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Convenio de Promoción de Descuento en Servicios Educativos que celebran por una parte, Educación Superior de Celaya A.C., a quien para efectos de este convenio se denominará LA INSTITUCION representada por el C. Juan Arredondo Segura, en su carácter de apoderado general, y por la otra el Estado de Guanajuato, por conducto del Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Finanzas y Administración, representada en este acto por el Director General de Recursos Humanos, el Lic. Fidel Ruiz Chico, a quien para efectos de este convenio se le denominará LA DIRECCION, quienes deciden sujetarse al tenor de las siguientes declaraciones y subsecuentes cláusulas: -----------------------------------------------------DECLARACIONES ------------------------------------------------------ I. Manifiesta LA INSTITUCIÓN, a través de su representante: I.1. Que es una asociación civil constituida según las leyes mexicanas según consta en la escritura pública número 3,355 de fecha 01 de abril de 1985, otorgada ante la fe del Lic. Felipe Pesquera Lizardi, Notario Público número 25 de la ciudad de Celaya, Gto., y debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, bajo el número 199, Folios 90, Tomo I, del Volumen de las Sociedades y Asociaciones Civiles, de la ciudad de Celaya, Gto. I.2. Que su apoderado general, el C. Juan Arredondo Segura cuenta con facultades para actos de Administración, por lo cual está facultado para suscribir el presente convenio, lo anterior consta en la escritura pública número 19,983 de fecha 05 de enero de 2005, otorgada ante la fe del Lic. Jorge García Ramírez, Titular de la Notaria Pública número 22 de la ciudad de Santiago Querétaro, Qro., facultades que al día de hoy manifiesta no le han sido revocadas y/o limitadas de algún modo. I.3. Que la asociación civil tiene por objeto, entre otros, promover, fundar, fomentar y administrar escuelas de educación pre-escolar, primaria, secundaria y preparatoria; escuelas técnicas, vocacionales, de artes y oficios ó de cualquier otra clase, así como universidades, facultades y escuelas de graduados, desempeñar actividades directa o indirectamente se relacionen con la enseñanza, educación, formación de profesionistas, así como celebrar contratos en virtud de los cuales la asociación contraiga derechos y obligaciones. I.4. Que cuenta con el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios para impartir Programas de nivel Profesional y Posgrados. I.5. Que tiene el interés de ofrecer a los trabajadores del Gobierno del Estado de Guanajuato, atractivas condiciones para la impartición de servicios educativos y de capacitación. I.6. Que su Registro Federal de Contribuyentes es ESC 850401 5Q1. I.7. Que señala como domicilio legal para efectos de este convenio el ubicado en Carretera Panamericana Kilometro 269, Colonia Rancho Pinto, Código Postal 38080, en la ciudad de Celaya, Guanajuato, con número de teléfono con fax: (461) 6139099 ext. 1061 II. Manifiesta LA DIRECCION, a través de su representante: 1

II.1. Qué acude a la celebración del presente convenio con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3, 13, fracción II, y 24 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato; 1, 2 fracción III, inciso a), 4 y 72, fracción XI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Administración del Estado. II.2. Que acredita su carácter de Director General de Recursos Humanos con el nombramiento expedido a su favor por el Secretario de Finanzas y Administración en fecha 18 de Enero de 2011. II.3. Qué por representar un beneficio para los trabajadores al servicio del Estado, considera conveniente celebrar el presente convenio, acorde además a los apoyos económicos que se establecen en los artículos 8 de los Lineamientos Generales de Racionalidad, Austeridad y Disciplina Presupuestal de la Administración Pública Estatal para el Ejercicio Fiscal de 2011; y 101 de los Lineamientos Generales para la Administración de los Recursos Humanos Adscritos a las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal para el Ejercicio Fiscal de 2011. II.4. Qué para efectos del presente convenio, señala como domicilio el ubicado en calle Paseo de la Presa No. 172, Zona Centro, en la ciudad de Guanajuato, Guanajuato, C.P. 36000. III. Las partes conjuntamente declaran: Único. Que deciden difundir y apoyar los programas de apoyo económico que resulten ser aplicables conforme a su objeto y fines e igualmente que se reconocen el carácter y personalidad jurídica con la que comparecen al presente acto, la cual a la fecha no les ha sido limitada o restringida en forma alguna. --------------------------------------------------------CLÁUSULAS----------------------------------------------------------- Primera. Objeto. LA INSTITUCIÓN y LA DIRECCION convienen, en el ámbito de su competencia, promover entre los servidores públicos los programas académicos que ofrece LA INSTITUCIÓN, buscando la excelencia profesional de los servidores públicos del Estado como parte de su desarrollo integral en la administración pública, uniendo esfuerzos con el propósito de lograr el impulso educativo en la región y el Estado. Segunda. Obligaciones de LA INSTITUCIÓN. Serán las siguientes: 1. Ofrecer servicios educativos y de capacitación, orientados al Servidor Público. 2. Proporcionar a LA DIRECCIÓN, la información referente a los programas educativos que oferta, en los formatos que considere necesarios para que LA DIRECCION pueda llevar a cabo la difusión de los mismos entre los servidores públicos 3. Establecer las fechas en las cuales requiera que LA DIRECCIÓN realice la difusión de sus programas. 2

4. Proporcionar a los servidores públicos interesados, factura por el pago realizado por cada periodo escolar, así como la emisión de las calificaciones. Tercera. Obligaciones de LA DIRECCIÓN. Serán obligaciones de LA DIRECCIÓN, las siguientes: 1. Difundir entre los servidores públicos, por medios electrónicos y/o escritos los programas de que oferta LA INSTITUCION. 2. Designar a la o las persona(s) responsables de mantener con LA INSTITUCIÓN una comunicación permanente, con la finalidad de lograr el objetivo del presente convenio. Cuarta. De los apoyos. Los servidores públicos que cubran el perfil para los estudios ofrecidos en este convenio por LA INSTITUCIÓN, podrán contar con los siguientes apoyos económicos para cubrir los costos de colegiaturas. 1. Apoyo para servidores públicos por parte de Gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Finanzas y Administración, hasta 30 mil pesos anuales, ajustándose a los plazos, términos y condiciones previstas al efecto en los Lineamientos Generales de Racionalidad, Austeridad y Disciplina Presupuestal de la Administración Pública Estatal para el Ejercicio Fiscal de 2011; y en los Lineamientos Generales para la Administración de los Recursos Humanos Adscritos a las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal para el Ejercicio Fiscal de 2011. 2. Descuentos otorgados por LA INSTITUCIÓN, aplicable conforme a lo siguiente: Descuento del 30% por colegiatura mensual en posgrados presenciales Descuento del 20% por colegiatura mensual en posgrados en línea. Descuento del 10% por colegiatura mensual en licenciaturas en turno vespertino, en fin de semana o en línea. Descuento del 20% por colegiatura mensual en licenciaturas en turno matutino excepto Medicina, Nutrición y Gastronomía. Para que el descuento sea efectivo, LA INSTITUCIÓN sólo facturará a nombre del beneficiario a quien se asigna el descuento, quien tendrá que realizar los pagos en los términos y fechas establecidas y acreditar que es empleado de Gobierno del Estado, mediante gafete oficial y último comprobante de pago. Los descuentos antes ofrecidos aplican también para los familiares de los servidores públicos. Las partes se comprometen a revisar el siguiente año el presente convenio, aportando al menos los apoyos ya otorgados a los servidores públicos, conforme a la disponibilidad presupuestal respectiva. 3

Quinta. Condiciones de observancia obligatoria. Serán condiciones de observancia obligatoria para las partes, las siguientes: 1. El cambio de denominación, razón social o ubicación de cualquiera de las partes no afectará los términos del presente convenio; sin embargo, se deberá notificar por escrito a las otras en forma inmediata de cualquier cambio. 2. Las partes convienen que, en caso de incumplimiento de alguna de las cláusulas contenidas en el cuerpo del presente convenio, este será rescindido, tomándose las medidas necesarias para no afectar ni a los acreditados, ni a ellas mismas. 3. Cualquiera de las partes podrá dar por terminado el presente convenio sin necesidad de resolución judicial, previo aviso a la otra por escrito mediante correo certificado con acuse de recibo, en el domicilio señalado para tal efecto ó vía fax en el número indicado en el apartado de declaraciones del presente convenio, cuando menos con treinta días naturales de anticipación, surtiendo sus efectos al día siguiente de concluido el plazo señalado para tal efecto en este párrafo. 4. La duración del presente convenio será de un año a partir de la firma del presente convenio. 5. Las partes están obligadas a mantener el presente acuerdo actualizado y funcional y se comprometen a proporcionar oportunamente toda clase de información y auxilio requerido para este efecto, así como a modificar su contenido o adicionar el mismo, previo acuerdo entre ellas en el momento en que las circunstancias así lo requieran. 6. Las partes se hacen sabedoras de que en los contratos y convenios la máxima ley es la voluntad de las partes, manifestando que en la firma de este instrumento no existe dolo, error, mala fe, violencia, ni algún otro vicio del consentimiento. Sexta. Confidencialidad. Las partes se obligan a guardar bajo la más estricta confidencialidad cualquier tipo de información que en función de este convenio llegaren a compartirse, y a responder de los daños y perjuicios que se ocasionaren por el incumplimiento de dicha obligación, por lo que no podrán divulgar ni publicar ninguna información sin autorización expresa de las mismas. Séptima. Interpretación y solución de controversias. Las partes, en caso de conflicto derivado de la interpretación, cumplimiento y/o ejecución del presente convenio, lo resolverán, en primera instancia, de común acuerdo, y en caso contrario, se someterán a la legislación local vigente y a la competencia de los tribunales locales de la ciudad de Guanajuato, capital, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que por razón de su domicilio pudiera corresponderles en el presente o en el futuro. Enteradas del contenido, alcance y fuerza legal, las partes suscriben el presente convenio en la ciudad de Guanajuato, Gto., a los 23 días del mes de diciembre de 2011 dos mil once. 4

Por la DIRECCIÓN Por la INSTITUCIÓN Lic. Fidel Ruiz Chico Director General de Recursos Humanos El C. Juan Arredondo Segura Apoderado General 5