MODELO DE SOLICITUD EXPONGO:

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Transcripción:

MODELO DE SOLICITUD, con D.N.I. nº., con domicilio en, C.P., Lorca, teléfono, presidente de la entidad sin ánimo de lucro denominada, con NIF, y domicilio social en, C.P., Lorca, por medio del presente escrito EXPONGO: Que estando esta asociación inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Lorca bajo el número, y habiendo tenido conocimiento de la aprobación por parte de la Junta de Gobierno Local de 7 de marzo de 2008 del modelo tipo de convenio a formalizar entre ese Ayuntamiento y las distintas entidades y asociaciones sin ánimo de lucro que, teniendo su domicilio social en el municipio de Lorca, soliciten la cesión gratuita de un espacio en la red al que podrá acceder desde la propia página web del Ayuntamiento, o a través de su domino si es que lo tuviera. Que estando esta entidad que represento interesada en acogernos a la posibilidad anunciada en el objeto del citado convenio, cuyo contenido literal conocemos a través de la publicación que del mismo aparece en la propia página web del Excmo. Ayuntamiento de Lorca, SOLICITO: Que por parte de esa Corporación se proceda a la tramitación administrativa oportuna tendente a la formalización del referido convenio entre esta Asociación y el Excmo. Ayuntamiento de Lorca, a cuyo objeto adjunto la siguiente documentación: Fotocopia: D.N.I. del legal representante; NIF de la entidad solicitante, Estatutos de la entidad adaptados a la vigente legislación y Resolución de inscripción en los correspondientes Registros Públicos. Certificación composición de la Junta Directiva (ANEXO I) Acuerdo del órgano competente de la entidad solicitante (Junta Directiva o Asamblea General) aceptando las obligaciones asumidas en el convenio. (ANEXO II) Lorca, de de SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LORCA

ANEXO I D./Dª. como secretario de la entidad CERTIFICO: Que en Asamblea General de socios celebrada el día, de, de, previa convocatoria convocada según lo dispuesto en los estatutos, resultaron elegidas las personas que seguidamente se indican como miembros de la Junta Directiva, para los cargos que, asimismo de expresan: Presidente:, DNI. Vicepresidente:, DNI. Tesorero:, DNI. Secretario:, DNI. Vocales:, DNI., DNI., DNI. Y para que conste, firmo la presente, con el visto bueno del/la Presidente/a, en, a de 200 Vº Bº EL/LA PRESIDENTE/A SECRETARIO/A Fdo: Fdo:

ANEXO II D./Dª. como secretario de la entidad. CERTIFICO: Que reunida la (Junta Directiva o Asamblea General, según proceda estatutariamente), convocada de conformidad con lo establecido en los estatutos de esta entidad, el día de de, se acordaron los siguientes extremos: PRIMERO: Solicitar al Excmo. Ayuntamiento de Lorca la formalización del convenio, cuyo modelo tipo fue aprobado mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 7 de marzo de 2008, que tiene por objeto la cesión gratuita de un espacio en la red al que podremos acceder desde la propia página web del Ayuntamiento. SEGUNDO: Asumir todas las obligaciones contenidas en el citado convenio, cuyo contenido literal es conocido por esta asociación. TERCERO: Designar a Don, con D.N.I. número, en su calidad de, como representante de esta entidad ante el Excmo. Ayuntamiento de Lorca, facultándolo ampliamente para la firma de cuanta documentación sea necesaria en relación al convenio expresado. Y para que conste, firmo la presente, con el visto bueno del/la Presidente/a, en Lorca, a de 200. Vº Bº EL PRESIDENTE SECRETARIO/A Fdo: Fdo:

TEXTO LITERAL DEL CONVENIO En Lorca, a de de 2008 REUNIDOS: Alonso. De una parte, el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Lorca, Don Francisco Jódar De otra, Don/Doña, con DNI nº., en nombre y representación, en su calidad de, de la entidad, con NIF y domicilio social en, de Lorca, en lo sucesivo la Asociación, inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Lorca con el número. Ambas partes intervinientes se reconocen la mutua y necesaria capacidad para la formalización del presente convenio con arreglo a los siguientes y particulares ANTECEDENTES: PRIMERO: El derecho de asociación ha tenido un importante auge en los últimos años en el municipio de Lorca con la constitución de un gran número de asociaciones y ONGs, resultando patente que las asociaciones vienen desempeñando un papel fundamental en los diversos ámbitos de la actividad social, contribuyendo a un ejercicio activo de la ciudadanía, representando los intereses de los ciudadanos ante la Administración y desarrollando una función esencial e imprescindible en las políticas de desarrollo, medio ambiente, promoción de los derechos humanos, juventud, salud pública, cultura, ocio y otras de similar naturaleza. SEGUNDO: El Ayuntamiento de Lorca viene manteniendo una política activa de apoyo decido a las asociaciones constituidas sin ánimo de lucro en el municipio de Lorca, celebrando convenios y otorgando ayudas y subvenciones, conforme a la legalidad vigente, para la realización de los fines sociales que tienen encomendados. En este marco de general colaboración, la entidad denominada, ha solicitado al Ayuntamiento de Lorca la cesión gratuita de un espacio en la red, con el propósito de difundir lo más ampliamente posible los objetivos, actuaciones y finalidades para las que se ha constituido, facilitando el acceso, a través de las nuevas tecnologías, de la información que pueda ofrecer en el área de su labor social. TERCERO: El Excmo. Ayuntamiento de Lorca, interesado en atender las propuestas que redunden en beneficio de los diferentes colectivos sociales, coincide con la citada entidad en la importancia de aunar esfuerzos encaminados a facilitar el acceso de la información a la población en general. Considera, asimismo, el Excmo. Ayuntamiento de Lorca, que en el mundo en el que actualmente vivimos, incentivar el uso de las nuevas tecnologías, y especialmente de Internet, entre los distintos colectivos asociativos del municipio es un objetivo legítimo para el enriquecimiento cultural y tecnológico de la comunidad. CUARTO: El Municipio de Lorca, conforme al artículo 25 de la Ley 7/85, de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, podrá promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal. La Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de la Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su artículo 88 establece que las Administraciones Publicas podrán celebrar convenios con personas de derecho privado, siempre que no sean contrarios al ordenamiento jurídico, ni versen sobre materias no susceptibles de transacción y tengan por objeto satisfacer el interés público que tienen encomendado. Asimismo, la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, dispone en su artículo 31, apartado 5, lo siguiente: Las Administraciones públicas, en el ámbito de sus competencias, podrán establecer con las asociaciones que persigan objetivos de interés general, convenios de colaboración en programas de interés social.

En virtud de cuanto antecede se formaliza el presente convenio conforme a las siguientes CLÁUSULAS: PRIMERA.- Es objeto del presente convenio, cuyo modelo tipo fue aprobado por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 7 de marzo de 2008, la cesión, que el Excmo. Ayuntamiento de Lorca hace gratuitamente a la entidad, de un espacio en la red al que podrá acceder desde la propia página web del Ayuntamiento, o a través de su domino si es que lo tuviera. SEGUNDA: Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la cláusula anterior, ambas partes se comprometen: a) Por parte del Excmo. Ayuntamiento de Lorca a asumir las siguientes obligaciones: Poner a disposición de la asociación una herramienta de gestión de contenidos para que construya su propia web y sea capaz de gestionar sus contenidos de un modo autónomo e independiente. Dotará de los conocimientos necesarios para el uso de este gestor de contenidos a la persona que habrá de recibir la información en materia de diseño y gestión de la página web. Aportar el asesoramiento técnico en la medida de sus capacidades y resolverá los posibles fallos técnicos que pudieran tener las webs alojadas. b) Por parte de la asociación a asumir las siguientes obligaciones: Mantener la web actualizada con información sobre la asociación y sus actividades, el campo temático al que se dedica, actividades de otras asociaciones Participar en la dinamización de su página web y del portal asociativo enviando información periódica como eventos, noticias que consideren de interés. Designar y comunicar por escrito en un plazo de 15 días a partir de la firma del convenio, la identidad de la persona que habrá de recibir la información en materia de diseño y gestión de la página web Proporcionar cuanta información le sea requerida por el Ayuntamiento con el fin de que éste pueda cumplir con las obligaciones que asume en virtud del presente convenio. La Asociación se obliga a que en un lugar fácilmente visible de su página web exista un link que permita a los usuarios el enlace directo con la web del Ayuntamiento de Lorca. TERCERA: La gestión de la página web por la Asociación habrá de ajustarse en todo momento a la legalidad vigente. En lo concerniente a las publicaciones y manifestaciones en la web, la Asociación será la única responsable, de manera que deberá adoptar las medidas precisas para evitar que puedan ser publicadas informaciones o contenidos ofensivos, xenófobos, violentos o de cualquier otra índole, pero que, en definitiva, representen una trasgresión o atentado a los valores y principios constitucionales, o que, en general, atenten al derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia y, particularmente, se responsabiliza, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen, de: La divulgación de hechos relativos a la vida privada de una persona o familia que afecten a su reputación y buen nombre, así como la revelación o publicación del contenido de cartas, memorias u otros escritos personales de carácter íntimo. La revelación de datos privados de una persona o familia. La reproducción o publicación por fotografía, filme, o cualquier otro procedimiento de la imagen de una persona en lugares o momentos de su vida privada o fuera de ellos, salvo los casos previstos en la mencionada ley. La utilización del nombre, de la voz o de la imagen de una persona para fines publicitarios, comerciales o de naturaleza análoga. La imputación de hechos o la manifestación de juicios de valor a través de acciones o expresiones que de cualquier modo lesionen la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación.

CUARTA: El servicio de la línea de telecomunicaciones que proporciona al servidor web el acceso a internet no es mantenida por el Ayuntamiento de Lorca. Por tal circunstancia, éste no asumirá responsabilidad alguna en el caso de suceder cualquier fallo de servicio de la misma. El Ayuntamiento de Lorca avisará al suministrador del servicio de dicha línea para que subsane los problemas que tuviera. QUINTA: En el caso de que la asociación quisiera publicar contenido publicitario, deberá ceñirse a la publicidad institucional únicamente. En caso contrario, el Ayuntamiento de Lorca podrá eliminar dicho contenido, sin necesidad de aviso previo. SEXTA: El presente convenio reproduce literalmente el modelo tipo que fue aprobado mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 7 de marzo de 2008. Cuando el número de asociaciones que soliciten la formalización del mismo sea suficiente, pasarán a formar parte, si así lo estima conveniente el Ayuntamiento de Lorca, del portal de las asociaciones de Lorca, portal que hará referencia a la participación ciudadana en el Municipio de Lorca. SÉPTIMA: El plazo de ejecución de las obligaciones establecidas en el presente convenio será de un año desde su firma, que será renovado con carácter automático anualmente, con referencia a la fecha de su firma, salvo que cualquiera de las partes comunique su voluntad de no renovarlo con al menos un mes de antelación. OCTAVA: Ambas partes se comprometen a ejecutar el presente convenio en sus términos. El Ayuntamiento de Lorca ostentará la prerrogativa de interpretar su clausulado y de resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. NOVENA: El incumplimiento por parte de la asociación de cualquiera de las estipulaciones del presente convenio facultará al Ayuntamiento de Lorca para acordar, en su caso, la resolución del mismo. Y en prueba de conformidad es firmado el presente convenio de colaboración en el lugar y fecha al principio indicados, por triplicado ejemplar y a un solo efecto.