REGLAMENTOS INSTITUCIONALES REGLAMENTACIÓN DE ALUMNOS Reglamento de Becas
ÍNDICE DEL REGLAMENTO DE BECAS CAPÍTULO I Generalidades...3 CAPÍTULO II De los tipos de beca...4 CAPÍTULO III De la renovación y conservación de la beca...7 CAPÍTULO IV De las obligaciones del becario...8
ÍNDICE REGLAMENTACIÓN DE ALUMNOS 3 UNIVERSIDAD DEL NORESTE, A.C. REGLAMENTO DE BECAS Con fundamento en los artículos 1º y 6º fracción I del Capítulo I, Título Primero del Estatuto Orgánico; para regular lo establecido en el artículo 104º fracción III del Capítulo III, Título Tercero del mismo ordenamiento. CAPÍTULO I Generalidades ARTÍCULO 1.º El presente Reglamento establece las bases que regulan el otorgamiento, vigencia, cuantía, suspensión y cancelación de becas para la realización de estudios de nivel medio superior y superior, que ofrece la Universidad del Noreste. ARTÍCULO 2.º La Universidad define como beca el monto económico otorgado de acuerdo a sus posibilidades presupuestales, a los miembros de su comunidad estudiantil seleccionados por su desempeño académico, deportivo o artístico y condiciones socioeconómicas. ARTÍCULO 3.º Se denomina becario al alumno que goza de algún tipo de beca establecida en este reglamento. ARTÍCULO 4.º Se denomina servicio becario a la actividad que presta el becario a la Universidad en reciprocidad al beneficio obtenido por la beca, y es de carácter obligatorio. ARTÍCULO 5.º Se entiende por renovación de beca al proceso en donde el alumno, a través de un sistema y en el periodo de tiempo establecido, debe realizar el trámite para que se le asigne nuevamente la beca en el siguiente ciclo escolar. ARTÍCULO 6.º Se define como conservación de beca al acto por el cual la universidad reconoce que el alumno mantiene el beneficio de la beca, pudiéndolo reactivar cuando se den las circunstancias que este mismo reglamento establece. ARTÍCULO 7.º La beca es un beneficio personal e intransferible que se otorga por un ciclo escolar, al estudiante que cumpla los requisitos que este reglamento establece. ARTÍCULO 8.º La beca aplica para todos los niveles académicos, a excepción de las licenciaturas de la modalidad ejecutiva. ARTÍCULO 9.º La beca para los programas de Posgrado se regula de acuerdo a lo establecido en su propio reglamento. ARTÍCULO 10.º El alumno que sea candidato a beca debe realizar el proceso de solicitud establecido por la Universidad, cumpliendo con las fechas establecidas en el calendario escolar. ARTÍCULO 11.º Para alumnos de reingreso, tratándose de solicitud por primera vez o renovación, se considera el promedio obtenido en el ciclo escolar inmediato anterior, incluyendo las calificaciones de las materias extracurriculares de inglés. ARTÍCULO 12.º Al solicitar la beca, el estudiante acepta someterse a un estudio socioeconómico, y pagar el importe del mismo. El pago del estudio socioeconómico, no garantiza el otorgamiento de la beca. Este artículo no aplica para los siguientes tipos de beca: I. Beca Egresado Prepa UNE;
ÍNDICE REGLAMENTACIÓN DE ALUMNOS 4 I Beca hijos de Egresados UNE; Beca SET. ARTÍCULO 13.º Para obtener o renovar la beca es requisito indispensable que el alumno sea regular, a excepción de lo que establece el Reglamento de Intercambio Académico. ARTÍCULO 14.º Cuando convergen varios tipos de becas en un mismo ciclo escolar, el alumno sólo tiene derecho a uno. ARTÍCULO 15.º Toda beca aplica sobre el precio establecido en el Plan de Crédito. ARTÍCULO 16.º El porcentaje de beca aplica únicamente sobre el importe de las mensualidades, por lo que el becario debe pagar el monto de la inscripción establecido en el plan de pagos. ARTÍCULO 17.º Para los alumnos de la Licenciatura de Médico Cirujano, no se otorga beca en el Internado Rotatorio de Pregrado ni en el Servicio Social. ARTÍCULO 18.º Cuando un alumno pierde o renuncia a su beca y reúne los requisitos para solicitar otra, debe cursar un ciclo escolar sin este beneficio antes de realizar una nueva solicitud. CAPÍTULO II De los tipos de beca ARTÍCULO 19.º En la Universidad existen los siguientes tipos de beca: I. Beca Egresado Prepa UNE; I IV. Beca hijos de Egresados UNE; Beca Convenio; Beca por Promedio; V. Beca de Excelencia; VI. V Beca Deportiva y Artística; Beca SET. ARTÍCULO 20.º La Beca Egresado Prepa UNE se otorga a todos los egresados de la Preparatoria que continúen sus estudios de licenciatura en la Universidad del Noreste. El porcentaje de beca se relaciona con el promedio general que el egresado obtuvo en el bachillerato, según la siguiente tabla: PROMEDIO DE BACHILLERATO % DE BECA 100 90 95-99.99 60 90-94.99 50 80-89.99 40 70-79.99 30
ÍNDICE REGLAMENTACIÓN DE ALUMNOS 5 ARTÍCULO 21.º La Beca Hijos de Egresados UNE se otorga a los hijos de quienes hayan concluido la preparatoria, licenciatura y/o postgrado en la Universidad. El porcentaje de beca es 20%. ARTÍCULO 22.º La Beca Convenio se otorga a: I. Alumnos egresados de instituciones educativas que tienen convenio con la Universidad; I Empleados o hijos de empleados de empresas que tienen convenio con la Universidad; Empleados o hijos de empleados de empresas que pertenecen a asociaciones u organismos públicos o privados que tienen convenio con la Universidad. ARTÍCULO 23.º La Beca Convenio con Instituciones Educativas se apega a los siguientes criterios: I. Para Egresados de Escuelas Secundarias se otorga el 50% a quienes hayan obtenido un promedio general de egreso de 9 ó mayor. Para obtener este beneficio, el egresado debe inscribirse en preparatoria en el ciclo inmediato posterior a la terminación de su secundaria; Para Egresados de Escuelas Preparatorias y planteles dependientes de la DGETI se otorgan becas de acuerdo al promedio general obtenido, según la siguiente tabla: PROMEDIO DE BACHILLERATO % DE BECA 100 80 95-99.99 40 90-94.99 30 85-89.99 20 Para obtener este beneficio, el egresado debe inscribirse en la licenciatura en el ciclo inmediato posterior a la terminación de su bachillerato. De no ser así, se otorga el 20%. ARTÍCULO 24.º La Beca Convenio con Empresas u Organismos y Asociaciones Públicas y Privadas es de hasta un 20% en los planes de estudios cuatrimestrales y hasta un 40% en los planes de estudio semestrales. Este beneficio aplica en función del promedio general obtenido en el bachillerato y el resultado del estudio socioeconómico. ARTÍCULO 25.º La Beca por Promedio se otorga previa solicitud, a partir del segundo ciclo escolar de acuerdo a lo siguiente: I. Obtener un promedio mínimo de 90, o su equivalente, en el ciclo inmediato anterior; para la carrera de Médico Cirujano, es 85; I Aprobar todas sus materias en periodo ordinario; Demostrar la necesidad de la beca a través de un estudio socioeconómico. El porcentaje que se otorga en un programa semestral es desde un 20% hasta un 50%, y en los programas cuatrimestrales es desde un 20% hasta un 40%, de acuerdo al diagnóstico y resultado del estudio socioeconómico.
ÍNDICE REGLAMENTACIÓN DE ALUMNOS 6 ARTÍCULO 26.º La Beca de Excelencia Sr. Don Rodolfo Sandoval Álvarez es del 100% para cursar la carrera de Médico Cirujano. Se otorga anualmente al aspirante de nuevo ingreso a primer semestre que cumpla los siguientes requisitos: I. Presentar la solicitud; I IV. Obtener un promedio de 95 ó superior, o su equivalente, según la escala de calificaciones que se utilice en la escuela preparatoria de procedencia; Demostrar la falta de recursos económicos para pagar sus estudios profesionales; Obtener 90 o más puntos en el nivel de rendimiento en el examen psicométrico (plataforma PYXOOM); V. Obtener una calificación mínima de 95 en el examen de conocimientos; VI. Pagar el importe del estudio socioeconómico. Para conservar la beca, el alumno debe obtener un promedio mínimo de 95 en cada semestre. Cuando existan dos o más aspirantes con las mismas posibilidades de beneficiarse con este tipo de beca, el Comité de Becas previo análisis y valoración de las condiciones de cada uno de ellos, decide quién tiene derecho a ella. El alumno beneficiado con esta beca deberá cubrir el importe del seguro de accidentes escolares. ARTÍCULO 27.º La Beca Deportiva se otorga a aquellos alumnos que se hayan distinguido en el deporte representando a la Universidad y a quienes ingresen a la institución y demuestren haber sobresalido en alguna disciplina deportiva que se practique en la Universidad del Noreste (fútbol, básquetbol, vóleibol y animación). La beca consiste en un 50% para planes semestrales y un 40% para planes cuatrimestrales, y para solicitarla se requiere un promedio mínimo de 80. La Beca Artística se otorga a aquellos alumnos de nuevo ingreso a Licenciatura que demuestren haber sobresalido en actividades artísticas (canto, teatro y baile). La beca consiste en un 50% para planes semestrales y un 40% para planes cuatrimestrales, y para solicitarla se requiere un promedio mínimo de 80. ARTÍCULO 28.º La Beca SET se otorga a través de la Secretaría de Educación de Tamaulipas, en los porcentajes que la propia Secretaría establezca, a aquellos alumnos que obtengan un promedio mínimo de 95, a excepción de la carrera de Médico Cirujano cuyo promedio mínimo será de 85, y que directamente realicen el trámite ante esa Dependencia. El alumno que obtenga beca del 100%, debe de cubrir a la Universidad la cuota correspondiente al Seguro por Accidentes Escolares.
ÍNDICE REGLAMENTACIÓN DE ALUMNOS 7 CAPÍTULO III De la renovación y conservación de la beca ARTÍCULO 29.º Para renovar la beca, además de cumplir con los requisitos académicos correspondientes, el alumno debe estar al corriente en el pago de su colegiatura, haber aprobado sus materias y cumplir con sus obligaciones. De acuerdo al tipo de beca, para la renovación se aplica lo siguiente: Beca Egresado Prepa UNE.- Para la renovación de beca, el promedio final del ciclo inmediato anterior determina el porcentaje para el siguiente ciclo de acuerdo a las tablas mencionadas en el artículo 20. Beca Convenio con Instituciones Educativas para Egresados de escuelas secundarias.- Para renovar el porcentaje de beca mencionado en el artículo 23 fracción I, el becario debe mantener el promedio de 9.0 En caso de disminución, se modifica el porcentaje de la siguiente forma: Promedio de 85-89.99... Se modifica al 40% Promedio de 70-84.99... Se modifica al 30% Beca Convenio con Instituciones Educativas para Egresados de Escuelas Preparatorias y planteles dependientes de la DGETI.- Para renovar el porcentaje de beca en cada ciclo escolar, el becario se apega a los promedios mencionados en la tabla del artículo 23. En caso de obtener un promedio menor a 85, se ajusta a un 15%. Beca por Promedio.- Para renovarla, el becario debe aprobar todas sus materias en periodo ordinario, y obtener promedio mínimo de 90 (o su equivalente) y de 85 para la carrera de Médico Cirujano. Beca Deportiva y Artística.- Para renovarla, el becario debe obtener el promedio mínimo de 80 (o su equivalente) y demostrar su asistencia y participación en las actividades deportivas y artísticas institucionales. Beca SET.- Para renovarla, el becario debe obtener promedio mínimo de 90 (o su equivalente) y de 80 para la carrera de Médico Cirujano. Para efectos de vigencia o renovación de la beca otorgada por la SET, se aplica lo dispuesto en el presente reglamento sobre la conservación de becas. ARTÍCULO 30.º Cuando un alumno se cambie de carrera conserva su tipo y porcentaje de beca. ARTÍCULO 31.º Cuando un alumno se da de baja temporalmente por causa justificada a juicio de la Institución, conserva su tipo y porcentaje de beca por un periodo máximo de un año.
ÍNDICE REGLAMENTACIÓN DE ALUMNOS 8 CAPÍTULO IV De las obligaciones del becario ARTÍCULO 32.º Dependiendo del tipo y porcentaje de beca otorgado, el becario, además de los requisitos para la vigencia, renovación y conservación de la beca, contrae las siguientes obligaciones: I. Prestar servicio becario de acuerdo a la siguiente tabla: PORCENTAJE HORAS DE SERVICIO 40% a 49% 72 horas en el semestre/cuatrimestre 50% a 79% 96 horas en el semestre/cuatrimestre 80% a 100% 120 horas en el semestre/cuatrimestre Vender boletos del Sorteo Pro Bk s de acuerdo a la siguiente tabla: PORCENTAJE BOLETOS 10% a 35% 10 boletos 36% hasta el 50% 15 boletos Mayor al 50% 20 boletos I IV. Apoyar en eventos propios de su área académica. Participar en actividades institucionales de promoción y captación de alumnos de nuevo ingreso. V. Apoyar en actividades de servicio comunitario. VI. Apoyar en cualquier otra actividad especial en la que se requiera su participación. ARTÍCULO 33.º Las actividades de servicio becario son establecidas según corresponda, por el Director de Preparatoria o el Director de Carrera en común acuerdo con la Coordinación de Ingresos y Apoyos Financieros, quienes deben considerar el horario de clases y período de exámenes y le son dadas a conocer por escrito al alumno becario. Estas actividades deben realizarse preferentemente dentro del período escolar de que se trate. ARTÍCULO 34.º El incumplimiento del servicio becario es motivo de cancelación de beca, por lo que cualquier causa justificada de inasistencia debe ser dada a conocer inmediata y oportunamente a la Coordinación de Ingresos y Apoyos Financieros. ARTÍCULO 35.º El becario debe enviar el reporte de servicio becario mencionando las actividades realizadas durante el ciclo escolar, con el visto bueno de la persona responsable del área donde realizó su servicio becario y del Director de Carrera, así como la solicitud de renovación de beca, a través del sistema. ARTÍCULO 36.º Las situaciones no previstas en el presente reglamento son resueltas por la Dirección de Finanzas.
ÍNDICE REGLAMENTACIÓN DE ALUMNOS 9 Artículos Transitorios Primero: Este reglamento abroga el Reglamento de Becas anterior Segundo: El presente reglamento entrará en vigor el 1 de enero de 2017.
Campus: Prolongación Avenida Hidalgo Nº 6315 Col. Nuevo Aeropuerto, Código Postal 89377, Tampico, Tamaulipas, México. Teléfonos/Fax: 01 833 228-11-56, 228-11-38, 228-11-82, 228-11-17 Lada Nacional sin costo: 01 800 719-30-54 Autorización del Gobierno del Estado, Decreto 259, Diciembre 14, 1977.
SOLICITUD DE BECA NUEVO INGRESO UNIVERSIDAD DEL NORESTE, A.C (Autorización Gobierno del Estado Decreto 359 de Diciembre 14 de 1997) TIPO DE BECA Convenio Promedio Egresado Prepa UNE Hijo de Egresado Deportiva / Artística Otra PROGRAMA Preparatoria Licenciatura Clave de alumno: Folio No. Fecha de Autorización: Porcentaje Autorizado: Firma de Autorización: Vo. Bo. Coord. Deportes / CVI: Ingresos y Apoyos Financieros: SOLICITUD DE BECA QUE NO INCLUYA LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS, NO SERA TRAMITADA Todos los becarios estan obligados a leer, entender y cumplir con el reglamento de becas vigente de la Universidad del Noreste que puede consultar en http://www.une.edu.mx/resources/reglamentos/alumnos/reglamentobecas.pdf FECHA LIMITE PARA ENTREGA DE SOLICITUD DE BECA Beca Deportiva / Artística: Fecha: 30 de Noviembre Beca Convenio / Promedio Fechas: 23 de Diciembre DATOS DEL SOLICITANTE Nombre: Apellido Paterno Apellido Materno Nombre (s) Domicilio: Calle No. Colonia CP Teléfono Ciudad Estado País Celular Fecha de Nacimiento : Día Mes Año Edad : Sexo: ( ) F ( ) M Lugar de Nacimiento: Ciudad Estado País Estado Civil: DATOS ESCOLARES Escuela de Procedencia: Promedio de Egreso: Disciplina deportiva / artística que practica: Tiempo de practicarla:
DATOS FAMILIARES Nombre del Padre o Tutor: Apellido Paterno Apellido Materno Nombre (s) Domicilio: Calle No. Colonia Estado Teléfono Empresa dónde labora: Puesto que desempeña: Teléfono: Tel. Celular: DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA A LA SOLICITUD: Beca Convenio Beca Deportiva / Artística Beca Promedio - Copia del certificado de secundaria o bachillerato según sea el caso o constancia de calificaciones con promedio mínimo de 9.0 para Preparatoria y 8.5 para Licenciatura o su equivalente. - Copia de certificado de secundaria o bachillerato, según sea el caso, o constancia de calificaciones con promedio mínimo de 8.0. - Currículo deportivo/artística (Documentación histórica que avale su participación deportiva/ artística como: carta de recomendación de la escuela de procedencia, diplomas, fotografías, recortes de periódico, etc.) - Copia de certificado de secundaria o bachillerato, según sea el caso, o constancia de calificaciones con promedio mínimo de 9.0. - Realizarse el pago de un estudio socioeconómico. Egresado Prepa UNE Hijo de Egresado - Copia del certificado de bachillerato o constancia de calificaciones. - Copia de Título o Cedula Profesional del egresado. Fecha, nombre y firma del padre o tutor Fecha, nombre y firma del solicitante Aviso de Privacidad. Los datos personales solicitados, son tratador por la Universidad del Noreste AC con domicilio en Prol. Ave. Hidalgo No. 6315 Col. Nuevo Aeropuerto, Tampico Tam. para brindarle el servicio que nos solicita, conocer sus necesidades, informar sobre eventos académicos y en su caso tratarlos para los fines análogos descritos en el Aviso de Privacidad en http://www.une.edu.mx/privacidad.