Expte. Nº.- 2016/001634 PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA EL SERVICIO DE ALUMBRADO NAVIDEÑO TRES BARRIOS-AMATE (PLAN INTEGRAL) 2016/17 ORGANIZADO POR EL DISTRITO CERRO AMATE 1.- FUNDAMENTACIÓN El Ayuntamiento de Sevilla, a través del Distrito Cerro-Amate, enmarcado en la competencia que ostenta para promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de los vecinos y la realización de actuaciones en la vía pública, pretende llevar a cabo la contratación del EL SERVICIO DE ALUMBRADO NAVIDEÑO PARA TRES BARRIOS-AMATE (PLAN INTEGRAL) 2016/17 ORGANIZADO POR EL DISTRITO CERRO AMATE. Se ha estimado que la mejora de la dotación de infraestructura de alumbrado navideño forma parte del objetivo que persigue el eje urbanístico vertebrador del territorio del PLAN INTEGRAL TRES BARRIOS, pues se consigue así dar mayor visibilidad a su espacio público y comercial, potenciando la autoestima social y convivencia vecinal en estas fechas navideñas, así como la conexión con el resto de la ciudad, potenciándose su visibilización. Para llevarlo a cabo, no disponiendo esta Administración de los medios personales y materiales propios, necesarios, se precisa de la contratación de este servicio a través de empresa especializada se hace preciso contratar a una empresa, al mismo tiempo que se pone de manifiesto la insuficiencia de esta administración que carece de los medios personales y materiales necesarios para la ejecución del citado servicio. 2. DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA A PRESENTAR a) Documentos acreditativos de la personalidad y capacidad del licitador. 1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. 2. Los licitadores individuales presentarán copia compulsada, notarial o administrativamente, del Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces. 3. Cuando sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato una determinada habilitación empresarial, se acompañará copia compulsada del certificado que acredita las condiciones de aptitud profesional. 4. En cuanto a las empresas no españolas de estados miembros de la Unión Europea, tendrán capacidad para contratar aquéllas que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito. La capacidad de las mismas se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidas, o mediante la 1 Observaciones Página 1/5
presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con lo establecido en el anexo I.1 del RGLCAP. 5. Los demás empresarios extranjeros deberán justificar mediante informe, en la forma recogida en el artículo 55 del TRLCSP, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga. La acreditación de su capacidad de obrar se instrumentará a través de informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. b) Documentos acreditativos de la representación. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder de representación, bastanteado por la Asesoría Jurídica correspondiente. Si el licitador fuera persona jurídica, el poder general deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder especial para un acto concreto no será necesario el requisito de su previa inscripción en el Registro Mercantil. Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación deberá acompañar copia compulsada, notarial o administrativamente, de su Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces. c) Anexos adjuntos (I, II, III y IV). 3.- PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Y FINANCIACIÓN El presupuesto máximo del contrato ascenderá 4.678,02, más 982,38 de IVA, con un importe total de 5.660,40, I.V.A. incluido, siendo imputado a la partida presupuestaria 70214-33404-22799 correspondientes a los ejercicios presupuestarios 2016 y 2017, de la siguiente forma: EJERCICIO PARTIDA IMPORTE (IVA EXCUIDO) IVA IMPORTE (IVA INCLUIDO) 2016 70214-33404-22799 3.898,35 818,65 4.717,00 2017 70214-33404-22799 779,67 163,73 943,4 Para establecer el importe imputable a cada anualidad, no habiendo sido especificado por el Técnico de GMU en las prescripciones técnicas el cálculo estimado del gasto para diciembre 2016, y para enero 2017, se ha estimado procedente aplicar la regla de prorrateo del gasto por días de iluminación en cada mensualidad, teniendo en cuenta como equivalentes el servicio de montaje que se realizaría en diciembre, y el servicio de desmontaje que realizaría en enero. A todos los efectos las ofertas presentadas por los empresarios deberán detallar el importe del contrato y el importe correspondiente al IVA de forma independiente. Las proposiciones económicas no podrán en ningún caso ser superiores al referido presupuesto de licitación y en todo caso, en la oferta presentada por el empresario el IVA debe figurar como partida independiente respecto al precio del contrato, al ser un importe que soporta la Administración (Arts. 87 y 88 LSCP). Las ofertas presentadas por las empresas que no cumplan los requisitos exigidos o las disposiciones contenidas en este Pliego quedarán excluidas de la licitación. 2 Observaciones Página 2/5
4.- PLAZO DE EJECUCIÓN Y REVISIÓN DE PRECIOS. La duración del contrato se extenderá a los días 2 de diciembre de 2016 al 8 de enero de 2017. El contrato no podrá tener una duración superior a doce meses ni ser objeto de prórroga ni de revisión de precios, según lo dispuesto en el artículo 23.3 del TRLCSP. 5.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS. La presentación de ofertas se realizará en la Sede del Distrito Cerro Amate, sito en Calle San Juan de la Cruz, s/n de Sevilla, en sobre cerrado, de forma que se garantice el secreto de su contenido, figurando en todos ellos: - Nombre del licitador - Domicilio social, tfno., correo electrónico. - Número de expte. y título. Dentro del sobre deberán incluirse los 4 modelos anexos (I, II, III y IV) que serán publicados, y podrán ser descargados en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento de Sevilla, junto a este pliego de Condiciones Administrativas Particulares. El plazo de presentación será el indicado en el Perfil del Contratante. En la oferta, que deberá formalizarse según el modelo anexo I se deberá especificar el porcentaje de la baja efectuada, con respecto a los precios máximos que figuran en el cuadro establecido en las prescripciones técnicas y que deberá ser el mismo para todos los conceptos descritos. El contrato será adjudicado a quien presente el mayor porcentaje de baja, siempre que reúna los requisitos establecidos en el presente pliego y en la normativa vigente, y presente la documentación que lo acredite en el plazo de tres días hábiles conforme se comprometió (anexo III). Pasado ese plazo, se pasará a la siguiente oferta económica más ventajosa. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de las propuestas. La presentación de oferta supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de las cláusulas o condiciones de este pliego, sin salvedad o reserva alguna. Asimismo supone el compromiso de dedicación o adscripción de los medios personales o materiales suficientes para la ejecución del contrato. Se considerarán, en principio, desproporcionadas o anormales, las ofertas que se encuentren en los supuestos relacionados en el art. 85 del Reglamento General de la Ley de Contratos, aprobado por el RD 1098/2001, de 12 de Octubre. Si se identificasen valores anormales o desproporcionados en las proposiciones presentadas por los licitadores, se actuará según lo previsto en los apartados 3 y 4 del artículo 152 del TRLCSP. La Administración se reserva el derecho a declarar desierto el procedimiento cuando ninguna de las proposiciones presentadas sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el Pliego. 3 Observaciones Página 3/5
6.- FACTURACIÓN Y PAGO DEL PRECIO El pago del precio se efectuará previa expedición de factura, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 216 TRLCSP que tramitará la Sección del Distrito Cerro-Amate, una vez acreditada la correcta prestación del servicio, de conformidad con la oferta presentada y con el presente Pliego de Condiciones de Ejecución. Cualquier factura o documento justificativo emitido por los contratistas a cargo del Ayuntamiento de Sevilla, deberá estar debidamente sellado y firmado y deberá presentarse en el Registro Auxiliar del Distrito Cerro-Amate (sito en la Avda. San Juan de la Cruz s/n, Sevilla), indicando en la factura los siguientes datos: -NÚMERO DE EXPEDIENTE Nº.- 2016/001634 -ÓRGANO GESTOR: Ayuntamiento de Sevilla, CIF (P4109100J): L01410917 -UNIDAD TRAMITADORA: DISTRITO CERRO AMATE: LA0002395 -OFICINA CONTABLE: INTERVENCIÓN. LA0002175 -Concepto claro del servicio -Importe de la base imponible, importe del IVA y total de la factura. Los proveedores del Ayuntamiento deberán hacer llegar las facturas o documentos justificativos antes de que se cumplan treinta días desde la fecha de recepción efectiva de los suministros, prestación de los servicios, realización de las obras, o en general, el cumplimiento de las obligaciones. En el caso de que proceda la presentación de factura electrónica, en cumplimiento de las prescripciones establecidas en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, pueden acceder a la plataforma FACe (Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas), del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, el proveedor deberá indicar además en la misma los códigos arriba indicados. 7.- JURISDICCIÓN Y RECURSOS Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos, serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa, y contra los mismos se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano o recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación o publicación, y en caso de que no se resuelva expresamente será de aplicación el artículo 46.1 de la Ley de Jurisdicción Contencioso Administrativa. Sevilla, a la fecha de la firma LA JEFA DE SECCIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO CERRO AMATE Fdo: SUSANA MÁRQUEZ CAMPÓN 4 Observaciones Página 4/5
El Adjudicatario Enterado y Conforme 5 Observaciones Página 5/5