CONVOCATORIA DE AYUDAS SOCIALES PARA MATERIAL ESCOLAR Y LIBROS Curso 2017/2018

Documentos relacionados
El total máximo de becas individuales que se podrán conceder será de 860.

BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE BECAS DE COMEDOR COLEGIOS PÚBLICOS DE EJEA DE LOS CABALLEROS

Ayuntamiento de Aínsa-Sobrarbe

AYUDAS ECONÓMICAS PARA EL PAGO DE SUMINISTROS PARA FAMILIAS CON MENORES Y ESCASOS RECURSOS 2014

CONVOCATORIA DEL PLAN DE AYUDAS A FAMILIAS EN SITUACIÓN DE DESEMPLEO PARA PLAZAS DE GUARDERÍAS. CURSO 2016/2017

BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE BECAS PARA INTERCAMBIOS EDUCATIVOS CON CIUDADES EUROPEAS. AYUNTAMIENTO DE EJEA DE LOS CABALLEROS.

CONVOCATORIA MUNICIPAL DE AYUDAS PARA MATERIAL ESCOLAR COMPLEMENTARIO. CURSO 2015/2016

ORDENANZA REGULADORA DE AYUDAS A FAVOR DE FAMILIAS NUMEROSAS EN MATERIA DE COMEDOR Y ADQUISICIÓN LIBROS Y MATERIAL ESCOLAR

Becas BAM Becas de Ayuda Económica Convocatoria Ordinaria 2016 / 2017

CONVOCATORIA MUNICIPAL DE BECAS PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS CURSO 2008/2009

Excmo. Ayuntamiento de Catral ANUNCIO BASES DEL CONCURSO GENERAL DE BECAS O AYUDAS A LOS GASTOS DEL ESTUDIO CURSO

ANEXO I CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE AYUDAS A ESTUDIANTES QUE ESTUDIAN FUERA DE BENISSA CURS

DISPOSICIONES GENERALES

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE RÉGIMEN ECONÓMICO

BASES Y CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL DIDÁCTICO PARA EL CURSO ESCOLAR

ESCUELA INFANTIL MUNICIPAL CACHIPORRO CURSO

AYUNTAMIENTO DE LAREDO

BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS DE TRANSPORTE ESCOLAR PARA EL ALUMNADO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA curso

BASES Y CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE BECAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y DE MATERIAL ESCOLAR PARA EL CURSO 2017/2018

Dicha convocatoria pretende ofrecer a las familias de Calviá un abanico mayor de posibilidades educativas para sus hijos.

AJUNTAMENT DE BENIFLÀ C/ Sant Jaume nº BENIFLÀ C.I.F. P H Telf Fax

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CÚLLAR VEGA

Bases de la convocatoria 2016/2017. Becas Elena Pessino

Artículo 4.- Requisitos para obtener las ayudas.

SEGUNDA: REQUISITOS. TERCERA: EXCLUIDOS

INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DEL PRECIO REDUCIDO EN EL SERVICIO DE COMEDOR ESCOLAR DEL C.E.I.P. RAYUELA DE VILLANUEVA DEL PARDILLO.

BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS AL TRANSPORTE PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS DESPLAZADOS FUERA DEL TÉRMINO MUNICIPAL, CURSO 2015/2016.

Algunos jóvenes abandonan sus estudios sin terminar la enseñanza obligatoria por diferentes razones, entre las que nos podemos encontrar la

PLAN SOLIDARIO DEL AYUNTAMIENTO DE LLERENA CONTRA LA POBREZA ENERGÉTICA

Concejalía de Familia, Bienestar Social y Mayores ESCUELA Y CENTROS INFANTILES DEL AYUNTAMIENTO DE LEÓN: PROCEDIMIENTO DE ACCESO CURSO

PREGUNTAS MÁS FRECUENTES BASES REGULADORAS BECAS PARA EL ESTUDIO DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR

ANUNCIO BASES Y CONVOCATORIA BECA LES ROCHES 2016.

Bases de la Convocatoria del Concurso General de BECAS Y AYUDAS AL ESTUDIO para el curso

M. I. AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE EJEA DE LOS CABALLEROS (ZARAGOZA)

PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. SEGUNDA. FINALIDAD. TERCERA. DESTINATARIOS.

ANEXO I. REGULACIÓN DE LOS FONDOS A) FONDO PARA LA FORMACIÓN DE LOS EMPLEADOS DE LA AGENCIA VALENCIANA DEL TURISMO.

BASES Y CONVOCATORIA DE AYUDAS DE COMEDOR ESCOLAR. CURSO 2015/2016.

BASES PARTICULARES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL TRANSPORTE PARA ESTUDIOS FUERA DE LA ISLA DURANTE EL CURSO

CONVOCATORIAS DE AYUDAS DE LIBROS DE TEXTO PARA EL CURSO 2007/2008

CONVOCATORIA DE AYUDAS DESTINADAS A FAMILIAS EMPADRONADAS EN LOECHES EN SITUACIÓN DE RIESGO DE EXCLUSIÓN SOCIAL - AÑO 2016

NORMAS REGULADORAS DE LA ADMISIÓN AL PROGRAMA EN VACACIONES. SEMANA SANTA 2017

Ayuntamiento de Gijón/Xixón

ESCOLARIZACIÓN EN LOS CENTROS PÚBLICOS Y PRIVADOS CONCERTADOS DE ALFAFAR, CURSO 2017/18

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS Y MATERIAL ESCOLAR 2016/17.

SECRETARIA N.Ref: ebg.eaaf/sec EXP /2014-CONV_SUBVPUB

CONVOCATORIA DE SUBVENCIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE HUERTO ESCOLAR EN CENTROS EDUCATIVOS DE VITORIA- GASTEIZ AÑO 2015

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Ayuntamiento de Puebla de la Calzada

CONDICIONES. No obstante, no se considerará que se es titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute:

1. Objeto de la convocatoria y crédito presupuestario

ANEXO I DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN EL CONCURSO DE BECAS DE EDUCACIÓN ESPECIAL CURSO

AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA DE EXTRANJERO MENOR DE EDAD NO NACIDO EN ESPAÑA. HOJA INFORMATIVA Nº 59 Fecha de actualización: julio 2011

SOLICITUD DE AYUDAS MUNICIPALES PARA NIÑOS/AS QUE HAN ASISTIDO A GUARDERÍA EN 2015

BECAS PARA ESTUDIOS UNIVERSITARIOS AYUNTAMIENTO DE ALFARA DEL PATRIARCA-UNIVERSIDAD CEU - CARDENAL HERRERA

SOLICITUD AYUDA MUNICIPAL AL TRANSPORTE UNIVERSITARIO

PROGRAMA DE VIVIENDA PROTEGIDA AUTOPROMOVIDA. (versión conforme al Decreto 57/2016, de 3 de mayo)

PREGUNTAS FRECUENTES AYUDAS DE ACCIÓN SOCIAL

Ayuntamiento de Valladolid Concejalía de Educación, Infancia e Igualdad Servicio de Educación

AYUNTAMIENTO DE Abarán (MURCIA) Nº Rgto. E.L CONVOCATORIA DE AYUDAS A PENSIONISTAS PARA EL PAGO DE RECIBOS DE BASURA 2007/2008

PROGRAMA DE FOMENTO DEL INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICIOS. (versión conforme al Decreto 57/2016, de 3 de mayo)

INFORMACIÓN TRAMITACIÓN DE SOLICITUDES DE MODALIDAD A (concurrencia competitiva)

BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE BECAS DE COMEDOR

CONVOCATORIA DE BECAS ACCEDE ESPECÍFICA PARA LOS GRADOS EN EDUCACION INFANTIL Y PRIMARIA.

BASES REGULADORAS DE AYUDAS AL TRANSPORTE PARA UNIVERSITARIOS Y CICLOS FORMATIVOS GRADO MEDIO Y SUPERIOR

CONVOCATORIA DE BECAS DE LIBROS DE TEXTO PARA EL CURSO 2010/2011

08- XX SERVICIOS SOCIALES (SSO-XX)

SERVICIO DE ACCIÓN SOCIAL CAUSAS DE EXCLUSIÓN PARA TODAS LAS MODALIDADES DE AYUDAS

Relación de Parentesco

En Arganda del Rey, a 4 de octubre de 2012 LA SECRETARIA GENERAL. Fdo.: Dª Isabel Sevilla Nohales

1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA

ERASMUS /2015 MOVILIDAD DE ESTUDIANTES PARA REALIZAR PRÁCTICAS BASES DE CONVOCATORIA.

Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid

ANEXO I 1.- AYUDA PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS Y MATERIAL ESCOLAR

Ayuntamiento Casas de Juan Núñez (Albacete)

BASES DE LA CONVOCATORIA DE BECAS DE COMEDOR PARA EL CURSO

CONCEJALÍA DE JUVENTUD

Ayuntamiento de Aviles

BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS INDIVIDUALES PARA EL ABONO DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA

BECAS ALUMNI PROGRAMA DE AYUDAS PARA ESTUDIANTES DE GRADO

AYUNTAMIENTO DE PEGALAJAR Plaza de la Constitución, 10 Tlf Fax

AREA DE ADMINISTRACIÓN (OFICINAS MUNICIPALES)

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

ACCESO A LA UNIVERSIDAD PARA MAYORES DE 45 AÑOS (CONVOCATORIA DE 2013)

NORMAS QUE HAN DE REGIR LA ADJUDICACIÓN EN REGIMEN DE PROPIEDAD DE LAS 54 VIVIENDAS DE VPPB, GARAJES Y TRASTEROS EN LA PARCELA BA-10 DEL SECTOR 3

1. Objeto de la convocatoria.

Base 2ª.- Aplicación de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Cobeña.

BASES DE LAS BECAS DE FORMACIÓN

BASES Y CONVOCATORIA DE AYUDAS ASISTENCIALES DE COMEDOR ESCOLAR PARA EL CURSO 2015/2016

II PLAN PROPIO DE DOCENCIA

ANEXO I. El objeto de la presente convocatoria es la concesión de 2 becas en las siguientes áreas de actividad:

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE LA PALMA

2. El importe máximo que se destina a subvenciones será de 1.000,00 (MIL EUROS)

Ordenanza Fiscal nº23

BASES PARA LA SELECCIÓN DE ADQUIRENTES DE LA PROMOCIÓN DE 86 VIVIENDAS DE PROTECCIÓN OFICICAL EN PARCELA MONTE HACHO DE CEUTA.-

IV. Administración Local

CONCEJALÍA DE BIENESTAR SOCIAL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BENALMÁDENA

PROCESO DE ADMISIÓN Y MATRICULACIÓN EN LA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA MANUEL RODRÍGUEZ SALES PARA EL CURSO 2016/2017

AYUNTAMIENTO DE MARTOS (JAÉN)

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE BECAS A PARTICIPANTES EN ACTIVIDADES DEPORTIVAS AÑO 2014

Transcripción:

CONVOCATORIA DE AYUDAS SOCIALES PARA MATERIAL ESCOLAR Y LIBROS Curso 2017/2018 1.- BASES REGULADORAS Las Bases Reguladoras de la Convocatoria se aprobaron en la Comisión Permanente del Consejo Escolar Municipal de Ciudad Real en sesión celebrada el seis de abril de 2017 y, posteriormente, en la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Real, en sesión celebrada el quince de mayo de 2017. 2.- CRÉDITO PRESUPUESTARIO El presupuesto total asignado a la presente Convocatoria es de 50.000,00 euros, aplicándose dicho gasto a la consignación presupuestaria número 326.48013 de Becas de material escolar de la Concejalía de Educación y Universidad del Presupuesto General de este Excmo. Ayuntamiento para el ejercicio 2017. De no agotarse el crédito disponible por ausencia de solicitudes que cumplan los requisitos previstos o por agotamiento del plazo de uso del vale por los solicitantes adjudicados, la Concejalía de Educación podrá hacer uso del dinero restante para atender situaciones excepcionales sobrevenidas que pudieran afectar a la adquisición de materiales escolares por el alumnado, contando con el informe del centro en que estos alumnos estuvieren escolarizados. Se podrá conceder una ayuda de 60 euros por hijo/a escolarizados sin que en ningún caso la cuantía de las ayudas por unidad familiar pueda superar los 300 euros. El total máximo de becas individuales que se podrán conceder será de 833. Los Centros Educativos, pueden solicitar gestionar desde el propio centro las ayudas de algunas familias, siguiendo el procedimiento y el baremo que se establece en estas bases y con la autorización expresa de la propia familia. Del mismo modo las familias pueden solicitar a su Centro Escolar la gestión y administración de estas ayudas. En ambos casos será requisito necesario que el Director o Directora del Centro lo comunique a la Concejalía de Educación y Universidad, con el informe favorable del Consejo Escolar del Centro. 3.- OBJETO La Concejalía de Educación y Universidad del Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Real convoca ochocientas treinta y tres ayudas de sesenta euros para material escolar y libros, para el curso académico 2017/2018. La convocatoria pretende colaborar en los gastos ocasionados, con motivo del inicio del curso escolar, por la adquisición de material escolar, con las familias de la localidad en situación de dificultad económica y que tengan hijos y/o hijas cursando Segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica mediante la concesión de una ayuda familiar a estos efectos. 1

4.- REQUISITOS BÁSICOS PARA BAREMAR UNA SOLICITUD: Pueden solicitar estas ayudas todas las familias empadronadas en Ciudad Real con hijos o hijas menores de 18 años cursando estudios en centros de Ciudad Real (Anejos incluidos), de las enseñanzas regladas no universitarias enumeradas en el apartado 3. de esta Convocatoria. También pueden solicitar estas ayudas aquellos estudiantes que estando empadronados en Ciudad Real, estudian fuera de la localidad por no existir estos estudios en el municipio. Requisitos básicos: Para participar de esta ayuda es requisito imprescindible el cumplimiento de las siguientes condiciones: a.- Que la unidad familiar esté empadronada en el Municipio de Ciudad Real. b.- Presentar la solicitud en el plazo establecido. c.- Asistir regularmente a las clases durante todo el curso escolar. Si se produjeran a lo largo del curso escolar 2017/18 situaciones de absentismo escolar no justificado, el Ayuntamiento podrá exigir la devolución de la ayuda concedida o proponer la no participación de la familia en la siguiente convocatoria de las mismas. Si algún alumno/a beneficiario/a de beca estuviese incurso, durante el curso escolar 2016/17 en un expediente de absentismo escolar comunicado a la Comisión Local de Ciudad Real, su vale-cheque será gestionado por el Centro educativo al que pertenezca. d.- Ingresos económicos: A efectos de cómputo económico se valorarán los ingresos del conjunto de la unidad familiar (padre, madre o tutores legales de los menores, y/o pareja de hecho si la hubiera, e hijos/as de ambos, así como otros familiares que convivan en el domicilio). Tomando como referencia el IPREM 1, que lo ingresos familiares sean iguales o inferiores a los que establece: Número de miembros Ingresos mes Número de miembros Ingresos mes 2 621,26 euros 6 869,75 euros 3 714,45 euros 7 900,81 euros 4 776,57 euros 8 o más 931,87 euros 5 838,69 euros El hecho de cumplir con todos los requisitos generales enumerados en este apartado no supone, por si solo, derecho a la obtención de la ayuda. 1 Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) 2

5.- FORMALIZACIÓN Y PLAZO DE SOLICITUDES Se presentará una única solicitud por unidad familiar, según el modelo adjunto (Anexo I). En ella se incluirán todos los miembros de la unidad familiar para los que se solicita ayuda con especificación de los estudios que, en cada caso, vayan a cursar en el año académico 2017/2018. El plazo para la presentación de solicitudes será desde el 06 al 14 de junio de 2017. Y se entregarán en la Concejalía de Educación y Universidad, sita en C/ Juan Ramón Jiménez, 4, Primera Planta; de lunes a viernes en horario de mañana de 08:30 h. 14:00 h. La solicitud debe ir firmada por el padre, madre o tutor legal de los alumnos para los que se solicita la ayuda y que será la persona a quien en caso de concederse, se entregará posteriormente el vale-cheque. 5.1.- Documentación que deben presentar los solicitantes que cumplan los requisitos básicos: 1.- Fotocopia DNI en vigor o NIE en vigor. 2.- Fotocopia Libro de Familia. 3.- Certificado de empadronamiento y convivencia o autorización expresa a la Administración para consultar este requisito. 4.- Justificante de ingresos referido a la unidad familiar:. Si son trabajadores/as por cuenta propia: Copia de la Declaración trimestral (Modelo 130) y copia de los justificantes de las cotizaciones a la Seguridad Social y liquidaciones de los pagos fraccionados de los últimos tres meses. (Se tendrán en cuenta como ingresos mínimos mensuales los de la base de cotización de la Seguridad Social).. Si son trabajadores/as por cuenta ajena: Copia de las tres últimas nóminas.. En caso de desempleados/as: Certificado actualizado emitido por la Oficina del Servicio Público de Empleo correspondiente, que acredite situación de la demanda y Certificado actualizado en el que se haga constar si percibe la prestación o subsidio de desempleo indicando, en su caso, las cuantías de éstos.. En caso de percibir prestaciones (por Jubilación, Invalidez, Incapacidad Temporal, pensiones, etc.): Certificado expedido por la Seguridad Social u Organismo competente en el que se indique la cantidad que se percibe.. En el caso de separación o divorcio legal: Copia de la Sentencia de Separación y del Convenio Regulador si lo hubiere, así como justificante de aportaciones económicas establecidas en dicha sentencia. En situaciones de impago, copia de la solicitud de ejecución de la sentencia presentada ante el juzgado o justificante de inicio de las actuaciones. 3

.En el caso de separaciones de uniones de hecho con hijos reconocidos: Copia de la Sentencia de Guarda, Custodia y Alimentos, así como justificante de aportaciones económicas establecidas en dicha sentencia. En situaciones de impago, copia de la solicitud de ejecución de la sentencia presentada ante el Juzgado o justificante de inicio de las actuaciones. 5.- Certificado que acredite la discapacidad, en el caso de existir. 6.- Familia numerosa: Documento acreditativo actualizado (no será válido el libro de familia). 7.- En caso de existir gastos de alquiler o hipoteca de vivienda, aportar recibos de pago de los 3 últimos meses. 8.- Se podrán solicitar al interesado otro u otros documentos distintos a los enumerados anteriormente, cuando por medio de estos no quede debidamente acreditado el cumplimiento de los requisitos necesarios para la concesión de la ayuda. 9.- Los solicitantes deben presentar la solicitud debidamente cumplimentada junto con fotocopias de los documentos acreditativos del cumplimiento de los criterios que se alegan de cara al baremo. En caso de no presentarse fotocopias con compulsa válida y en vigor, debe presentar los documentos originales para ser cotejados en el momento de recibir la solicitud. 6.- BAREMACIÓN Las solicitudes se valorarán individualmente, aplicando los criterios que se enumeran a continuación. Se asignará un punto por cada uno de los apartados de manera que se concederá la ayuda en el orden resultante, agrupando en primer lugar las solicitudes correspondientes a unidades familiares con mayor número de miembros: a.- Gastos derivados de alquiler o amortización de vivienda, siempre que esta sea la vivienda habitual de la unidad familiar. b.- Padre, madre o tutor/a legal en situación de desempleo. c.- Condición de Familia numerosa. d.- Situación de discapacidad reconocida en algún miembro de la unidad familiar. 4

7.- LISTA DE ADMITIDOS, COMISIÓN DE VALORACIÓN Y RESOLUCIÓN La resolución provisional de las ayudas concedidas se hará pública el 26 de junio de 2017. Se establecerá un plazo de reclamaciones de tres días: 27-29 de junio de 2017. La resolución definitiva se hará pública el 30 de junio de 2017. Todas las resoluciones se harán públicas en el tablón de anuncios de la Concejalía de Educación y Universidad y en la página web del Ayuntamiento. Las ayudas, en formato de vales-cheques para canjear en aquellas librerías y papelerías que hayan firmado convenio con el Ayuntamiento a este efecto podrán retirarse en la Concejalía de Educación y Universidad entre el 28 de agosto y el 06 de septiembre de 2017. Los vales-cheques podrán canjearse desde el día 01 de septiembre hasta el 31 de octubre de 2017. Para la recepción y baremación de solicitudes, revisión de reclamaciones y publicación de resoluciones provisional y definitiva, se constituirá en la Concejalía de Educación y Universidad una Comisión de Valoración presidida por la Concejala de Educación o persona en quien delegue, el Jefe de Sección o persona en quien delegue de Educación y dos funcionarios/as de la misma. De las sesiones que celebre dicha comisión para el desempeño de sus funciones se levantará acta. La resolución final de las ayudas concedidas será estudiada y aprobada por la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Real, previo informe favorable, no vinculante, de la Comisión Permanente del Consejo Escolar Municipal. El disfrute de esta beca es compatible, por parte del Ayuntamiento de Ciudad Real, con cualquier otra beca o ayuda destinada al mismo fin, financiada por fondos públicos o privados. 8.- JUSTIFICACIÓN Y OBLIGACIONES La justificación de las cuantías concedidas a cada familia la realizarán las entidades colaboradoras (librerías y papelerías de la localidad), mediante albarán y factura en la que deberán aparecer todos los conceptos y su gasto, en la forma y plazo que se estipulará en la convocatoria y convenio firmado al efecto. Los beneficiarios deberán canjear los vales únicamente en las Entidades colaboradoras que hayan firmado el convenio con el Ayuntamiento y, solamente, podrán obtener material escolar. El Consejo Escolar Municipal elaborará un listado de materiales que no pueden ser adquiridos a través de esta ayuda, que será incorporada al convenio que se firme con las Entidades colaboradoras. Una vez retirado el vale-cheque no podrá ser sustituido por otro en los casos de pérdida o sustracción. 5

9.- RENUNCIA, SUSPENSIÓN Y REVOCACIÓN DE LAS BECAS El beneficiario tendrá obligación de reintegrar a la Concejalía de Educación y Universidad la cantidad percibida que haya sido canjeada indebidamente por material que no se ajuste a la convocatoria, o que incurra en lo establecido en el apartado 4.c. de esta convocatoria relativo al absentismo escolar. 10.- RECURSOS La resolución final pone fin a la vía administrativa, si bien también se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado la presente resolución en el plazo de un mes. 6