Suplemento de Gabinete
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- Ernesto José Ángel Gil Calderón
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1 Instructivo Suplemento de Gabinete Res-446-MHGC-2016 Art N 1 inc a) Dirección General Desarrollo del Servicio Civil - Subsecretaria Gestión de Recursos Humanos - Ministerio Hacienda
2 Algunas consideraciones El presente instructivo tiene por objeto informar y establecer el procedimiento correspondiente para la aplicación del excedente de Unidades Retributivas del Régimen Modular de Plantas de Gabinete asignadas y no utilizadas como "Suplemento de Gabinete". El mencionado suplemento podrá asignarse únicamente a personal de: Planta Permanente; Planta Transitoria. Para cada uno de los casos mencionados, encontrará cómo deberá iniciarse el expediente electrónico y el modelo de resolución a elaborar. Normativa Resolución N 446-MHGC Ver Anexo II. Procedimiento 1. Repartición Origen 1.1. Caratulación de Expediente Electrónico La repartición que requiera asignar las unidades retributivas a un agente de planta permanente o transitoria será el responsable de caratular el expediente electrónico. Trata: GENE0108B RECURSOS HUMANOS DESIGNACIÓN PLANTA DE GABINETE 1.2. Documentación a vincular al Expediente Electrónico Informe GEDO firmado por el titular de la Unidad Funcional requiriendo el "Suplemento de Gabinete" para el agente, estableciendo la cantidad de unidades retributivas y la fecha desde la cual se le asignan las mismas. Importante: la fecha de asignación del suplemento no podrá ser anterior a la de firma de la resolución 446/MHGC/2016, es decir 10/03/2016. Proyecto de Resolución de asignación de Unidades Retributivas, conforme los modelos de Anexo I: o Asignación de UR de PG a Planta Permanente; o Asignación de UR de PG a Planta Transitoria;
3 o Renuncia a Planta de Gabinete y Asignación de Suplemento de Gabinete. Importante: la sumatoria de la remuneración bruta del agente y el Suplemento de Gabinete no podrá resultar superior a la del funcionario del cual depende. 2. Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes (DGALH - MHGC) La Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes, corroborará: Que el agente revista activamente en Planta Permanente o Transitoria en la misma unidad organizativa donde se quiere otorgar el suplemento; Que la Unidad Funcional requirente tenga la cantidad de unidades retributivas solicitadas disponibles. 3. Dirección General Técnica Administrativa y Legal de Ministerio de Origen La Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de origen deberá realizar el control de legalidad. 4. Ministro de Origen Firma de resolución correspondiente. La designación referida tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de cada año, o cuando cese en sus funciones la Autoridad Superior cuyo Gabinete integra el agente designado, o cuando ésta última disponga el cese de la designación.
4 Anexo I - Proyectos de Resolución Asignación de UR de PG a Planta Permanente VISTO: La Ley N 471, los Decretos Nros. 638/07 y 363/15, la Resolución N 446/MHGC/2016 y el Expediente Electrónico N XXXX, CONSIDERANDO: Que por Decreto N 638/07 se delegó a los señores Ministros, Secretarios y titulares de Unidades de Organización con rango o nivel equivalente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad de efectuar designaciones y disponer ceses del personal de las Plantas de Gabinete correspondientes a su jurisdicción, como así también aprobar las modificaciones correspondientes en cada caso; Que el artículo 7 del Decreto N 363/15 instituyó el nuevo Régimen Modular de Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Resolución N 446/MHGC/2016 se estableció que el excedente de Unidades Retributivas del Régimen Modular asignado y no utilizado en los términos del artículo 7 y 8 del Decreto N 363/15, podrán ser administrados como suplemento de Gabinete; Que el (Director General/Subsecretario/Secretario) de la (Dirección General/Subsecretaría/Secretaría) dependiente de la XXXXXX del Ministerio de XXXXX, solicitó un Suplemento de Gabinete, equivalente a XXXX-en letra- (XXXX en número) unidades retributivas a partir del XXX de XXXX de XXXX, para el agente Nombre y Apellido, CUIL XXXXX, Partida Presupuestaria XXXXXXX, quien reviste como Planta Permanente; Que la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes ha tomado la debida intervención a fin de verificar que la XXXXXX cuenta con las unidades retributivas necesarias para hacer frente a la mencionada asignación, sin objeciones que formular al respecto; Por ello, en virtud de las atribuciones que le son propias, EL MINISTRO DE XXXXXX RESUELVE Artículo 1.- Asígnase a partir del XXX de XXXX de XXXX Suplemento de Gabinete equivalente XXXX-en letra- (XXXX en número) unidades retributivas al agente Nombre y Apellido, CUIL XXXXX, Partida Presupuestaria XXXXXXX, dependiente de la (Dirección General/Subsecretaría/Secretaría) de la XXXXX del Ministerio de XXXX.
5 Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, y a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, y pase a la (Dirección General/Subsecretaría/Secretaría) (Repartición de donde depende el agente beneficiario), quien deberá notificar al interesado.
6 Asignación de UR de PG a Planta Transitoria VISTO: La Ley N 471, los Decretos Nros. 638/07 y 363/15, las Resoluciones Nros. 446/MHGC/2016, XXXXX (por la que se estableció la PT) y el Expediente Electrónico N XXXX, CONSIDERANDO: Que por Decreto N 638/07 se delegó a los señores Ministros, Secretarios y titulares de Unidades de Organización con rango o nivel equivalente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad de efectuar designaciones y disponer ceses del personal de las Plantas de Gabinete correspondientes a su jurisdicción, como así también aprobar las modificaciones correspondientes en cada caso; Que el artículo 7 del Decreto N 363/15 instituyó el nuevo Régimen Modular de Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Resolución N 446/MHGC/2016 se estableció que el excedente de Unidades Retributivas del Régimen Modular asignado y no utilizado en los términos del artículo 7 y 8 del Decreto N 363/15, podrán ser administrados como Suplemento de Gabinete; Que el XXXXX(Director General/Subsecretario/Secretario) de la XXXXX (Dirección General/Subsecretaría/Secretaría) XXXXXX dependiente de la XXXXXX del Ministerio de XXXXX, solicitó un Suplemento de Gabinete, equivalente a XXXX-en letra- (XXXX en número) unidades retributivas a partir del XXX de XXXX de XXXX, para el agente Nombre y Apellido, CUIL XXXXX, quien reviste como Planta Transitoria de esa (Dirección General/ Subsecretaría / Secretaría) de acuerdo a lo establecido por la Resolución N XXXX (reso de pase a PT); Que la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes ha tomado la debida intervención a fin de verificar que la (Dirección General/ Subsecretaría / Secretaría) cuenta con las unidades retributivas necesarias para hacer frente a la mencionada asignación, sin objeciones que formular al respecto; Por ello, en virtud de las atribuciones que le son propias, EL MINISTRO DE XXXXXX RESUELVE Artículo 1.- Asígnase a partir del XXX de XXXX de XXXX Suplemento de Gabinete equivalente XXXX-en letra- (XXXX en número) unidades retributivas a (Nombre y Apellido), (CUIL XXXX), dependiente de la (Dirección General/Subsecretaría/Secretaría) de la XXXXX del Ministerio de XXXX.
7 Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, y a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, y pase a la (Dirección General/Subsecretaría/Secretaría) (Repartición de donde depende el agente beneficiario), quien deberá notificar al interesado.
8 Renuncia a Planta de Gabinete y Asignación de Suplemento de Gabinete VISTO: Los Decretos Nros. 638/07, 363/15 y sus modificatorios y la Resolución N 446/MHGC/16 y el E.E. Nº XXXXXXXXXXXXXXX, CONSIDERANDO: Que por Decreto N 638/07 se delegó a los señores Ministros, Secretarios y titulares de Unidades de Organización con rango o nivel equivalente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad de efectuar designaciones y disponer ceses del personal de las Plantas de Gabinete correspondientes a su jurisdicción, como así también aprobar las modificaciones correspondientes en cada caso; Que mediante Decreto Nº 363/2015 y sus modificatorios, se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que entre otras medidas, el artículo 7 del citado Decreto instituye a partir del 10 de diciembre de 2015, el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores de este Gobierno; Que posteriormente por Resolución N 446/MHGC/16, se estableció que el excedente de Unidades Retributivas del Régimen Modular asignado y no utilizado en los términos del Artículo 7 y 8 del Decreto antes mencionado, podrán ser administrados como Suplemento de Gabinete; Que según surge de los presentes actuados, el señor XXXXXXXXXX, CUIL XXXXXXX, presentó a partir del XX/XX/XXXX, su renuncia como Personal de la Planta de Gabinete de la (Dirección General/Subsecretaría/Secretaría), del Ministerio de XXXXXXXXXXX, cuya designación fuera dispuesta por Resolución N XXXXXXXX; Que a propio tiempo el citado Organismo solicita asignar el Suplemento de Gabinete, equivalente a XXXX-en letra- (XXXX en número) unidades retributivas a partir del XXX de XXXX de XXXX para el agente Nombre y Apellido, CUIL XXXXX, quien reviste como Planta Transitoria/Planta Permanente de esa (Dirección General/Subsecretaría/Secretaría); Que a tal fin, resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido. Por ello, en virtud de las atribuciones que le son propias, EL MINISTRO DE XXXXXXXX RESUELVE Artículo 1.- Aceptase a partir del XX de XXXXXX de XXXX, la renuncia presentada por (Nombre y Apellido), (CUIL XXXX), como Personal de la Planta de Gabinete dependiente de la (Dirección General/Subsecretaría/Secretaría) de la XXXXX del Ministerio de XXXX, cuya designación fuera dispuesta por Resolución N XXXXX, reintegrándose a la partida
9 XXXX.XXXX.XX.XX, de la citada (Dirección General/Subsecretaría/Secretaría), que retenía sin percepción de haberes. Artículo 2.- Asígnase a partir del XXX de XXXX de XXXX Suplemento de Gabinete equivalente XXXX-en letra- (XXXX en número) unidades retributivas a (Nombre y Apellido), (CUIL XXXX), dependiente de la (Dirección General/Subsecretaría/Secretaría) de la XXXXX del Ministerio de XXXX. Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, y a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, y pase a la (Dirección General/Subsecretaría/Secretaría) (Repartición de donde depende el agente beneficiario), quien deberá notificar al interesado.
10 Anexo Normativo
11 G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S 2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina Resolución Número: Buenos Aires, Referencia: Expediente Electrónico N SSGRH VISTO Las Leyes N 471, Texto Consolidado por Ley N y N y su modificatoria, el Decreto N 363/15 y modificatorios, y el Expediente Electrónico N SSGRH-2016, y CONSIDERANDO: Que la Ley N y su modificatoria establece que corresponde al Ministro de Hacienda "Diseñar, implementar y supervisar la aplicación de la política salarial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", "Diseñar e implementar las políticas de gestión y administración de los recursos humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" y "Diseñar e implementar la carrera administrativa, así como el régimen gerencial, o cualquier régimen especial establecido en la Ley N 471, de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ; Que por el Decreto Nº 638/07 se delegó en los señores Ministros, Secretarios y titulares de unidades de organización con rango o nivel equivalente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad de efectuar designaciones y disponer cese del personal de las Plantas de Gabinete correspondiente a su jurisdicción y/o entidad; Que por los artículos 7 y 8 del Decreto N 363/15 se instituyó a partir del 10 de diciembre de 2015 el Régimen Modular de Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que se integra con las unidades retributivas allí indicadas; Que ante la experiencia de gestión, resulta conveniente establecer disposiciones con respecto a la aplicación del excedente de Unidades Retributivas del Régimen Modular de Plantas de Gabinete asignadas y no utilizadas. Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias, EL MINISTRO DE HACIENDA RESUELVE Artículo 1.- Establécese que el excedente de Unidades Retributivas del Régimen Modular asignadas y no utilizadas en los términos de los artículos 7º y 8º del Decreto Nº 363/15, podrá ser administrado de acuerdo a las siguientes pautas: a) Suplemento de Gabinete: el personal perteneciente a la planta permanente de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el personal de planta transitoria de
12 acuerdo al primer párrafo del artículo 44 de la Ley N 471 (texto consolidado por Ley N 5454), que fuere designado para prestar servicios en los términos del segundo párrafo del artículo 44 de la Ley N 471 (texto consolidado por Ley N 5454), podrá percibir adicionalmente un Suplemento de Gabinete, que será equivalente a las Unidades Retributivas que se le asignen, no pudiendo su remuneración bruta mensual por todo concepto resultar superior a la del funcionario del cual depende, y mantendrá su situación de revista y categoría escalafonaria si correspondiere. La designación referida tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de cada año, o cuando cese en sus funciones la Autoridad Superior cuyo Gabinete integra el agente designado, o cuando ésta última disponga el cese de la designación, lo que ocurra primero. b) Bonificación Extraordinaria: consistirá en un incentivo destinado a premiar la productividad y recompensar iniciativas o méritos relevantes que redunden en una mayor eficacia en el desempeño de las tareas asignadas al personal de planta permanente, transitoria y de régimen gerencial. La cantidad de unidades retributivas a distribuir en concepto de "Bonificación Extraordinaria" estará conformada por la sumatoria del excedente mensual de hasta un veinte por ciento (20%) de las Unidades Retributivas asignadas y no utilizadas por la Autoridad Superior en el marco del Régimen Modular de Plantas de Gabinete vigente. Artículo 2.- A los fines de la Bonificación Extraordinaria, el excedente de unidades retributivas será calculado por la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos al 31 de diciembre de cada año dentro de los treinta (30) días de finalizado cada ejercicio, y no tendrá carácter acumulativo para el siguiente año. Vencido este plazo, la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos comunicará a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de cada Jurisdicción y/o Entidad la cantidad de unidades retributivas correspondientes por funcionario, estando en cabeza de los Ministros, Secretarios y/o titulares con rango equivalente emitir el acto administrativo para la aplicación de la bonificación, en un plazo no mayor a sesenta (60) días corridos desde la aludida comunicación, vencido el cual operará la caducidad del excedente de las unidades retributivas. Artículo 3.- El Suplemento de Gabinete y la Bonificación Extraordinaria no podrán ser considerados como base de cálculo de otros suplementos o adicionales, con excepción del Sueldo Anual Complementario. Artículo 4.- A los efectos de determinar el Suplemento de Gabinete y la Bonificación Extraordinaria, no serán aplicables el Suplemento no Remunerativo establecido por el artículo 3 del Decreto N 715/10, así como tampoco la suma fija mensual establecida por el artículo 3 del Decreto Nº 551/11. Artículo 5.- La Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda establecerá el procedimiento administrativo a los fines de la implementación de lo establecido en la presente resolución. Articulo 6.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y parasu conocimiento y demás efectos comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y reparticiones con rango o responsabilidades equivalentes, y remítase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.
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