derechos de pago único. La reducción de 1.023.398 en la campaña de 2010 respecto del importe de la campaña 2009 se explica fundamentalmente por dos causas: - El descenso de un 8% de las solicitudes (de 4.063 a 3764) referidas a la venta o cesión definitiva de derechos a un agricultor no profesional (V1). Considerando asimismo el 30% de porcentaje de retención en estos casos, la minoración del importe respecto de la campaña de 2009 alcanza los 488.116. - El peaje o porcentaje de retención de las solicitudes de venta o cesión definitiva de derechos sin tierra a un profesional de la agricultura o agricultor con explotación prioritaria (V2) aplicable a la campaña de 2010 es del 3% frente al 10% de la campaña de 2009. La minoración por esta causa alcanza 429.523, a pesar de tener la campaña 2010 un número mayor de solicitudes por este concepto (5.845 frente a 4.160 solicitudes en la campaña de 2009) Peaje ( ) 3.000.000 2.500.000 2.806.839 2.000.000 2.112.921 1.500.000 1.849.084 1.783.441 1.000.000 500.000 0 2007 2008 2009 2010 Campaña

Tabla 5: Nutrición de la Reserva Nacional por tipo de cesión y Comunidad Autónoma Campaña 2010: 01/11/2009 30/04/2010 TIPO / CCAA ANDALUCÍA ARAGÓN ASTURIAS BALEARES CANTABRIA V1 V2 V3 V4 V5 V6 RV TOTALES CASTILLA LA MANCHA CASTILLA Y LEÓN CATALUÑA EXTREMA- DURA GALICIA MADRID MURCIA NAVARRA PAÍS VASCO LA RIOJA Nºsolicitudes 1563 155 19 59 6 556 324 175 418 84 21 17 93 53 76 145 3764 Importe ( ) 488.856,30 33.623,36 3.757,28 14.487,68 3.669,10 99.332,03 132.068,42 32.274,67 117.197,10 24.155,25 8.507,77 9.668,38 11.460,69 3.372,79 5.295,66 18.120,31 1.005.846,79 Nºsolicitudes 474 489 124 61 30 935 1631 487 494 282 33 24 348 233 138 62 5845 Importe ( ) 67.946,49 27.893,95 5.494,38 2.585,05 3.046,67 50.711,97 135.749,13 36.465,88 40.329,60 15.654,13 2.312,41 2.363,64 11.054,65 8.162,63 3.183,36 2.609,03 415.562,95 Nºsolicitudes 2486 310 2 1312 436 268 255 1 13 1 112 2 6 109 5313 Importe ( ) 92.153,65 13.166,16 246,43 33.188,04 12.094,15 6.832,31 10.450,43 58,28 123,73 72,70 3.022,54 56,86 83,53 1.678,80 173.227,62 Nºsolicitudes 61 1 3 12 2 18 7 7 19 16 4 11 2 17 11 191 Importe ( ) 4.493,67 136,53 20,69 197,47 27,57 2.185,62 523,56 632,03 2.169,00 835,94 146,29 625,69 94,57 2.336,36 457,43 14.882,42 Nºsolicitudes 538 252 9 867 488 414 63 1 11 4 75 18 92 2832 Importe ( ) 45.631,03 8.701,98 110,82 34.319,62 19.264,15 14.416,28 6.714,42 34,64 304,42 667,62 1.225,89 291,14 2.708,12 134.390,12 Nºsolicitudes 138 11 72 6 7 116 37 35 19 1 19 2 2 50 2 30 547 Importe ( ) 13.579,49 1.709,27 2.915,70 1.176,90 198,71 6.388,98 1.639,17 4.086,06 1.834,32 13,08 1.016,53 532,06 541,71 2.814,58 174,58 909,66 39.530,80 Nºsolicitudes 11 2 1 16 3 17 25 2 1 6 1 85 Importe ( ) 16.790,25 660,73 138,29 13.647,41 1.411,41 18.321,51 4.842,54 916,40 1.455,17 1.731,94 397,88 60.313,53 Nºsolicitudes 5.271 1.218 220 150 45 3.804 2.939 1.389 1.285 410 103 60 632 361 241 449 18.577 Importe ( ) 729.450,87 85.231,25 12.848,79 18.942,64 6.942,05 226.126,27 314.985,99 96.118,64 197.016,38 45.593,85 13.327,56 15.385,26 27.400,06 18.475,15 9.426,15 26.483,33 1.843.754,23 C.VALENCIA NA TOTAL RV PE TOTALES ANDALUCÍA ARAGÓN ASTURIAS BALEARES CANTABRIA CASTILLA LA MANCHA CASTILLA Y LEÓN CATALUÑA EXTREMA- DURA GALICIA MADRID MURCIA NAVARRA PAÍS VASCO LA RIOJA Nºsolicitudes 11 2 1 16 3 17 25 2 1 6 1 85 Importe ( ) 16.790,25 660,73 138,29 13.647,41 1.411,41 18.321,51 4.842,54 916,40 1.455,17 1.731,94 397,88 60.313,53 Nºsolicitudes 5260 1218 218 149 45 3804 2923 1386 1268 385 101 59 632 355 240 449 18492 Importe ( ) 712.660,62 85.231,25 12.188,06 18.804,35 6.942,05 226.126,27 301.338,58 94.707,23 178.694,86 40.751,32 12.411,16 13.930,09 27.400,06 16.743,22 9.028,27 26.483,33 1.783.440,70 Nºsolicitudes 5.271 1.218 220 150 45 3.804 2.939 1.389 1.285 410 103 60 632 361 241 449 18.577 Importe ( ) 729.450,87 85.231,25 12.848,79 18.942,64 6.942,05 226.126,27 314.985,99 96.118,64 197.016,38 45.593,85 13.327,56 15.385,26 27.400,06 18.475,15 9.426,15 26.483,33 1.843.754,23 C.VALENCIA NA TOTAL Tipo de cesión Peaje (%) V1 Compraventa sin tierras 30% V2 Compraventa sin tierras a un agricultor profesional 3% V3 Compraventa con tierra, compra parcial explotacion 3% V4 Compraventa todos los derechos especiales, compra parcial explotación 3% V5 Compraventa por devolución de arrendamiento 3% V6 Compraventa con tierra, compra total explotación 3%

Al igual que sucedió en campañas anteriores, los tipos de cesiones que aportan un mayor volumen de ingresos a la Reserva Nacional son las compraventas sin tierra V1 y V2, concentrando entre las dos cerca del 80% del total, debido principalmente al porcentaje de retención del 30% aparejado a las compraventas o cesiones de derechos sin tierra a un agricultor no profesional (V1) Nutrición RN por tipo de Cesión V4 0,81% V3 9,40% V5 V6 7,29% 2,14% RV 3,27% V2 22,54% V1 54,55% Son 4 las comunidades autónomas, Andalucía, Castilla y León, Castilla - La Mancha y Extremadura, que concentran casi el 80% del total de importes cedidos a la Reserva Nacional por aplicación de los porcentajes deducidos como consecuencia de las cesiones de derechos. Nutrición RN por CCAA C. Madrid 0,72% Galicia 2,47% Extremadura 10,69% R. de Murcia 0,83% C.F. Navarra 1,49% P. Vasco 1,00% La Rioja 0,51% C. Valenciana 1,44% Andalucía 39,56% Cataluña 5,21% Castilla y León 17,08% Castilla-La Mancha 12,26% Aragón 4,62% Asturias Cantabria 0,70% 0,38% Islas Baleares 1,03%