CONTRATO DE DIFUSIÓN PUBLICITARIA



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Transcripción:

CONTRATO DE DIFUSIÓN PUBLICITARIA REUNIDOS De una parte, D, mayor de edad, actuando en nombre y representación de inscrita en el Registro Mercantil de. con domicilio social en, actuando en su calidad de, en posesión de poderes suficientes para este acto. (En adelante el anunciante) De otra parte, Don Francisco Santolaya Ochando, actuando como Presidente del CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS OFICIALES DE PSICÓLOGOS, con C.I.F. número Q-2801522J, domiciliado en Madrid, calle Conde de Peñalver número 45 5ª Planta, en nombre y representación legal del mismo y de acuerdo con las atribuciones que tiene conferidas. (El medio de publicidad) MANIFIESTAN Que las partes están interesadas en formalizar el presente contrato; que poseen suficientes poderes para la firma del mismo; que se reconocen capacidad legal necesaria para poder llevar a cabo la celebración y declaran expresamente que actúan de forma libre, voluntaria y no viciada. EXPONEN I. Que el Consejo General de COP, Corporación de derecho público es titular de las revistas INFOCOP, PAPELES DEL PSICÓLOGO y de INFOCOP on line y el BOLETÍN de INFOCOP, cuya financiación se produce en parte mediante la realización y captación habitual de campañas de publicidad que permitan difundir externamente la actividad y productos de sus anunciantes a través de la misma. II. Que el anunciante está interesado en la inserción de sus anuncios en. III. Que en virtud de las consideraciones precedentes las partes han acordado otorgar el presente contrato de difusión publicitaria con sujeción a las siguientes cláusulas: 1.- OBJETO DEL CONTRATO CLÁUSULAS El medio de publicidad se compromete a insertar los anuncios publicitarios en. Figuran en el Anexo I dichos anuncios proporcionados por (el anunciante), así como el programa de publicidad y sus condiciones técnicas y en el Anexo II la frecuencia de los mismos, así como el presupuesto de la publicidad contratada. se compromete a insertar los anuncios que le remita el anunciante de acuerdo con las fechas y ubicaciones pactadas en el Anexo II, así como las condiciones técnicas particulares que el medio haya indicado para la mejor edición de los mismos (Anexo I). 2. DURACIÓN DEL CONTRATO El presente contrato entrará en vigor al día siguiente de su firma y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2014. 3. PRECIO El Consejo General de COP se compromete a publicar los anuncios del anunciante con base al presupuesto que se acompaña como Anexo II, determinado por tarifas públicas y que el anunciante conoce y acepta pagar. 1

Con base al presupuesto señalado en el párrafo precedente el anunciante pagará al Consejo General de COP el precio pactado mediante transferencia bancaria. El pago de cada anuncio contratado siempre deberá efectuarse en los 15 días posteriores a la fecha de emisión de la correspondiente factura por parte del Consejo General, teniendo siempre en cuenta que el pago tiene como fecha límite 3 días antes de la fecha de cierre del primer número o volumen en el que se inserta la publicidad. En el caso de existir varias inserciones de publicidad en distintos números, el pago deberá realizarse igualmente en los términos anteriormente establecidos: el pago se realizará en los 15 días posteriores a la fecha de emisión de la factura correspondiente por parte del Consejo General de COP y siempre antes de la fecha de cierre del primer número o volumen en el que se inserta publicidad. De tratarse de publicidad en cualquiera de las versiones electrónicas u on-line de los medios colegiales, el pago deberá realizarse igualmente en los términos anteriormente establecidos: el pago se realizará en los 15 días posteriores a la fecha de emisión de la factura correspondiente por parte del Consejo General de COP y siempre antes de la publicación del anuncio/banner. 4. IMPAGO DEL PRECIO Si al vencimiento de cualquiera de las facturas el anunciante no hiciera efectivo su importe, incumpliendo lo establecido en la cláusula anterior, el Consejo General de COP podrá optar entre exigir el inmediato pago de las inserciones contratadas vencidas o por resolver el contrato no publicando el anuncio contratado. 5. DEBER DE SECRETO El Consejo General de COP se compromete a guardar secreto de todos los datos que obtenga en relación con este contrato, así como del programa de publicidad contratado, y a no utilizar para fines distintos a los pactados en el presente contrato, los datos, materiales, originales y demás información que por razón del mismo le suministre el Anunciante. 6. CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO DEL CONSEJO GENERAL DE COP Si el Consejo General de COP por causas imputables al mismo, cumple una orden con alteración, defecto o menoscabo de algunos de sus elementos esenciales, deberá ejecutar de nuevo la publicidad en los términos pactados. Si la repetición no es posible, el Anunciante puede exigir la reducción del precio. El Consejo General de COP no es responsable si el cumplimiento defectuoso no le es imputable. 7. INCUMPLIMIENTO DEL CONSEJO GENERAL DE COP Salvo en caso de fuerza mayor, si el Consejo General de COP no difunde la publicidad, el Anunciante puede optar entre exigir una difusión posterior en las mismas condiciones pactadas o denunciar el contrato con devolución de lo pagado. Si la falta de difusión es imputable al Anunciante, el responsable debe indemnizar al Consejo General del COP y satisfacerle íntegramente el precio, salvo que el medio haya ocupado total o parcialmente con otra publicidad el espacio contratado. 8. OBLIGACIONES DEL ANUNCIANTE Entrega de material.- Debe ser entregado en la fecha pactada y cumpliendo las especificaciones que el Consejo General de COP haya señalado, el incumplimiento por parte del anunciante se tomará como cancelación del espacio publicitario contratado quedando el 50% del pago de la factura como indemnización por el tiempo invertido por el Consejo General de COP. El Anunciante manifiesta y declara expresamente ser propietario de todos los derechos sobre los originales que serán publicados por el Consejo General de COP en, tanto de imagen como de cualquier otro tipo (captación, uso, 2

explotación, cesión, etc.), así como del consentimiento expreso de las personas o Modelos cuya imagen se utilice en la publicidad contratada de acuerdo con la L.O. 1/1982 de protección al honor, intimidad personal y la propia imagen, del mismo modo que las creaciones artísticas o fotográficas que se usen a los mismos efectos según la Ley de Propiedad Intelectual (RD Legislativo 1/1996), estando expresamente autorizados para su reproducción, distribución y comunicación, siendo responsable de cualquier reclamación de terceros por este motivo. 9. EXTINCIÓN Además de por las causas generales del Derecho, este contrato se extinguirá: a. Por el transcurso del mismo. b. Por ser declarado en situación de quiebra o concurso de acreedores cualquiera de las partes. c. Por incumplimiento de las obligaciones estipuladas en el presente contrato. d. Por las demás causas previstas en derecho. En caso de que el Anunciante decida cancelar el presente contrato deberá preavisarlo con al menos 20 días de antelación a la fecha de cierre de la publicidad. Incurriendo en caso contrario en una penalización correspondiente al 50%. 10. NORMATIVA APLICABLE El presente contrato tiene carácter mercantil y se regirá por sus propias cláusulas y en lo en ellas no previsto por la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad, y subsidiariamente por las normas del Código de Comercio y demás normas especiales sobre publicidad y usos mercantiles. El Anunciante manifiesta tener el consentimiento expreso de las personas para publicar su imagen y datos personales (nombres, apellidos y nombres de las empresas contratadas) siendo responsable de cualquier reclamación de terceros por este motivo. 11. JURISDICCIÓN APLICABLE Las Partes se comprometen a resolver de manera amistosa y de buena fe cualquier desacuerdo que pueda surgir en el desarrollo del presente contrato. En caso de conflicto las partes, con renuncia de cualquier otro fuero que les pueda corresponder, se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de la Ciudad de Madrid para dirimir cualquier controversia dimanante del presente contrato. Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, las Partes firman, por duplicado y a un solo efecto, el presente Contrato y sus Anexos. En Madrid, a de de 2013. Por el COP Por el Anunciante XXXXX XXXXX XXXXX DIRECTOR GENERAL DE XXXX XXXX 3

ANEXO I PROGRAMA DE PUBLICIDAD Y CONDICIONES TÉCNICAS El Anunciante se compromete a entregar el anuncio, como mínimo, 20 días antes del cierre de la publicación. El soporte será el indicado por el equipo técnico del Consejo. El Consejo General de COP no se hace responsable si se produce alguna alteración en el anuncio si este es entregado en otro formato, o con otro modo de color. Si el anunciante no enviase el anuncio con esta antelación se suspende la reserva de espacio, que pasa a estar disponible para cualquier otro anunciante. Una vez recibido el anuncio, en caso de que incumpla la normativa establecida para inserción de publicidad del Consejo General de COP, le será comunicado al anunciante, que dispondrá de un plazo de 4 días para realizar las modificaciones que le hayan sido comunicadas. Si volviera a ocurrir que se incumplen las normativas, podría rechazarse el anuncio definitivamente. La Revista se compromete a no variar el momento de la publicación establecida, a no ser por causa de fuerza mayor. La confección del anuncio, así como los impuestos correspondientes, no se encuentran incluidos en el precio de la inserción, siendo por cuenta del anunciante. La suspensión de una inserción, deberá hacerse como mínimo con 20 días de antelación a la fecha de cierre de la publicación. Si se solicitase la suspensión con una antelación menor, el anunciante deberá pagar, en concepto de indemnización, un 50% del coste total establecido para su anuncio. Las partes se obligan a comunicarse toda la información que pudiera ser necesaria para el correcto desarrollo del proyecto. Toda comunicación entre las partes relativa al presente contrato se realizará por escrito o telefónicamente. A efectos de comunicaciones y/o notificaciones las partes designan: Anunciante: Persona de contacto:, con número de Fax, correo electrónico y Teléfono Consejo General de COP: Persona de contacto: Sara Rojas y Cristina Castilla, con número de Fax 91.3095615, correo electrónico publicidad@cop.es y Teléfono 91.4449020. Cualquier cambio de domicilio o dirección de contacto deberá ser comunicado a la otra parte por escrito con una antelación mínima de 20 días hábiles. Por el COP Por el Anunciante XXXXX XXXXX XXXXX DIRECTOR GENERAL DE XXXX XXXX 4

Web Infocop Revista Papeles Revista Infocop INFORMACIÓN DEL CLIENTE (Es obligatorio rellenar todos los campos marcados con *) Nombre de la empresa que se publicita (*): INFORMACIÓN SOBRE EL ANUNCIO Revista/medio en el que contrata la publicidad: Infocop Tipo de anuncio (anuncio en papel, banner online, boletín informativo): Volumen/es o Número/s para los que se contrata la publicidad: Persona de contacto (*): Dirección Postal (*): Ciudad (*): Provincia (*): Código Postal (*): MARQUE LA OPCIÓN/OPCIONES QUE DESEA CONTRATAR: Teléfono (*): Fax (*): N º DE INSERCIONES TIPO MEDIDAS PRECIO Doble módulo 57 mm. x 100 mm. 2 x doble módulo 119 mm. x 100 mm. Columna 57 mm. x 205 mm. URL: DATOS DE FACTURACIÓN (Incluir aquí los datos de facturación de la empresa, NO datos personales de contacto*) Media página Pág. completa interior Cubierta interior Cubierta posterior Encarte central Media página** Pág. completa interior ** Cubierta interior 180 mm. x 100 mm. 180 mm. x 220 mm. Máx. 1 encarte 4 caras 180 mm. x 106 mm. 180 mm. x 226 mm. Empresa/Razón social (*): Domicilio de la empresa (*): Ciudad (*): Provincia (*): Código Postal (*): CIF (*): Cubierta posterior Encarte páginas finales Media página** Banner 1 Máx. 1 encarte 4 caras 180 mm. x 106 mm. Contrata con el Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos de acuerdo con las condiciones generales que se adjuntan a este documento. Forma de pago: Banner 2 Banner 3 Banner 4 FECHA INICIO BANNER: FECHA FIN: Boletín Infocop Online Tamaño 210 x 65 píxeles y peso máximo 60KB (excepto mes de agosto). ** Anuncios en bicolor, irían en las últimas páginas de la revista. CARACTERÍSTICAS ANUNCIO: Cuatricromía Bicolor Cobro del 10% adicional por garantizar ubicación del anuncio en página par/impar: SI NO Cobro del 10% adicional por solicitud de posicionamiento especial en las páginas interiores (página 1, 2 ó 3 de la revista): SI NO Descuento del 15% adicional por el pago previo del total del importe contratado a partir de 3 ó 4 inserciones: SI NO Transferencia a Banco Popular Español - Agencia 14 c/ José Ortega y Gasset, 29 C.C.C. 0075 / 0125 / 47 / 0601179770 IBAN: ES89 0075 0125 4706 0117 9770 En los 15 días posteriores a la fecha de emisión de la correspondiente factura. Las normas de publicidad en los medios colegiales pueden consultarse en la página web o solicitarse por correo electrónico. El contrato y sus anexos se enviarán por duplicado debidamente firmado y sellado por correo postal a: Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos Departamento de Publicaciones Fax.+ 34 91309 56 15 - Telf. 91 444 90 20 E-mail: publicidad@cop.es Precio Total de lo contratado: Madrid, a de de 2013. Por: Euros + IVA El Anunciante: Número total de inserciones: Total (sin IVA): XXXXXXX DIRECTOR GENERAL DE XXXXXXX 5