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Folio 1/5 Examinado el expediente instruido a instancia de Manuel Martín Martín con DNI.: 24848046L, en nombre y representación del Centro Superior de Formación Europa Sur S.A, con CIF.: A92194844, titular del Centro Privado de Formación Profesional Centro Superior de Formación Europa Sur (CESUR), con domicilio en C/. Mendoza 6, Urbanización Industrial Escarlata, El Sebadal, Las Palmas de Gran Canaria, por el que solicita autorización para impartir los ciclos formativos de Técnico Superior en Animaciones 3D, Juegos y Entornos Interactivos, Técnico Superior en Radioterapia y Técnico Superior en Imagen para el Diagnóstico, a distancia, a partir del curso escolar 2014/2015, y renuncia a impartir el ciclo formativo de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería, y de conformidad con los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO. Primero: Según consta en el Registro Especial de Centros Docentes de la Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa, el Centro Privado de Formación Profesional Centro Superior de Formación Europa Sur (CESUR-Las Palmas), tiene autorización para impartir los ciclos formativos de Técnico en Emergencias Sanitarias, 4 grupos y 120 puestos escolares, Emergencias Sanitarias, a distancia 3 grupos y 150 puestos escolares, Cuidados Auxiliares de Enfermería, 2 grupos y 60 puestos escolares, Técnico Superior en Imagen para el Diagnóstico, 4 grupos y 120 puestos escolares, Anatomía Patológica y Citología, 4 grupos y 120 puestos escolares, Anatomía Patológica y Citología, a distancia, 3 grupos y 150 puestos escolares, Educación Infantil, 4 grupos y 120 puestos escolares, Educación Infantil, a distancia, 3 grupos y 150 puestos escolares, Integración Social, 4 grupos y 80 puestos escolares, Integración Social, a distancia, 3 grupos y 150 puestos escolares, Laboratorio para el Diagnóstico Clínico, 4 grupos y 120 puestos escolares, Laboratorio para el Diagnóstico Clínico, a distancia, 3 grupos y 150 puestos escolares.

Folio 2/5 Segundo: Con fechas 20 de febrero y 11 de abril el representante del Centro Privado de Formación Profesional Centro Superior de Formación Europa Sur (CESUR), solicita autorización para impartir los ciclos formativos de Técnico Superior en Animaciones 3D, Juegos y Entornos Interactivos, Técnico Superior en Radioterapia y Técnico Superior en Imagen para el Diagnóstico, a distancia, a partir del curso escolar 2014/2015, y renuncia a impartir el ciclo formativo de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería. Tercero: Vistos los informes de la Inspección de Educación de fecha 27 de mayo de 2014 y 29 de mayo de 2014, de la Unidad Técnica de Construcciones de fecha 21 de marzo de 2014 y de la Secretaría General Técnica, Servicio de Modernización y Tecnología de la Información, de 6 de mayo de 2014. Cuarto: De conformidad con la propuesta del Ilmo. Sr. Director General de Centros e Infraestructura Educativa, de fecha 13 de junio de 2014, por la que se propone autorizar al Centro Privado de Formación Profesional Centro Superior de Formación Europa Sur (CESUR), a impartir los ciclos formativos de Técnico Superior en Animación 3D, Juegos y Entornos Interactivos, Técnico Superior en Radioterapia y Técnico Superior en Imagen para el Diagnóstico, a distancia, así como aceptar la renuncia al Ciclo Formativo de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería, a partir del curso escolar 2014/2015, y de conformidad con los siguientes, FUNDAMENTOS DE DERECHO. Primero: Es de aplicación lo dispuesto en el artículo 13.5 del Real Decreto132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria. (BOE núm. 62, de 12.03.2010). Segundo: Es de aplicación lo dispuesto en los artículos 46 y 50 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo. (BOE núm. 182 de 30.07.2011).

Folio 3/5 Tercero: Es de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto 1583/2011, de 4 de noviembre, por el que se establece el Título de Técnico Superior en Animación 3D, Juegos y Entornos Interactivos y se fijan sus enseñanzas mínimas. (BOE núm. 301 de 15.11.2011). Cuarto: Es de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto 544/995, de 7 de abril, por el que se establece el título de Técnico Superior en Radioterapia y las correspondientes enseñanzas mínimas. (BOE núm. 143 de 16.06.1995). Quinto: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.e) de la Orden de 31 de enero de 2011, por la que se establece el procedimiento de autorización de centros docentes privados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias que impartan enseñanzas de las reguladas en la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo, de Educación. (BOC núm: 32 de 14.02.2011). En virtud de las competencias atribuidas en el artículo 29.1.m) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (BOC núm.: 96, de 01.08.1990), en su redacción actual, el artículo 5.e) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes aprobado por el Decreto 113/2006, de 26 de julio (BOC núm.: 148, de 01.08.2006), el Decreto 170/2011, de 12 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias (BOC núm.:138, de 14.07.2011) y el Decreto 88/2011, de 8 de julio, del Presidente, de nombramiento como Consejero de Educación, Universidades y Sostenibilidad del Gobierno de Canarias (BOC núm.: 135, de 11.07.2011), RESUELVO: Primero: Autorizar al Centro Privado de Formación Profesional Centro Superior de Formación Europa Sur (CESUR), a impartir los ciclos formativos de Técnico Superior en Animaciones 3D, Juegos y Entornos Interactivos, Técnico Superior en Radioterapia y Técnico Superior en Imagen para el Diagnóstico, a distancia, así como aceptar la renuncia al ciclo formativo de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería, a partir del curso escolar

Folio 4/5 Segundo: El Centro educativo queda obligado a remitir a la Inspección de Educación, antes de su puesta en funcionamiento, la relación del profesorado que va a impartir las enseñanzas autorizadas. El incumplimiento dará lugar, previo trámite de audiencia, a la revocación de la autorización de conformidad con el artículo 15.a) de la Orden de 31 de enero de 2011. El titular del centro educativo deberá solicitar la oportuna revisión de la presente Orden cuando se produzca alguna variación en la misma. Tercero: La configuración del Centro queda registrada como: Denominación genérica: Centro Privado de Formación Profesional. Denominación específica: Centro Superior de Formación Europa Sur (CESUR). Número de Código: 35014184. Titular: Centro Superior de Formación Europa Sur S.A. Representante: Manuel Martín Martín. Domicilio: C/. Mendoza 6, Urbanización Industrial Escarlata, El Sebadal. Municipio: Las Palmas de Gran Canaria. Provincia: Las Palmas. Enseñanzas autorizadas: Ciclo Formativo de Grado Medio. Emergencias Sanitarias, 4 grupos y 120 puestos escolares. Emergencias Sanitarias, a distancias, 3 grupos y 150 puestos escolares. Ciclos Formativos de Grado Superior. Imagen para el Diagnóstico, 4 grupos y 120 puestos escolares. Imagen para el Diagnóstico, a distancia, 3 grupos y 150 puestos escolares. Anatomía Patológica y Citología, 4 grupos y 120 puestos escolares. Anatomía Patológica y Citología a distancia 3 grupos 150 puestos escolares. Educación Infantil, 4 grupos y 120 puestos escolares. Educación Infantil, a distancia, 3 grupos y 150 puestos escolares. Integración Social, 4 grupos y 80 puestos escolares. Integración Social, a distancia, 3 grupos y 150 puestos escolares. Laboratorio para el Diagnóstico Clínico, 4 grupos y 120 puestos escolares. Laboratorio para el Diagnóstico Clínico, a distancia, 3 grupos y 150 puestos escolares. Animación 3D, Juegos y Entornos Interactivos, 2 grupos y 60 puestos escolares. Radioterapia, LOGSE; 2 grupos y 50 puestos escolares.

Folio 5/5 Cuarto: Notificar la presente Orden al interesado, en cumplimiento del artículo 58 de Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27.11.1992), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, (BOE 12, de 14.01.1999). Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, Universidades y Sostenibilidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de esta Orden, significándole que en caso de interponer recurso potestativo de reposición, no podrá acudir a la vía contencioso administrativo en el plazo de un mes a contar desde que hubiera interpuesto el citado recurso. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer. El Consejero de Educación, Universidades y Sostenibilidad,