Dicha plaza se integra en la plantilla del Ayuntamiento de Ordizia y aparece definida en la Relación de Puestos de Trabajo de la siguiente forma:

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Transcripción:

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN EN INTERINIDAD DE UNA PLAZA DE ARQUITECTO TÉCNICO DEL AYUNTAMIENTO DE ORDIZIA 1.- OBJETO Y NORMAS GENERALES Es objeto de la presente convocatoria la selección a través del sistema de concurso oposición, para la provisión en interinidad de una plaza de Arquitecto Técnico en el Ayuntamiento de Ordizia. Los aspirantes que superen todos los ejercicios de la fase de oposición y no resulten seleccionados para el puesto integrarán una bolsa de trabajo según el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo para cubrir necesidades de personal no permanentes en puestos idénticos o similares. Dicha bolsa podrá ser cedida a otras Administraciones Públicas para que hagan uso de ella, si el Ayuntamiento lo estima oportuno. La aceptación en la convocatoria implica otorgar el consentimiento respecto a dicha cesión. Dicha plaza se integra en la plantilla del Ayuntamiento de Ordizia y aparece definida en la Relación de Puestos de Trabajo de la siguiente forma: 1. Plaza: Aparejador/ Arquitecto Técnico 2. Puesto: Aparejador/Responsable de Servicios 3. Régimen: Funcionario 4. Escala: Administración Especial 5. Subescala: Técnica 6. Clase: Técnico Medio 7. Grupo: A2 8. Nivel de Destino: 23 9. Perfil Lingüístico: 3 preceptivo 10. Jornada: 100% 2.- FUNCIONES La misión del puesto consiste en la dirección de obras y servicios municipales, elaboración de proyectos, informes de obras menores y de actividades, así como el asesoramiento dentro del ámbito de la especialidad de arquitecto técnico, responsabilizándose del buen funcionamiento de los servicios asignados al área, coordinando con eficacia y eficiencia los recursos humanos y materiales.

Las funciones concretas son las que a continuación se detallan: Elaborar informes técnicos sobre concesión de licencias de obras menores, licencias de apertura, valoraciones, liquidaciones, etc. dentro del ámbito de su profesión. Elaborar informes de los expedientes de apertura de actividad aplicando en su caso el Reglamento sobre Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas en suelo urbano. Colaborar con el resto del personal técnico en la redacción y modificación de las ordenanzas municipales, redacción de pliegos de condiciones técnicas y económico administrativas en la preparación de procedimientos y bases legales a seguir para licitar obras dentro del ámbito de su profesión. Elaborar proyectos municipales que tengan como objeto la construcción, reforma, reparación o conservación de bienes muebles e inmuebles dentro de la especialidad de arquitecto técnico. Inspeccionar, controlar y hacer el seguimiento de las obras, averías y licencias realizando las correspondientes visitas de comprobación técnica. Ejercer la dirección de obras comprobando y ejecutando mediciones y certificaciones Comprobar las compras a través de la firma y visto bueno de facturas realizadas por el Área de Obras y Servicios. Acudir a efectos de estudio, informe o consulta a las delegaciones de Urbanismo, Obras, Medio Ambiente y Servicios siempre que sea requerido para ello. Preparar documentación para la solicitud de subvenciones. Asignar los programas de trabajo a los diferentes servicios controlando la ejecución y resultados de los mismos. Informar al público en materia de competencia del aparejador. Mantener contactos con personas, gremios, instituciones municipales y extramunicipales en relación a los asuntos del área y funciones encomendadas. Mantener contactos y reuniones con otros responsables municipales a efectos de coordinación y proyectos de mejora de los servicios municipales para consultas o peticiones. Mantener contactos y reuniones con los encargados de servicios para coordinarse, intercambiar información y dar instrucciones. Establecer planes de mantenimiento en colaboración con el Técnico Auxiliar y los encargados de las diferentes brigadas de servicios definiendo indicadores de

calidad/coste, calendario de actuaciones, perfil y dotaciones necesarias e instrumental necesario como aspectos mínimos. Dirigir, coordinar y controlar al personal temporal y fijo asignado a las diferentes brigadas de servicios: electricidad, jardinería, servicios generales asignando los trabajos de acuerdo a los planes de mantenimiento y responsabilizándose de la eficiencia y productividad de los mismos. Realizar el seguimiento y correspondiente informe de las adjudicaciones en materia de mantenimiento e infraestructura velando por el cumplimiento de las condiciones del contrato, valorando y controlando fundamentalmente el cumplimiento de las prestaciones ofrecidas y su relación calidad/costo. Gestionar las compras determinando necesidades y niveles de consumo del área de Servicios y de Obras en colaboración con los respectivos encargados. Velar por el establecimiento y correcto cumplimiento de las medidas de seguridad e higiene en el trabajo del personal adscrito al área de Obras y Servicios. Colaborar en la elaboración del anteproyecto de presupuesto para el área de servicios y realizar el seguimiento del gasto anual tras la aprobación del mismo. Tareas de atención al público Controlar los partes de trabajo de los distintos servicios del área. Formalizar el levantamiento de las actas de replanteo o tirada de cuerdas de toda clase de obras pasando la medición lineal a Intervención. Colaborar en el Plan de Emergencia municipal. Responsabilizarse de la confección del Inventario de bienes adjudicados al área de Servicios, solicitando periódicamente el listado de bienes a los encargados y recopilando y emitiendo dicha información a la persona responsable de la gestión del Inventario de bienes municipal. Participar en los procesos de selección del personal fijo y temporal del Área de Obras Coordinar los diferentes gremios en las obras municipales ejecutadas tanto por personal propio como subcontratado. Realizar cualquier otra función que le sea encomendada de acuerdo con la categoría profesional del puesto. 3.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES Para ser admitido y en su caso tomar parte en el proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir con anterioridad a la finalización de la fecha de presentación de instancias y mantener a su vez durante todo el proceso selectivo, los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad de alguno de los estados miembros de la Unión Europea o ser nacional de algún estado al que en virtud de la aplicación de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También podrán participar el cónyuge de los nacionales de los estados miembros de la Unión europea siempre que no estén separados de derecho así como sus descendientes y los de su cónyuge siempre así mismo que ambos cónyuges no estén separados de derecho, sean éstos descendientes menores de 21 años o mayores de dicha edad y vivan a sus expensas. b) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa. c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Este extremo se acreditará en su momento mediante el correspondiente reconocimiento médico que realizará el Ayuntamiento. d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las CC.AA, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionario o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiere sido separado o inhabilitado. e) Estar en posesión o haber abonado los derechos para obtenerlo, del título académico de Arquitecto Técnico o grado en Arquitectura Técnica o bien cualquier otro de nivel superior. En caso de titulaciones extranjeras se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. 4.- PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas de selección se adaptarán al modelo del ANEXO II y se dirigirán al Alcalde - Presidente del Ayuntamiento, debiendo reunir los siguientes requisitos para no ser rechazadas: a) Los aspirantes deberán hacer constar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en las presentes bases referidas siempre a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, con independencia de la posterior acreditación al finalizar el proceso selectivo. Deberán así mismo hacer constar en la instancia la lengua, euskera o castellano, en la que deseen realizar los ejercicios de la fase de oposición. b) Las instancias se presentarán:

- En el Registro General del Ayuntamiento ubicado en Kale Nagusia 24 de Ordizia en el plazo de 15 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria correspondiente en el Boletín Oficial de Gipuzkoa. - Podrán así mismo ser presentadas en los registros de cualquier otro órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las CC.AA. así como en cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes. - Las instancias presentadas en las Oficinas de Correos de acuerdo con lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, se presentarán en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas dentro del plazo de presentación de instancias. Sólo en este caso se entenderá que las instancias han tenido entrada en el Registro General del Ayuntamiento en la fecha en la que fueron entregadas en la Oficina de Correos. Es la instancia la que debe ser sellada. c) Las instancias deberán ir acompañadas de la siguiente documentación: - Fotocopia del D.N.I. - Original o fotocopia compulsada del título exigido para el acceso al puesto. - Original o fotocopia compulsada del documento acreditativo de estar en posesión del perfil lingüístico 3 o equivalente. - Acreditación de los méritos alegados en la instancia. No se valorarán aquellos méritos que no hayan sido alegados ni acreditados junto con la instancia. d) Los aspirantes que concurran afectados con minusvalía o discapacidad deberán hacer constar esta circunstancia en la solicitud y adjuntar a su instancia certificado acreditativo de su condición expedida por el Órgano competente de la Administración así como manifestar expresamente, en su caso, la adaptación de las pruebas selectivas al tipo de discapacidad padecida. 5.- ADMISIÓN DE ASPIRANTES Expirado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde Presidente aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en el Tablón de Anuncios y Página Web del Ayuntamiento, concediéndose un plazo de 10 días hábiles para reclamar y subsanar los defectos u omisiones que hubieran motivado la misma, apercibiéndole de que si no lo hacen se archivará sin más trámite su instancia. La lista provisional se entenderá elevada automáticamente a definitiva si no se presentaran reclamaciones.

En el caso de que las hubiere, serán estimadas o rechazadas publicándose la lista definitiva en la misma forma que la indicada para la lista provisional. El hecho de figurar en la relación de admitidos no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento selectivo. 6.- TRIBUNAL CALIFICADOR El órgano competente nombrará a los miembros del Tribunal Calificador que ha de llevar a cabo el proceso selectivo. La designación de los miembros del Tribunal será publicada en el Tablón de Anuncios y Página Web del Ayuntamiento pudiendo ser sus miembros recusados y debiendo éstos inhibirse en el procedimiento si concurren en ellos las causas previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Al menos la mitad de los miembros del Tribunal deberán poseer una titulación correspondiente a la misma área de conocimientos que la exigida para el puesto y la totalidad de los miembros de igual o superior nivel académico procurándose una representación equilibrada de mujeres y hombres con capacitación, competencia y preparación adecuada salvo que existan razones fundadas y objetivas. El Tribunal podrá designar asesores para la realización de las pruebas si lo considera oportuno, limitándose éstos a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La actuación del Tribunal se ajustará a las disposiciones que sobre órganos colegiados están contenidas en la citada ley 30/1992, de 26 de noviembre. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente y Secretario y la mitad al menos de sus miembros. El Secretario tendrá voz pero no derecho a voto. El Tribunal Calificador estará constituido de la siguiente manera: Presidente: El Arquitecto Técnico municipal. Vocales: - El Arquitecto Técnico del Ayuntamiento de Beasain. - Un representante del IVAP con formación y conocimientos específicos del área en el que se encuadra el puesto. - La Técnico en Administración General del Ayuntamiento. - El Interventor municipal. Secretario: El Secretario de la Corporación.

Podrá asistir una persona como observadora en representación de la Junta de Personal. 7.- CONVOCATORIA Y NOTIFICACIONES La convocatoria para la realización del primer ejercicio se efectuará mediante su publicación en el tablón de anuncios y página web del Ayuntamiento (www.ordizia.eus), junto con la resolución por la que se apruebe la lista provisional de admitidos y excluidos al proceso selectivo y composición del Tribunal. Las restantes notificaciones y comunicaciones derivadas del proceso selectivo se publicarán de igual forma. Los aspirantes serán convocados en llamamiento único. Todos ellos deberán acudir a la realización de los ejercicios provistos del D.N.I. cuya presentación podrá ser exigida por el Tribunal en cualquier momento. La falta de presentación del documento o cualquier otro que acredite la personalidad determinará la automática exclusión del proceso selectivo. 8.- PROCESO SELECTIVO FASE DE OPOSICIÓN El Tribunal se reserva la facultad de realizar varios ejercicios el mismo día así como de cambiar el orden de los mismos. El Tribunal calificador adaptará el tiempo y medios de realización de los ejercicios de los aspirantes minusválidos, de forma que gocen de igualdad de oportunidades con el resto de participantes, siempre que con ello no se desvirtúe el contenido de la prueba ni se reduzca o menoscabe el nivel de aptitud exigible a la misma. 1) Primer ejercicio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas de respuesta alternativa referido a las materias que se especifican en el Temario General del ANEXO I de la convocatoria. Este ejercicio se valorará sobre un máximo de 20 puntos, siendo obligatorio obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo. Quedará a criterio del Tribunal la fijación del procedimiento a seguir en el desarrollo de dicha prueba: fijación del número de preguntas, duración de la prueba, asignación de puntos a las respuestas correctas, penalización de las incorrectas etc. 2) Segundo ejercicio Consistirá en resolver varios supuestos prácticos que plantee el Tribunal relacionados con el Temario Específico del ANEXO I y con las funciones del puesto. Este ejercicio se valorará con un máximo de 40 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 20 para la superación del mismo.

Quedará a criterio del Tribunal la fijación del procedimiento a seguir en el desarrollo de la prueba. FASE DE CONCURSO Se procederá en esta fase a la valoración de los méritos de aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición. Esta fase no tendrá carácter eliminatorio y las puntuaciones obtenidas en la misma no podrán tenerse en cuenta para la superación de las pruebas de la fase de oposición, ni podrán exceder del 45 por ciento de la puntuación máxima alcanzable en la oposición. Se contabilizarán solamente los periodos alegados y acreditados anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. No serán objeto de valoración la prestación de servicios en puestos reservados a personal eventual ni las becas ni prácticas formativas. No será preciso aportar los documentos que ya obren en el Ayuntamiento, siendo suficiente su alegación en la instancia para ser tenidos en cuenta. 1) Experiencia profesional. Se valorará el desempeño de puestos de trabajo que guarden similitud con el contenido de las funciones del puesto sobre un máximo de 10 puntos conforme al siguiente baremo: - Hasta un máximo de 7 puntos a razón de 0,25 puntos por mes completo la experiencia en la Administración Pública. - Hasta un máximo de 3 puntos a razón de 0,10 puntos por mes completo la experiencia en la empresa privada en puestos de trabajo equivalentes cuyas funciones estén directamente relacionadas con las funciones del puesto. Los servicios prestados se valorarán en función del tiempo transcurrido y se computarán realizando la suma en días de los periodos acreditados no computándose las fracciones inferiores al periodo de referencia y entendiendo que un mes consta de 30 días naturales. 2) Títulos y Formación. Se valorará en este apartado la realización de cursos de postgrado universitario o de master impartidos por la Universidad y cursos de formación, jornadas, etc. organizados por el IVAP u otra Entidad Oficial relacionados con el puesto a cubrir, con un máximo de 5 puntos, en función del número de horas de duración de los mismos y conforme a los siguientes baremos: - Por cada master o curso de postgrado de duración igual o superior a 200 horas en materias directamente relacionadas con las funciones del puesto, 1,5 puntos por cada uno de ellos, hasta un máximo de 3 puntos.

- Por cada curso de formación de duración comprendida entre 50 y 200 horas en materias directamente relacionadas con las funciones del puesto, 0,5 puntos por cada uno de ellos hasta un máximo de 2 puntos. La calificación final de cada aspirante será el resultado de sumar la puntuación obtenida en la fase de oposición y en su caso, la del concurso conforme a la valoración establecida en las bases. 9.- PROPUESTA DEL TRIBUNAL Finalizado el proceso selectivo el Tribunal hará público el nombre del aspirante propuesto. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo en primer lugar a favor del aspirante que hubiera obtenido mayor puntuación en la fase de oposición; en segundo a favor del aspirante que hubiera prestado más tiempo de servicios en la Administración Local; en tercero del que hubiera prestado más tiempo de servicios en otras Administraciones Públicas y en último a favor de quién tenga más edad. En el supuesto de que ninguno de los aspirantes superase el proceso selectivo el tribunal declarará desierta la convocatoria. El Tribunal Calificador elevará al órgano competente el acta a efectos de que se proceda al correspondiente nombramiento como funcionario interino. En dicha acta deberán figurar, por orden de puntuación, todos los aspirantes que habiendo superado los ejercicios de la fase de oposición excediesen del número de plazas convocadas. Dichos aspirantes integrarán, en el orden de puntuación señalado, una bolsa de trabajo que se utilizará para cubrir necesidades temporales de acuerdo con lo establecido en la Base Primera. 10.- PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS El aspirante propuesto presentará en el plazo de 3 días hábiles desde el siguiente a la publicación de la relación definitiva de aprobados, la documentación acreditativa de las condiciones que para tomar parte en el proceso selectivo se exigen en las presentes bases y que no hayan tenido que ser presentadas junto a la instancia. Si dentro del plazo señalado, y salvo casos de fuerza mayor, los aspirantes no presentaren dicha documentación o no acreditasen reunir los requisitos exigidos no podrán ser nombrados funcionarios interinos quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad de la instancia. En este caso, el órgano competente formulará propuesta de nombramiento a favor de quién ocupase el siguiente lugar en el orden de puntuación final. 11.- NOMBRAMIENTO DE FUNCIONARIO INTERINO Transcurrido el plazo de presentación de la citada documentación se procederá al nombramiento del aspirante en calidad de funcionario interino.

El nombramiento se notificará al interesado y se publicará en el Tablón de Anuncios y Página Web del Ayuntamiento. 12.- TOMA DE POSESIÓN En la diligencia de toma de posesión, además de los extremos habituales deberán hacerse constar las manifestaciones exigidas por el artículo 13 del Real Decreto 598/85, de 30 de abril, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración. El aspirante nombrado deberá tomar posesión del cargo dentro de los 3 días naturales siguientes a contar de aquel en que tenga lugar la notificación del nombramiento. Se entenderá que renuncia al cargo quién sin causa justificada no procede a la toma de posesión dentro del plazo señalado. 13.- INCIDENCIAS El Tribunal queda facultado para resolver cuantas dudas o cuestiones se pudieran plantear en la aplicación e interpretación de las presentes bases. 14.- NORMAS SUPLETORIAS En todo aquello no previsto en las presentes bases, la realización del proceso selectivo se ajustará a lo establecido en: - la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público. - La ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca. - La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. - El Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. - El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril POR EL QUE SE APRUEBA EL Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local. - El Decreto 861/1997, de 15 de abril, por el que se regula el proceso de Normalización del Uso del Euskera en las Administraciones Públicas Vascas. 15.- IMPUGNACIÓN Las presentes Bases y actos derivados de la convocatoria podrán ser impugnados en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación de las mismas en el B.O.G. ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Donostia San Sebastián. No

obstante, con carácter potestativo y previo al recurso contencioso-administrativo podrá interponerse recurso de reposición ante la Alcaldía del Ayuntamiento en el plazo de un mes a partir de su publicación en el B.O.G. Todo ello, sin perjuicio de cualquier otra acción o recurso que se estime oportuno para la mejor defensa de sus derechos.

ANEXO I TEMARIO GENERAL 1.- Organización municipal: órganos del Ayuntamiento. Las competencias municipales. 2.- Los bienes de las Entidades Locales. Clasificación: bienes de dominio público, bienes patrimoniales y bienes comunales. 3.- Los contratos de la Administración Local. Clasificación de los contratos. Elementos. Selección del contratista. Adjudicación, formalización y ejecución del contrato. La revisión de precios. Extinción del contrato. 4.- La gestión de los servicios públicos. Formas de gestión. 5.- Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convoactoria y orden del día. Régimen de sesiones y acuerdos. Votaciones. Actas y certificaciones de acuerdos. 6.- Los Presupuestos Locales: concepto, principios y estructura. Elaboración del Presupuesto. Liquidación del Presupuesto. TEMARIO ESPECÍFICO 7.- Régimen urbanístico del Suelo. Clasificación del Suelo. Limitaciones y deberes por razón de la clasificación. Derechos y deberes de los propietarios en el proceso urbanizador. 8.- Intervención administrativa en la edificación y uso del suelo: licencias. Obras sin licencia o sin ajustarse a licencia. Paralizaciones de obras. Revisión de licencias. Parcelaciones. 9.- El deber de conservación. Ordenes de ejecución. Procedimiento sancionador. La declaración de ruina. 10.- La declaración del estado ruinoso de los edificios. Causas y procedimiento. Medidas a adoptar en caso de estado ruinoso. 11.- Infracciones urbanísticas. Definición, tipificación y prescripción. Personas responsables. Reglas para determinar la cuantía de las sanciones. 12.- Redacción de proyectos de obras. Tramitación administrativa. Pliegos de cláusulas administrativas y de condiciones técnicas. 13.- Contrato de obras: actuaciones preparatorias, estudios previos. Anteproyecto y replanteo. 14.- la dirección de obra. Funciones de los agentes que intervienen en la dirección. Las órdenes de dirección. Funciones, responsabilidad y competencias según las normativas profesionales.

15.- Incidencias del contrato. Revisión de precios. Modificaciones, reajuste de anualidades, cesiones y subcontratos. 16.- El precio del contrato de obras. Pago del precio. Abono de la obra en ejecución. Certificaciones de obra, clases. Certificaciones de revisión. 17.- Plazos del contrato. Prórrogas, demoras, penalidades. Suspensión del contrato de obras. 18.- Terminación y recepción de la obra. Plazo de garantía. Liquidación. 19.- Precios unitarios. Precios auxiliares. Costes directos e indirectos. Presupuesto de ejecución material y de contrata. 20.- Replanteos en general. Definición. Replanteo de un edificio. Útiles empleados. Ejecución de los trabajos. 21.- Demoliciones: clasificación, ejecución. Control y medición. Movimientos de tierras y entibaciones: clasificación, ejecución de los trabajos, control y medición. 22.- Cimentaciones directas e indirectas. Pantallas: clasificación, ejecución de los trabajos, control y medición. 23.- El hormigón: generalidades. Clases de hormigón. Componentes. Fabricación y puesta en obra. Control y medición. 24.- Estructuras de hormigón. Materiales y ejecución de los trabajos. Aplicaciones a restauración y rehabilitación de edificios. 25.- Instalaciones eléctricas de baja tensión. Generalidades. Instalaciones y alumbrado interior. Instalaciones en locales de riesgo especial. 26.- Instalación de protección contra incendios. Sistemas de detección. Instalaciones de alarma, instalaciones de extinción. Control y medición. 27.- Pavimentaciones urbanas. Tipos. Calidades. Cálculos. Criterios de selección. Calzadas, aceras y normativa. 28.- Firmes de carreteras. Materiales y unidades de obras. Firmes de nueva construcción. Bases de proyecto. 29.- refuerzo y rehabilitación de firmes. Métodos de auscultación. Características superficiales y estructurales. Métodos de refuerzo y corrección. 30.- Conservación de carreteras. Organización y métodos de conservación. Vialidad invernal. Conservación, maquinaria y materiales. 31.- Aguas residuales. Definición, clases y tipos de contaminación. Agua residual urbana de origen doméstico. Agua residual de origen industrial. 32.- Redes de saneamiento. Estructura. Características y funciones más importantes.

33.- Sistemas de saneamiento. Pros y contras de cada sistema. Sistema de saneamiento en el interior de los edificios. 34.- Pozos de registro y clases, sumideros. Cámaras de registro o de limpieza. Sifones. Aliviadores, función y tipos. 35.- Caudal de aguas negras urbanas, cálculo y dotación. Tipos de tubería de saneamiento. 36.- depuración de aguas negras. Autodepuración natural. Depuración artificial, métodos, parámetros de calidad. 37.- Aguas de lluvia. Cálculo de caudales. Infiltración. Hidrología. Dimensionamiento y trazado de un colector de aguas pluviales. 38.- Conservación de redes. Limpieza, inspección, obras de reparación y reformas. 39.- mobiliario urbano. Necesidad y conveniencia. Programas de mantenimiento. 40.- Tuberías flexibles. Materiales. Diseño estructural. Normativa. Ejecución y pruebas. 41.- Tuberías en zanja. Excavaciones con entibación. Entibaciones. 42.- Tuberías de hormigón armado. Características de los tubos. Diseño estructural. Normas de aplicación. La corrosión de los tubos de hormigón. 43.- Disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras. Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre: disposiciones generales, disposiciones específicas de seguridad y salud durante las fases del proyecto y ejecución de las obras. Derechos de los trabajadores. Otras disposiciones. 44.- Norma Básica de protección contra incendios. Criterios de compartimentación. Vías de evacuación. Características de puertas y pasillos en los recorridos de evacuación. Condiciones particulares para el uso de viviendas. 45.- Ley 20/1997 de 4 de diciembre y Decreto 68/2000 de 11 de abril, de promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas. Objeto y ámbito. Disposiciones generales en edificios. Medidas de fomento. Medidas de control.

ANEXO II Arkitekto Teknikoaren lanpostua behin-behinean betetzeko lehiaketa-oposizio deialdian parte hartzeko eskaera Solicitud para tomar parte en la convocatoria del concurso-oposición para la provisión en interinidad de una plaza de Arquitecto Técnico SARRERA ERREGISTROA/REGISTRO DE ENTRADA Deialdia/Plaza a la que opta GAOren data/fecha BOG Zein hizkuntzetan egin nahi dituzu ariketak? / En qué lengua desea realizar las pruebas? Euskeraz/En euskera Gazteleraz/En castellano 1. DATU PERTSONALAK / DATOS PERSONALES 1. deitura / 1er apellido 2. deitura / 2º apellido Izena / Nombre NAN / DNI Harremanetarako telefonoa/k aurrizkiekin/teléfono/s de contacto con prefijo eta helbide elektronikoa / y dirección electrónica Jaioteguna / Fecha de nacimiento Helbidea / Domicilio Herria / Localidad Posta kodea / Código postal Probintzia / Provincia Gidatzeko baimena / Permiso de conducir Bai / Si Ez / No Mota / Clase Elbarritua bazara, zenbat denbora eta zer bitarteko behar dituzu azterketak egiteko? (behar badituzu) / En caso de que sea minusválido, qué tipo de adaptación de tiempo y medios necesita para la realización de los ejercicios? (en el supuesto de que lo necesite)

2. HEZIKETA / FORMACION Deialdian eskatutako titulu akaemiko ofiziala / Título académico oficial exigido en la convocatoria TITULUA / TITULO EMAN ZENEKO ZENTRUA ETA HERRIA CENTRO Y LOCALIDAD DE EXPEDICION LORTZE DATA FECHA OBTENCION 4. ESPERIENTZIA / EXPERIENCIA Administrazio Publikoan edota enpresa pribatua (merezimenduen baloraziorako) / En la Administración Pública y/o en la lempresa privada (para la valoración de méritos) SARTZE DATA UZTE DATA ADMINISTRAZIO EDO EMPRESAREN IZENA BETETAKO LANPOSTUA FECHA INGRESO FECHA CESE NOMBRE DE LA ADMINISTRACION O EMPRESA PUESTO DE TRABAJO OCUPADO 5. HEZIKETA / FORMACION Merezimenduen baloraziorako izangaiak konstarazten dituen datuak (bestelako tituluak, ikastaroak, mintegiak, diplomak...) Datos que el aspirante hace constar para valoración de méritos (otros títulos, cursos, seminarios, diplomas...) TITULUA EDO KURTSOA TITULO O CURSO EMAN ZENEKO ZENTRU ETA HERRIA CENTRO Y LOCALIDAD DE EXPEDICION LORTZE DATA FECHA OBTENCION

TITULUA EDO KURTSOA TITULO O CURSO EMAN ZENEKO ZENTRU ETA HERRIA CENTRO Y LOCALIDAD DE EXPEDICION LORTZE DATA FECHA OBTENCION ESKAERA HONEKIN BATERA DOAZEN AGIRIAK / DOCUMENTOS QUE ACOMPAÑAN A ESTA SOLICITUD: NANren fotokopia / Fotocopia del DNI Deialdian parte hartzeko eskatutako tituluaren fotokopia / Fotocopia del título exigido para tomar parte en la convocatoria. Hizkuntz eskakizunaren egiaztagiriaren fotokopia (edo baliakide den tituluarena) / Fotocopia del certificado del perfil lingüístico (o del título equivalente) Merezimenduen lehiaketarako egiaztagirien fotokopiak / Fotocopias de los certificados de los méritos alegados para la fase de concurso ORDIZIAKO ALKATE-LEHENDAKARI JAUNA / SR. ALCALDE-PRESIDENTE DE ORDIZIA

Behean sinatzen duenak, eskaera hau dagokion aukeratzeko probatan onartua izatea ESKATZEN DU, eta bertan azaltzen diren datuak egiazkoak direla eta Oinarrietan eskatutako baldintzak betetzen dituela BAIEZTATZEN DU, eskatutakoan agiri orijinal bidez zurituko dituela hitz ematen duelarik. El/la abajo firmante SOLICITA ser admitido a las pruebas selectivas a la que se refiere la presente instancia y DECLARA que son ciertos los datos consignados en ella y que reúne las condiciones exigidas en las Bases, comprometiéndose a acreditarlas fehacientemente en el momento en que le sean requeridas. Lekua eta data /Lugar y fecha Sinadura / Firma ORDIZIAKO ALKATE-LEHENDAKARI JAUNA / SR. ALCALDE-PRESIDENTE DE ORDIZIA