LA FORTALEZA SAN JUAN, PUERTO RICO

Documentos relacionados
Ley para el Programa de Reciclaje de Aceite y Grasas de Uso Residencial y Comercial, Ley Núm. 212 de 2012

GOBIERNO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C DE ENERO DE Presentado por el representante del Valle Colón

Folleto de información Ley que Prohíbe el Uso de BOLSAS PLÁSTICAS. en Establecimientos Comerciales

Manual de difusión de tecnologías limpias

La contaminación de las bolsas plásticas

19 de febrero de 2013

28 de mayo de Pablo L. Figueroa Arqto., M.A. Presidente Cámara de Comercio de Puerto Rico. RE: P. de la C ENMENDADA

OFICINA PARA EL CUMPLIMIENTO Y PLANIFICACIÓN AMBIENTAL

Protegiendo nuestra Comunidad y el Medio Ambiente

La Triple R o la Regla de las tres erres Reducir, Reutilizar y Reciclar.

RecisurChile S.A. Gestión de Residuos Recuperables

MÓDULO IV. Acciones para la reducción y La eliminación de basura marina

POLITICA INSTITUCIONAL DE MEDIO AMBIENTE

Ciencia y Tecnología FICHA 5. Por qué debemos desarrollar hábitos de consumo Responsable en la familia?

DERECHOS HUMANOS Y EMPRESAS PROGRAMA NACIONAL DE AUDITORÍA AMBIENTAL Y DERECHOS HUMANOS

LEY NUM. 6 3 DE ENERO DE 2014

EXPERIENCIA DE REDUCCIÓN DE BOLSAS DE UN SOLO USO MANUEL GUERRERO PÉREZ

5 de Junio - Día Mundial del Medio Ambiente. La Economía Verde: te incluye a vos?

TITULO TRES Poder Ejecutivo Apéndices

CONSTRUCCIÓN SUSTENTABLE

POLITICA PUBLICA TRINACIONAL CIUDAD LIMPIA GESTION INTEGRAL DE DESECHOS SOLIDOS URBANOS.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S de mayo de 2017 Presentado por el señor Dalmau Ramírez

Programa Nacional de Materias Primas.

Indicadores ambientales

III Cumbre de Seguridad de Productos de Consumo de América del Norte

EQUIPO #2 Y UN COLADO

Huertos escolares agroecológicos"

TEXTO APROBADO EN VOTACION FINAL POR EL SENADO (7 DE ABRIL DE 2016) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S.

OFICINA DE PERMISOS VIII- 15 BASE LEGAL

GOBIERNO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. R. del S de marzo de 2013 Presentada por el señor Seilhamer Rodríguez Referida a RESOLUCIÓN

ANEXO 5 PLAN DE TRABAJO PROYECTO GAVI-NICARAGUA RESIDUOS SÓLIDOS HOSPITALARIOS OPS/OMS

Ing. Andres Alejandro Calderón Vargas Coordinador de la Unidad de Procesos (502)

PROYECTO 3R. Fomentemos la cultura de las Tres R en nuestra Escuela

Estrategia Ambiental Comunal (EAC) y líneas estratégicas

Modelo de manejo de los residuos sólidos de la comercialización al detalle, en la Ciudad Campeche, México, bajo un enfoque de sustentabilidad Ofelia

ACEITE USADO DE COCINA A LA LUZ DE LA JURISPRUDENCIA Y EL ORDENAMIENTO JURÍDICO COLOMBIANO

COPROCESAMIENTO: COOPERACIÓN INTERINDUSTRIAL EN LA GESTIÓN DE RESIDUOS ESPECIALES Y PELIGROSOS.

La deforestación en relación al Diseño Gráfico y Dirección de Arte y Cine. Zubrezki Germán García Aldazabal Mercedes Costante Sara

Congreso Nacional del Medio Ambiente (Conama 2012) Madrid del 26 al 30 de noviembre de 2012

Instituto de Estadísticas de Puerto Rico

C O N S E J E R I A D E M E D I O A M B I E N T E

Análisis de cómo los objetivos de la Visión Estratégica de la CITES contribuyen a lograr

DEBEMOS SER EFICIENTES EN EL CONSUMO DE AGUA

Packaging Sustentable. Berretta Laffargue, Pablo Klehe, Christian Nogués Juan Bautista

EMPAQUES BIODEGRADABLES

Capítulo 1. Introducción. Cada hombre, mujer y niño genera basura. Las empresas, fábricas y establecimientos

LEY NUM DE ENERO DE 2014

GOBIERNO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C DE MAYO DE Presentado por el representante Del Valle Colón

GESTIÓN DE RESIDUOS, UN ENFOQUE DESDE LA PRODUCCIÓN MÁS LIMPIA

LA PLATA CONSIDERANDO:

Señores miembros de la Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA),

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO MUNICIPIO DE LA CIUDAD CAPITAL SAN JUAN BAUTISTA DEROGADA POR OE. NUM. JS-036, SERIE

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

PROYECTO DE ORDENANZA QUE REGULA LA IMPLEMENTACIÓN DE PRÁCTICAS AMIGABLES PARA REDUCIR EL ÍNDICE DE LA HUELLA ECOLÓGICA EN EL CANTÓN LOJA

Ciencias ambientales. Recursos Naturales

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA DIRECCION DE PROTECCION AMBIENTAL Y DESARROLLO SUSTENTABLE

AUTORIDAD DE ASESORIA FINANCIERA Y AGENCIA FISCAL DE PUERTO RICO (AAFAF) 7 DE MARZO DE 2017 ORDEN ADMINISTRATIVA OA

PROYECTO DE DECLARACIÓN DE PANAMÁ SOBRE LINEAMIENTOS PARA LA PROTECCIÓN AMBIENTAL PORTUARIA

A L E J A N D R O G A R C Í A P A D I L L A PLAN CULEBRA PIONERO AMBIENTAL A L E J A N D R O G A R C I A P A D I L L A. C O M

TEMA 3.- La protección del medio ambiente

10 PRINCIPIOS DEL ICMM PARA LA MINERÍA. Alianza Valor Minero Minería Virtuosa, Incluyente y Sostenible: Del Crecimiento al Desarrollo.

Dirección de Protección Ambiental Y Desarrollo Sustentable

OFICINA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY

Proteger el ambiente es tarea de todos

Reciclaje, Rehabilitación y Cooperación COMPLEJO HOSPITALARIO SAN JOSÉ DE MAIPO

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO MUNICIPIO AUTÓNOMO DE LA CIUDAD CAPITAL SAN JUAN BAUTISTA

(TEXTO DE APROBACION FINAL POR LA CAMARA) (24 DE SEPTIEMBRE DE 2015) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C.

Ser verde no es sólo atractivo, hoy es un valor necesario. Sin embargo, no todas las empresas mexicanas usan correctamente los recursos naturales.

Sesión 3b Agua y Saneamiento Políticas, Dificultades y Apoyos Objetivo de Desarrollo Sustentable 6

Qué es el Plan de Acción Climático?

ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS Comisión Interamericana de Puertos

10. PLAN INTEGRAL DE GESTIÓN AMBIENTAL DE RESIDUOS SÓLIDOS

EL MANEJO DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS

LEY DE SEPTIEMBRE DE 2000

iei INDUSTRIA Y MEDIO AMBIENTE: EL CASO LA MATANZA Observatorio MA y Desarrollo Sustentable Ariel Stainoh Septiembre 2012

MANUAL DE ORGANIZACIÓN. Municipio de Acatlán, Hgo. Palacio Municipal S/N, Col. Centro, /45122 DEPARTAMENTO DE LIMPIAS

PLAN NACIONAL DE DESARROLLO Marcos Becerra Delgado

Reciclaje de Residuos Tecnológicos basados en el Modelo de la Economía Circular.

Informe y Actividades 2010

Ecología y Salud II BI-063. MSc. Angela Randazzo

EXPERIENCIAS EN EDUCACIÓN AMBIENTAL PARA LA SUSTENTABILIDAD DEL MUNICIPIO DE SANTA MARTA, EL CASO DEL RÍO MANZANARES

Marco legal actual. Ana Navarro, Ph.D. Programa de Colegio Sea Grant Universidad de Puerto Rico. 3 de febrero de 2007

Objetivo 3: Potenciar la reutilización y reciclabilidad de los materiales y minimizar la producción de residuos, vertidos y emisiones

1. Generación de compatibilidad entre el turismo y la conservación

Ley para la Gestión Integral de Residuos y normativa

SANEAMIENTO PANAMA. Adopción de Decisiones A. Saneamiento Básico B. Desechos Sólidos C. Desechos Peligrosos D. Desechos Radioactivos

Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD)

Proyecto Reciclar celulares. Septiembre 2009 Azogues Ecuador

DECRETO EJECUTIVO N MINAE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

Ciencias Naturales 7mo Grado Proyecto Nº 4 / Enero - Febrero 2017 Profesor Melvyn García

CONCLUSIONES DEL INFORME SOBRE TENDENCIAS TECNOLÓGICAS EN EL SECTOR DEL MEDIO AMBIENTE INDUSTRIAL ESPAÑOL

9. PLAN INTEGRAL DE GESTIÓN AMBIENTAL DE RESIDUOS SÓLIDOS DE SAN JUAN DE MIRAFLORES

Taller sobre el Mercurio Convenio de Minamata

PROGRAMA DE EDUCACIÓN AMBIENTAL LA GESTIÓN DE LOS RESIDUOS EN MI CIUDAD

Prontuario de temas Ciencias Ambientales

Misión y Visión de la Dependencia

CIRCULAR 039 DE 2016 MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL (Agosto 8 de 2016) Para: Unidad Administrativa Especial Fondo Nacional de

La responsabilidad social y medioambiental en la inversión pública

Transcripción:

ESTADO LIBRE ASICIOADO DE PUERTO RICO LA FORTALEZA SAN JUAN, PUERTO RICO Boletín Administrativo Núm. OE-2015-0 ORDEN EJECUTIVA DEL GOBERNADOR DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, HON. ALEJANDRO J. GARCÍA PADILLA, PARA ORDENAR A LA AUTORIDAD DE DESPERDICIOS SÓLIDOS QUE PROHÍBA LA DISPENSACIÓN DE BOLSAS PLÁSTICAS EN LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO El Artículo VI, Sección 19, de la Constitución del Estado Libre Asociado declara que será política pública del Gobierno la más eficaz conservación de sus recursos naturales, así como el mayor desarrollo y aprovechamiento de los mismos para el beneficio general de la comunidad. En reconocimiento de ese mandato constitucional, hace más de una década se aprobó una Política Pública Ambiental que expresó que es política continua del Gobierno del Estado Libre Asociado, incluyendo sus municipios, en cooperación con las organizaciones públicas y privadas interesadas, el utilizar todos los medios y medidas prácticas, incluyendo ayuda técnica y financiera, con el propósito de alentar y promover el bienestar general y asegurar que los sistemas naturales estén saludables y tengan la capacidad de sostener la vida en todas sus formas, así como la actividad social y económica, en el marco de una cultura de sustentabilidad, para crear y mantener las condiciones bajo las cuales el hombre y la naturaleza puedan existir en armonía productiva y cumplir con las necesidades sociales y económicas y cualesquiera otras que puedan surgir con las presentes y futuras generaciones de puertorriqueños. Esta Administración está comprometida con la conservación de nuestros recursos naturales. Por tal razón, hemos adoptado varias iniciativas, tales como los Boletines Administrativos Núm. OE-2013-015 (para ordenar a la Junta de Planificación a finalizar y adoptar el Plan de Uso de Terrenos de Puerto Rico); la OE-2013-019 (para ordenar al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales a realizar el Deslinde Nacional de la Zona Marítimo Terrestre); la OE- 2013-029 (para ordenar a las agencias adscritas a la Rama Ejecutiva a establecer Programas de Reciclaje efectivos en coordinación con la Autoridad de Desperdicios Sólidos); y la OE-2014-022 (para aprobar

el Plan de Manejo y el Reglamento del Área de Planificación Especial del Carso). Gran parte de los desechos que se encuentran en el mar se originan en la tierra. Aunque el plástico es un material práctico que se encuentra en la mayoría de los productos que usamos diariamente, un informe publicado por el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente, y titulado Plastic Debris in the World s Oceans, señala que es un componente común de los desechos marinos. De acuerdo a esta publicación, la magnitud de la contaminación del medio marino por los desechos plásticos es enorme. También indica que numerosos estudios han demostrado que los plásticos consistentemente representan del 60-80% de todos los desechos marinos. Las bolsas plásticas constituyen un desperdicio problemático, ya que resisten los procesos de degradación natural y son un peligro para la vida silvestre, por lo que su efecto en el en el medio ambiente va más allá de tirarlas a la basura. Las bolsas plásticas consumen recursos en su creación; duraran largos periodos de tiempo en los vertederos, aun cuando se dispongan de manera responsable; ocasionan daños a la fauna marina y ecosistemas; y obstruyen tuberías, desagües y alcantarillados contribuyendo a inundaciones. De acuerdo al Earth Policy Institute, aunque las bolsas plásticas son reciclables, la gran mayoría ni tan siquiera llega a ese proceso. Según esta organización ambiental sin fines de lucro e independiente, en la naturaleza, el plástico se descompone en pedazos más pequeños, pero nunca desaparece completamente. Esto significa que los químicos que lo componen pueden penetrar más fácilmente el suelo, los suministros de agua, el medio acuático y recorrer la cadena alimenticia, por lo que la basura plástica plantea peligros para la vida animal y humana. Earth Policy Institute, Plastic Bag Bans or Fees Cover 49 Million Americans, (1 de octubre de 2014), http://www.earthpolicy.org/data_highlights/2014/highlights49 (última visita 29 de octubre de 2015). El Earth Policy Institute estima que, mundialmente, mil millones de bolsas plásticas desechables se utilizan cada año, lo que representa 2

cerca de 2 millones de bolsas cada minuto. En Estados Unidos se calcula que 100 mil millones de bolsas plásticas pasan por las manos de los consumidores cada año. Es por ello que gobiernos alrededor del mundo y más de 150 ciudades y municipalidades en Estados Unidos han tomado diversas iniciativas para desalentar el uso de bolsas plásticas, ya sea imponiendo un cargo por cada bolsa de plástico dispensada por los establecimientos comerciales o su prohibición total. De acuerdo a la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (EPA, por sus siglas en inglés), la estrategia primaria para el manejo eficaz del plástico como residuo es reducir, reutilizar y reciclar (conocido con el nombre de las tres erres -3R- de la ecología ). La reducción tiene dos aspectos: el primero, la reducción en el origen, implica cambios en la tecnología de fabricación, los insumos de materias primas o la formulación o diseño del producto; y el segundo, significa la reducción en el consumo de bienes o en la utilización de energía. La reutilización evita el desperdicio, ya que al alargar la vida útil de un producto, retrasa o impide su entrada en el flujo de residuos. El reciclaje de plásticos también evita el exceso de desechos y evita el daño medioambiental que conlleva su eliminación, ya que transforma materiales en recursos valiosos. Hace más de dos décadas, por medio del Artículo 3 de la Ley 70-1992, según enmendada, y conocida como la Ley para la Reducción y el Reciclaje de Desperdicios Sólidos (en adelante, Ley 70-1992), se estableció como política pública el desarrollo e implementación de estrategias económicamente viables y ambientalmente seguras que resulten en la disminución del volumen de desperdicios sólidos. Hace cinco años, se enmendó la Ley 70-1992 para ordenar a que todo establecimiento comercial, en coordinación con la Autoridad de Desperdicios Sólidos (ADS), estableciera un programa de reciclaje de bolsas plásticas donde los clientes pudiesen depositar las bolsas plásticas limpias en su poder. Sin embargo, continúan llegando a los vertederos del país, cantidades desmedidas de bolsas plásticas. De haber sido exitosa esta iniciativa, hubiese contribuido a reducir el consumo de bolsas plásticas por parte de la población, promovido su reciclaje y fomentado el uso de bolsas reusables. Tampoco influyó a 3

que los comercios dispensaran menos cantidad de bolsas plásticas o que los consumidores optaran por no recibirlas. El Artículo 3 de la Ley 70-1992 establece que el primero de los cinco métodos en la jerarquía para el manejo de desperdicios sólidos es la reducción de la cantidad de desperdicios sólidos que se generen. El Artículo 4 dispone que la ADS elaborará mecanismos para reducir el volumen de desperdicios que se produzcan en el país. De igual forma, le otorga el poder para formular y planificar la implantación de sistemas, proyectos y/o programas de reducción, reutilización y reciclaje que preserven y mejoren la calidad del aire, agua, suelos y otros recursos naturales del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Es indispensable que, como sociedad, modifiquemos nuestros hábitos de consumo y así reducir de manera efectiva el uso de bolsas plásticas en Puerto Rico. El mar es uno de nuestros recursos más preciados, por lo que no podemos tomar una actitud pasiva e indiferente hacia la contaminación y su efecto perjudicial en los océanos, ríos, lagos y fauna que los habitan. Por consiguiente, esta Administración tiene que tomar una postura más firme y activa para poder contribuir a evitar la contaminación por el uso de este tipo de bolsas. Es vital tomar las medidas necesarias para lograr la reducción de este desperdicio. Como pueblo debemos tomar conciencia de la importancia del medioambiente para nuestro país. No es justo aprovecharnos excesivamente de los recursos naturales, sacando solo una utilidad para nuestro beneficio presente, sin tomar acción y disminuir nuestro impacto ambiental. Es inaceptable no preservarlo para el disfrute y beneficio de futuras generaciones. Puerto Rico no puede quedar rezagado. Para crear un país de avanzada, hay que tomar medidas de avanzada. POR TANTO: YO, ALEJANDRO J. GARCÍA PADILLA, Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, en virtud de los poderes inherentes a mi cargo y de la autoridad que me ha sido conferida por la Constitución y las Leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, y de manera cónsona con el mandato constitucional de proteger nuestro ambiente, por la presente ordeno lo siguiente: 4

PRIMERO: Por ser política pública de esta Administración la conservación de nuestros recursos naturales, se ordena a la Administración de Desperdicios Sólidos (ADS) que, a partir del 1ero de julio de 2016, prohíba la dispensación de bolsas plásticas por parte de los comercios a través de un programa de reducción de desperdicios sólidos conforme a las facultades que le otorga la Ley 70-1992. SEGUNDO: Se ordena a que la ADS, conforme a las facultades que le otorga la Ley 70-1992, diseñe e implemente una campaña de orientación, educación y concienciación cívica dirigida a los comercios y la ciudadanía en general, sobre la prohibición, la importancia y beneficios de no promover el uso bolsas plásticas, y el tipo de bolsas que sí podrán ser utilizadas. Esta campaña se realizará durante los seis (6) meses previos a la prohibición. TERCERO: La ADS, conforme a las facultades que le otorga la Ley 70-1992, adoptará los reglamentos que sean necesarios para la implementación, supervisión, aplicación y cumplimiento de lo dispuesto en esta Orden Ejecutiva. Asimismo determinará las multas administrativas que correspondan por violaciones a su reglamentación. CUARTO: DEROGACIÓN: Esta Orden Ejecutiva deroga y deja sin efecto cualquier otra Orden Ejecutiva que sea incompatible, en todo o en parte, con ésta, y hasta donde existiera tal incompatibilidad. QUINTO: VIGENCIA Y PUBLICACIÓN: Esta Orden entrará en vigor inmediatamente. Se ordena su más amplia publicación. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido la presente Orden Ejecutiva bajo mi firma y hago estampar en ella el gran sello del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, en San Juan de Puerto Rico, hoy de de 2015. ALEJANDRO J. GARCÍA PADILLA GOBERNADOR Promulgada de acuerdo con la ley, hoy de de 2015. 5

DAVID E. BERNIER RIVERA SECRETARIO DE ESTADO 6