PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE TRANSCRIPCIÓN PARA EL SENADO PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS ÍNDICE CLÁUSULA 1ª. Objeto.... 2 CLÁUSULA 2ª. Servicios a realizar.... 2 CLÁUSULA 3ª. Características del servicio.... 2 CLÁUSULA 4ª. Coordinación del contrato.... 3 CLÁUSULA 5ª. Confidencialidad.... 4 CLÁUSULA 6ª. Justificante de servicio... 4 ANEXO I: Modelo de justificante de servicio de transcripción... 5 1
CLÁUSULA 1ª. Objeto. El presente procedimiento tiene por objeto la adjudicación del contrato de servicios de transcripción para el Senado, de conformidad con el presente pliego y con el pliego de cláusulas administrativas particulares. CLÁUSULA 2ª. Servicios a realizar. Podrá ser solicitada la transcripción de las intervenciones orales que tengan lugar en las Comisiones, Ponencias de estudio o cualquier otro órgano del Senado, cuando no sea asumida por el Departamento del Diario de Sesiones. El volumen de los servicios de transcripción demandados dependerá de las necesidades del Senado. CLÁUSULA 3ª. Características del servicio. Remisión y recepción de los trabajos El Senado facilitará a la empresa adjudicataria las grabaciones a transcribir y establecerá, en su caso, los criterios lingüísticos, terminológicos, estilísticos y de toda índole que se deban seguir en su elaboración. Las grabaciones serán entregadas a la empresa adjudicataria, que habrá de garantizar una capacidad mínima de transcripción de cinco horas de grabación por día. Plazo de ejecución de los trabajos Para el envío de audios y la entrega de archivos de texto se utilizarán los procedimientos que el Senado establezca. El Senado entregará las unidades de transcripción al adjudicatario en formato mp3 y en tramos de audio de un mínimo de 5 minutos. La duración de cada envío o entrega parcial la determinará el Senado caso a caso. Se realizarán entregas parciales, y entregas totales cuando se finalice totalmente la transcripción. Los plazos de entrega de las transcripciones totales se calcularán en función de los establecidos para las entregas parciales, que en ningún caso podrán superar los 45 minutos por cada 5 minutos de audio. En caso de recibir el audio de una sesión completa de más de dos horas de duración después de las 18 horas, la empresa podrá entregar la transcripción completa a las 10 de la mañana del día siguiente. 2
Excepcionalmente, el Senado podrá exigir a la empresa entregas parciales y totales en horario nocturno, cuando una sesión se prolongue y su publicación sea urgente. Criterios para la transcripción En los trabajos de transcripción encomendados se respetarán las Normas y Recomendaciones emitidas por la Real Academia Española de la Lengua y las normas de estilo de la Redacción del Diario de Sesiones. Las características formales del documento de la transcripción deberán ajustarse a las indicaciones que el Senado haga. Antes de su entrega, las transcripciones serán debidamente coordinadas, revisadas y corregidas. Se presentarán sin errores de formato, tipográficos, mecanográficos, ortográficos, lingüísticos o estilísticos. Calidad del servicio Las transcripciones se entregarán con la calidad y la fidelidad exigidas, sin perjuicio de su revisión por parte del Cuerpo de Redactores Taquígrafos y Estenotipistas de las Cortes Generales. En ningún caso podrá faltar en la transcripción momento alguno de la intervención. El departamento del Senado que encargue el servicio facilitará información suficiente (orden del día de la sesión, orden de intervinientes, enlaces...) para el adecuado seguimiento por parte de los transcriptores y/o revisores y/o coordinadores de la correspondencia de los audios con la sesión correspondiente o cada una de sus partes. La empresa adjudicataria se compromete a eliminar sonidos irrelevantes y a incorporar las acotaciones y la información fuera del discurso que el Senado le indique (títulos, números de expediente, marcas, enlaces, etc.), así como a seguir el orden de las intervenciones, poniendo los nombres y cargos correcta y completamente. Las transcripciones se ajustarán a los criterios de accesibilidad y al formato que el Senado indique. El Senado se reserva el derecho de requerir a la empresa adjudicataria, sin coste adicional alguno, la rectificación de toda transcripción que no cumpla los requisitos mínimos de calidad exigibles. CLÁUSULA 4ª. Coordinación del contrato. El adjudicatario designará a un coordinador del contrato, a quien el Senado dirigirá las solicitudes de servicios, y que será responsable de la adecuada prestación de los mismos. 3
CLÁUSULA 5ª. Confidencialidad. Los profesionales que presten al Senado los servicios a los que se refiere este contrato actuarán bajo secreto profesional, estando obligados a guardar el más absoluto sigilo y confidencialidad sobre el contenido y la naturaleza de los trabajos realizados, y respondiendo de forma personal y directa del incumplimiento de esta obligación. Lo mismo podrá exigirse, en su caso, a la entidad adjudicataria por la responsabilidad que le corresponda. La empresa adjudicataria no podrá hacer uso de la información que el Senado le facilite para otra finalidad que la de responder al trabajo encomendado. Cualquier otro uso sin la debida autorización del Senado dará lugar a las responsabilidades que se deriven en aplicación del ordenamiento jurídico vigente así como, en su caso, a la rescisión del contrato. CLÁUSULA 6ª. Justificante de servicio. Los trabajos realizados por el adjudicatario al Senado deberán ir necesariamente acompañados del correspondiente justificante de servicio, cuyo modelo figura como Anexo I del presente pliego. 4
ANEXO I: Modelo de justificante de servicio de transcripción JUSTIFICANTE DE SERVICIO DE TRANSCRIPCIÓN Solicitada por: Fecha de solicitud: Duración: Precio: Fecha: Observaciones: 5