BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Documentos relacionados
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

INTRODUCCIÓN. Estrategias frente a enfermedades raras: Estrategias para la mejora del Sistema de Información Sanitaria: 718.

ANEXO IV INFORMACIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA DEL EJERCICIO 2007

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

INFORME DE LA INTERVENCIÓN GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO SOBRE EL CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA DEL EJERCICIO 2004

ANEXO III INFORMACIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA DEL EJERCICIO 2006

4. Gasto público vinculado al deporte

Tributación Autonómica. Medidas 2007 Anexo 1 ANEXO 1 NORMATIVA TRIBUTARIA APROBADA POR LAS CC.AA. DE RÉGIMEN COMÚN, EJERCICIO 2007.

Nota de prensa. Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural

INFORMACIÓN ESTADÍSTICA DEL SISTEMA PARA LA AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA. Situación a 1 de Octubre de 2008.

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Nota de prensa. El Gobierno obtiene el respaldo unánime de las CCAA para la reactivación del PREPARA hasta abril de 2018

B4. EL GASTO EN EDUCACIÓN

16. Cine y vídeo. Gráfico Espectadores (En millones) Gráfico Recaudación (En millones de euros)

B4. EL GASTO EN EDUCACIÓN

INTRODUCCIÓN MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD SECRETARIA GENERAL DE SANIDAD Y CONSUMO

20. LA ENSEÑANZA DE LENGUAS EXTRANJERAS

Presidida por la ministra Isabel García Tejerina

INFORMACIÓN ESTADÍSTICA DEL SISTEMA PARA LA AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA. Situación a 31 de Marzo de 2016

Gráfico Películas estrenadas, espectadores y recaudación (Valores absolutos)

PROGRAMA 942A COOPERACIÓN ECONÓMICA LOCAL DEL ESTADO

Viajes de residentes en España realizados principalmente por motivos culturales según comunidad autónoma de origen 7.1

E3. LA ENSEÑANZA DE LA RELIGIÓN

AVANCE DE LA EVALUACIÓN 2015 DEL SISTEMA PARA LA AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA. Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso)

DATOS DE LAS DECLARACIONES OBLIGATORIAS DEL SECTOR LÁCTEO OVINO / CAPRINO Enero 2015

TEXTO. REGISTRO BOMEH: 52/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 304,, de 17 de diciembre de 2016 Disponible en:

INFORMACIÓN ESTADÍSTICA DEL SISTEMA PARA LA AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA. Situación a 31 de Marzo de 2014

Participantes formados según CCAA Familia Profesional: Imagen personal

DATOS DE LAS DECLARACIONES OBLIGATORIAS DEL SECTOR LÁCTEO OVINO / CAPRINO Diciembre 2014

D10. LA EDUCACIÓN DE ADULTOS Y A DISTANCIA

La tasa anual del Índice de Precios de Vivienda se sitúa en el 12,8% Los precios de la vivienda bajan un 1,4% respecto al tercer trimestre

Dirección General de Fondos Europeos Consejería de Economía y Hacienda

El importe de los efectos de comercio impagados disminuye un 28,7% en noviembre respecto al mismo mes de 2013

10. PERCEPTORAS DE LA AYUDA ECONÓMICA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 27 DE LA LEY DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO 1/2004.

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

DATOS DE LAS DECLARACIONES OBLIGATORIAS DEL SECTOR LÁCTEO OVINO / CAPRINO Junio 2014

A. DATOS DE IDENTIFICACIÓN

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Actividad de 2015 Pla P n la n Tu T r u irsm s o m oseg S u eg r u o r o

I. Comunidad Autónoma

FUNCIÓN PÚBLICA. Función Pública Local FP03

El montante económico por CCAA para todo el período para los cuatro programas es el siguiente: REGIONES GASTO AYUDA FSE COFINANCIACIÓN

PLAN MAYOR SEGURIDAD 2016

COMUNIDADES AUTÓNOMAS

LAS ESTRATEGIAS DE DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE E INTEGRADO (DUSI) ACCIONES INNOVADORAS URBANAS. Ceuta - 21 de abril de 2016

La tasa anual del Índice de Precios de Vivienda disminuye ocho décimas en el tercer trimestre de 2012 y se sitúa en el 15,2%

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

ESTRATEGIAS DE DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE E INTEGRADO (DUSI) PRIMERA CONVOCATORIA DE AYUDAS

Cuota de mercado del cine español según películas exhibidas, espectadores y recaudación por nacionalidad de la película 16.12


Presupuestos Generales Estado 2015

En marzo se inscriben en los registros de la propiedad fincas, un 9,6% más que en el mismo mes del año anterior

PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO ANEXO DE INVERSIONES REALES PARA 2017 Y PROGRAMACIÓN PLURIANUAL

En abril se inscriben en los registros de la propiedad fincas, un 9,3% más que en el mismo mes del año anterior

En noviembre se inscriben en los registros de la propiedad fincas, un 7,1% más que en el mismo mes del año anterior

En abril se inscriben en los registros de la propiedad fincas, un 15,4% más que en el mismo mes del año anterior

En agosto se inscriben en los registros de la propiedad fincas, un 5,9% más que en el mismo mes del año anterior

Nota de prensa. La Conferencia Sectorial aprueba el nuevo Programa de Acción Conjunta para Desempleados de Larga Duración

En enero se inscriben en los registros de la propiedad fincas, un 14,8% más que en el mismo mes del año anterior

En julio se inscriben en los registros de la propiedad fincas, un 11,0% más que en el mismo mes del año anterior

En agosto se inscriben en los registros de la propiedad fincas, un 8,4% más que en el mismo mes del año anterior

En mayo se inscriben en los registros de la propiedad fincas, un 9,6% más que en el mismo mes del año anterior

En marzo se inscriben en los registros de la propiedad fincas, un 0,3% menos que en el mismo mes del año anterior

PLAN EXTRAORDINARIO Y URGENTE POR EL EMPLEO EN CASTILLA LA MANCHA

Cuota de mercado del cine español según películas exhibidas, espectadores y recaudación por nacionalidad de la película 16.12

La variación mensual del Índice de Comercio al por Menor a precios constantes es del 0,0% si se eliminan los efectos estacionales y de calendario

En mayo se inscriben en los registros de la propiedad fincas, un 10,1% más que en el mismo mes del año anterior

La tasa anual del Índice de Precios de Vivienda se sitúa en el 7,9%

En febrero se inscriben en los registros de la propiedad fincas, un 4,1% menos que en el mismo mes del año anterior

En junio se inscriben en los registros de la propiedad fincas, un 3,3% más que en el mismo mes del año anterior

La variación mensual del Índice de Comercio al por Menor a precios constantes es del 0,2% si se eliminan los efectos estacionales y de calendario

La variación mensual del Índice de Comercio al por Menor a precios constantes es del 0,8% si se eliminan los efectos estacionales y de calendario

La variación mensual del Índice de Comercio al por Menor a precios constantes es del 0,4% si se eliminan los efectos estacionales y de calendario

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

En abril se inscriben en los registros de la propiedad fincas, un 12,6% menos que en el mismo mes del año anterior

La variación mensual del Índice de Comercio al por Menor a precios constantes es del 0,8% si se eliminan los efectos estacionales y de calendario

INFORMACIÓN ESTADÍSTICA DEL SISTEMA PARA LA AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA. Situación a 30 de Abril de 2013

En enero se inscriben en los registros de la propiedad fincas, un 2,8% menos que en el mismo mes del año anterior

PROGRAMA 942A COOPERACIÓN ECONÓMICA LOCAL DEL ESTADO

Nota de prensa. El buzón contra el fraude laboral aflora empleos y permite recuperar 1,4 millones en cuotas a la Seguridad Social

B2. LOS SERVICIOS COMPLEMENTARIOS

8. TELEVISIÓN Y RADIO

20. LA ENSEÑANZA DE IDIOMAS EXTRANJEROS

Anexo I Deducciones en el tramo autonómico del IRPF por donativos realizados a favor de fundaciones (año 2016)

Construyendo Europa desde Aragón

En diciembre se inscriben en los registros de la propiedad fincas, un 0,3% menos que en el mismo mes de 2014

Encuesta de Población Activa Segundo Trimestre 2011

INDICADORES DE ACTIVIDAD EN EL SECTOR SERVICIOS. Base 2010 MARZO Datos provisionales

En noviembre se transmiten fincas, un 3,2% menos que en el mismo mes del año anterior

La variación mensual del Índice de Comercio al por Menor a precios constantes es del 1,3% si se eliminan los efectos estacionales y de calendario

D10. LA EDUCACIÓN DE ADULTOS Y A DISTANCIA

III. Otras Resoluciones

RED INTERADMINISTRATIVA DE CALIDAD EN LOS SERVICIOS PÚBLICOS

INDICADORES DE ACTIVIDAD EN EL SECTOR SERVICIOS. Base 2010 ENERO Datos provisionales

Calendario laboral Fiestas Nacionales

Implicaciones de la legislación autonómica sobre transparencia en las Instituciones de Educación Superior. Dr. Xavier Bernadí Barcelona,

Transcripción:

Núm. 306 Viernes 19 de diciembre de 2014 Sec. III. Pág. 103476 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE 13228 Resolución de 4 de diciembre de 2014, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 7 de noviembre de 2014, por el que se formalizan los criterios de distribución a las Comunidades Autónomas, aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación, así como la distribución resultante del crédito para el año 2014 destinado a financiar actividades para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales, por importe de 5.605.000 euros y por la que se indican los requisitos de justificación del gasto. El Consejo de Ministros, en su reunión de 7 de noviembre de 2014, ha adoptado el Acuerdo por el que se distribuye el crédito destinado a las Comunidades Autónomas, para financiar actividades para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales. Para general conocimiento, esta Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades dispone la publicación del citado Acuerdo como Anexo I a la presente resolución. Asimismo, se indican los requisitos de justificación del gasto en el Anexo II de esta resolución. Madrid, 4 de diciembre de 2014.La Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, Montserrat Gomendio Kindelan. ANEXO I Acuerdo por el que se formalizan los criterios de distribución a las comunidades autónomas, aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación, así como la distribución resultante del crédito para el año 2014 para financiar actividades para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales, por importe de 5.605.000 euros De conformidad con el artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, quedan formalizados, en los términos que figuran en el anexo, los criterios de distribución a las Comunidades Autónomas, aprobados en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación en la reunión celebrada el día 30 de junio de 2014, así como la distribución resultante del crédito destinado al siguiente programa de cooperación territorial: Denominación Importe Aplicación presupuestaria Actuaciones destinadas a la evaluación y acreditación de las competencias profesionales..... 5.605.000 18.05.322B.454.02 Total.... 5.605.000 La Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014, tiene consignado en el Presupuesto de Gastos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte un crédito de 15.316.300,00 euros en la aplicación presupuestaria 18.05.322B.454, bajo el epígrafe: «A CCAA para el impulso de la formación profesional» distribuidos en dos aplicaciones presupuestarias, correspondiendo la 18.05.322B.454.02 para la «Evaluación y Acreditación de las Competencias Profesionales», con una cantidad de 5.605.000,00 euros.

Núm. 306 Viernes 19 de diciembre de 2014 Sec. III. Pág. 103477 El artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, establece que la Conferencia Sectorial correspondiente acordará los criterios objetivos de distribución, así como las distribuciones resultantes, de los créditos destinados al cumplimiento de planes y programas conjuntos referidos a competencias de las Comunidades Autónomas, y que los compromisos financieros resultantes serán formalizados mediante acuerdo del Consejo de Ministros. La Conferencia Sectorial de Educación acordó los criterios para la distribución territorial de los citados créditos en su reunión celebrada el día 30 de junio de 2014. Este acuerdo del Consejo de Ministros tiene por objeto exclusivamente la distribución entre las Comunidades Autónomas de las habilitaciones de gasto en qué consisten los créditos presupuestarios, así como su formalización, sin que en ningún caso pueda entenderse que implica la ejecución de los citados créditos presupuestarios, el nacimiento de ningún tipo de obligación económica con cargo a los Presupuestos Generales del Estado a favor de las Comunidades Autónomas, ni, en consecuencia, la existencia de ningún derecho de cobro de las Comunidades Autónomas frente a la Administración General del Estado o sus entidades públicas vinculadas o dependientes. Por todo ello, se somete a aprobación del Consejo de Ministros el presente acuerdo. ANEXO Distribución de crédito para la financiación de actuaciones destinadas a la implementación del procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, aprobado por la Comisión General de Educación de la Conferencia de Educación Para dar cumplimiento y continuidad al Tercer Bloque Plan Estratégico de la Formación Profesional, de los Programas de Cooperación Territorial 2010-2011, se ha aprobado en los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2014 un crédito de 15.316.300,00 euros destinados a Comunidades Autónomas para el impulso de la formación profesional. De esta partida presupuestaria, 5.605.000,00 euros se ejecutarán mediante transferencia a las Comunidades Autónomas para el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral y vías no formales de formación. Este crédito debe permitir la continuidad hasta el 31 de diciembre de 2015 de las acciones iniciadas en el año 2011 y desarrolladas a lo largo los cursos 2011-2012, 2012-2013 y 2013-2014. Los criterios de distribución de esta cantidad han sido los siguientes: Para el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias la cuantía asignada a cada Comunidad Autónoma ha sido proporcional en base al coeficiente por número de personas en búsqueda de empleo sin estudios profesionalizantes, al coeficiente por número de personas de 30 a 64 años en búsqueda de empleo, al coeficiente por dispersión de población activa y al coeficiente por dispersión territorial de las Administraciones Públicas. El cálculo se hizo teniendo en cuenta los datos proporcionados por el Instituto Nacional de Estadística. Evaluación de competencias Andalucía............................... 1.102.251,31 Aragón... 266.717,74 Asturias, Principado de.................... 143.700,54 Balears, Illes... 105.413,35 Canarias... 265.679,94 Cantabria... 95.223,50

Núm. 306 Viernes 19 de diciembre de 2014 Sec. III. Pág. 103478 Evaluación de competencias Castilla y León... 453.539,17 Castilla-La Mancha.... 395.363,24 Cataluña... 595.569,15 Comunitat Valenciana.... 531.363,40 Extremadura.... 319.324,05 Galicia.... 311.422,86 Madrid, Comunidad de... 445.140,25 Murcia, Región de... 166.954,78 Navarra, Comunidad Foral de... 116.065,73 País Vasco... 196.261,90 Rioja, La... 95.009,07 5.605.000,00 Compromisos de colaboración Las Comunidades Autónomas se comprometen a las siguientes acciones, en el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales, durante los años 2014 y 2015, a: Realizar acciones destinadas al desarrollo del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral con arreglo al procedimiento previsto en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral. No se considerarán a estos efectos las convocatorias efectuadas y finalizadas con anterioridad a la formalización en Consejo de Ministros del presente acuerdo de distribución. Llevar a cabo las acciones específicas que se determinen, y previamente acordadas entre la Comunidad Autónoma y la Administración General del Estado, en relación con la puesta en marcha de convocatorias de carácter nacional, o supraautonómico, de acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral y vías no formales de formación. Realizar ofertas específicas de formación para que, quienes han superado los procedimientos de acreditación de las competencias adquiridas por la experiencia laboral, puedan completar la formación no acreditada y finalizar sus estudios de Formación Profesional. Formación de asesores, evaluadores y orientadores. Desarrollo de cualquier parte del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales. Desarrollo de aplicaciones informáticas aplicables al procedimiento de evaluación y acreditación de competencias, excluida la adquisición de equipos. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se compromete a: Mantener la estructura y funciones de coordinación a que hace referencia el artículo 21 del Real Decreto 1224/2009 en relación con el desarrollo del procedimiento de evaluación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral. Poner a disposición de las Comunidades Autónomas el portal TodoFP como medio de difusión de las convocatorias que se realicen.

Núm. 306 Viernes 19 de diciembre de 2014 Sec. III. Pág. 103479 Información y difusión Las actuaciones recogidas en este acuerdo se llevan a cabo en el marco de las líneas de actuación previstas en el Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación, cofinanciado por el Fondo Social Europeo. En este supuesto, las publicaciones impresas o electrónicas y notificaciones hechas por cualquier medio contendrán el logo institucional del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y el símbolo de FSE así como la mención expresa: «Programa financiado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y cofinanciado por el Fondo Social Europeo». En consecuencia, y al objeto de garantizar la correcta justificación ante el FSE y de cumplir los compromisos que la recepción de fondos estructurales lleva aparejados, las Comunidades Autónomas deberán justificar todas las acciones derivadas del acuerdo en la forma y plazos previstos. Las actuaciones de comunicación, convocatoria, publicidad, resolución y notificación derivadas de la aportación del Estado a este programa cumplirán los requisitos de publicidad, según los cuales en todas las actuaciones que se deriven de los instrumentos contractuales o convencionales realizados con cualquier persona física o jurídica, pública o privada, se insertará la imagen institucional, que ha de incluir siempre el Escudo de España y la denominación del Ministerio, tal como se establece en el Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, en la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública, de 2 de abril de 2007, y en el Manual de Imagen Institucional. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, informará a las Comunidades Autónomas de los requisitos de justificación del gasto así como plazos, una vez aprobado el presente Acuerdo. ANEXO II Requisitos de justificación del gasto La Comunidad Autónoma se compromete a justificar las actuaciones al Organismo Intermedio del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, de acuerdo con la normativa nacional y comunitaria aplicable a los Fondos Estructurales, y en particular al FSE, y con las decisiones que en aplicación de la misma dicten la Comisión Europea, la Autoridad de Gestión del FSE en España y, en su caso, el propio Organismo Intermedio. La Comunidad Autónoma proporcionará al Organismo Intermedio del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, conforme al documento que establezca las condiciones de la ayuda y según establece el artículo 125.3.c del Reglamento (UE) n.º 1303/2013, toda la información necesaria para elaborar las declaraciones de gastos al FSE, así como la relativa a sus sistemas de gestión y control, a la ejecución de las actuaciones cofinanciadas y a su pista de auditoría, a los gastos elegibles en los que haya incurrido, a las actuaciones en materia de publicidad e igualdad de oportunidades y cualquier otra necesaria para elaborar los informes anuales y finales de gestión y los informes de evaluación requeridos por la normativa comunitaria aplicable a los Fondos Estructurales y, en particular, al FSE, conforme a las instrucciones que en aplicación de dicha normativa establezcan la Comisión Europea, la Autoridad de Gestión y, en su caso, el Organismo Intermedio. Para facilitar la transmisión y conservación de la información, se utilizarán los sistemas telemáticos establecidos por el Organismo Intermedio y la Autoridad de Gestión para el registro y almacenamiento informatizado de los datos correspondientes a las actuaciones cofinanciadas. La Comunidad Autónoma asume la obligación de incluir en las declaraciones que presente al Organismo Intermedio del Ministerio únicamente gastos considerados elegibles al FSE, en los que haya incurrido efectivamente, correspondientes a actuaciones realizadas y verificables, para las que dispone de soporte documental suficiente y de una pista de auditoría adecuada, conforme a los requerimientos aplicables a los Fondos Estructurales de la Unión Europea.

Núm. 306 Viernes 19 de diciembre de 2014 Sec. III. Pág. 103480 Las actuaciones y los gastos declarados por la Comunidad Autónoma al Organismo Intermedio del Ministerio quedan sometidos a las verificaciones administrativas y sobre el terreno previstos en las normas aplicables a los Fondos Estructurales de la Unión Europea como condición para incluirlos en una declaración de gastos, así como a las actuaciones de los órganos de control nacionales y comunitarios competentes en esta materia. http://www.boe.es BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X