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REGLAMENTO PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS EXTERNAS DE LA FACULTAD DE BIOLOGÍA (GRADOS EN BIOLOGÍA, BIOTECNOLOGÍA Y CIENCIAS AMBIENTALES) (Aprobado por la Junta de Facultad el 17 de Julio de 2012) Preámbulo Como parte de la formación integral de los estudiantes universitarios, con la realización de prácticas externas, en empresas o entidades no vinculadas con la universidad, se pretende que el alumno adquiera una experiencia práctica favorecedora, no solo de su inserción en el mercado de trabajo sino, también, de mejora de su empleabilidad futura, así como el fomento de valores como la innovación, la creatividad y el emprendimiento. El Real Decreto 1707/2011 de 18 de Noviembre regula las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios. Además, ha de tenerse en cuenta la Normativa sobre Prácticas Externas de los Estudiantes aprobado en Consejo de Gobierno de la Universidad Murcia y el Sistema Interno de Garantía de la Calidad de la Facultad de Biología. No obstante, el presente reglamento desarrolla y concreta alguno de los aspectos que se contemplan en el citado Real Decreto 1791/2010, adaptándolos a las necesidades particulares de la Facultad de Biología. 1. MODALIDADES DE PRÁCTICAS EXTERNAS. Las prácticas académicas externas pueden ser de dos modalidades: a) Las prácticas curriculares se configuran como actividades académicas integrantes del Plan de Estudios de que se trate. Al igual que al resto de materias que conforman el plan de estudios, se le asignan créditos y son, por tanto, evaluables. b) Las prácticas extracurriculares, son aquellas que los estudiantes podrán realizar con carácter voluntario durante su periodo de formación y que, aún teniendo los mismos fines que las prácticas curriculares, no forman parte del correspondiente Plan de Estudios. 2. PRÁCTICAS CURRICULARES. La información referente a las prácticas curriculares de la Facultad de Biología se puede consultar en la Web: (http://www.um.es/web/biologia/contenido/practicas/curriculares) 2.1 Destinatarios Para la realización de las prácticas externas los estudiantes deberán cumplir, en su caso, los siguientes requisitos:

a) Estar matriculado en la enseñanza universitaria de la Facultad de Biología a la que se vinculan las competencias básicas, genéricas y/o específicas a adquirir por el estudiante en la realización de la práctica. b) En el caso de prácticas externas curriculares, estar matriculado en la asignatura vinculada, según el Plan de Estudios de que se trate. c) No mantener ninguna relación contractual con la empresa, institución o entidad pública o privada o la propia universidad en la que se van a realizar las prácticas, salvo autorización con arreglo a la normativa interna de cada Universidad. 2.2. Periodo de realización Las prácticas en empresa/entidad para los alumnos de la Facultad de Biología están contempladas en los correspondientes Planes de Estudios de los Grados impartidos en esta Facultad. Dichas prácticas se vinculan a asignaturas optativas de las ofertadas en el 4º curso de Grado. El alumno podrá realizar su periodo de prácticas una vez matriculado en dicha asignatura. Para optar a la realización de este tipo de prácticas se tendrá en cuenta lo establecido por la Normativa sobre Prácticas Externas de la Universidad de Murcia y los requisitos que figuren en la Guía Docente de la asignatura Prácticas Externas correspondiente del Plan de Estudios. Las prácticas en empresa de carácter curricular tendrán una duración presencial de 10-15 h por cada crédito ECTS. La práctica deberá realizarse en una sola empresa/entidad. Es muy importante, por tanto, que el alumno tenga presentes las fechas y plazos señalados para la tramitación y realización de las prácticas, por lo que deberá calcular minuciosamente la fecha de incorporación a una empresa/entidad para poder completar el número mínimo exigido de horas a realizar. En el caso de que el alumno suspenda las prácticas en empresa/entidad tendrá que repetir las mismas o bien cursar las asignaturas optativas que se ofertan, equivalentes en carga de créditos ECTS. Al tratarse de una actividad académica con características particulares, si el alumno obtuviera una calificación de suspenso no podrá realizar una prueba de recuperación de las mismas. 2.3 Tipos y oferta Las prácticas podrán corresponder a: a) Plazas ofrecidas por las empresas/entidades y gestionadas directamente por el Equipo Decanal (Oferta abierta). El número de plazas estará en función de la disponibilidad de empresas/entidades y la capacidad de la Facultad de Biología.

b) Plazas obtenidas por gestión directa del estudiante o tutor académico con el visto bueno del Equipo Decanal. Quedará reservada automáticamente para la persona responsable de la gestión. En caso de ser el estudiante o tutor académico quien contacte por su cuenta con una empresa/entidad donde realizar prácticas, deberá notificarlo al COIE para comprobar si la empresa tiene o no suscrito convenio de cooperación educativa con la Universidad. Si no es así, el COIE formalizará el convenio de cooperación con la empresa o institución. En ambos casos, la Universidad cubrirá los gastos de seguro de accidentes y de responsabilidad civil y justificará la situación de matrícula del alumno ante inspecciones de trabajo. La disponibilidad de las plazas sólo será definitiva una vez firmado el correspondiente convenio de colaboración entre la empresa/entidad y el COIE por medio de los representantes legales respectivos. Se podrán gestionar nuevas plazas a lo largo del curso con el tiempo necesario para realizar holgadamente todos los trámites requeridos. 2.4. Tutores Para la realización de las prácticas externas los estudiantes contarán con un tutor de la entidad colaboradora y un tutor académico de la universidad. El tutor designado por la entidad colaboradora deberá ser una persona vinculada a la misma, con experiencia profesional y con los conocimientos necesarios para realizar una tutela efectiva. No podrá coincidir con la persona que desempeña las funciones de tutor académico de la universidad. Los tutores académicos serán profesores de Áreas que impartan docencia en el Grado correspondiente y serán designados por el Equipo Decanal. Para ello, se solicitará a los Departamentos un listado de profesores tutores. La Facultad facilitará a los tutores de estudiantes con discapacidad la información y la formación necesarias para el desempeño de esta función. El tutor de la entidad colaboradora estará encargado de supervisar la actividad del alumno, evaluándola posteriormente mediante la emisión de un informe, que remitirá al tutor académico de la Universidad, recogiendo la valoración de los aspectos previstos en el artículo 13 del RD 1707/2011, de 18 de noviembre, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios. La Facultad de Biología certificará a cada tutor de la entidad colaboradora su participación en el programa de prácticas externas. El tutor académico deberá contactar con el tutor de la entidad colaboradora para informarle de los conocimientos y habilidades que el alumno debe desarrollar durante las prácticas externas (que deben estar de acuerdo con las competencias de la ficha de la asignatura).

2.5 Procedimiento de Solicitud, Adjudicación y Matrícula: 1. REUNIÓN DE COORDINACIÓN. Se reunirá la Comisión de Prácticas Externas (formada por el Equipo Decanal, y en su caso el Coordinador de Prácticas Externas) para evaluar las necesidades, la viabilidad de las propuestas de prácticas de gestión directa, la identificación y asignación de tutores por parte del profesorado de la Facultad. 2. OFERTA DE PLAZAS. Será pública y en ella se especificará el contenido de las prácticas y su duración. Las listas se expondrán en los tablones de anuncios del Decanato y en la Web de la Facultad: (http://www.um.es/web/biologia/contenido/practicas). 3. MATRICULA. Los estudiantes interesados en realizar prácticas en empresas/entidades o aquellos que las hubieran realizado en un periodo anterior, tendrán que matricularse en el periodo de matrícula. Para optar a la realización de este tipo de prácticas se tendrá en cuenta la Normativa de la Universidad de Murcia y los requisitos de la Guía Docente de la asignatura Prácticas Externas. Una vez hecha la matrícula se formalizará el seguro obligatorio con el que la Universidad cubrirá los gastos de accidentes y de responsabilidad civil y justificará la situación de matrícula del alumno ante inspecciones de trabajo. 4. ADJUDICACIÓN. Finalizado el plazo de matrícula los estudiantes solicitarán la asignación de una de las plazas ofertadas, para ello indicarán una relación priorizada de las mismas. Las plazas se asignarán por riguroso orden de expediente académico. Se asignarán tantas prácticas en empresa/entidad como oferta exista. Para la elaboración de dicho listado se tendrá en cuenta el art. 17.3 del RD 1707/2011, de 18 de noviembre otorgando prioridad en la elección y en la adjudicación de prácticas a los estudiantes con discapacidad, con objeto de que puedan optar a empresas/entidades en las que estén aseguradas todas las medidas de accesibilidad universal, incluidas las referidas al transporte para su traslado y acceso a las mismas. 5. RECONOCIMIENTO. Podrán ser reconocidas como prácticas externas curriculares las actividades y competencias desarrolladas por los estudiantes, en empresas o entidades que tengan convenio con el COIE, y cuya realización haya sido regulada por este centro. Además, debe haber una relación directa entre las tareas realizadas en la empresa o entidad y el perfil formativo del Grado. También podrán tener reconocimiento las prácticas realizadas en el ámbito de los Programas de Movilidad. En todos los casos, el estudiante aportará una Memoria Final, donde refleje las tareas desarrolladas durante las mismas; y sendos Informes de los tutores, de la entidad colaboradora y Universidad, sobre número de horas de prácticas, fecha de realización y el trabajo desempeñado por el alumno.

Excepcionalmente, a criterio de la Comisión de Reconocimiento de Créditos correspondiente y de acuerdo con la Normativa sobre Prácticas Externas de la Universidad de Murcia, podrán contemplarse otros supuestos. 2.6. Evaluación de las prácticas externas El alumno deberá notificar a su tutor académico la finalización del período de prácticas y entregarle una Memoria Final, donde se reflejen todas las tareas desarrolladas durante las mismas; y un informe de valoración de las mismas, donde se indicará los aspectos positivos (fortalezas) y negativos (debilidades) y las propuestas de mejora. Los tutores de la entidad colaboradora y Universidad deberán emitir un Informe del trabajo realizado por el alumno. La evaluación final la realizará el tutor académico tras analizar la información reflejada en el informe del tutor de la entidad colaboradora y la memoria final presentada por el alumno. Con todo esto podrá valorar la adquisición de las competencias previstas en el módulo de prácticas externas y emitirá una nota que se reflejará en el acta o expediente del alumno. En el caso de que el estudiante no haya completado en el lugar donde realiza las prácticas, y a plena satisfacción del tutor, el 90% al menos de las horas presenciales establecidas, se emitirá informe desfavorable de dicha práctica y calificación de Suspenso en la asignatura. De la misma manera, si transcurrido el plazo señalado por el tutor académico, el estudiante no hubiera entregado la memoria final de las prácticas, se emitirá un informe desfavorable de dicha práctica y calificación de Suspenso en la asignatura. La calificación se otorgará en función de la siguiente escala numérica de 0 a 10, con expresión de un decimal, a la que tendrá que añadirse su correspondiente calificación cualitativa: 0-4.9: Suspenso 5.0-6.9: Aprobado 7.0-8.9: Notable 9.0-10: Sobresaliente Podrán acceder a la mención de Matrícula de Honor quienes hayan obtenido la calificación igual o superior a 9.0 puntos, a criterio del tutor académico y siguiendo la normativa general aprobada para la concesión de Menciones de Matrículas de Honor en la Universidad de Murcia. Dicha mención será asignada por la Comisión de Prácticas Externas, junto con los profesores que hayan actuado de tutores académicos ese curso.

2.7. Prácticas Externas y Trabajo Fin de Grado Según queda recogido en la Reglamento por el que se regula el Trabajo de Fin de Grado (TFG) de la Facultad de Biología, el TFG puede ser realizado total o parcialmente fuera de la Universidad de Murcia, en Centros, Empresas o Instituciones, en el marco de las prácticas externas regladas. En tal caso, el alumno deberá contar con un tutor académico de un Área que imparta docencia en el Grado correspondiente y se podrá contemplar la participación de un cotutor, que podrá no ser docente universitario. Este acreditará estar en posesión de titulación superior y experiencia. 3. PRÁCTICAS EXTRACURRICULARES Las prácticas extracurriculares son aquellas que el estudiante podrá realizar con carácter voluntario durante su periodo de formación y que, aunque no forman parte del Plan de Estudios, serán contempladas en el Suplemento Europeo al Título conforme determine la normativa vigente. Las prácticas externas de carácter extracurricular están destinadas, básicamente, a estudiantes de 4º curso de los Grados. No obstante, dichas prácticas podrán ser realizadas por alumnos del Grado de forma voluntaria y como complemento formativo extraacadémico, sin que suponga la sustitución de asignaturas optativas de dicho Plan de Estudios. La información referente a este tipo de prácticas se puede consultar en la Web: http://www.um.es/web/biologia/contenido/practicas/extracurriculares 4. GARANTÍA DE CALIDAD DEL PROGRAMA DE PRÁCTICAS EXTERNAS La calidad de las prácticas externas realizadas por los alumnos de la Facultad de Biología es evaluada dentro del Procedimiento de Prácticas Externas desarrollado en la Unidad para la Calidad de Universidad de Murcia con el fin de proporcionar información coherente y fiable sobre la adecuación de dichas prácticas a las competencias planteadas en los correspondientes proyectos formativos. Dicha información se utilizará en el proceso de mejora continua del programa de prácticas externas.