Dirección General de Migración y Extranjería
Art.:29-73 Ley Jurisdicción Constitucional 2) Recurso de Amparo Proceso que protege los derechos y las libertades que tiene toda persona, según la Constitución Política de Costa Rica y las normas internacionales. No debe ser utilizado para defender las libertades que cubre el Hábeas Corpus. 13
A EDUCACIÓN TRABAJO SALUD MEDIO AMBIENTE VIVIENDA DIGNA IGUALDAD ANTE LA LEY Se puede presentar en contra de personas que trabajen para una institución del gobierno, que hayan irrespetado o amenacen con violar alguno de los derechos fundamentales de otra persona. Si un(a) funcionario(a) actúa de manera irrespetuosa cumpliendo órdenes de su jefe(a) o superior, la denuncia será en contra de los(as) dos. Si no se logra identificar a la persona, la denuncia irá en contra de su superior o en contra de la institución para la que trabajan. 14
{ } Puede ser presentado por cualquier persona, sea mayor o menor de edad, nacional o extranjero; sin importar sus posibilidades económicas, su religión, sus tradiciones o cultura. El recurso puede ser utilizado para defenderse personalmente o para defender los derechos de otra persona. 15
Recurso de Amparo Documentos a presentar y requisitos previos.
Recurso de Amparo Documentos a presentar y requisitos previos ESCRITO ESCRITO A MANO ESCRITO DIGITAL x NOMBRE Y FIRMA El documento puede presentarse por escrito y debe de venir firmado. No necesita de ayuda o asesoría de un abogado para presentar el recurso. Puede ser redactado en otro idioma o presentado en braille. En caso de que sea escrito en otro idioma, se debe conseguir una traducción oficial por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto o por la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial. 17
REPÚBLICA DE COSTA RICA REPÚBLICA DE COSTA RICA Recurso de Amparo Documentos a presentar y requisitos previos Tribunal Supremo de Elecciones Cédula de Identidad 0 0000 0000 Número de Cédula: Fecha de Nacimiento: 00 00 0000 Domicilio Electoral: LUGAR CANTON PROVINCIA Lugar de Nac.: DISTRITO CANTON PROVINCIA 0 0000 0000 Vencimiento: 00 00 0000 Nombre: 1º Apellido: 2º Apellido: CC.: Sexo: X NOMBRE 1ºAPELLIDO 2ºAPELLIDO REPÚBLICA DE COSTA RICA 000000 RESIDENTE PERMANENTE DIRECCION GENERAL DE MIGRACION Y EXTRANJERIA TSE LIBRE CONDICIÓN Apellidos: 1ºAPELLIDO 2ºAPELLIDO 1ºAPELLIDO Nombre: NOMBRE NOMBRE Sexo: X Nº 0000000000000 Nacionalidad: XXXXXX Nac 00/00/0000 F.Nac.: 00 00 0000 Vence 00/0000 Documento No.: 0000000000000 Emitido: 00 00 0000 DOCUMENTO DE GOBIERNO OFICIAL - MANTENGASE SIEMPRE EN SOBRE ORIGINAL Expediente No.: 000-000000 Vence: 00 00 0000 DOCUMENTO DE IDENTIDAD 0000000 Cédula de identidad C < C R I 0 0 0 0 0 0 0 MIGRATORIO 0 0 0 0 0 0 PARA < < <EXTRANJEROS <<<<<<<<< 0000000X0000000NAC<<<<<<<<<<<1 1ºAPELLIDO<<NOMBRE<<<<<<<<<< Cédula de residencia o carné de refugiado TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES PRIMER APELLIDO 1ºAPELLIDO SEGUNDO APELLIDO 0 0000 0000 Citas de Nacimiento: 2ºAPELLIDO Padre: NOMBRE 1ºAPELLIDO 2ºAPELLIDO NOMBRE Madre: NOMBRE 1ºAPELLIDO 2ºAPELLIDO NOMBRE Lugar de Nac.: DISTRITO CANTON PROVINCIA CC.: Fecha de Nacimiento: 00 00 0000 Domicilio: LUGAR DISTRITO CANTON Vencimiento: 0 0000 0000 Sexo: X 00 00 0000 COSTA RICA TARJETA DE IDENTIDAD DE MENORES DE EDAD 0000000 Tarjeta de Identificación de Menores de Edad (TIM) (de 12 años a 18 años) *En caso de no contar con la TIM deberá presentar una Constancia de Nacimiento. o 0000-0000-0000 Pasaporte u otro documento del país de origen En el documento escrito debe indicar: En qué lugar se encuentra nombre de quien Su número de Contra quién 1) Elpresenta 2) 3) 4) detenido(a) o arrestado(a) el recurso identificación presenta el recurso Las personas en condición irregular pueden presentar un número de identificación de algún documento emitido en el extranjero. Si el recurso se presenta a favor de otra persona, basta con señalar el nombre de la persona afectada e indicar dónde se encuentra o al menos por quiénes fue detenida. 18
Recurso de Amparo Documentos a presentar y requisitos previos NOTIFICACIÓN TELÉFONO FAX CORREO ELECTRÓNICO CASA OFICINA NEGOCIO Puede indicar una dirección, un número de teléfono o de fax o un correo electrónico para recibir notificaciones de cómo va el caso. La dirección física puede ser de una casa de habitación, una oficina o un negocio. Debe estar ubicada dentro de los límites que señala la Corte Suprema de Justicia. Puede solicitar un usuario y una clave en el Sistema de Gestión en Línea para poder revisar el expediente por Internet. En el caso de que no tenga ninguno de los datos anteriores, no se le impedirá presentar el recurso, pero debe presentarse constantemente a revisar el expediente y recibir notificaciones. 19
Recurso de Amparo Documentos a presentar y requisitos previos 1. 2. 3. Debe explicar, lo más detalladamente posible, cómo sucedieron los hechos. No es necesario que presente todas las pruebas que respalden su caso, puede hacerlo o no. 20
Recurso de Amparo Documentos a presentar y requisitos previos EMPRESA PÚBLICA EMPRESA PRIVADA *-*0-000-000000*-* DEPARTAMENTO NOMBRE DE LA EMPRESA PERSONERÍA JURÍDICA Para poner un recurso de amparo en contra de: a) b)personería Un(a) funcionario(a) de una empresa pública, solo se debe indicar el nombre de la empresa y el departamento en que la persona trabaja. Una persona que trabaja para una empresa privada*, se debe indicar el nombre de la empresa y su jurídica. *Se deben de cumplir algunas excepciones. 21
Recurso de Amparo Documentos a presentar y requisitos previos Puede indicar si se violó alguna norma o tratado internacional, sin embargo no es necesario ni es requisito para presentar el Recurso de Amparo. 22
Recurso de Amparo Trámites y posibles resoluciones.
Recurso de Amparo Trámites y posibles resoluciones o GESTIÓN EN LÍNEA CORREO ELECTRÓNICO 07.30 a.m. 12.00 m.d. SALA CONSTITUCIONAL SECRETARÍA CORTE 01.00 p.m. 04.30 p.m. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA RECEPCIÓN 1º PISO, CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CALLE 21, AVENIDAS 6-8 BARRIO GONZÁLEZ LAHMANN, SAN JOSÉ FAX (506) 2295 3712 o TELEGRAMA GRATUITO OTROS HORARIOS FERIADOS FINES DE SEMANA El documento con la denuncia deberá ser presentado a la Sala Constitucional. a) b) c) Puede dejarlo en la secretaría de la Sala Constitucional, cualquier día de la semana en el horario de la Corte. Puede dejarlo fuera de horario y en días feriados en la recepción, con el guarda del edificio. Puede hacerlo llegar por fax o telegrama (gratuito). d) Puede enviarlo por correo o por medio de Gestión en Línea. 24
Recurso de Amparo Trámites y posibles resoluciones ACEPTADO NOTIFICACIÓN RECHAZADO La Sala Constitucional primero determinará si el recurso puede ser aceptado o si se debe rechazar. Si la Sala lo admite, se pedirá la versión de la(s) persona(s) que está denunciando. La o las personas acusadas deben contestar bajo juramento y advertidas de que no pueden mentir. Además, la Sala creará un expediente electrónico con un número con que usted podrá consultar. 25
Para realizar consultas o trámites sobre el servicio recibido, acuda a la Contraloría de Servicios del Poder Judicial personalmente o llame a la línea gratuita 800-800-3000. También puede enviar un fax al 2295-4941 o escribir al correo electrónico: contraloriapj@poder-judicial.go.cr