25 de abril de 2000 VISTO que por las presentes actuaciones el señor Rector de la Universidad Nacional de Rosario, Cont. Ricardo SUAREZ, eleva proyecto de Ordenanza por la cual se tiende a regularizar la situación de docentes que revistan en planta de Personal Temporario Capítulo XX Secretaría de Ciencia y Tecnología, en distintas Facultades de esta Universidad; y Que la iniciativa propuesta permitirá regularizar la situación de los docentes en esas condiciones para dar cumplimiento con lo establecido en el inciso a) del artículo 11, de la Ley N 24.521; como también para aquellos casos de aumento de las dedicaciones, conforme la Ordenanza N 545. Que la misma será de aplicación, en todos los casos en que las Facultades, soliciten implementar los respectivos llamados a concurso. Que la transferencia de la partida respectiva a la Planta Permanente de la Casa de Estudios peticionante, se ordenará por el Consejo Superior mediante Resolución específica y para cada caso se autorizará el llamado a concurso; pero dicha transferencia quedará sujeta a condición suspensiva y se concretará efectivamente con el cumplimiento de la condición de proceder a designar al docente ganador del concurso. De no concretarse dicha designación la Partida no se transferirá. Que la Comisión de Asuntos Académicos dictamina al respecto. Que los señores Consejeros Superiores aprueban, por unanimidad, el proyecto relacionado, en la sesión ordinaria del día de la fecha. Por ello, EL ORDENA: ARTÍCULO 1º.- Determinar que las Facultades de la Universidad Nacional de Rosario, deberán solicitar la normalización de los cargos docentes designados en Ciencia y Tecnología, en la Partida Personal Temporario, mediante llamado a concurso de los ORDENANZA N 579 1
mismos; según lo previsto en la Ordenanzas Nos. 524 y 525 (Reglamentos de Concursos para J.T.P. y Auxiliares de 1ª Categoría, y Concursos para la Designación de Profesores, respectivamente). ARTÍCULO 2.- Disponer que las Facultades de la U.N.R. podrán solicitar aumento de dedicación de cargos docentes de planta provistos por concurso, según lo dispuesto en las Ordenanzas Nos. 524 y 525, utilizando la partida designada Ciencia y Tecnología - Cap. XX - Personal Temporario. Para dicha promoción de dedicación se deberá tener en cuenta lo previsto en el artículo 2 de la Ordenanza N 545. ARTÍCULO 3.- Establecer el siguiente procedimiento para las solicitudes en cuestión: a) Dirigir nota de solicitud a la Secretaría de Ciencia y Tecnología. b) Dirección de Administración, a través de la Dirección General de Personal, informará la situación de revista correspondiente. c) Secretaría Académica de Rectorado, analizará el tema. d) Consejo Superior, dictará resolución, por la cual aprueba el traspaso de partida presupuestaria, bajo condición suspensiva, de que el mismo se realizará efectivamente cuando se cumpla la condición de designar al docente que resulte ganador del concurso respectivo. e) Secretaría de Economía y Finanzas, intervendrá a los fines de concretar las modificaciones presupuestarias ordenadas por el Consejo Superior. ARTÍCULO 4.- Aprobar el modelo de Resolución, que en Anexo I integra la presente, mediante la cual en cada caso concreto se producirá el compromiso de transferencia de la partida pertinente de Ciencia y Tecnología, a la Planta Permanente de la Facultad que provea el cargo mediante concurso. ARTÍCULO 5.- Aprobar el modelo de Resolución, que en Anexo II integra la presente, mediante la cual en cada caso concreto se producirá el compromiso de transferencia de la partida pertinente de Ciencia y Tecnología, a la Planta Permanente de la Facultad que provea, mediante concurso de aumento de dedicación del cargo relacionado, según lo previsto en el artículo 2 de la Ordenanza N 545. ARTÍCULO 6.- Inscríbase, comuníquese y archívese. ORDENANZA N 579 sbg 2
Escuela de ; y EL 3
Anexo I. Escuela de ; y EL 4
Anexo II. Escuela de ; y EL 5
Anexo III. Escuela de ; y EL 6