Norma General del Codex para los Hongos Comestibles y Sus Productos. Ambito de Aplicacin. Descripcin

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Transcripción:

Norma General del Codex para los Hongos Comestibles y Sus Productos Anteriormente CAC/RS 28-1970. 1. Ambito de Aplicacin Esta norma contiene los requisitos generales aplicables a todos los hongos comestibles, frescos o elaborados, cuya venta permiten las autoridades competentes de los pases consumidores, excepto los hongos cultivados envasados del gnero Agaricus. Podrn establecerse requisitos diferentes para los productos comprendidos en esta norma, en normas para grupos de productos o en normas para productos determinados. 2. 2.1 Descripcin Definiciones de los productos Se entiende por hongos comestibles los frutos pertenecientes a un grupo vegetal especfico - fungi - que crecen en estado silvestre o que se cultivan y que despus de su elaboracin necesaria son apropiados para utilizarse como alimento. Se entiende por especie las especies botnicas y sus variedades muy afines; por ejemplo, las variedades de Boletus edulis y de Morchella redondeadas o cnicas se considerarn como pertenecientes a la misma especie. Se entiende por hongos frescos, los hongos comestibles escogidos y envasados, puestos a la venta lo antes posible despus de su recoleccin. Se entiende por hongos surtidos el producto preparado mezclando hongos comestibles o partes reconocibles de hongos comestibles de diversas especies, segn proporciones establecidas, despus de escogerse, de conformidad con la subseccin 2.4 de esta norma. Se entiende por productos de hongos, los hongos comestibles desecados (incluso los hongos liofilizados, la smola de hongos, el polvo de hongos), los hongos encurtidos, los hongos salados, los hongos fermentados, los hongos en aceites vegetales, los hongos congelados rpidamente, los hongos esterilizados, el extracto de hongos, el concentrado de hongos y el concentrado de hongos secos. Se entiende por hongos desecados el producto obtenido por desecacin o liofilizacin de hongos comestibles de una sola especie, ya sean enteros o en lonjas. Se entiende por smola de hongos, los hongos comestibles de una sola especie, desecados y toscamente molidos.

Se entiende por polvo de hongos los hongos comestibles de una sola especie, desecados y molidos tan finamente que su polvo puede pasar por un tamiz de malla de 200 micras. Se entiende por hongos encurtidos los hongos comestibles de una o ms especies, frescos o previamente conservados, adecuadamente preparados despus de limpiados, lavados y blanqueados, sumergidos en vinagre y con o sin la adicin de sal, especias, azcares, aceites vegetales, cidos actico, lctico, ctrico o ascrbico y luego pasterizados en recipientes cerrados hermticamente. Se entiende por hongos salados los hongos comestibles frescos de una sola especie, enteros o en lonjas, conservados en salmuera despus de limpiados, lavados y blanqueados. Se entiende por hongos fermentados los hongos comestibles frescos de una sola especie, conservados por fermentacin en sal y cido lctico. Se entiende por hongos congelados rpidamente los hongos comestibles frescos de una sola especie, que, despus de limpiados, lavados y blanqueados, se someten a un proceso de congelacin en una instalacin apropiada y que se ajustan a las condiciones establecidas ms adelante, en esta seccin, y en la seccin 7 de esta norma. Esta operacin de congelacin deber efectuarse de tal forma que la zona de temperatura de cristalizacin mxima se pase rpidamente. El proceso de congelacin rpida no se considerar terminado hasta que, una vez lograda la estabilizacin trmica, el producto no haya alcanzado, en el centro trmico, una temperatura de -18C (0F). Se entiende por extracto de hongos el producto concentrado de zumo de hongos comestibles frescos o de agua de hongos desecados comestibles de una o ms especies con adicin de sal, y que se concentra al siete por ciento de extracto, sin sal. Se entiende por concentrado de hongos el producto concentrado de zumo de hongos frescos comestibles o de agua de hongos desecados comestibles de una o ms especies con adicin de sal, y que se concentra al 24 por ciento de extracto, sin sal. Se entiende por concentrado de hongos desecados el producto desecado obtenido de extracto de hongos o de concentrado de hongos. Se entiende por hongos esterilizados los hongos comestibles frescos, salados o congelados, de una o ms especies, enteros o en lonjas envasados en recipientes cerrados hermticamente y sometidos a tratamiento trmico hasta un grado que garantice la resistencia del producto a la alteracin. Se entiende por hongos en aceite de oliva y otros aceites vegetales los hongos comestibles frescos o salados de una sola especie, enteros o en lonjas, envasados en recipientes cerrados hermticamente en aceite de oliva u otro aceite vegetal comestible, y sometidos a tratamiento trmico hasta un grado que garantice la resistencia del producto a la alteracin. Tortas o panes de fungus mycelium. 2.2 Definiciones de los defectos Se entiende por hongos daados los hongos a los que falta ms de 1/4 del sombrerete.

Se entiende por hongos aplastados las partes de hongos que pasan por un tamiz de malla de 15 x 15 mm en el caso de hongos frescos, y de 5 x 5 mm en el caso de hongos desecados. Se entiende por hongos deteriorados los hongos parduscos o podridos como consecuencia del ataque de microorganismos y/o mohos. Se entiende por hongos daados por larvas los hongos que tienen agujeros producidos por larvas. Se entiende por hongos gravemente daados por larvas los hongos que tienen cuatro o ms agujeros producidos por larvas. Se entiende por impurezas orgnicas de origen vegetal la presencia de otros hongos comestibles y de partes de plantas, como hojas y agujas de pino. Se entiende por impurezas minerales las sustancias que, despus de extradas las cenizas, quedan como residuos insolubles en cido clorhdrico. 2.3 Especies principales Todos los hongos comestibles cuya venta est permitida por las autoridades competentes de los pases consumidores. 2.4 Examen y clasificacin de las materias primas Como hay hongos comestibles que se parecen mucho a hongos no comestibles o venenosos, habr que tener cuidado y asegurarse, en la recoleccin de hongos, de que slo se recojan los hongos de una misma especie comestible. Cuando esta precaucin no se haya observado adecuadamente, las especies de hongos comestibles debern escogerse entre los hongos recolectados, antes de comercializarse, conservarse o utilizarse en la preparacin de productos de hongos. Los hongos silvestres que hayan de comercializarse, conservarse o utilizarse en la elaboracin de productos de hongos debern ser examinados cuidadosamente por un experto a fin de determinar si hay entre ellos hongos no comestibles y esos hongos no comestibles debern eliminarse. 3. 3.1 Factores Esenciales de Composicin y Calidad Hongos Frescos Condicin: Los hongos comestibles frescos debern estar sanos, esto es, no echados a perder; debern estar prcticamente limpios, firmes, no daados, y exentos en lo posible de daos producidos por larvas y tener el olor y sabor propios de su especie. Composicin: El nmero de pies no exceder del nmero de sombreretes.

3.1.1 Hongos silvestres a) Impurezas minerales no ms de 1% m/m b) Impurezas orgnicas de origen vegetal c) Contenido de hongos daados por larvas Hongos cultivados no ms de 0,3% m/m no ms de 6% m/m de dao total, incluso no ms de 2% m/m de a)impurezas minerales b) Impurezas orgnicas (incluso residuos de abonos): hongos enteros hongos en lonjas c) Contenido de hongos daados por larvas no ms de 0,5% m/m no ms de 8% m/m no ms de 1% m/m no ms de 1% m/m de dao total, incluso no ms de 0,5% m/m de. 3.2 Productos de Hongos - Requisitos Generales 3.2.1 Materia prima: En la preparacin de productos de hongos slo podrn utilizarse hongos comestibles frescos tratados o elaborados inmediatamente despus de recogidos, antes de que comience su deterioracin. Los hongos, tanto como materia prima como como hongos en conserva, debern estar sanos, limpios, indemnes, exentos en lo posible de daos producidos por larvas y tener el olor y el sabor propios de su especie. 3.2.2 Los productos de hongos podrn contener sal (cloruro de sodio), vinagre, especias e hierbas aromticas, azcares (cualquier sustancia edulcorante de carbohidrato), aceite vegetal comestible refinado, grasa animal comestible refinada, mantequilla, leche, leche en polvo, crema, agua y vino. 3.2.3 Formas de presentacin Los hongos elaborados pueden presentarse en formas diversas, por ejemplo, enteros con sus pies, sombreretes enteros (botones) sin pies, en lonjas, trozos y pies, en smola, en polvo o en concentrado. 3.2.4

Otras formas de presentacin Se permitir cualquier otra forma de presentacin del producto a condicin de que: 3.2.5 se distinga suficientemente de las otras formas de presentacin establecidas en esta norma; rena todos los dems requisitos de esta norma, incluidos los correspondientes a las tolerancias para defectos, peso escurrido, y cualquier otro requisito de esta norma que sea aplicable a la forma de presentacin estipulada en la norma que ms se acerque a la forma o formas de presentacin que han de estipularse en el mbito de la presente disposicin; est descrita debidamente en la etiqueta para evitar errores o confusin por parte del consumidor. Composicin Excepto en el caso de productos de hongos consistentes totalmente en sombreretes o cuando la adicin de pies se indique en la etiqueta, de acuerdo con las disposiciones de la sub seccin 8.1.6, el nmero de pies no deber exceder del nmero de sombreretes. 3.3 3.3.1 Hongos desecados Criterios de calidad Productos de Hongos - Requisitos Especiales El color y sabor debern ser propios de la especie. Contenido de agua: Producto Hongos liofilizados Hongos desecados (adems de los hongos liofilizados) Hongos desecados Shii-ta-ke Defectos permitidos a) Impurezas minerales no ms de 2% m/m b) Impurezas orgnicas de origen vegetal c) Contenido de hongos daados por larvas: hongos silvestres Contenido de agua mximo 6% m/m 12% m/m 13% m/m no ms de 0,02% m/m, excepto para los hongos Shii-ta-ke para los cuales el mximo ser de 1% m/m no ms de 20% m/m de dao total, incluso

hongos cultivados no ms de 1% m/m de dao total, incluso no ms de 0,5% m/m de 3.3.2 Smola de hongos y polvo de hongos Criterios de calidad a) Contenido de agua de la smola de hongos no ms de 13% m/m b) Contenido de agua del polvo de hongos no ms de 9% m/m Defectos permitidos Impurezas minerales no ms de 2% m/m 3.3.3 Hongos encurtidos a) Sal (cloruro de sodio) no ms de 2,5% m/m b) Azcares no ms de 2,5% m/m c) Vinagre no ms de 2% m/m, expresado como cido actico a) Impurezas minerales no ms de 0,1% m/m b) Impurezas orgnicas de origen vegetal c) Contenido de hongos daados por larvas: hongos silvestres hongos cultivados no ms de 0,02% m/m no ms de 6% m/m del dao total, incluso no ms de 2% m/m de no ms de 1% m/m del dao total, incluso no ms de 0,5% m/m de 3.3.4 Hongos fermentados Factor esencial de composicin y calidad Acido lctico que se forma naturalmente como consecuencia del proceso de fermentacin Sal (cloruro de sodio) no menos de 3% m/m y no ms de 6% m/m no menos de 1% m/m

a) Impurezas minerales no ms de 0,2% m/m b) Impurezas orgnicas de origen vegetal no ms de 0,1% m/m c) Contenido de hongos daados por larvas no ms de 4% m/m 3.3.5 Hongos en aceite de oliva u otro aceite vegetal a) Sal (cloruro de sodio) no ms de 1% m/m b) Aceite de oliva u otro aceite vegetal comestible a) Impurezas minerales no ms de 0,1% m/m b) Impurezas orgnicas de origen vegetal c) Hongos daados por larvas: hongos silvestres hongos cultivados no ms de 0,02% m/m no ms de 6% m/m del dao total, incluso no ms de 2% m/m de no ms de 1% m/m del dao total, incluso no ms de 0,5% m/m de 3.3.6 Hongos congelados rpidamente a)impurezas minerales b) Impurezas orgnicas de origen vegetal c) Contenido de hongos daados por larvas: hongos silvestres hongos cultivados no ms de 0,2% m/m no ms de 0,02% m/m no ms de 6% m/m del dao total, incluso no ms de 2% m/m de no ms de 1% m/m del dao total, incluso no ms de 0,5% m/m de 3.3.7 Hongos esterilizados Sal (cloruro de sodio) no ms de 2% m/m

a) Impurezas minerales no ms de 0,2% m/m b) Impurezas orgnicas de origen vegetal c) Contenido de hongos daados por larvas: hongos silvestres hongos cultivados no ms de 0,02% m/m no ms de 6% m/m del dao total, incluso no ms de 2% m/m de no ms de 1% m/m del dao total, incluso no ms de 0,5% m/m de 3.3.8 Extracto de hongos y concentrado de hongos Sal (cloruro de sodio) no ms de 20% m/m a) Impurezas minerales ninguna b) Impurezas orgnicas de origen vegetal ninguna 3.3.9 Concentrado de hongos desecados Criterios de calidad Contenido de agua Sal (cloruro de sodio) no ms de 9% m/m no ms de 5% m/m Defectos permitidos a) Impurezas minerales ninguna b) Impurezas orgnicas de origen vegetal ninguna 3.3.10 Hongos salados (producto semielaborado) Sal (cloruro de sodio) no menos de 15% m/m y no ms de 18% m/m a) Impurezas minerales no ms de 0,3% m/m

b)impurezas orgnicas de origen vegetal Contenido de hongos daados por larvas: hongos silvestres hongos cultivados no ms de 0,05% m/m no ms de 6% m/m del dao total, incluso no ms de 2% m/m de no ms de 1% m/m del dao total, incluso no ms de 0,5% m/m de 4. Aditivos Alimentarios Aditivo Dosis mxima Acido actico Sin lmites, salvo en lo dispuesto ms adelante con respecto a los hongos encurtidos y los hongos esterilizados Acido lctico Acido ctrico Acido ascrbico Sin lmites, salvo en lo dispuesto ms adelante con respecto a los hongos encurtidos y los hongos esterilizados Sin lmites, salvo en lo dispuesto ms adelante con respecto a los hongos encurtidos y los hongos esterilizados Sin lmites, salvo en lo dispuesto ms adelante con respecto a los hongos encurtidos y los hongos esterilizados Acido actico 20 g/kg en hongos encurtidos Acido lctico Acido ctrico 5 g/kg solos o en combinacin en los hongos esterilizados 5 g/kg solos o en combinacin en los hongos esterilizados 5. 5.1 Higiene Se recomienda que el producto a que se refieren las disposiciones de esta norma se pre-pare y manipule de conformidad con las secciones correspondientes del Cdigo Internacional Recomendado de Prcticas - Principios Generales de Higiene de los Alimentos ( CAC/RCP 11969, Rev. 2 (1985), Volumen 1 del Codex Alimentarius), y con los dems Cdigos de Prcticas recomendados por la Comisin del Codex Alimentarius que sean aplicables para este producto. 5.2 En la medida compatible con las buenas prcticas de fabricacin, el producto estar exento de materias objetables. 5.3 Analizado con mtodos adecuados de muestreo y examen, el producto:

deber estar exento de microorganismos en cantidades que puedan constituir un peligro para la salud; deber estar exento de parsitos que puedan representar un peligro para la salud; y no deber contener, en cantidades que puedan representar un peligro para la salud, ninguna sustancia originada por microorganismos. 5.4 Los productos comprendidos en esta norma que estn en forma desecada o deshidratada debern prepararse de conformidad con las disposiciones del Cdigo Internacional Recomendado de Prcticas de Higiene para las Frutas y Hortalizas Deshidratadas, incluidos los Hongos Comes-tibles, recomendado por la Comisin del Codex Alimentarius (CAC/RCP 51971). 5.5 Los productos comprendidos en esta norma, pasterizados en recipientes hermticamente cerrados, debern prepararse de conformidad con el Cdigo Internacional Recomendado de Prc-ticas para las Frutas y Hortalizas en Conserva, recomendado por la Comisin del Codex Alimentarius (CAC/RCP 21969). 5.6 Los productos comprendidos en esta norma, que han sido congelados rpidamente, debe-rn prepararse de conformidad con el Cdigo Internacional Recomendado de Prcticas para la Elaboracin y Manipulacin de los Alimentos Congelados Rpidamente (CAC/RCP 81976). 5.7 Los productos comprendidos en esta norma no incluidos en una de las categoras de 5.4, 5.5 y 5.6, por ejemplo, los hongos comestibles frescos, debern prepararse de conformidad con las secciones correspondientes del Cdigo Internacional Recomendado de Prcticas - Principios Generales de Higiene de los Alimentos ( CAC/RCP 11969, Rev. 2 (1985), Volumen 1 del Codex Alimentarius). 6. 6.1 Pesos y Medidas Llenado de los recipientes Llenado mnimo: El recipiente deber estar bien lleno de hongos y el producto (incluso el medio de cobertura) deber ocupar no menos del 90 por ciento de la capacidad de agua del recipiente. La capacidad de agua del recipiente es el volumen de agua destilada a 20C que cabe en el recipiente cerrado, cuando est completamente lleno. 6.2 Peso escurrido mnimo

El peso del producto escurrido no deber ser inferior a los porcentajes siguientes, calculados sobre la base del peso del agua destilada a 20C, que cabe en el recipiente cerrado: Capacidad del recipiente 0,5l o menos Envases ordinarios 50% m/m 53% m/m Envases con vinagre 50% m/m 53% m/m Envases con vino 50% m/m 53% m/m Capacidad del recipiente ms de 0,5l 7. Envasado, Almacenamiento y Transporte El envase utilizado para hongos frescos deber estar perforado a fin de permitir que el aire pase libremente, si fuese necesario. El producto deber mantenerse a una temperatura baja, que conserve su calidad durante el transporte, almacenamiento y distribucin hasta el momento de su venta final. Est permitida la prctica reconocida de descongelar y reenvasar los productos bajo control, seguida de la aplicacin del proceso de congelacin rpida, definida en la seccin 2.1 de esta norma. En el caso de (a) hongos desecados y (b) smola de hongos y polvo de hongos, se llama la atencin sobre la necesidad de impedir que estos productos absorban humedad y sean atacados por insectos, en particular por polillas y gorgojos. 8. Etiquetado Adems de los requisitos que figuran en la Norma General del Codex para el Etiquetado de los Alimentos Preenvasados ( CODEX STAN 11985 (Rev. 1-1991), Volumen 1 del Codex Alimentarius), se aplicarn las siguientes disposiciones especficas: 8.1 Nombre del alimento Los productos que correspondan a las definiciones y satisfagan los requisitos de esta norma debern designarse apropiadamente a fin de indicar su verdadera naturaleza. Los trminos "hongo" y "hongos" podrn sustituirse por la designacin comnmente utilizada para describir el gnero o la especie correspondiente en el pas en que haya de venderse, por ejemplo "hongo" u hongos" para los del gnero Agaricus. Deber indicarse en la etiqueta el mtodo de elaboracin al cual se ha sometido el producto, por ejemplo "desecado", "esterilizado" o "congelado rpidamente". En el caso de hongos frescos, desecados, salados, congelados rpidamente, fermentados, encurtidos y envasados, el nombre comn de la especie de hongos deber figurar adems de la palabra "hongos". Tambin deber indicarse el nombre cientfico de la especie.

En el caso de productos de hongos consistentes en ms de una especie de hongos, la palabra "surtidos" deber formar parte de la designacin. Adems, el nombre de la especie (incluso el nombre cientfico de la especie) deber figurar en la etiqueta. En el caso de productos de hongos elaborados con hongos que no sean frescos, deber indicarse en la etiqueta el mtodo de elaboracin a que han sido sometidos los hongos utilizados en la preparacin del producto final. Cuando se utilicen hongos salados como materia prima para la elaboracin de productos de hongos, deber indicarse en la etiqueta que se han utilizado hongos salados. Cuando se haya aadido pies a los hongos frescos o a los productos de hongos, las palabras "pies aadidos" debern figurar en la etiqueta. 8.2 Otras formas de presentacin - Si el producto se presenta de conformidad con las disposiciones previstas para las otras formas de presentacin (subseccin 3.2.4), la etiqueta deber contener muy cerca del nombre del producto, las palabras o frases necesarias para evitar error o confusin por parte del consumidor. 8.3 Lista de ingredientes En la etiqueta deber indicarse la lista completa de los ingredientes por orden decreciente de proporciones, excepto para los hongos desecados. 9. Mtodos de Analisis y Muestreo Vase el Volumen 13 del Codex Alimentarius.