II Modelo de Naciones Unidas de la Universidad de Buenos Aires Del 5 al 7 de julio de 2017 Asamblea General Acerca del desarme: Conceptos generales. Desarme nuclear Desde la Primera Guerra Mundial el término desarme surgió en la literatura de las relaciones internacionales y logró ser utilizado desde entonces. En principio, como análisis general, el concepto puede ser descripto como una limitación de la capacidad militar con el propósito de prevenir la guerra y de crear condiciones para el mantenimiento de la paz internacional. Por otro lado, en términos políticos, se refiere a las medidas deseadas para la reducción o eliminación de los armamentos, fuerzas armadas y de la capacidad tecnológica e industrial que habilitan el desarrollo de la producción bélica. De esta manera, se encuentra determinado como una política exterior (definido como el conjunto de las decisiones públicas que toma el gobierno de un Estado en función de los intereses nacionales y en relación con los demás actores del sistema internacional de un país ), el cual puede ser completo o parcial y puede ser controlado o sin control, según las distintas coyunturas y características de un país o de una región y, ser unilateral o multilateral, universal, regional o local. Esto demuestra que este concepto, en conjunto con la no proliferación y el control de armamentos, son medidas que indiscutiblemente acompañan el proceso hacia la consolidación de la estabilidad internacional.
Dentro del esquema institucional que enmarca las negociaciones sobre desarme existe una dimensión multilateral que se ve encarnada fundamentalmente por la Conferencia de Desarme (CD). La Conferencia de Desarme (CD) es el organismo heredero de una tradición de más de cuarenta años a lo largo de los cuales fue creciendo en cuanto a las temáticas de su agenda y a su cantidad de miembros. Ambas cuestiones tienen una explicación clara. La agenda de la CD fue receptando, aquellos temas que la comunidad internacional ha juzgado que debían superar el umbral retórico para ingresar en una negociación efectiva de instrumentos internacionales 6 vinculantes para regular una reducción y eventualmente alcanzar la eliminación definitiva de cierto tipo y sistema de armamentos. La misma, en su agenda, contiene los siguientes temas en relación al concepto de desarme, los cuales pueden ser utilizados como tópicos que se deben entender con esta problemática. La cesación de la carrera de armamentos nucleares y el desarme nuclear. Prevención de la guerra nuclear, incluidas todas las cuestiones conexas. Prevención de la carrera de armamentos en el espacio ultraterrestre. Acuerdos internacionales eficaces que den garantías a los Estados no poseedores de armas nucleares contra el empleo o la amenaza del empleo de esas armas. Nuevos tipos de armas de destrucción en masa y nuevos sistemas de tales armas, armas radiológicas. Programas de desarme. Transparencia en materia de armamentos. Siguiendo con esta línea descriptiva, el desarme se puede dividir en dos grandes grupos que se diferencian en su tipo, por un lado se encuentra el desarme de Armas de Destrucción Masiva (ADM), grupo que incluye el desarme nuclear, químico y el biológico; Mientras que por otro lado se encuentra el desarme de las Armas Convencionales (AC) que involucra a las armas pequeñas y ligeras (minas, bombas de racimo), municiones, artillería y transportes armados. Armas de Destrucción Masiva (ADM) Nuclear Químico Biológico Armas Convencionales Armas Pequeñas y Ligeras
Minas Bombas de racimo Municiones Artillería Transportes Armados Desarme nuclear El subtipo de desarme que se desarrollará en las siguientes líneas es el desarme nuclear, pertenecientes a las armas de destrucción masiva; el cual refiere a la voluntad política de las potencias militares para controlar, limitar y reducir sus arsenales nucleares. La limitación de armas y el desarme se han discutido y negociado durante años en las Naciones Unidas, lo que llevó a la realización de una serie de tratados, convenciones y resoluciones en esta materia que han ayudado en el camino a la acción internacional para el desarme de armas nucleares y convencionales. Los antecedentes demuestran que e n 2004 (bajo la resolución 1540 del Consejo de Seguridad) se impuso a todos los Estados la obligación de adoptar legislaciones nacionales para evitar la proliferación de armas nucleares, químicas y biológicas, así como su abastecimiento, y a establecer controles sobre materiales relacionados y prevenir el tráfico ilícito. Años más tarde, ya en 2013, la Asamblea General estableció como punto de referencia el Tratado de Comercio de Armas, que regula el comercio internacional de armas convencionales. La eliminación de las armas nucleares y otras armas de destrucción masiva y la no proliferación de armas nucleares continúan siendo prioridades fundamentales de la Organización de las Naciones Unidas. Antes del año 2015, los Estados que poseen armas nucleares apenas han logrado progresos, y la preocupación crece ante los esfuerzos de estos Estados por modernizar sus arsenales nucleares y las infraestructuras relacionadas. La ONU promueve una zona libre de armas nucleares y de todas las demás armas de destrucción masiva en Oriente Medio. Las zonas libres de armas nucleares contribuyen en gran medida al fortalecimiento del desarme nuclear y a los regímenes de no proliferación, además de mejorar la seguridad regional e internacional. Esta limitación de armas y el desarme tuvo como consecuencia la creación de los siguientes instrumentos internacionales. Partial Test Ban Treaty, firmada y entró en vigor en 1963 Tratado del espacio exterior, entró en vigor en 1967
Tratado de No Proliferación Nuclear, firmada en 1968, entró en vigor en 1970 Seabed Arms Control Treaty, firmada en 1971, entró en vigor en 1972 Strategic Arms Limitation Treaty (SALT I), firmada y ratificada en 1972, en vigor entre 1972-1977 Tratado sobre Misiles Antibalísticos, firmada y entró en vigor en 1972, terminó tras la retirada de EE.UU. en 2002 Convención sobre armas biológicas, firmada en 1972, entró en vigor en 1975 Threshold Test Ban Treaty, firmada en 1974, entró en vigor en 1990 SALT II firmada en 1979, nunca entró en vigor en Environmental Modification Convention, firmada en 1977, entró en vigor en 1978 Convention on Certain Conventional Weapons, firmada en 1980, entró en vigor en 1983 Moon Treaty, firmada en 1979, entró en vigor en 1984 Tratado de Armas nucleares de rango intermedio, firmada en 1987, entró en vigor en 1988 Tratado de las Fuerzas Armadas Convencionales en Europa, (Tratado CFE) firmada en 1990, entró en vigor en 1992 Tratado de Reducción de Armas Estratégicas (START I), firmada en 1991, entró en vigor en 1994, expiró en 2009 Convención sobre Armas Químicas, firmado en 1993, entró en vigor en 1997 START II, firmada en 1993, ratificada en 1996 (EE.UU.) y en 2000 (Rusia), terminada la retirada de Rusia después de 2002 Convención sobre la prohibición de minas antipersonales : Tratado de Ottawa sobre minas terrestres antipersonales, firmada en 1997, entró en vigor en 1999 Tratado de Cielos Abiertos, firmado en 1992, entró en vigor en 2002 Strategic Offensive Reductions Treaty (SORT), firmado en 2002, entró en vigor en 2003, expiró en 2012 Normas acerca de las municiones de racimo, firmado en 2008, entró en vigor en 2010,
En respaldo a la argumentación y posición de la ONU con relación al desarme nuclear de los países intervinientes, se pueden observar los siguientes informes y resoluciones de la Asamblea General relativas al tratado de prohibición completa de los ensayos nucleares. A/RES/64/69 (2009) A/RES/63/87 (2008) A/RES/62/59 (2007) A/RES/61/104 (2006) A/RES/60/95 (2005) A/RES/59/109 (2004) A/RES/58/71 (2003) A/RES/57/100 (2002) A/DEC/56/415 (2001) A/RES/55/41 (2000) A/RES/54/63 (1999)