SUNAT ~so{ución de (])ivisión

Documentos relacionados
SUNAT ~so{ución de (])ivisión

Capítulo 48. Papel y cartón; manufacturas de pasta de celulosa, de papel o cartón

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Importaciones de VENEZUELA sin MÉXICO (Prom ) Exportaciones de MÉXICO sin VENEZUELA (Prom )

Señor Fenando Cabezas Canelos Presidente Ejecutivo Indulca S.A. Los Arupos No. E7-154 intersección Eloy Alfaro, parroquia Cotocollao. Quito.

CAPITULO 63 LOS DEMAS ARTICULOS TEXTILES CONFECCIONADOS; JUEGOS; PRENDERIA Y TRAPOS

Nomenclatura Arancelaria. Juan Carlos Ganoza Aleman 16 de julio de 2014 Lima, Perú

ANEXO 3-A REGLAS ESPECÍFICAS DE ORIGEN

RESOLUCION 506. VISTOS: Los Artículos 113 y 114 del Acuerdo, y la Decisión 293 de la Comisión;

Conforme a lo expuesto se consulta la partida estadística, a efectos del AIEM, y tipo impositivo correspondiente al bien descrito.

INDECOPI/CDS. 15 de marzo de 1996 LA COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS DEL INDECOPI

TECNICAS DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA II CLASIFICAR LAS SIGUIENTES MERCANCÍAS FUNDAMENTO TECNICAMENTE SU RESPUESTA

Valparaíso, RESOLUCION ANTICIPADA N 43 O?5 VISTOS:

Sección X CAPITULO 47. Pasta de madera o de las demás materias fibrosas celulósicas; papel o cartón para reciclar (desperdicios y desechos)

DICTÁMENES DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA N 008/00 al N 018/00

SECCIÓN X CAPÍTULO 47 PASTA DE MADERA O DE LAS DEMÁS MATERIAS FIBROSAS CELULÓSICAS; PAPEL O CARTÓN PARA RECICLAR (DESPERDICIOS Y DESECHOS)

(Actos no legislativos) REGLAMENTOS

ADENDA No. 01 AL PLIEGO DE CONDICIONES SELECCIÓN ABIERTA No. SA

CONSIDERACIONES GENERALES

Ministerio de Industria COMERCIO EXTERIOR. Resolución 77/2011. Nomenclatura Común del Mercosur. Modificación. Bs. As., 4/3/2011

VISTO el Expediente N y las Actuaciones SIGEA. Nros , , ,

DECISION Nº de diciembre de 2006

RESOLUCION No. 17/2010

Manual del Usuario de NOTAS EXPLICATIVAS

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

47.03, PASTA QUIMICA DE MADERA A LA SOSA (SODA) O AL SULFATO, EXCEPTO LA PASTA PARA DISOLVER.

Oportunidad Comercial informada por la Embajada de Canadá MONTREAL

DICTÁMENES DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA Nº. 14/97 a 19/97

CONSIDERACIONES GENERALES

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT SIMPLIFICAN REQUISITOS PARA DIVERSOS TRÁMITES DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES

Consultas de clasificación arancelaria de mercancías

CAPITULO 59 TELAS IMPREGNADAS, RECUBIERTAS, REVESTIDAS O ESTRATIFICADAS; ARTICULOS TECNICOS DE MATERIA TEXTIL

Diario Oficial de las Comunidades Europeas

Arancel Aduanero de Importaciones Bolivia SECCIÓN X

Que con posterioridad a la publicación de la Resolución de Superintendencia N /SUNAT, se aprobaron nuevos formularios;

INFORMACION COMERCIAL SOBRE PAPEL, CARTON Y SUS MANUFACTURAS

Telas impregnadas, recubiertas, revestidas o estratificadas; artículos técnicos de materia textil

TRATADO DE LIBRE COMERCIO (TLC) EE.UU - PERU CAPITULO TRES - TEXTILES Y VESTIDO WEB CAST - JUNIO 22, 2011

TORK SERVOIL BLUE 750 SERV. 2 UDS.

VISTO las Actuaciones SIGEA Nros , , , , ,

Sector Papel y Celulosa Documento Técnico

Capítulo 48. Papel y cartón; manufacturas de pasta de celulosa, papel o cartón

Arancel de Aduanas y Clasificación Arancelaria

ANEXO 4-A REGLAS ESPECÍFICAS DE ORIGEN POR PRODUCTO PARA TEXTILES Y PRENDAS DE VESTIR. Sección A: Notas Generales Interpretativas

CAPITULO 68 MANUFACTURAS DE PIEDRA, YESO FRAGUABLE, CEMENTO, AMIANTO (ASBESTO), MICA O MATERIAS ANALOGAS

DESPACHO SIMPLIFICADO DE EXPORTACIÓN

CAPITULO 75 NIQUEL Y SUS MANUFACTURAS

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

SEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE ECONOMIA

El tipo impositivo del IGIC aplicable a su importación es el tipo reducido del 2 % del

ANEXO N. 2: "Estructura de la información del Registro de Compras Electrónico"

Usos curiosos del papel. Diego Senas Fernández C1A

ACUERDO DE CARTAGENA. Resolución de febrero de 1995 RESOLUCION 360 JUNTA

manufacturas de madera, con excepción de: Madera simplemente escuadrada

SECRETARIA DE ECONOMIA

ASIGNATURA DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA Y SU LEGISLACIÓN I UNIDADES DE APRENDIZAJE

LA COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS DEL INDECOPI

Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones de( Estado

Capítulo 59. Telas impregnadas, recubiertas, revestidas o estratificadas; artículos técnicos de materia textil

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT

CAPITULO 48 PAPEL Y CARTON; MANUFACTURAS DE PASTA DE CELULOSA, DE PAPEL O CARTON

ANEXO IV.6. Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Chile. Certificado Automotriz (Instrucciones al Reverso)

Registro para el Control de Bienes Fiscalizados. - Registro WEB - Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria

Clasificación Arancelaria

Modificaciones a las Reglas de Carácter General en materia de Comercio Exterior

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE

2. Si no se cumple con lo solicitado en la carta inductiva, se estaría cometiendo alguna infracción?

Aprueban Procedimiento Específico Inspección no Intrusiva en la Intendencia de Aduana Aérea y Postal ICA-PE.01.07

CAPÍTULO 48 PAPEL Y CARTÓN; MANUFACTURAS DE PASTA DE CELULOSA, DE PAPEL O CARTÓN

Importa Fácil. REGIMEN ADUANERO ESPECIAL: Tráfico de envíos o paquetes postales transportados por el Servicio Postal. Decreto Supremo Nº EF

Ley N , Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, publicada el , y normas modificatorias (en adelante, la Ley de Amazonía).

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCION 829 RESOLUCIONES. 28 de mayo de

Dec. 760/15. Ref. Prorroga regímenes especiales de importación. 6/5/2015 (BO 13/05/2015)

Mediante la presente circular, les indicamos las principales modificaciones:

TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LA REPUBLICA DE CHILE

Aprueban nuevas versiones del PDT Predios, PDT Precios de Transferencia y modifica el Formulario Virtual N 1630

1993R2454 ES

La prestación del suministro incluye a cargo de la empresa el transporte de los productos.

Decisión 679 Política Arancelaria de la Comunidad Andina

CAPITULO 76 ALUMINIO Y SUS MANUFACTURAS

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

ANEXO IV. 2 (a) 2. Periodo que cubre: D M A D M A Desde: / / / Hasta: / / / Correo electrónico:

RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº SUNAT

ANEXO 9 APÉNDICE Chicles y gomas de mascar, incluso recubiertos de azúcar RG Chocolate blanco RG

Anexo Tratamiento Arancelario Preferencial para Prendas de Vestir de Lana Ensambladas en Costa Rica

DOMICILIO PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE. NIF CONCEPTO IMPOSITIVO Impuesto General Indirecto Canario

CONSULTA TRIBUTOS REF CONSULTA Nº 1688 (02/10/14) PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE CONCEPTO IMPOSITIVO

SA DECRETO SUPREMO N SA

Sistema Peruano de Información Jurídica

:Resolución 408 EXENTA Fecha Publicación : Fecha Promulgación :

EXPORTACION SIMPLIFICADA, ENVÍOS DE MUESTRAS VIA AÉREA

ARA Contadores Públicos

FICHA TÉCNICA MANUFACTURAS DE PAPEL O CARTÓN PAPEL Y CARTÓN; MANUFACTURAS DE PASTA DE CELULOSA, DE PAPEL O CARTÓN. (Capítulo 48)

CERTIFICACIONES Acero

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: DOMICILIO:

Balance de las negociaciones comerciales de Colombia


EDUCACION. 10 NORMAS LEGALES Martes 24 de enero de 2017 / El Peruano

Transcripción:

.."/5~':.':. ~ ~~ --.-, I~' ~.. ":;' ~.i... -...:.. SUNAT ~so{ución de (])ivisión Visto, los expedientes N 000-URD003-2017-001118-7, de fecha 02/01/2017, y N 000-URD003-2017-044652-6, de fecha 21/01/2017, presentados por la empresa LUMEN INTERNATIONAL S.A.C., (en adelante La Empresa), identificada con RUC N 20554901124, sobre clasificación arancelaria del producto denominado comercialmente "PAPEL DE CUELLO ELASTICO EUROSTIL". CONSIDERANDO: Que, 'según la solicitud de clasificación arancelaria, el producto denominado comercialmente "PAPEL DE CUELLO ELASTICO EUROSTIL" (en adelante El Producto), se presenta en rollos. Se indica que los rollos son realizados mediante celulosa blanca, obtenida a través de la manufacturación de pulpa y papel reciclado certificado; tiene tacto similar a la tela, gran absorción a los líquidos, transpirable y resistente a la humedad, brinda absoluta garantía de higiene a los clientes. Se manifiesta que cada sección que se recorta por las líneas pespuntadas tiene 7 cm de ancho, 26 / 27 cm de Idngitud (sin estirar), 18 g de gramaje, crepado para una elasticidad entre 130 y 150% Ytiene adhesivo natural de látex en disolución líquida estable coloreada de azul. Se describe la forma de utilización: sujetar el papel por los extremos, colocar, por la parte delantera del cuello del cliente y estirarlo hacia atrás, lo indispensable para pegar las dos partes engomadas haciendo presión con los dedos; no estirar el papel en exceso, evitando así que el cabello cortado, tintes, agua, etc. penetren en el interior; una vez unidos los dos extremos se coloca el peinador bien ajustado y se dobla el papel sobre este. Se propone para la clasificación de El Producto la subpartida nacional 4803.00.90.00; '.

Que, la División de Laboratorio Central de la Intendencia de Aduana Marítima del Callao (en adelante El Laboratorio), informa que El Producto presenta el siguiente análisis: Descripción Composición uímica Características Uso Conclusión Papel rizado entrecortado y con engomado puntual. Presentado en rollos. Papel con fibras de madera, proceso químico. Color: Blanco y engomado azul cada 28 cm. Gramaje: con rizado 64 g/m 2 Espesor: rizado 0.22 mm, sin rizado 0.10 mm. Formato: entrecortado disponible 6.8 cm x 29 cm. Peso rollo: 122 Pa el de hi iene en elu uerías. Papel de cuello desechable, tiene la apariencia elástica por el rizado en su modo de obtención. Se utiliza en peluquerías ara evitar el in reso de restos de elo al cuello del cliente. ~,..<~.. Que, la clasificación arancelaria de mercancías es el método sistemático que de acuerdo a las características técnicas de las mercancías y la aplicación de las Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura basada en el Sistema Armonizado (en adelante RGls) señaladas en el Arancel de Aduanas, permite identificar a través de un código numérico (subpartida nacional) y su respectiva descripción arancelaria, toda mercancía susceptible de comercio internacional; ~Y;.SE;RYlc/ ". o Que, por las características que presenta El,Producto (según información proporcionada por La Empresa y lo informado por ~~ ~tei Laboratorio), yen aplicación de la RGI 1 1, se efectúa el siguiente análisis: t,'.; E ;~. 'ió (e) $-i ~~ é\", Que, en la Sección X 2, el Capítulo 48 3 '11'/)"<'4MONN""~""c" comprende, entre otros, el papel y cartón y sus manufacturas. La partida 1 RGI 1: "Los titulas de las Secciones, de los Capitulas o de los Subcapítulos s610 tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes:".--... ".

SUNAT (Rgso[ución de (])ivisión -;-,i... ~ _ ' - '... '-'.. ~,,. J.,. '_...~'._..'_.. H _. _ 48.03 4 incluye, entre otros, el papel del tipo utilizado para papel higiénico, servilletas, o papeles similares de uso doméstico, de higiene o tocador, en bobinas. La Nota 8 5 del Capítulo 48 indica que en las partidas 48.01 a 48.09 se clasifican el papel o cartón en tiras o bobinas de anchura superior a 36 cm. Sin embargo, en este caso, las bobinas tienen un ancho de 7 cm, quedando excluido El Producto de la partida 48.03; Que, la partida 48.08 6 comprende el papel y cartón rizados, en rollos. Tal como se indicó en el considerando anterior, la Nota 8 del Capítulo 48 establece que en la partida 48.08, el papel debe estar en rollos o bobinas de anchura superior a 36 cm, por lo que El Producto se excluye es esta partida, ya que las bobinas tienen una anchura de 7 cm; Que la partida 48.11 7 comprende, entre otros, el papel y cartón, recubiertos, impregnados o revestidos, en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular, de cualquier tamaño. Según el alcance que brindan las Notas Explicativas 8, en las consideraciones generales del Capítulo 48 9, el papel impregnado está constituido por papel en ú'~x.s~rv c/~.l' 4 Partida 48.03: Papel de tipo utilizado para papel higiénico, toallitas para desmaquillar, toallas, servilletas o papeles ti! e/o;1,\similares de uso doméstico, de higiene o tocador, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa, incluso rizados flf.!? ~c;("crepés"), plisados, gofrados, estampados, perforados, coloreados o decorados en la superficie o impresos, en C?; f:e' ~ ; bobinas (rollos) o en hojas. ~'p fe) ~. * ~ 5 I '1'~ ~~~:.:/ Nota 8 del Capitulo 48. "'-1''''<,; <>,,:,/~/8. En las partidas 48.01 y 48.03 a 48.09, se clasifican solamente el papel, cartón, guata de celulosa y napa de fibras de ~Afn"'c,.1J~' celulosa que se presentanen una de las formas siguientes: a) tiras o bobinas (rollos)de anchura superior a 36 cm; o b) en hojas cuadradas o rectangulares con un lado superior a 36 cm y el otro superior a 15 cm, sin plegar. 6 Partida 48.08: Papel y cartón corrugados (incluso revestidos por encolado), rizados ("crepés"), plisados, gofrados, estampados o perforados, en bobinas (rollos) o en hojas, excepto el papel de los tipos descritos en el texto de la partida 48.03. 7 Partida 48.11: Papel, cartón, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa, recubiertos, impregnados o revestidos, coloreados o decorados en la superficie o impresos, en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular, de cualquier tamaño, excepto los productos de los tipos descritos en el texto de las partidas 48.03, 48.09 ó 48.10 8 Notas Explicativas del Sistema Armonizado: Por lo dispuesto en el Arancel de Aduanas aprobado por Decreto Supremo N" 342-2016-EF, las Notas Explicativas aprobadas por la Organización Mundial de Aduanas, son elementos auxiliares a la interpretación y aplicación uniforme de los textos de partidas y subpartidas, notas de sección, capítulos y subpartidas del Sistema Armonizado.

el que ha penetrado a fondo alguna sustancia para conferirle propiedades específicas. En este caso, El Producto tiene engomado puntual, no en toda la superficie, por lo que no puede ser considerado como un papel de la partida 48.11 ; Que, la partida 48.18 10 comprende, entre otros, el papel del tipo utilizado para papel higiénico y papeles similares, de los tipos utilizados para fines domésticos o sanitarios, en bobinas (rollos) de una anchura inferior o igual a 36 cm. o cortados en formato, así como los artículos similares para uso doméstico, de tocador, higiénico o de hospital, de papel. Las Notas Explicativas11, en la partida 48.18 12 indican los productos de esta partida se fabrican generalmente con las materias de la partida 48.03. En este caso, El Producto es un papel rizado entrecortado, con engomado puntual, presentado en rollos de menos de 36 cm, que se utiliza como papel de higiene en peluquerías, por lo que en aplicación de la RG I 1, se clasifica en la partida 48.18; Que, en consideración a la RGI 6 13, se procede a clasificar a El Producto a nivel de subpartida. En la partida 48.18, la subpartida 4818.90 comprende a los demás papeles y artículos para uso cauchutado; el papel y cartón simplemente impregnado de alquitrán o de betún. Determinados papeles, tales como el papel soporte para papel de decorar, pueden estar impregnados con insecticidas o productos químicos. 10 Partida 48.18: Papel del tipo utilizado para papel higiénico y papeles similares, guata de celulosa o napa de fibras de celulosa, de los tipos utilizados para fines domésticos o sanitarios, en bobinas (rollos) de una anchura inferior o igual a 36 cm o cortados en formato; pañuelos, toallitas de desmaquillar, toallas, manteles, servilletas, sabanas y artículos similares para uso doméstico, de tocador, higiénico o de hospital, prendas y complementos (accesorios), de vestir, de pasta de papel, papel, guata de celulosa o napa de fibras de celulosa. SER~'I 11 Notas Explicativas del Sistema Armonizado: Por lo dispuesto en el Arancel de Aduanas aprobado por Decreto "~~\ '. C/9.s-." Supremo W 342-2016-EF, las Notas Explicativas aprobadas por la Organización Mundial de Aduanas, son elementos ~(J~e e/o;1'0\ auxiliares a la interpretación y aplicación uniforme de los textos de partidas y subpartidas, notas de sección, capítulos y $:!!~ ~~ subpartidas del Sistema Armonizado. ~.; t:e2! ~é (e) ~ r 12 Notas Explicativas de la partida 48.18: ~~ 4"f,,~.. Esta partida comprende el papel higiénico y los papeles similares, la guata de celulosa o la napa de fibras de celulosa, 'f,po?'.':.",. / para uso doméstico o sanitario: 4MoN~'''~'1' 1) en tiras o bobinas (rollos) de una anchura inferior o igual a 36 cm; 2) en hojas cuadradas o rectangulares cuyos lados no excedan de 36 cm, sin plegar; 3) cortado de forma distinta de la cuadrada o rectangular. Esta partida también comprende los artículos de uso doméstico, de tocador, higiénico u hospitalario y las prendas y complementos (accesorios) de vestir de pasta de papel, papel, guata de celulosa o napa de fibras de celulosa. Los productos de esta partida se fabrican generalmente con las materias de la partida 48.03.,.

~,_~, ':..+..... w SUNAT ~so{ución de (])ivisión,+----------_._-_._---------'_.-_._-'-... _~ doméstico, de tocador, higiénico o de hospital. Esta subpartida no tiene desagregaciones a nivel NANDINA ni nacional. En consecuencia, el producto denominado comercialmente "PAPEL DE CUELLO ELASTICO EUROSTIL", siendo un papel rizado, entrecortado y con engomado puntual, presentado en rollos de 7cm de ancho, utilizado como papel de cuello desechable de higiene en peluquería, le corresponde clasificarse en la subpartida nacional 4818.90.00.00, en aplicación de las RGls 1 y 6 del Arancel de Aduanas aprobado por Decreto Supremo N 342-2016-EF; Estando a los documentos siguientes cuyos contenidos se encuentran vertidos en los considerandos de la presente resolución: Informe N 176-2017-SUNAT-3D7300 de la División de Laboratorio Central de la Intendencia de Aduana Marítima del Callao, e Informe N 218-2017-SUNAT-395200 de la División de Clasificación Arancelaria de la Intendencia de Gestión y Control Aduanero; De conformidad con el inciso a) del Art. 283 -H del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, aprobado por Resolución de Superintendencia N 122-2014/SUNAT y modificatorias;.. 4'b'" ~~ ~.~..v ~~ I. J'- ("'l-p c> i ESPECIALISTA ~ ~ g.' ~c:>~eg.n.57 E., ~ ~trvici <\\. \1 (,,,,. 1'. l~acid"..(<?- Os ~...,,-._- 4,,/)() ~ SE RESUELVE: ARTICULO PRIMERO.- Clasifíquese al producto denominado comercialmente "PAPEL DE CUELLO ELASTICO EUROSTIL", siendo un papel rizado, entrecortado y con engomado puntual, presentado en rollos de 7cm de ancho, utilizado como papel de cuello desechable de higiene en peluquería, en la subpartida nacional 4818.90.00.00 del Arancel de Aduanas aprobado por Decreto Supremo N 342-2016-EF, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. ARTICULO SEGUNDO.- La presente resolución tiene efectos sólo para fines de clasificación arancelaria y no autoriza el despacho del bien clasificado, el mismo que deberá sujetarse a las normas vigentes aplicables a los regímenes aduaneros.

f ARTICULO TERCERO.- La presente resolución constituye pronunciamiento de observación obligatoria para el solicitante y la SUNAT. Regístrese, publíquese y comuníquese. Original firmado por' SONIA MARITZA MONCAOA RAMIRE~ Jefe de la División de Clasificación Arancelaria (e, Gerenciade Servicios ~duanelos lntendenci~ DE GESTiÓN Y CONTROl ADUANERO DISTRIBUCiÓN 395200 Interesado: LUMEN INTERNATIONAL SACo RUC N 20554901124 Jr. M. del Gato N 388 Opto. 1204 Torre L - Cercado - Lima (domicilio fiscal)