PLIEGO DE CONDICIONES TECNICAS PARTICULARES CONTROL DE CALIDAD DE LA OBRA CIVIL (ANEXO I A)

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PLIEGO DE BASES PARA LA ADJUDICACIÓN DE LA REDACCIÓN DEL PROYECTO Y LA CONSTRUCCIÓN DE REMONTES MECÁNICOS EN ESTACIONES DE ARAMON PLIEGO DE CONDICIONES TECNICAS PARTICULARES CONTROL DE CALIDAD DE LA OBRA CIVIL (ANEXO I A) ZARAGOZA, 15 de Febrero de 2014

1. OBJETO El presente Informe tiene por objeto estipular los diferentes pasos que deberán seguirse durante el proceso de hormigonado con el fin realizar el ineludible y pertinente control de calidad, mencionado ampliamente en la parte 2: Obra Civil del P.C.T.G.l 2. PROPIEDADES MECANICAS DEL HORMIGON En todo lo relativo a propiedades mecánicas de los materiales empleados deberá cumplirse lo siguiente: 2.1 Generalidades Toda la documentación que se derive directamente del cumplimiento de los apartados siguientes, deberá ser facilitada al Director de obra para su posterior supervisión, control y, aceptación o rechazo. El contratista será el responsable directo de que se cumplan todas y cada una de las especificaciones expuestas en los distintos capítulos del presente Informe, así como todo lo dispuesto en relación a las propiedades tecnológicas de los materiales que deban ser utilizados en la obra civil, en el resto de las otras normativas vigentes (EHE, RC-03, etc.). 2.2 Cemento Será de obligado cumplimiento el Artículo 26 de la EHE, la vigente Instrucción para la Recepción de Cementos RC-03 y las recomendaciones expuestas en el Anejo 3 de la citada EHE. En su consecuencia podrán utilizarse únicamente los siguientes cementos: - CEM I 42,5R según UNE-EN 197-1:2000 (Muy adecuado). - CEM II / A-D 42,5R según UNE-EN 197-1:2000 (Muy adecuado). - CEM II / A-S 42,5R según UNE-EN 197-1:2000 (Adecuado). - CEM II / A-P 42,5R según UNE-EN 197-1:2000 (Adecuado) - CEM II / A-L 42,5R según UNE-EN 197-1:2000 (Adecuado). 2.3 Áridos Será de obligado cumplimiento el Artículo 28 de la EHE. La naturaleza de los áridos y su preparación serán tales que permitan garantizar la adecuada resistencia y durabilidad del hormigón. Se prohíbe el empleo de áridos que contengan sulfuros oxidables. Designación y tamaño Deberá cumplirse lo expuesto en el Artículo 28.2 de la EHE. Página 2

Los áridos se designarán por su tamaño mínimo d y máximo D en mm, de acuerdo con la siguiente expresión: árido d/d. Se denomina tamaño máximo D de un árido la mínima abertura de tamiz UNE EN 933-2:96 por el que pase más del 90% en peso (% desclasificados superiores a D menor que el 10%), cuando además pase el total por el tamiz de abertura doble (% desclasificados superiores a 2D igual al 0%). Se denomina tamaño mínimo d de un árido, la máxima abertura de tamiz UNE EN 933-2:96 por el que pase menos del 10% en peso (% desclasificados inferiores a d menor que el 10%). Véase tabla 28.2. Tabla 28.2 Límites para los desclasificados superiores e inferiores Desclasificados superiores (% retenido, en peso) Desclasificados inferiores (% que pasa, en peso Tamiz 2D Tamiz D Tamiz D 0% <10% <10% Se entenderá por arena o árido fino, el árido o fracción del mismo que pasa por un tamiz de 4 mm de luz de malla (tamiz 4 UNE EN 933-2:96); por grava o árido grueso, el que resulta retenido por dicho tamiz, y por árido total (o simplemente árido cuando no haya lugar a confusiones), aquel que, de por sí o por mezcla, posee las proporciones de arena y grava adecuadas para fabricar el hormigón necesario en el caso particular que se considere. El tamaño máximo de un árido grueso tendrá que ser menor que las dimensiones siguientes: a) 0,8 de la distancia horizontal libre entre vainas o armaduras que no formen grupo, o entre un borde de la pieza y una vaina o armadura que forme un ángulo mayor que 45º con la dirección de hormigonado. b) 1,25 de la distancia entre un borde de la pieza y una vaina o armadura que forme un ángulo no mayor que 45ºcon la dirección de hormigonado. c) 0,25 de la dimensión mínima de la pieza, excepto en los casos siguientes: - Losa superior de los forjados, donde el tamaño máximo del árido será menor que 0,4 veces el espesor mínimo. - Piezas de ejecución muy cuidada (caso de prefabricación en taller) y aquellos elementos en los que el efecto pared del encofrado sea reducido (forjados que se Página 3

encofran por una sola cara), en cuyo caso será menor que 0,33 veces el espesor mínimo. Condiciones físico-químicas La cantidad de sustancias perjudiciales que pueden presentar los áridos no excederá de los límites indicados en la tabla 28.3.1 de la EHE. No se utilizarán áridos finos cuyo equivalente de arena (EAV), determinado "a vista" (UNE 83131:90) sea inferior a 80, dado la clase general (IIa) y especifica de exposición (H) a la que va a estar sometido el hormigón que se realice con dichos áridos. Los áridos no presentarán reactividad potencial con los alcalinos del hormigón (procedentes del cemento o de otros componentes). Condiciones físico-mecánicas Se deberán cumplir las siguientes limitaciones: - Friabilidad de la arena (FA) 40 - Resistencia al desgaste de la grava 40 - Absorción de agua por los áridos 5% La pérdida de peso máxima experimentada por los áridos al ser sometidos a cinco ciclos de tratamiento con soluciones de sulfato magnésico (método de ensayo UNE EN 1367-2:99) no será superior a la que se indica en la tabla 28.3.2 de la EHE. Granulometría y forma del árido La cantidad de finos que pasan por el tamiz 0,063 UNE EN 933-2:96, expresada en porcentaje del peso total de la muestra, no excederá los valores de la tabla 28.3.3.a de la EHE. La curva granulométrica del árido fino deberá estar comprendida dentro del huso definido en la tabla 28.3.3.b de la EHE. De este modo el tamaño mínimo d del árido deberá ser 0,08 mm o superior. La forma del árido grueso se expresará mediante su coeficiente de forma, el cual no debe ser inferior a 0,20 (determinado con arreglo al método de ensayo indicado en la UNE 7238:71), o bien mediante su índice de lajas, el cual debe ser inferior a 35 (determinado con arreglo al método de ensayo indicado en la UNE EN 933-3:97), debiendo cumplir al menos las prescripciones relativas a uno de los dos. Se propone una granulometría de 0,08-20 mm. 2.4 Agua Será de obligado cumplimiento el Artículo 27 de la EHE, en lo relativo a sus características generales, especificaciones de uso, y ensayos. Página 4

El agua utilizada, tanto para el amasado como para el curado del hormigón en obra, no deberá contener ningún ingrediente dañino en cantidades tales que afecten a las propiedades del hormigón o a la protección de las armaduras frente a la corrosión. En general, podrán emplearse todas las aguas sancionadas como aceptables por la práctica. 2.5 Aditivos y Adiciones Será de obligado cumplimiento el Artículo 29 de la EHE. Podrán utilizarse como componentes del hormigón los aditivos y adiciones, siempre que se justifique mediante los oportunos ensayos, que la sustancia agregada en las proporciones y condiciones previstas produce el efecto deseado sin perturbar excesivamente las restantes características del hormigón ni representar peligro para la durabilidad del hormigón ni para la corrosión de las armaduras. El empleo de adiciones no podrá hacerse en ningún caso sin el consentimiento del peticionario y la expresa autorización del Director de obra. 2.6 Hormigón Será de obligado cumplimiento el Artículo 30 de la EHE. Composición La composición elegida para la preparación de las mezclas destinadas a la construcción de estructuras o elementos estructurales deberá estudiarse previamente, con el fin de asegurarse de que es capaz de proporcionar hormigones cuyas características mecánicas, reológicas y de durabilidad satisfagan las exigencias del proyecto. Estos estudios se realizarán teniendo en cuenta, en todo lo posible, las condiciones de la obra real (diámetros, características superficiales y distribución de armaduras, modo de compactación, dimensiones de las piezas, etc.), y correrán a cargo del contratista. Lógicamente los componentes del hormigón deberán cumplir las prescripciones incluidas en el presente Informe, y en los capítulos 2.2, 2.3, 2.4 y 2.5 de la parte 2 del P.C.T.G. Condiciones de calidad Las condiciones o características de calidad exigidas al hormigón se especificarán en este Informe, siendo siempre necesario indicar las referentes a su resistencia a compresión, su consistencia, tamaño máximo del árido, y el tipo de ambiente a que va a estar expuesto, entre otros. Tales condiciones deberán ser satisfechas por todas las unidades de producto componentes del total, entendiéndose por unidad de producto la cantidad de hormigón fabricada de una sola vez. Normalmente se asociará el concepto de unidad de producto Página 5

a la amasada, si bien, en algún caso y a efectos de control, se podrá tomar en su lugar la cantidad de hormigón fabricado en un intervalo de tiempo determinado y en las mismas condiciones esenciales. Por lo que en este Informe se empleará la palabra "amasada" como equivalente a unidad de producto, y en este caso al volumen de hormigón utilizado para cada cimentación. Cualquier característica de calidad medible de una amasada, vendrá expresada por el valor medio de un número de determinaciones (igual o superior a dos) de la característica de calidad en cuestión, realizadas sobre partes o porciones de la amasada. Características mecánicas Las características mecánicas de los hormigones empleados en las estructuras, deberán cumplir las condiciones impuestas en el Artículo 39 de la EHE. La resistencia del hormigón a compresión, se refiere a la resistencia de la unidad de producto o amasada y se obtiene a partir de los resultados de ensayo de rotura a compresión, en número igual o superior a dos, realizados sobre probetas cilíndricas de 15 cm de diámetro y 30 cm de altura, de 28 días de edad, fabricadas a partir de la amasada, conservadas con arreglo al método de ensayo indicado en la UNE 83301:91, refrentadas según la UNE 83303:84 y rotas por compresión, según el método de ensayo indicado en la UNE 83304:84. No obstante se podrán romper probetas a 7 y 14 días con objeto de poder montar las estructuras antes de 28 días siempre que lo apruebe el Director de obra. La resistencia a compresión del hormigón del proyecto fck no será inferior a 30 N/mm². Docilidad La docilidad del hormigón será la necesaria para que, con los métodos previstos de puesta en obra y compactación, el hormigón rodee las armaduras sin solución de continuidad y rellene completamente los encofrados sin que se produzcan coqueras. La docilidad del hormigón se valorará determinando su consistencia; lo que se llevará a cabo por el procedimiento descrito en el método de ensayo UNE 83313:90. Según la UNE 83313:90, la consistencia del hormigón se mide por su asiento en el cono de Abrams, expresado en un número entero de centímetros. La consistencia del hormigón utilizado deberá ser Plástica si la definimos por su tipo, o con un asiento de 3-5 cm, con las tolerancias que se indican en la tabla 30.6 de la EHE. 2.7 Armaduras pasivas Será de obligado cumplimiento el Artículo 31 de la EHE. Página 6

Básicamente las características mecánicas mínimas garantizadas por el fabricante de estas armaduras pasivas, serán las correspondientes a un acero B 500S, con las prescripciones expuestas en la tabla 31.2.a de la EHE. 2.8 Durabilidad del hormigón y de las armaduras Será de obligado cumplimiento el Artículo 37 de la EHE. La agresividad a la que está sometida la estructura se identificará por el tipo de ambiente, de acuerdo con el Artículo 8.2.1 de la EHE, y que en este caso deberá ser: Clase general de exposición: II a Clase específica de exposición: H Recubrimientos Se entenderá como recubrimiento de hormigón a la distancia entre la superficie exterior de la armadura (incluyendo cercos y estribos) y la superficie del hormigón más cercana. En el caso de las armaduras pasivas se deberán cumplir los siguientes recubrimientos: a. Cuando se trata de armaduras principales, el recubrimiento deberá ser igual o superior al diámetro de dicha barra (o diámetro equivalente si se trata de un grupo de barras) y a 0,80 veces el tamaño máximo del árido, salvo que la disposición de armaduras respecto a los paramentos dificulte el paso del hormigón, en cuyo caso se tomará 1,25 veces el tamaño máximo del árido (ver en ese caso el Artículo 28.2 de la EHE). b. Para cualquier clase de armaduras pasivas (incluso estribos), el recubrimiento no será, en ningún punto, inferior a los valores mínimos recogidos en la tabla 37.2.4 de la EHE en función de la clase de exposición ambiental. Para garantizar estos valores mínimos, se prescribirá en el proyecto un valor nominal del recubrimiento rnom, donde: rnom= rmin+δr donde: rnom Rmin Recubrimiento nominal. Es el valor que debe prescribirse en el proyecto y reflejarse en los planos, y que servirá para definir los separadores. Recubrimiento mínimo. Es el valor a garantizar en cualquier punto del elemento; su valor se recoge en la tabla 37.2.4 de la EHE. Página 7

Δr Margen de recubrimiento, en función del nivel de control de ejecución. Su valor en el caso de elementos in situ con nivel intenso de control de ejecución, es de 5 mm. c. El recubrimiento de las barras dobladas no será inferior a dos diámetros, medido en dirección perpendicular al plano de la curva. d. Cuando por exigencias de cualquier tipo (durabilidad, protección frente a incendios o utilización de grupos de barras), el recubrimiento sea superior a 50 mm, deberá considerarse la posible conveniencia de colocar una malla de reparto en medio del espesor del recubrimiento en la zona de tracción, con una cuantía geométrica del 5 por mil del área del recubrimiento para barras o grupos de barras de diámetro (o diámetro equivalente) igual o inferior a 32 mm, y del 10 por mil para diámetros (o diámetros equivalentes) superiores a 32 mm. e. En piezas hormigonadas contra el terreno el recubrimiento mínimo será 70 mm, salvo que se haya preparado el terreno y dispuesto un hormigón de limpieza, en cuyo caso será de aplicación la tabla 37.2.4. No rige en este caso lo previsto en el Apartado d). Los recubrimientos deberán garantizarse mediante la disposición de los correspondientes elementos separadores colocados en obra. Estos calzos o separadores deberán disponerse de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 66.2 de la EHE. Asimismo deberán estar constituidos por materiales resistentes a la alcalinidad del hormigón, y no inducir corrosión de las armaduras. Deben ser al menos tan impermeables al agua como el hormigón, y ser resistentes a los ataques químicos a que se puede ver sometido este. Independientemente de que sean provisionales o definitivos, deberán ser de hormigón, mortero, plástico rígido o material similar y haber sido específicamente diseñados para este fin. Si los separadores son de hormigón, éste deberá ser, en cuanto a resistencia, permeabilidad, higroscopicidad, dilatación térmica, etc., de una calidad comparable a la del utilizado en la construcción de la pieza. Análogamente, si son de mortero, su calidad deberá ser semejante a la del mortero contenido en el hormigón de la obra. Cuando se utilicen separadores constituidos con material que no contenga cemento, aquellos deberán, para asegurar su buen enlace con el hormigón de la pieza, presentar Página 8

orificios cuya sección total sea al menos equivalente al 25% de la superficie total del separador. Se prohíbe el empleo de madera así como el de cualquier material residual de construcción, aunque sea ladrillo u hormigón. En el caso de que puedan quedar vistos, se prohíbe asimismo el empleo de materiales metálicos. Requisitos de dosificación En función de las clases de exposición a las que vaya a estar sometido el hormigón, definido de acuerdo con lo anteriormente citado a este respecto en este Informe, se deberán cumplir las especificaciones recogidas en la tabla 37.3.2.a de la EHE. De este modo la máxima relación agua/cemento deberá ser de 0.55, y el mínimo contenido de cemento deberá ser 300 Kg/m 3 y el máximo de 400 Kg/m 3, por lo que en la dosificación final el contenido de cemento deberá ser de 350 Kg/m 3. 3. CONTROL DE CALIDAD DEL HORMIGON En lo relativo al control de calidad se deberán seguir lo estipulado a continuación. 3.1 De los componentes del hormigón Será de obligado cumplimiento el Artículo 81 de la EHE. Se deberá realizar este control, en el caso de hormigones fabricados en central, ya sea de hormigón preparado o central de obra, cuando disponga de un Control de Producción según Orden del Ministro de Industria y Energía de fecha 21 de diciembre de 1995 y Disposiciones que la desarrollan. Dicho control debe estar en todo momento claramente documentado y la correspondiente documentación estará a disposición de la Dirección de obra y de los Laboratorios que eventualmente ejerzan el control externo del hormigón fabricado. El control de los componentes del hormigón se realizará de la siguiente manera: a) Si la central dispone de un Control de Producción y está en posesión de un Sello o Marca de Calidad, oficialmente reconocido por un Centro Directivo de las Administraciones Públicas (General del Estado o Autonómicas), con competencias en el campo de la construcción (obras públicas o edificación), no es necesario el control de recepción en obra de los materiales componentes del hormigón. Los referidos Centros Directivos remitirán a la Secretaría General Técnica del Ministerio de Fomento, por cada semestre natural cerrado, la relación de centrales con Sello o Marca de Calidad por ellos reconocidos, así como los retirados o anulados, para su publicación. Página 9

b) Si el hormigón, fabricado en central, está en posesión de un distintivo reconocido o un certificado CC-EHE, ambos en el sentido expuesto en el Artículo 1 de la EHE, no es necesario el control de recepción en obra de sus materiales componentes. Los hormigones fabricados en centrales, en las que su producción de hormigón esté en posesión de un distintivo reconocido o un certificado CC-EHE, ambos en el sentido expuesto en el citado Artículo 1, tendrán la misma consideración, a los efectos de esta Instrucción que los hormigones fabricados en centrales que estén en posesión de un Sello o Marca de Calidad en el sentido expuesto en a). c) En otros casos, no contemplados en a) ó b), se estará a lo dispuesto en el Artículo 81 de la EHE. 3.2 Control de la calidad del hormigón El control de la calidad del hormigón comprenderá normalmente el de su resistencia, consistencia y durabilidad, con independencia de la comprobación del tamaño máximo del árido, según el capítulo 4.2.3.1 del P.C.T.G. El control de calidad de las características del hormigón se realizará de acuerdo con lo indicado del Artículo 83 al 89 de la EHE, ambos inclusive. La toma de muestras del hormigón se realizará según UNE 83300:84. Además, en el caso de hormigón fabricado en central, se comprobará que cada amasada de hormigón esté acompañada por una hoja de suministro debidamente cumplimentada de acuerdo con el artículo 69.2.9.1 de la EHE y firmada por una persona física. Las hojas de suministro, sin las cuales no está permitida la utilización del hormigón en obra, deben ser archivadas por el Constructor y permanecer a disposición de la Dirección de Obra hasta la entrega de la documentación final de control. 3.3 Control de la consistencia del hormigón Sera de obligado cumplimiento el Artículo 83 de la EHE. Especificaciones Son las del capítulo 2.6 del Informe de Condiciones Técnicas Generales. En su consecuencia el constructor deberá entregar a la Dirección de Obra una copia de la documentación pertinente relacionada con la central que suministre el hormigón, evitando de este modo el control de recepción en obra de los componentes del hormigón. Página 10

Ensayos Se determinará el valor de la consistencia, mediante el cono de Abrams de acuerdo con UNE 83313:90. - Siempre que se fabriquen probetas para controlar la resistencia. - En los casos previstos en el Artículo 88.2. de la EHE. - Cuando lo ordene la Dirección de obra. Criterios de aceptación o rechazo Si la consistencia se ha definido por su tipo, la media aritmética de los dos valores obtenidos según UNE 83313:90 tiene que estar comprendida dentro del intervalo correspondiente. Si la consistencia se ha definido por su asiento, la media de los dos valores debe estar comprendida dentro de la tolerancia. El incumplimiento de las condiciones anteriores implicará el rechazo automático de la amasada correspondiente y la corrección de la dosificación. 3.4 Control de la resistencia del hormigón Será de obligado cumplimiento el Artículo 84 de la EHE. Independientemente de los ensayos de control de materiales componentes y de la consistencia del hormigón a que se refieren los anteriores capítulos 3.1 y 3.3 respectivamente, los ensayos de control de la resistencia del hormigón previsto en esta Instrucción con carácter preceptivo, serán los indicados en el capítulo 3.8 del presente Informe. Finalmente, antes del comienzo del hormigonado puede resultar necesaria la realización de ensayos previos o ensayos característicos, los cuales se describen en los capítulos 2.1.6 y 2.1.7 respectivamente. Los ensayos previos, característicos y de control, se referirán a probetas cilíndricas de 15 x 30 cm, fabricadas, curadas y ensayadas a compresión a 28 días de edad según UNE 83301:91, UNE 83303:84 y UNE 83304:84. El valor del asiento de Abrams deberá estar comprendido entre 3-5cm (tipo de consistencia: Plástica)

3.5 Control de la durabilidad del hormigón Será de obligado cumplimiento el Artículo 85 de la EHE. A efectos de las especificaciones relativas a la durabilidad del hormigón, contenidas en la Tabla 37.3.2.a de la EHE, se llevarán a cabo los siguientes controles: a) Control documental de las hojas de suministro, con objeto de comprobar el cumplimiento de las limitaciones de la relación A/C y del contenido de cemento especificados en el capítulo 2.8 del presente Informe. b) Control de la profundidad de penetración de agua, en los casos indicados en el citado capítulo 2.8, y de acuerdo con el procedimiento descrito en uno de los apartados de este mismo capítulo que estamos desarrollando. Especificaciones En todos los casos, con el hormigón suministrado se adjuntará la hoja de suministro o albarán en la que el suministrador reflejará los valores de los contenidos de cemento y de la relación agua/cemento del hormigón fabricado en la central suministradora, conforme a lo indicado en el capítulo 3.7 del P.C.T.G. Controles y ensayos El control documental de las hojas de suministro se realizará para todas las amasadas del hormigón que se lleven a cabo durante la obra. El contenido de las citadas hojas será conforme a lo indicado a este respecto en el capítulo 3.7 del P.C.T.G, y estará en todo momento a disposición de la Dirección de obra. En este caso, dicho control se efectuará sobre una documentación que incluirá, al menos los siguientes puntos: - Composición de las dosificaciones del hormigón que se va a emplear en la obra. - Identificación de las materias primas del hormigón que se va a emplear en la obra. En este caso, el valor de la relación Agua/Cemento no podrá superar el valor de 0,55 y el contenido en cemento no será inferior en ningún caso a 300 Kg/m 3 ni superior a 400 Kg/m 3. - Copia del Informe con los resultados del ensayo de determinación de la profundidad de penetración de agua bajo presión, según UNE 83309:90, efectuado por un laboratorio oficial u oficialmente acreditado. - Materias primas y dosificaciones empleadas para la fabricación de las probetas utilizadas para los ensayos anteriores.

Todos estos datos estarán a disposición de la Dirección de obra. Se rechazarán aquellos ensayos realizados con más de seis meses de antelación sobre la fecha en la que se efectúa el control, o cuando se detecte que las materias primas o las dosificaciones empleadas en los ensayos son diferentes de las declaradas para la obra por el suministrador. En el caso de hormigones fabricados en central de hormigón preparado, en posesión de un Sello o Marca de Calidad en el sentido expuesto en el capítulo 4.2.1 del presente Informe, y siempre que se incluya este ensayo como objeto de su sistema de calidad, se le eximirá de la realización de los ensayos. En este caso, se presentará a la Dirección de obra, previamente al inicio de ésta, la documentación que permita el control documental, en los mismos términos que los indicados anteriormente. 3.6 Ensayos previos del hormigón Será de obligado cumplimiento el Artículo 86 de la EHE. Se realizarán en laboratorio antes de comenzar el hormigonado de la obra, de acuerdo con lo prescrito en el Artículo 68 de la EHE. Su objeto es establecer la dosificación que habrá de emplearse, teniendo en cuenta los materiales disponibles y aditivos que se vayan a emplear y las condiciones de ejecución previstas. En el mencionado Artículo 68 se señala además qué en los casos en que el constructor pueda justificar documentalmente que, con los materiales, dosificación y proceso de ejecución previstos es posible conseguir un hormigón que posea las condiciones expuestas en el P.C.T.G, y en particular, la resistencia exigida, podrá prescindirse de la realización de estos ensayos. Para llevarlos a cabo, se fabricarán al menos cuatro series de probetas procedentes de amasadas distintas, de dos probetas cada una para ensayo a los 28 días de edad, por cada dosificación que se desee establecer, y se operará de acuerdo con los métodos de ensayo UNE 83300:84, 83301:91, 83303:84 y 83304:84. De los valores así obtenidos se deducirá el valor de la resistencia media en el laboratorio fcm que deberá superar el valor exigido a la resistencia de proyecto con margen suficiente para que sea razonable esperar que, con la dispersión que introduce la ejecución en obra, la resistencia característica real de la obra sobrepase también a la de proyecto. 3.7 Ensayos característicos del hormigón Será de obligado cumplimiento el Artículo 87 de la EHE. Salvo en el caso de emplear hormigón procedente de central o de que se posea experiencia previa con los mismos materiales y medios de ejecución, estos ensayos serán

preceptivos en todos los casos y tienen por objeto comprobar, en general antes del comienzo del hormigonado, que la resistencia característica real del hormigón que se va a colocar en la obra no es inferior a la de proyecto. 3.8 Ensayos de control de hormigón Será de obligado cumplimiento el Artículo 88 de la EHE. Generalidades Estos ensayos son preceptivos en todos los casos y tienen por objeto comprobar, a lo largo de la ejecución, que la resistencia característica del hormigón de la obra es igual o superior a la de proyecto. El control en este caso será un control estadístico y como tal será de obligado cumplimiento lo dispuesto en el apartado siguiente. Los ensayos se realizan sobre probetas fabricadas, conservadas, y rotas según UNE 83300:84, 83301:91, 83303:84 y 83304:84. Control estadístico del hormigón Esta modalidad de control es la de aplicación general a obras de hormigón en masa, hormigón armado y hormigón pretensado. A efectos de control, salvo excepción justificada, se dividirá la obra en partes sucesivas denominadas lotes, inferiores cada una al menor de los límites señalados en la tabla 88.4.a. de la EHE. No se mezclarán en un mismo lote elementos de tipología estructural distinta, es decir, que pertenezcan a columnas distintas de la tabla. Todas las unidades de producto (amasadas) de un mismo lote procederán del mismo Suministrador, estarán elaboradas con las mismas materias primas y serán el resultado de la misma dosificación nominal. El control se realizará determinando la resistencia de N amasadas por lote, siendo: Si 25 N/mm 2 < fck 35 N/mm 2 : N 4 Fck > 35 N/mm 2 : N 6 Dado que la fck del hormigón que va a utilizarse en la obra debe de ser de al menos 30N/mm 2, el número de amasadas por lote a controlar debería ser como mínimo de 4. Basándonos en todo lo anterior y en la tipología de la obra, se deberán tomar muestras tal y como se estipula a continuación: - Para cada cimentación de línea, se deberán ensayar al menos cinco probetas cilíndricas.

- Para cada cimentación de estación, se deberán ensayar al menos cinco probetas cilíndricas cada 20 m 3 de hormigón vertido. El control estadístico se realizará en base a lo dispuesto a este respecto en el citado Art. 88 de la EHE. Decisiones derivadas del control de resistencia Cuando en un lote de obra sometida a control de resistencia, sea fest fck tal lote se aceptará. Si resultase fest fck, y sin perjuicio de las sanciones contractuales previstas, se procederá como sigue: El tipo de elemento estructural que más se asemeja al caso que nos ocupa (pozo de cimentación) será el denominado macizo según la citada tabla. En su consecuencia el volumen máximo que puede tener un lote es de 100 m 3. a) Si fest 0,9 fck, el lote se aceptará. b) Si fest < 0,9 fck, se procederá a realizar, por decisión de la Dirección de obra o apetición de cualquiera de las partes, los estudios y ensayos que procedan de entre los detallados seguidamente; en cuyo caso la base de juicio se trasladará al resultado de estos últimos. - Estudio de la seguridad de los elementos que componen el lote, en función de la fest deducida de los ensayos de control, para estimar la variación del coeficiente de seguridad respecto del previsto en el Proyecto. - Ensayos de información complementaria para estimar la resistencia del hormigón puesto en obra, de acuerdo con lo especificado en el Artículo 89 de la EHE, y realizando en su caso un estudio análogo al mencionado en el párrafo anterior, basado en los nuevos valores de resistencia obtenidos. - Ensayos de puesta en carga (prueba de carga), de acuerdo con el Artículo 99.2 de la EHE. La carga de ensayo podrá exceder el valor característico de la carga tenida en cuenta en el cálculo. En función de los estudios y ensayos ordenados por la Dirección de obra y con la información adicional que el Constructor pueda aportar a su costa, aquél decidirá si los elementos que componen el lote se aceptan, refuerzan o demuelen, habida cuenta también de los requisitos referentes a la durabilidad y a los Estados Límite de Servicio. Antes de tomar la decisión de aceptar, reforzar o demoler, la Dirección de obra podrá consultar con el Proyectista y con Organismos especializados.