CONCEPTOS SOBRE ENERGÍA

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Transcripción:

CONCEPTOS SOBRE ENERGÍA Tarifa de Último Recurso (TUR) Qué es la Tarifa de Último Recurso? Las actuales Tarifas Eléctricas Reguladas dejarán de existir a partir del 1 de julio de 2009, en virtud del Real Decreto 485/2009 de 3 de abril. Esta nueva regulación otorga a determinados consumidores el derecho a acogerse a ciertos precios fijos establecidos por el Gobierno, recogidos en una denominada Tarifa de Último Recurso (TUR). Tienen derecho a TUR, según la nueva regulación, todos aquellos consumidores conectados en Baja Tensión con potencia contratada de hasta 10 kw. Las Tarifas de Último Recurso (TUR) serán únicas en todo el territorio nacional. Cómo me afecta? Si eres un consumidor con derecho a la Tarifa de Último Recurso (TUR), a partir del 1 de julio dispondrás de una opción más. Además de poder contratar el suministro eléctrico a la comercializadora de Mercado Libre a su elección, podrás solicitar a cualquier comercializadora de Último Recurso (CUR) el suministro eléctrico a precios TUR. Adicionalmente, aquellos clientes que no tengan derecho a TUR pero temporalmente carezcan de un contrato con una empresa comercializadora de Mercado Libre podrán solicitar ser suministrados por una CUR, a una tarifa que será fijada por Orden Ministerial y que evolucionará en el tiempo de forma que incentive formalizar un contrato con una comercializadora de Mercado Libre. La lista de comercializadoras de Mercado Libre y de Último Recurso puede consultarse en la web: Comisión Nacional de Energía. Qué debo hacer? Con motivo de la liberalización del sector eléctrico ya podías elegir en cualquier momento una comercializadora de Mercado Libre, y podrás seguir haciéndolo. No obstante, tengas o no derecho a la TUR, si no eliges a una comercializadora antes del 1 de julio 2009, de acuerdo con la regulación se le asignará una CUR, que a partir de esa fecha te tendrá como cliente, encargándose de enviarte las facturas y gestionar los cobros por el suministro de energía eléctrica. En este caso no tendrás que hacer nada ya que el traspaso del contrato entre la empresa distribuidora y la CUR es automático y no es preciso actuación alguna ni en los equipos de medida ni en la red eléctrica.

Potencia Contratada Cuando revisar tu potencia contratada Si el Interruptor de Control de Potencia (ICP) se dispara frecuentemente: En este caso tienes demasiados aparatos eléctricos conectados. Si no puedes prescindir del uso simultáneo de ellos, debes solicitar una ampliación de potencia contratada. Si vas a instalar nuevos aparatos eléctricos o quieres poner en marcha una nueva maquinaria: Si piensas instalar una nueva maquinaria, aire acondicionado, termos, aparato eléctrico debes comprobar que la potencia que tienes contratada asegura su correcto funcionamiento. En caso de que no sea suficiente deberás solicitar una ampliación de la potencia contratada. Si tu contrato es muy antiguo y no has realizado ninguna modificación: En este caso es muy probable que tu instalación eléctrica tenga alguna deficiencia e incluso no disponga de ICP, siendo necesaria una revisión e instalación por parte de técnicos especialistas. Si deseas adecuar o actualizar los sistemas de protección de tu instalación eléctrica o simplemente recibir más información, llama a tu instalador eléctrico autorizado o a tu Punto de Servicio E.ON más cercano. Cómo modifico la potencia de mi instalación? Si deseas instalar nuevo equipamiento energético en tu negocio (por ejemplo, has comprado un equipo de aire acondicionado ó has instalado nueva maquinaria), puede ser que la potencia actual de tu instalación no sea suficiente y tengas que solicitar una ampliación Si finalmente necesitas solicitar una ampliación de potencia, podrás hacerlo a través de la Oficina Online. Es posible que sea necesario realizar algunas modificaciones en tu instalación. Si es así, nos pondremos en contacto contigo para concertar una cita. El que posees actualmente tiene más de 20 años. La nueva potencia que solicitas es superior a la Potencia Máxima Admisible de tu instalación (que se encuentra en el CIE actual).

Cómo puedo pagar menos en mi factura de la luz? Puedes reducirla instalando una batería de condensadores siempre estés pagando por exceso de consumo de energía reactiva. La energía reactiva es necesaria para el consumo de algunos aparatos eléctricos. Sin embargo, un consumo en exceso puede dar lugar a penalizaciones legales que suponen recargos en factura. Para evitarlo, puedes instalar una Batería de Condensadores que te generarán la energía reactiva que precise tu instalación. De esta forma, la optimizarás técnicamente al mismo tiempo que reduces tu factura. Cómo puedo proteger mis equipos y la información que guardo en ellos? Los Sistemas de Alimentación Ininterrumpida (SAI) mantienen el suministro eléctrico, en caso de interrupción del suministro, alteraciones en las líneas etc. Este cambio supone algún coste para mí? El cambio de suministrador a una empresa Comercializadora de electricidad, en ningún caso tiene un coste adicional para ti, ni cambios en el normal funcionamiento de tu suministro. Únicamente cambia la titularidad de la empresa con la que tienes el contrato y que facturará, a partir de ahora, tu suministro. También cambia la tarifa que, en el caso de la TUR es un precio único establecido por el Ministerio de Industria. Qué es la tarifa TUR (último recurso) de electricidad? La tarifa de último Recurso de electricidad TUR, es el precio único que cobran las Comercializadoras de Último Recurso a los consumidores con derecho a dicha tarifa. Es una tarifa única para todo el territorio español y establecida por Orden Ministerial. Energía reactiva La energía reactiva es la demanda extra de energía que algunos equipos de carácter inductivo como motores, transformadores, iluminarias, necesitan para su funcionamiento.

Esta energía "extra" puede descompensar su instalación eléctrica. La mayor parte de las cargas industriales producen este tipo de energía, conjuntamente con la energía activa. Efectos negativos de la energía reactiva Existen algunos efectos negativos que se derivan del consumo de este tipo de energía: Costes económicos reflejados en las facturas eléctricas. Pérdida de potencia de sus instalaciones. Caídas de tensión que perjudiquen sus procesos. Transformadores más recargados. Además, esta energía provoca sobrecarga en las líneas transformadoras y generadoras sin producir un trabajo útil, y por lo tanto es necesario compensarla para optimizar sus instalaciones eléctricas. Ventajas de la compensación de energía reactiva Esta compensación ayuda a obtener ventajas económicas y técnicas: Aumenta la capacidad de las líneas y transformadores instalados. Mejora la tensión de la red. Disminuyen las pérdidas de energía. Consigue una reducción en el coste global de la energía. En diferentes sectores, se utilizan soluciones que minimizan el impacto derivado del consumo de este tipo de energía. Básicamente consisten en la utilización de equipos diseñados para neutralizar la energía reactiva que presentan los sistemas eléctricos. Un ejemplo claro es la instalación de baterías de condensadores. Además se pueden utilizar otros mecanismos para realizar seguimientos exhaustivos del consumo de la energía reactiva y poder así realizar acciones correctoras Término de energía Es el producto de multiplicar la energía consumida durante un período de facturación por el precio del término de energía. Según lo recogido en el artículo 17 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, los peajes de acceso a las redes serán únicos en todo el territorio nacional y no incluirán ningún tipo de impuestos. Además, tendrán en cuenta las especialidades por niveles de tensión y las características de los consumos por horario y potencia.

La estructura de peajes de acceso a las redes actualmente en vigor se encuentra recogida en el Real Decreto 1164/2001, de 26 de octubre, por el que se establecen tarifas de acceso a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica, teniendo en cuenta lo establecido en la disposición adicional quinta de la Orden ITC/1723/2009, de 26 de junio, Ee relación con la tarifa de acceso 2.0A. Las condiciones de aplicación se encuentran recogidas en dicho Real Decreto, completándose con lo establecido tanto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, como en el Real Decreto 1435/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de los contratos de adquisición de energía y de acceso a las redes en baja tensión. Adicionalmente, los nuevos horarios de aplicación de estas tarifas se recogen en la Orden ITC/2794/200, de 27 de septiembre. Tarifas de acceso existentes Tarifas de baja tensión (U 1 kv) Tarifas de alta tensión (U > 1 kv) Tarifa 2.0 A: tarifa simple (1 ó 2 períodos horarios y Potencia contratada 10 kw) Tarifa 2.1 A: tarifa simple (1 ó 2 períodos horarios y Potencia contratada >10 kw y 15kW) Tarifa 3.0 A: tarifa general (3 períodos horarios) Tarifa 3.1 A: Tarifa específica (3 períodos horarios y potencia contratada 450 kw) Tarifas 6: Tarifas generales para alta tensión (6 períodos horarios y 5 escalones de tensión) Estructura de los peajes de acceso La estructura de tarifas de acceso tiene una fórmula bionomía compuesta por un término de potencia, un término de energía activa y, en su caso, término de energía reactiva. Estos términos se obtienen de la siguiente forma: Término de Potencia Para cada uno de los períodos tarifarios aplicables a las tarifas, se contratará una potencia, aplicable durante todo el año. El término de facturación de potencia será el sumatorio resultante de multiplicar la potencia a facturar en cada período tarifario por el término de potencia correspondiente. La determinación de la potencia a facturar se realizará en función de las potencias contratadas en cada período tarifario y, en su caso, dependiendo de cada tarifa, las potencias realmente demandadas en el mismo durante el período de facturación considerado.

En el caso de los peajes de acceso 2.0 DHA y 2.1DHA correspondientes a dos periodos, existe un único término de potencia. Término de energía activa El término de facturación de energía activa será el sumatorio resultante de multiplicar la energía consumida y medida por contador en cada período tarifario por el precio término de energía correspondiente. El término de facturación de energía activa se facturará mensualmente, incluyendo la energía consumida en el mes correspondiente a cada período tarifario. Término de energía reactiva El término de facturación por energía reactiva será de aplicación a cualquier tarifa, para lo cual se deberá disponer del contador de energía reactiva permanentemente instalado, excepto en el caso de la tarifa simple de baja tensión (2.0A). Este término se aplicará sobre todos los períodos tarifarios, excepto en el período 3, para las tarifas 3.0A y 3.1A, y en el período 6, para las tarifas 6, siempre que el consumo de energía reactiva exceda el 33 por 100 del consumo de activa durante el período de facturación considerado (cos φ < 0,95) y únicamente afectará a dichos excesos. Los suministros acogidos a la tarifa simple (2.0A de un solo periodo) deberán disponer de los equipos de corrección del consumo de energía reactiva adecuados para conseguir como máximo un valor medio del mismo del 50 por 100 del consumo de energía activa; en caso contrario, la empresa distribuidora podrá exigir al consumidor la instalación, a su costa, del contador correspondiente o bien instalarlo con cargo a dicho consumidor cobrando el alquiler legalmente establecido y efectuar en el futuro la facturación a este consumidor del término por energía reactiva correspondiente en los períodos de lectura en los que el consumo de reactiva exceda los límites fijados a la distribución en la regulación correspondiente. Para más información, puede encontrar la normativa de aplicación en el siguiente enlace del Boletín Oficial del Estado. Se recomienda consultar el apartado "análisis jurídico" donde se detallan las modificaciones del texto realizadas hasta la fecha. Maxímetro Qué es el Maxímetro? El maxímetro puede ir incorporado a cualquier contador. Generalmente se suele colocar en el contador de activa de los equipos de medida. Actualmente los maxímetros tradicionales de agujas están siendo sustituidos por equipos integrales. Las lecturas registradas tanto por el contador de activa como por el maxímetro o maxímetros, las discriminaciones horarias, etc. pueden leerse a través de la pantalla del contador. Con estos equipos integrados, ya no es necesario tener un contador para cada tipo de consumo y para registrar la potencia, dado que, como su nombre indica, integran varios contadores en uno.

La misión que tiene el maxímetro es registrar la potencia máxima demandada por un cliente durante un período de 15 minutos, la cual va a servir para establecer el término de potencia del período de facturación. Facturación mediante maxímetro Se cuantifica de tres formas en función de lo que marca: Si la potencia marcada por el maxímetro es menor del 85% de la potencia contratada, se factura el 85% de dicha potencia contratada. Si la potencia marcada por el maxímetro es mayor del 85% y menor del 105% de la potencia contratada, se factura la potencia marcada por el maxímetro. Si la potencia marcada por el maxímetro es mayor del 105% de la potencia contratada, se factura la potencia que marca el maxímetro más el doble de la diferencia entre la potencia marcada y el 105% de la potencia contratada.