PROTECCIÓN RADIOLÓGICA FRENTE A RADIACIÓN DE ORIGEN NATURAL EN PLATAFORMAS PETROLÍFERAS Introducción. La extracción de crudo conlleva la presencia de material radiactivo de origen natural (NORM de sus siglas en inglés), proveniente de los descendientes del uranio natural presente en la corteza terrestre. El caso particular del petróleo extraído en las plataformas petrolíferas situadas en el mar, supone la presencia y, en ocasiones, el depósito de este tipo de materiales, en aquellos elementos por donde circula para su extracción y tratamiento. Así pues, se trata de instalaciones no reguladas en principio como instalación radiactiva, en las cuales el personal que trabaja puede estar expuesto a radiaciones ionizantes provenientes de esa acumulación o movimiento de crudo con presencia de NORM. Objetivo. En este tipo de instalaciones, los materiales radiactivos de origen natural forman parte de los depósitos sólidos que se fijan en los componentes por los que transcurren el petróleo crudo, gas o las aguas de proceso. Por tanto, es posible encontrar este tipo de acumulaciones en elementos como tuberías, separadores, tanques de acumulación, intercambiadores de calor, válvulas, codos, etc.
En este trabajo se describe el plan de vigilancia radiológica establecido para una instalación de este tipo. Este plan de vigilancia considera la operación rutinaria de la planta, la ejecución de tareas de desmontaje y mantenimiento y la gestión de los materiales con posible presencia de material radiactivo. Programa de Protección Radiológica. Para llevar a cabo este plan de vigilancia radiológica se elabora un Programa de Protección Radiológica por parte de una Unidad Técnica de Protección Radiológica (UTPR). Este Programa contiene y desarrolla los siguientes puntos: Operación rutinaria de la planta Caracterización de la instalación. Es necesario identificar los sistemas potencialmente afectados y los elementos donde se produce una mayor acumulación de NORM. Para realizar una correcta caracterización, es imprescindible obtener información aportada por explotación y de fuentes bibliográficas, que será complementada con medidas radiológicas, análisis isotópicos, etc. Esta etapa es muy importante, ya que la información obtenida será clave para el desarrollo de los siguientes puntos. Identificación, señalización y control de acceso a las zonas donde los las trabajadores puedan recibir niveles de exposición superiores a 1 msv/año. En las zonas de mayor riesgo o cuando exista riesgo de contaminación personal o de equipos, puede ser necesario realizar supervisión radiológica de algunos de los trabajos que puedan efectuarse. Un programa de gestión de la calidad para el mantenimiento de la
información actualizada a y consistente con la situación real de la instalación. Un procedimiento adecuado para lograr este objetivo puede consistir en realizar verificaciones periódicas de los niveles de radiación, señalización, etc. Evaluación de las dosis individuales. Estas dosis deben mantenerse tan bajas como sea razonablemente alcanzable e Inferiores a los niveles de referencia definidos en la Instrucción IS33, de 21 de diciembre de 2011, del Consejo de Seguridad Nuclear, sobre criterios radiológicos para la protección frente a la exposición a la radiación natural, en caso contrario, sería necesario aplicar sistemas de control adicionales. En la evaluación de estas dosis deberá sustraerse la contribución del fondo radiactivo natural inalterado. La elaboración y revisión de los procedimientos administrativos escritos para el trabajo en las áreas en las que existe posible presencia de NORM. La elaboración de estos procedimientos debe ser realizada conjuntamente por los equipos de explotación y protección radiológica. Asesoramiento, formación e información al personal en materia de protección radiológica, por parte de expertos en esta disciplina. Investigar y documentar los incidentes o acontecimientos inusuales. Gestión de la documentación, incluyendo informes de actuaciones, verificaciones periódicas, estimaciones de dosis, evaluación de impacto radiológico, etc. Algunos de estos informes pueden ser requeridos por el organismo regulador. Ejecución de actividades especiales de mantenimiento y desmontaje. Algunas actividades pueden requerir un nivel de control radiológico superior debido a situaciones que incrementen el riesgo de exposición. Estas actividades deben encontrarse identificadas en los procedimientos de trabajo y en general incluirán los trabajos en el interior de elementos afectados con NORM tales como depósitos, separadores, etc En este tipo de operaciones pueden encontrarse zonas de trabajo con tasas de dosis superiores a 3 µsv/h. Realizar actividades expuestas a estos niveles de radiación, requieren medidas de control de la irradiación externa superiores, tales como la planificación de los trabajos para aplicar el principio ALARA y el uso de dosimetría individual. Además, en muchas ocasiones la finalidad de estos trabajos es remover las incrustaciones del interior de los elementos, lo que conlleva la liberación del material radiactivo fijado en la pared de los elementos, incrementando considerablemente el riesgo de contaminación personal y de equipos. En consecuencia, puede ser necesario establecer el uso de EPIs,
descontaminación de útiles y control radiológico de salida de personal y material, así como la definición de puntos de tránsito para evitar la dispersión de la contaminación. Como consecuencia de los niveles de riesgo existentes, y la consecuente aplicación de procedimientos específicos de prevención de la exposición a radiaciones ionizantes, es recomendable la ejecución por parte de personal especializado en trabajos con radiaciones y la asistencia presencial de personal experto en Protección Radiológica para definir las medidas de prevención específicas en función del riesgo existente y la evolución del mismo durante los trabajos. Gestión de materiales. Como se ha comentado anteriormente, en este tipo de instalaciones, los materiales NORM se presentan en forma de lodos, o como incrustaciones sólidas en diferentes elementos del proceso de extracción y separación del crudo. Estas incrustaciones en ocasiones pueden contener concentraciones muy altas de material radiactivo que imposibilitan el reciclado o reutilización de los materiales metálicos sobre los que se encuentran por superar los niveles de desclasificación/exención definidos en la Orden IET/1946/2013, que en el caso del Radio 226 en equilibrio secular es de 0,5 Bq/g para los residuos sólidos y 5 Bq/g para lodos húmedos.
Desde el punto de vista de la optimización de la protección radiológica, para muchos de estos materiales el proceso de gestión más recomendable consiste en la limpieza de los materiales metálicos para permitir su desclasificación y tratamiento como un material convencional no radiactivo. De esta forma, el proceso de gestión a aplicar a estos materiales se ajustaría al siguiente diagrama de flujo: La limpieza de los materiales debería ser realizada en plataforma con asistencia de Protección Radiológica para supervisar los niveles de riesgo y evaluar la efectividad del proceso.
Los métodos de limpieza a utilizar pueden variar según el elemento de interés dependiendo de las características físicoquímicas y radiológicas de las incrustaciones. Como resultado del proceso de limpieza, junto a los materiales metálicos descontaminados se produce un residuo en el que se encuentra la mayor parte de la actividad radiactiva NORM. Este residuo en la mayoría de los casos puede ser asimilado a las aguas de proceso y reinyectado a pozo junto a las mismas. Conclusiones. Mediante un programa de vigilancia adecuado, se puede garantizar que los niveles de dosis a los que se encuentren sometidos los trabajadores de este tipo de instalaciones sea inferior a 1 msv/año. Debido a la concentración de actividad radiactiva en ciertos elementos particulares, algunas tareas concretas de mantenimiento o desmontaje pueden requerir la participación de personal especializado y la asistencia de personal de protección radiológica para garantizar la optimización del riesgo existente. La adecuada gestión de los materiales, en la mayoría de los casos, permite disminuir la concentración de actividad en sólidos hasta valores inferiores a los criterios de exención/desclasificación definidos en la Orden IET/1946/2013, de 17 de octubre, por la que se regula la gestión de los residuos generados en las actividades que utilizan materiales que contienen radionucleidos naturales. La mayoría de la actividad acumulada en los elementos impactados, una vez realizadas las actividades de limpieza, es desplazada hacia el agua de proceso y reinyectada a pozo. Esta gestión permite minimizar la dosis para trabajadores y público, así como minimizar la generación de residuos con contenido en material radiológico. En el caso de que existan residuos con contenido en NORM con actividad superior a los niveles de desclasificación/exención, sin posibilidad de remoción o insolubles en las aguas de proceso, la orden IET/1946/2013 anteriormente citada permite la posibilidad de una gestión no radiactiva de los mismos, siempre y cuando un estudio de impacto radiológico demuestre que la vía de gestión seleccionada no implica dosis efectivas anuales superiores a 1 msv para los miembros del público o 6 msv para los trabajadores. En el caso de que las dosis implicadas superen estos valores los residuos deberán ser retirados por ENRESA para su gestión como residuo radiactivo.
Bibliografía. IAEA Training Course Series No 40, 2010. Radiation Protecion and the Management of Radioactive Waste in the Oil and gas Industry Radiation Protection 122. Part II. Practical use of the concepts of exemption and clearance to natural radiation sources. Real Decreto 783/2001 de 6 de julio, pro el que se aprueba el reglamento sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes. Real Decreto 1439/2010 de 5 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes. Orden IET/1946/2013, de 17 de octubre, por la que se regula la gestión de los residuos generados en las actividades que utilizan materiales que contienen radionucleidos naturales. Instrucción IS33, sobre criterios radiológicos para la protección frente a la exposición a la radiación natural. Guía de seguridad del CSN 11.02. Control de la exposición a fuentes naturales de radiación. Guía de seguridad del CSN 11.03. Metodología para la evaluación del impacto radiológico de las industrias NORM.