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Página 3309 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Sanidad y Política Social 1306 Protocolo 2012 adicional al convenio suscrito el 18 de octubre de 2011 entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Sanidad y Política Social y el Ayuntamiento de Los Alcázares, para el desarrollo de actuaciones en materia de Servicios Sociales de Atención Primaria (2011-2012). Resolución Visto el Protocolo 2012 Adicional al Convenio suscrito el 18 de octubre de 2011 entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Sanidad y Política Social y el Ayuntamiento de Los Alcázares, para el desarrollo de actuaciones en materia de servicios sociales de atención primaria (2011-2012), suscrito por la Consejera de Sanidad y Política Social en fecha 17 de diciembre de 2012 y teniendo en cuenta que tanto el objeto del Convenio como las obligaciones establecidas en el mismo regulan un marco de colaboración que concierne al interés público de esta Consejería, y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Regional 56/1996, de 24 de julio, sobre tramitación de los Convenios en el ámbito de la Administración Regional, Resuelvo Publicar en el Boletín Oficial de la Región de Murcia el texto del Protocolo 2012 Adicional al Convenio suscrito el 18 de octubre de 2011 entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Sanidad y Política Social y el Ayuntamiento de Los Alcázares, para el desarrollo de actuaciones en materia de servicios sociales de atención primaria (2011-2012), suscrito por la Consejera de Sanidad y Política Social en fecha 17 de diciembre de 2012. Murcia, 14 de enero de 2013. El Secretario General, Martín Quiñonero Sánchez. Protocolo 2012 Adicional al convenio suscrito el 18 de octubre de 2011 entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Sanidad y Política Social y el Ayuntamiento de Los Alcázares, para el desarrollo de actuaciones en materia de Servicios Sociales de Atención Primaria (2011-2012) En Murcia, a 17 de diciembre de 2012 Reunidos De una parte, la Excma. Sra. Dña. María Ángeles Palacios Sánchez, como Consejera de Sanidad y Política Social, nombrada por Decreto de la Presidencia nº 18/2011, de 27 de junio, (Boletín Oficial de la Región de Murcia nº 146, de 28 de junio de 2011), en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en virtud del artículo 16.2 a) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y

Página 3310 De otra, el Sr. D. Anastasio Bastida Gómez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de los Alcázares, con C.I.F. nº P3004500-I, en virtud de Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 3 de diciembre de 2012. Manifiestan Primero.- Que el Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia establece en su artículo 10, apartado uno, número 18, la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de asistencia y bienestar social. Segundo.- Que con fecha 18 de octubre de 2011 se suscribió un convenio entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Sanidad y Política Social y el Ayuntamiento de los Alcázares, para el desarrollo de actuaciones en materia de servicios sociales de atención primaria (2011-2012), aprobado por la Junta de Gobierno Local con fecha 13 de mayo de 2011 y autorizado por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma en fecha 29 de abril de 2011. Tercero.- Que tal convenio fue suscrito en aplicación del convenio-programa entre el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social -compromisos asumidos en la actualidad por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad- y el Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para el desarrollo de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales, de 5 de mayo de 1988, en el que se acordó financiar y apoyar proyectos de las corporaciones locales del territorio de la comunidad, a fin de llevar conjuntamente y con los apoyos económicos habilitados, la implantación de los centros de servicios sociales que garantizaran el desarrollo de tales prestaciones básicas. Cuarto.- Que el acuerdo decimoquinto del mencionado convenio entre la Administración Regional y el Ayuntamiento de los Alcázares dispone que estará vigente durante los años 2011 y 2012, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes, que deberá producirse con al menos tres meses de antelación al cierre del ejercicio económico correspondiente. De esta vigencia se excluyen las cantidades económicas expresadas en el acuerdo tercero que deberán ser actualizadas cada año, en función de las dotaciones presupuestarias anuales del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Comunidad Autónoma y Entidad Local, a través del correspondiente protocolo anual, así como, el número de horas de Ayuda a Domicilio mínimo. Además, señala el citado convenio, podrán actualizarse, en su caso, cada año, mediante protocolo, los profesionales contenidos en las tablas del acuerdo quinto. Quinto.- Que dicha denuncia no se ha producido, por lo que procede la actualización, en el presente caso, de las cantidades económicas a aportar por las partes así como el número de horas de Ayuda a Domicilio mínimo a que se obliga la entidad local, así como los profesionales a que se compromete, mínimamente la citada corporación para garantizar la calidad y estabilidad del centro de servicios sociales. Sexto.- Que la Ley 6/2011, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2012, establece en el Programa presupuestario 313A, Planificación y Evaluación de Servicios Sociales, concepto 461.01, Código de Proyecto nominativo 36928, la consignación presupuestaria adscrita a la Consejería de Sanidad y Política Social que permite actualizar los compromisos económicos del convenio referidos al ejercicio 2012.

Página 3311 Y con tales antecedentes, Acuerdan Primero: Es objeto del presente protocolo la determinación expresa y actualizada de la contribución económica para el año 2012, que será aportada por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Sanidad y Política Social, en cofinanciación con el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad en lo que se refiere a la subvención para el mantenimiento de los Centros de Servicios Sociales de Atención Primaria, y por el Ayuntamiento de los Alcázares, la actualización para el presente año del número de horas de Ayuda a Domicilio mínimo, así como de los profesionales contenidos en las tablas del acuerdo quinto del mencionado convenio a los contenidos y fines del mismo, para el desarrollo de actuaciones en materia de servicios sociales de atención primaria (2011-2012). Segundo: Las aportaciones para los fines del convenio durante el año 2012 serán: Para el Mantenimiento de los Centros de Servicios Sociales de Atención Primaria: La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en cofinanciación con el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, cincuenta y seis mil quinientos veintidós (56.522,00) euros, con cargo a la dotación presupuestaria 12.0100.313A.461 01, código de proyecto nominativo 36928, código de subproyecto 036928120001, de la Ley 6/2011, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2012. La expresada cantidad se destinará a las prestaciones básicas especificadas en el convenio del pasado año, exceptuada la ayuda a domicilio, las medidas complementarias y extraordinarias de ayuda a domicilio y refuerzo de profesionales para la atención a la dependencia. El Ayuntamiento de los Alcázares, como mínimo, dieciocho mil ochocientos cuarenta y un (18.841,00) euros. El Ayuntamiento/Mancomunidad aporta certificación de existencia de crédito en el Presupuesto para hacer frente a los compromisos económicos contraídos. Para el desarrollo del Servicio de Ayuda a Domicilio: La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, siete mil quinientos noventa y ocho (7.598,00) euros, con cargo a la dotación presupuestaria 12.0100.313A.461 01, código de proyecto nominativo 36928, código de subproyecto 036928120001, de acuerdo con la Ley 6/2011, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2012. El Ayuntamiento de los Alcázares, como mínimo, dos mil quinientos treinta y tres (2.533,00) euros. El Ayuntamiento/Mancomunidad aporta certificación de existencia de crédito en el Presupuesto para hacer frente a los compromisos económicos contraídos. Para el desarrollo de Medidas Complementarias y Extraordinarias de Ayuda a Domicilio:

Página 3312 La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, doscientos noventa y ocho (298,00) euros, con cargo a la dotación presupuestaria 12.0100.313A.461 01, código de proyecto nominativo 36928, código de subproyecto 036928120001, de acuerdo con la Ley 6/2011, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2012. El Ayuntamiento de los Alcázares, como mínimo, noventa y nueve (99,00) euros. El Ayuntamiento/Mancomunidad aporta certificación de existencia de crédito en el Presupuesto para hacer frente a los compromisos económicos contraídos. 4.- Para el desarrollo de la Medida de Refuerzo de Profesionales para la Atención a la Dependencia: La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, trece mil cincuenta y ocho (13.058,00) euros, con cargo a la dotación presupuestaria 12.0100.313A.461 01, código de proyecto nominativo 36928, código de subproyecto 036928120001, de acuerdo con la Ley 6/2011, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2012. El Ayuntamiento de los Alcázares, como mínimo, cuatro mil trescientos cincuenta y tres (4.353,00) euros. El Ayuntamiento/Mancomunidad aporta certificación de existencia de crédito en el Presupuesto para hacer frente a los compromisos económicos contraídos. El pago anticipado a la entidad local se efectuará a la firma del presente protocolo conforme a lo previsto en el convenio de referencia, ya que el fin público que concurre en el presente protocolo, la responsabilidad pública del sistema de servicios sociales previsto en la Ley 3/2003, de 10 de abril, del Sistema de Servicios Sociales de la Región de Murcia, y la naturaleza de las actividades a realizar, permiten la anticipación del gasto, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones que se derivan de la suscripción del mismo, no siendo necesario el establecimiento de garantía alguna en virtud de lo establecido en el artículo 16.2 a) de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre. Tercero: En relación a la prestación de la Medida de Ayuda a Domicilio, la Entidad Local se compromete a justificar como mínimo, un total de 705 horas, durante el periodo de ejecución de la subvención para el año 2012. Cuarto: En relación a los profesionales para la ejecución de las medidas, se actualizan para el año 2012, los profesionales recogidos en el acuerdo quinto del convenio de colaboración de que trae causa el presente protocolo, comprometiéndose la entidad local, al objeto de garantizar la calidad y la estabilidad de las actuaciones del centro de servicios sociales, a mantener como mínimo, los puestos de trabajo siguientes, para cada una de las siguientes medidas: SUBVENCIÓN DE MANTENIMIENTO DE CENTROS (PLAN CONCERTADO DE PRESTACIONES BÁSICAS) Perfil Profesional Jornada Completa Jornada Laboral 1/2 Jornada <1/2 jornada N.º total de Profesionales Licenciado en derecho 1 1 Trabajador Social (UTS) 1 1 2 Educador 1 1 Auxiliar Administrativo 2 2 TOTAL 3 1 2 6

Página 3313 SUBVENCIÓN DE REFUERZO TRABAJADOR SOCIAL PARA LA DEPENDENCIA Perfil Profesional Jornada Completa Jornada Laboral 1/2 Jornada <1/2 jornada Trabajador Social 1 1 TOTAL 1 1 N.º total de Profesionales Quinto: Las partes declaran plenamente aplicables en el año 2012 los contenidos del convenio de 18 de octubre de 2011, excepto en las modificaciones introducidas en el presente texto. Sexto: El presente Protocolo se incorporará como documento anexo al Convenio suscrito entre las partes el 18 de octubre de 2011. Y dejando constancia de conformidad con la totalidad de las cláusulas anteriores, se firma y rubrica en el lugar y fecha indicados, en triplicado ejemplar. Por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, la Consejera de Sanidad y Política Social, María Ángeles Palacios Sánchez. Por el Ayuntamiento de los Alcázares, el Alcalde-Presidente, Anastasio Bastida Gómez. www.borm.es D.L. MU-395/1985 - ISSN: 1989-1474