1. NUEVA LEY CONCURSAL. MODIFICACIONES LABORALES

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Transcripción:

1. NUEVA LEY CONCURSAL. MODIFICACIONES LABORALES La nueva Ley Concursal, Ley 22/2003, de 9 de Julio (BOE 10/7/2003), que entrará en vigor el día 1 de Septiembre de 2004, supone un cambio radical en el Procedimiento Concursal, que además de afectar al ámbito mercantil también afecta al proceso laboral, ya que en caso de concurso del empresario serán los jueces del concurso los que conocerán de los asuntos planteados contra aquél, lo que hace preciso modificar algunos artículos de leyes sociales. En este sentido, resumimos a continuación algunas disposiciones de la citada Ley que introducen cambios en las leyes sociales: Modificaciones del Estatuto de los Trabajadores Se modifica el Art. 32 del ET relativo a las garantías del salario. Disposición final decimocuarta. En principio, se mantienen las garantías salariales que existieron hasta la actualidad en cuanto preferencias de los créditos salariales, pero siempre que no se halle el empresario declarado en concurso, pues en tal caso serán de aplicación las disposiciones de la Ley Concursal relativas a la clasificación de los créditos y a las ejecuciones y apremios. En el Titulo I capitulo III, se introduce una sección 5ª con el Título de Procedimiento concursal", que señala que se aplicarán las especialidades previstas en la Ley Concursal en el caso de concurso a los supuestos de modificación, suspensión y extinción colectivas de los contratos de trabajo y sucesión de empresa. Reforma de la Ley de procedimiento laboral Se modifican los siguientes artículos de la LPL : Art. 2 a): añadiendo que los órganos jurisdiccionales de orden social conocerán los asuntos entre empresarios y trabajadores como consecuencia del contrato de trabajo, salvo lo dispuesto en la Ley Concursal. Art. 3.1 d): no conocerán los órganos jurisdiccionales de orden social de las pretensiones cuyo conocimiento y decisión esté reservado por la Ley Concursal a la jurisdicción exclusiva y excluyente del juez del concurso. Art. 4.1 y Art. 6: se añade la exclusión de la competencia de los órganos jurisdiccionales de orden social respecto a lo dispuesto en la Ley Concursal. Art. 188.1 respecto a las Salas de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia que conocerán no solo de los recursos de suplicación que se interpongan contra las resoluciones dictadas por los juzgados de lo social de su circunscripción, sino también contra los autos y sentencias que puedan dictar los jueces de lo mercantil que se encuentren en su circunscripción y que afecten al derecho laboral. Art. 189 : por lo anterior, son recurribles en suplicación los autos y sentencias que se dicten por los juzgados de lo mercantil en el proceso concursal y que resuelvan cuestiones que afecten al derecho laboral. Planificación Jurídica Centro de Documentación Página 1

Art. 235.5: relativo a la ejecución de Sentencias, se añade que en caso de concurso se estará a lo establecido en la Ley Concursal. Art. 246.3: relativo a la ejecución dineraria, ya que ahora, en caso de concurso, las acciones de ejecución que pueden ejercitar los trabajadores para el cobro de los salarios que les puedan ser adeudados quedan sometidos a lo establecido en la Ley Concursal. Art. 274.5: relativo a la insolvencia empresarial, en el que se señala que la declaración de insolvencia del ejecutado se publicará en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. Disposición Adicional 8ª: se añade que las disposiciones de la LPL no resultarán de aplicación a las cuestiones litigiosas sociales que se planteen en caso de concurso y cuya resolución corresponda al Juez del concurso conforme a la Ley Concursal, con las excepciones establecidas en la citada ley. Reforma de la Ley General de la Seguridad Social Se modifican los artículos: Art. 22: relativo a prelación de créditos, en el que se añade que en caso de concurso, los créditos por cuotas de la SS y conceptos de recaudación conjunta y, los recargos e intereses y demás créditos de la SS, estarán sometidos a la Ley Concursal. Además, sin perjuicio del orden de prelación establecido por la Ley, cuando el procedimiento de apremio administrativo concurra con otros procedimientos de ejecución singular, de naturaleza administrativa o judicial, será preferente aquel en el que primero se hubiera efectuado el embargo. Art. 24: relativo a transacciones sobre derechos de la Seguridad Social, donde se modifica, ya que, en caso de que el deudor de la SS incurriese en concurso de acreedores, la TGSS podrá suscribir o adherirse a los convenios o acuerdos previstos en la Ley Concursal, sometiendo su crédito a condiciones que no podrán ser más favorables para el deudor que las convenidas con el resto de los acreedores. Art. 208.1.1 a): también se encuentra en situación legal de desempleo el trabajador que extinga su relación laboral en virtud de resolución judicial adoptada en un procedimiento concursal. Art. 208.1.2: también se encuentra en situación legal de desempleo el trabajador que suspenda su relación laboral en virtud de resolución judicial adoptada en un procedimiento concursal. 2. NORMATIVA APROBADA DE INTERÉS Modificación de directivas sobre reconocimiento profesional. Real Decreto 1171/2003, de 12 de septiembre, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2001/19/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de mayo de 2001, por la que se modifican directivas sobre reconocimiento profesional, y se modifican los correspondientes reales decretos de transposición. (BOE 19-9-2003) Acuerdo para el Fomento de la formación, el empleo, las cualificaciones profesionales y la prevención de riesgos laborales en el Sector de Alimentación y Bebidas. Resolución de 3 de septiembre de 2003, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del Acuerdo para el Fomento de la formación, el empleo, Planificación Jurídica Centro de Documentación Página 2

las cualificaciones profesionales y la prevención de riesgos laborales en el Sector de Alimentación y Bebidas. (BOE 18-9-2003) Revisión salarial del II Convenio Colectivo Estatal para las Escuelas de Turismo. Resolución de 3 de septiembre de 2003, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del Acta de 23 de julio de 2003 donde se recogen los acuerdos de revisión salarial del II Convenio Colectivo Estatal para las Escuelas de Turismo. (BOE 18-9-2003) Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. (BOE 17-9-2003) Acuerdo entre el Reino de España y la República de Chile sobre el libre ejercicio de actividades remuneradas para familiares dependientes del personal diplomático. Acuerdo entre el Reino de España y la República de Chile sobre el libre ejercicio de actividades remuneradas para familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares, hecho en Madrid el 9 de mayo de 2001. (BOE 17-9-2003) Régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales. Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales. (BOE 15-9-2003) Planificación Jurídica Centro de Documentación Página 3

Resumen Actualidad Normativa de la Comunidad Autónoma de Cataluña Actualidad Normativa Mercantil, Civil y Administrativo 1. NORMATIVA APROBADA DE INTERÉS Ayudas a empresas para la realización de proyectos de I+D. Resolución TIC/2784/2003, de 1 de septiembre, de modificación de la Resolución TIC/287/2003, de 3 de febrero, por la que se abre la convocatoria y se aprueban las bases para el otorgamiento de ayudas a empresas para la realización de proyectos de I+D (código de ayuda 122). (DOGC 19-9-2003) Corrección de errata Ley 14/2002, de 27 de junio. Corrección de errata en la Ley 14/2002, de 27 de junio, de las cámaras oficiales de comercio, industria y navegación de Cataluña y del Consejo General de las Cámaras (DOGC núm. 3671, pág. 12185, de 5.7.2002). Adaptación al uso de sistemas telemáticos del procedimiento de otorgamiento de la cédula de habitabilidad. Orden PTO/377/2003, de 9 de septiembre, sobre la adaptación al uso de sistemas telemáticos del procedimiento de otorgamiento de la cédula de habitabilidad. Subvenciones a ayuntamientos de montaña. Orden PTO/378/2003, de 5 de septiembre, de modificación de la Orden PTO/340/2003, de 23 de julio, por la que se aprueban las bases y se abre convocatoria para la concesión de subvenciones a ayuntamientos de montaña para la financiación de las operaciones necesarias para la limpieza y mantenimiento de las carreteras y vías de comunicación municipales afectadas por las nevadas. Ayudas de urgencia social para paliar los daños ocasionados con motivo de los incendios y tempestades del mes de agosto del 2003. Orden BEF/375/2003, de 5 de septiembre, de convocatoria pública para la concesión de ayudas de urgencia social para paliar los daños ocasionados con motivo de los incendios y tempestades del mes de agosto del 2003. (DOGC 15-9-2003) Planificación Jurídica Centro de Documentación Página 4

Actualidad Normativa Laboral 1. NORMATIVA APROBADA DE INTERÉS Convenio colectivo de trabajo del sector de industrias de panadería de las comarcas de Lleida. Resolución TIC/3791/2003, de 28 de agosto, por la que se dispone la inscripción y la publicación del Convenio colectivo de trabajo del sector de industrias de panadería de las comarcas de Lleida, desde el 1.1.2003 al 31.12.2004 (código de convenio núm. 2500225). (DOGC 18-9-2003) Acuerdo de revisión salarial para el 1.6.2003 al 31.5.2004 del Convenio colectivo de trabajo del sector de Recolección, almacenamiento, manipulación y venta de frutas y verduras de las comarcas de Lleida. Resolución TIC/2747/2003, de 20 de agosto, por la que se dispone la inscripción y la publicación del Acuerdo de revisión salarial para el 1.6.2003 al 31.5.2004 del Convenio colectivo de trabajo del sector de Recolección, almacenamiento, manipulación y venta de frutas y verduras de las comarcas de Lleida (código de convenio núm. 2500395). (DOGC 17-9-2003) Convenio colectivo de trabajo del sector de Fabricación y distribución de bebidas refrescantes de las comarcas de Lleida. Resolución TIC/2748/2003, de 21 de agosto, por la que se dispone la inscripción y la publicación del Convenio colectivo de trabajo del sector de Fabricación y distribución de bebidas refrescantes de las comarcas de Lleida, para el 1.1.2003 al 31.12.2004 (código de convenio núm. 2500155). (DOGC 17-9-2003) Convenio colectivo de trabajo de sector de fabricantes de galletas de la provincia de Tarragona. Resolución TIC/2745/2003, de 7 de agosto, por la que se dispone el registro y la publicación del Convenio colectivo de trabajo de sector de fabricantes de galletas de la provincia de Tarragona para los años 2003-2005 (código de convenio núm. 4300265). 18º Convenio colectivo de trabajo de confitería, pastelería y bollería de Girona y su provincia. Resolución TIC/2746/2003, de 29 de julio, por la que se ordena la inscripción, el depósito y la publicación del 18º Convenio colectivo de trabajo de confitería, pastelería y bollería de Girona y su provincia para 2003-2004 (código de convenio núm. 1700045). Planificación Jurídica Centro de Documentación Página 5