La concesión y disfrute de las referidas Ayudas, se regirán por las siguientes:

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Transcripción:

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA ESTUDIANTES CON NECESIDADES ACADÉMICAS ESPECIALES ASOCIADAS A DISCAPACIDAD Y PARA ESTUDIANTES VÍCTIMAS DEL TERRORISMO CURSO 2012/2013 La exposición de motivos de la Ley Orgánica 4/2007 resalta el papel de la Universidad como transmisor esencial de valores, propiciando el impulso de políticas activas para garantizar la igualdad de oportunidades a las personas con discapacidad. A tal fin, la Disposición adicional 24ª garantiza, en el seno de la Universidad, la igualdad de oportunidades de los estudiantes y demás miembros de la comunidad universitaria con discapacidad, proscribiendo cualquier forma de discriminación y estableciendo medidas de acción positiva tendentes a asegurar su participación plena y efectiva en el ámbito universitario. Contempla, además, la Ley Orgánica la existencia de Programas específicos de ayuda de las Administraciones Públicas, en coordinación con las respectivas universidades para que las personas con discapacidad, puedan recibir la ayuda personalizada, los apoyos y las adaptaciones en el régimen docente disposición adicional 4ª. Consecuentemente, la Universidad de Sevilla articula formalmente la Unidad de Atención al estudiante con discapacidad con objeto de dar respuestas eficientes a los retos que se derivan de la situación de discapacidad, garantizando el apoyo durante el período de estudio en la Universidad de Sevilla, a partir de una atención integral y personalizada. La presente convocatoria tiene por finalidad conseguir que los estudiantes con necesidades académicas puedan acceder y mantenerse dentro de la estructura universitaria sin más dificultades que las que cualquier otra persona pudiera tener en el normal desarrollo de su vida académica, contribuyendo así a la efectividad del principio de igualdad. Dentro de esta convocatoria, se incluyen los estudiantes con necesidades académicas participantes de los Programas de movilidad con destino en la Universidad de Sevilla, colectivo al que se pretende ofrecer el apoyo institucional necesario para su normal desarrollo dentro del ámbito universitario. Finalmente, la presente convocatoria está abierta a las personas víctimas del terrorismo, como colectivo con necesidades académicas especiales, aplicándose a las mismas las medidas de acción positiva contenidas en la misma, de acuerdo con lo establecido en el art. 14 de esta convocatoria. La concesión y disfrute de las referidas Ayudas, se regirán por las siguientes: 1

BASES 1.- Objeto. El objeto de esta Convocatoria es dotar a los estudiantes con necesidades académicas de las ayudas necesarias como garantía de apoyo durante su periodo de estudios en la Universidad de Sevilla. Así, al amparo de esta Convocatoria, serán gestionados los apoyos necesarios para los estudiantes con necesidades académicas especiales, previa evaluación personalizada. Estos apoyos comprenderán: Medidas de apoyo para el desarrollo de la actividad académica en el aula Medidas de adaptación de acceso al currículo Medidas de conciliación con la actividad académica Medidas de acción tutorial Otras ayudas personalizadas Estudiante Colaborador Cuidador especial Intérprete de Lengua de signos Ayudas técnicas Libretas autocopiativas Mobiliario accesible Ampliación tamaño de la letra Examen en Braille Examen con texto ampliado Examen con adaptación de representaciones gráficas. Evaluación alternativa. Examen adaptado a tiempo Apoyo personal en el desarrollo del examen. Apoyo técnico en el desarrollo del examen (ordenador, braille hablado,...) Prioridad en la elección de grupo y turno Habitaciones adaptadas en Residencias Universitarias propias Reserva de plaza de aparcamiento Información y asesoramiento Orientación académica En función de las necesidades detectadas 2.- Ayudas. Las Ayudas serán variables, según las circunstancias de cada solicitante, en función de la valoración individual efectuada así como de la disponibilidad presupuestaria. 3.- Participantes. Podrán participar en esta convocatoria todos los estudiantes de la Universidad de Sevilla que tengan reconocida legalmente la condición de persona con discapacidad a través del certificado de minusvalía expedido por el órgano competente, así como aquellos que sean considerados víctimas del terrorismo. 2

4.- Requisitos. 4.1. Podrán solicitar estas ayudas los estudiantes que se encuentren matriculados en la Universidad de Sevilla en estudios conducentes a la obtención de un título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Grado o de Máster universitario en el curso 2012-2013, así como en Tercer Ciclo. Para los estudiantes de Tercer Ciclo que estén realizando su Tesis doctoral, será recabada la información necesaria al Director de Tesis o Tutor, estudiando, de forma específica, el apoyo que se demande en su solicitud, estableciéndose su periodo de disfrute en tres cursos académicos, como máximo. 4.2. Podrán solicitar la presente convocatoria, aquellos estudiantes vinculados como participantes de alguno de los Programas de movilidad con destino en la Universidad de Sevilla en el curso 2012-2013. 4.3. Tener reconocida legalmente la condición de persona con discapacidad a través del certificado de minusvalía expedido por el órgano competente o tener debidamente acreditada la condición de víctima del terrorismo y requerir alguna ayuda para poder seguir adecuadamente la actividad académica. 5.- Solicitudes. Los interesados deberán presentar su solicitud en el Registro General Auxiliar de la Universidad de Sevilla (Pabellón de Brasil, Paseo de las Delicias, s/n) o en el Registro General de la Universidad (Rectorado, c/ San Fernando, s/n), en el impreso que a tal efectos podrá obtener en el Portal de la Universidad de Sevilla: www.us.es (Apartado de Acceso y estudios/becas y ayudas/becas y ayudas propias). 6.- Documentación. La solicitud debidamente cumplimentada será acompañada, de la siguiente documentación: a) Fotocopia del D.N.I. del solicitante. En el caso de estudiantes extranjeros, será obligatorio la presentación del N.I.E. b) Dictamen facultativo y documento de reconocimiento legal de la condición de minusválido, compulsados, expedido por el órgano competente. c) Declaración Jurada en la que haga constar la percepción o no de otra ayuda que reciba el solicitante vinculada con su condición de persona con discapacidad. d) Cualquier otro documento que el solicitante estime conveniente para avalar su solicitud. 7.- Plazos. Las solicitudes se presentarán desde el 13 de Septiembre hasta el día 25 de Octubre de 2012, ambos inclusive. La convocatoria se resolverá de acuerdo con el siguiente calendario: Plazo presentación de solicitudes 13 de septiembre al 25 de octubre de 2012 Citación para entrevistas Previa comunicación 8.- Tramitación. La solicitud será tramitada por el Servicio de Asistencia a la Comunidad Universitaria (S.A.C.U.) de los Servicios Sociales y Comunitarios, a través de la Unidad de Atención al estudiante con discapacidad, por orden cronológico de presentación. Dicha Unidad podrá requerir a los 3

estudiantes cualquier documentación complementaria que considere oportuna, con el fin de aclarar las circunstancias del solicitante y la adecuación de la ayuda que solicita. Asimismo, notificará la necesidad de documentación obligatoria a entregar según la sexta base, estableciéndose que aquellos solicitantes que no hubieran aportado la documentación requerida, serán objeto de desistimiento por resolución. 9.- Evaluación. Para la concesión de las ayudas se tendrá en cuenta la condición de persona con discapacidad acreditada, las circunstancias especiales que concurran, así como el expediente académico y otras posibles ayudas que perciba el solicitante vinculadas con su condición de persona con discapacidad. 10.- Resolución. La Dirección de los Servicios Sociales y Comunitarios adjudicará estas Ayudas hasta donde alcance el crédito presupuestario y formulará al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla la propuesta de Resolución, el cual emitirá una Resolución Rectoral por la que se resuelven estas Ayudas. La denegación o concesión de la/s ayuda/s se comunicará a los interesados por correo ordinario certificado. De sus actuaciones, se informará a la Comisión General de Becas y Ayudas al Estudio de la Universidad de Sevilla, creada con las funciones y composición que se establecen en el Reglamento General de Estudiantes de la Universidad de Sevilla, aprobado por Acuerdo 3/CU 19-03-09. 11.- Obligaciones. Son obligaciones de los destinatarios de estas Ayudas: - Destinar la Ayuda al objeto para la que se concede. - Firmar el acuerdo de colaboración correspondiente, en la fecha señalada en la comunicación por la que se le estima la ayuda. - Consentir y autorizar el traslado de las medidas de adaptación correspondientes a la/s persona/s colaboradora/s, por la Unidad de Atención al estudiante con discapacidad, para el correcto desarrollo de las mismas. - Asumir las posibles actuaciones de comprobación del cumplimiento de las ayudas; así como de las condiciones determinantes de su concesión. 12.- Control y Revocación. La Universidad de Sevilla a través de la Unidad de Atención al estudiante con discapacidad del S.A.C.U., llevará un control del uso que se haga de la Ayuda concedida, revocándose la misma en el supuesto del incumplimiento de las obligaciones. La ayuda cesará y podrá ser revocada en el caso de anulación de matrícula (de oficio o a instancia del interesado) o admisión en otra Universidad. 13.- Recurso. Contra la Resolución de estas Ayudas, se podrá interponer recurso de reposición ante el Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla, en el plazo de un mes, desde la notificación de la resolución de estas ayudas. 4

DISPOSICIONES FINALES 14.- Víctimas de terrorismo. El plan de actuaciones de la presente Convocatoria y el procedimiento a tal efecto establecido, será aplicable igualmente a las personas en las que concurra la condición de víctimas del terrorismo, según la acreditación que se establezca por el organismo competente. Consecuentemente, la documentación que los solicitantes deberán aportar será la siguiente: a) Fotocopia del D.N.I. b) Resolución judicial o administrativa en la que se acredite la condición de víctima de terrorismo. c) En caso de que concurra la presente condición, dictamen facultativo y documento de reconocimiento legal de la condición de minusválido, compulsados, expedido por el órgano competente. d) Declaración Jurada en la que haga constar la percepción o no de cualquier otra ayuda o beca que reciba el solicitante vinculada con su condición de víctima del terrorismo. e) Cualquier otro documento que el solicitante estime conveniente para avalar su solicitud. En atención a las necesidades especiales detalladas, se articularán medidas de asesoramiento psicológico así como las ayudas necesarias para un adecuado desarrollo académico en el presente curso académico. 15.- Referencias de género. Las referencias a personas, colectivos o cargos académicos figuran en la presente convocatoria en género masculino, como género gramatical no marcado. Cuando proceda, será válida la cita de los preceptos correspondientes en género femenino. Sevilla, a 24 de julio de 2012 5