REGLAMENTO de la MAESTRIA EN TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN

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Transcripción:

REGLAMENTO de la MAESTRIA EN TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN PARTE1: Disposiciones generales 1.1. Definición de términos Considerando que se trata de una oferta de posgrado de tipo interinstitucional, el reglamento que se propone deberá respetar las disposiciones reglamentarias para este nivel de formación dispuestas en cada institución. Cuando sea necesario, se especificará las cuestiones propias para cada unidad académica particular. Para ello, se define como Sede-FaCENA, a la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales y Agrimensura de la Universidad Nacional del Nordeste (UNNE) y Sede-FCEQyN a la Facultad de Ciencias Exactas, Químicas y Naturales de la Universidad Nacional de Misiones (UNAM). 1.2. Requisitos de admisión a) Los aspirantes a cursar la carrera de Maestría deberán ser graduados de universidades argentinas de carreras de Informática, con titulo de grado de 4 o más años de duración. Para el caso de graduados de carreras de grado no contempladas en el inciso anterior, entre los que se cuenta a los graduados de universidades extranjeras, deberán contar con una evaluación y dictamen favorable del Comité Académico. b) Los estudiantes de las carreras de Informática de ambas sedes, que cuenten con todas las asignaturas de grado aprobadas, podrán inscribirse mediante constancia de título de grado en trámite y certificado de materias aprobadas. La inscripción será ratificada cuando se presente el título de grado. c) Para el trámite de inscripción el alumno debe presentar la siguiente documentación: Formulario de inscripción, fotocopia legalizada del Título Universitario, Fotocopia del DNI (formato nuevo con todos los datos), CV actualizado, 3 fotos 4x4, comprobante de pago de la Inscripción y Documento de Aceptación de Condiciones y Compromiso de Pago firmado por el alumno. 1.3. Reconocimiento de créditos académicos El reconocimiento de créditos académicos en el nivel de postgrado expresa una valoración de la adquisición de competencias en un área del saber o campo disciplinar vinculados con los objetivos, el perfil del egresado y la estructura curricular de la carrera en cuestión. Se define como Crédito Académico a la unidad de medida de las actividades presenciales correspondientes a: 1 (un) crédito = 15 (quince) horas reloj presenciales. Se tendrá en cuenta para el otorgamiento de créditos la pertinencia, profundidad, nivel de exigencia y extensión de las actividades de la carrera. Los alumnos podrán solicitar el reconocimiento de créditos por cursos de posgrado aprobados en otras instituciones universitarias, el Comité Académico será el responsable de evaluar y recomendar el reconocimiento de dichos créditos. El máximo de créditos reconocidos no podrá superar el treinta por ciento del total establecido por el correspondiente plan de estudio, para el ciclo de materias y actividades de la carrera. PARTE 2: Cuerpo Académico Maestría en Tecnologías de la Información 1

El cuerpo académico está conformado por el Director y Codirector de la carrera, Comité Académico, Cuerpo Docente, Directores de Trabajo Final de Maestría. 2.1. Director y Codirector de carrera Serán designados por el HCD de ambas sedes. Para la designación del Director y Codirector, se deberán considerar los mismos requisitos. Ambos deben poseer un nivel científico, académico y/o profesional adecuado, respetando los requisitos detallados en el punto 2.8 del presente reglamento. 2.2. Comité Académico Será designado por el HCD de ambas sedes. Los perfiles requeridos para conformar el Comité Académico deben respetar los requisitos detallados en el punto 2.8 del presente reglamento. El Comité Académico estará integrado por el Director, el Codirector, dos miembros de cada una de las sedes y dos profesores externos a las sedes involucradas. 2.3. Cuerpo docente Serán designados por el HCD de cada sede. Los perfiles docentes para conformar el cuerpo académico son los que se establecen en el punto 2.8 del presente reglamento. 2.4. Funciones del Director y Codirector de carrera a) En todas las funciones que se detallan a continuación, el Director de carrera contará con el asesoramiento del Comité Académico de la carrera. b) El Director de carrera preside y coordina el Comité Académico. Representa a la carrera en las distintas instancias institucionales. c) En forma conjunta con el Codirector, organiza, coordina y gestiona las actividades académicas, administrativas y de vinculación interinstitucional, en cuestiones que hacen al desarrollo y fortalecimiento de la carrera. d) Con acuerdo del Comité Académico, gestiona la designación del cuerpo académico, directores y jurados de Trabajo Final de Maestría. e) En forma conjunta con el Codirector, supervisa los procesos de inscripción, admisión y orientación de los estudiantes. f) Con acuerdo del Comité Académico, eleva a las autoridades de la sede correspondiente los planes de trabajo de Trabajo Final de Maestría que cuenten con el aval del director de Trabajo Final de Maestría y del Comité Académico. g) Elabora las actas de las reuniones con el comité académico, y mantiene un archivo con toda la documentación relevante de la carrera. 2.5. Director/Codirector de Trabajo Final de Maestría Será designado por el HCD, a propuesta del Director de la Maestría, previa evaluación de los antecedentes por el Comité Académico. Los perfiles requeridos para ser director de Trabajo Final de Maestría son los que se establecen en el punto 2.8 del presente reglamento. Cuando se requiera contar con codirectores de Trabajo Final de Maestría, el procedimiento de designación será igual en condiciones, requisitos y funciones a las establecidas para el director de Trabajo Final de Maestría. 2.6. Funciones del Director/Codirector de Trabajo Final de Maestría Maestría en Tecnologías de la Información 2

a) Juntamente con el alumno, definir el tema de Trabajo Final de Maestría y elaborar el respectivo plan de trabajo. b) Refrendar, cuando corresponda, las eventuales modificaciones en los planes de Trabajo Final de Maestría. c) Asesorar, dirigir y evaluar el desarrollo de las actividades del Trabajo Final de Maestría. Tanto Director/es como Codirector/es podrán renunciar a la dirección de la Trabajo Final de Maestría de la Maestría, mediante una nota fundada dirigida al Director de la carrera, que resolverá como prosigue el trabajo de Trabajo Final de Maestría el alumno. También el alumno puede solicitar al Director de la Maestría algún cambio en la dirección de su Trabajo Final de Maestría, lo que obligará a presentar nuevamente la propuesta de Trabajo Final de Maestría. 2.7. Jurado de Trabajo Final de Maestría Será designado por el HCD, a propuesta del Director de la Maestría, con el aval del Comité Académico de la sede a la que pertenece el alumno. Estará constituido por tres (3) miembros titulares, - de los cuales al menos uno (1) será externo a las universidades involucradas - y dos (2) miembros suplentes, - de los cuales al menos uno (1) será externo a las universidades involucradas. 2.8. Condiciones para ser designado integrante del Comité Académico, Director, Codirector y Cuerpo Docente de la carrera a) Acreditar un grado académico igual o superior en el campo de conocimiento de la carrera o poseer una formación equivalente fehacientemente demostrada y una trayectoria destacada en el campo de conocimiento en que enseña y trabaja. b) Ser docente-investigador o demostrar una trayectoria destacada en el campo del conocimiento en que investiga o desarrolla su actividad profesional, congruente con los objetivos de la carrera. Las actividades desarrolladas en los últimos cinco (5) años deben incluir acciones relevantes en más de uno de los siguientes aspectos: - Producción científico-tecnológica y/o académica publicada en medios nacionales e internacionales de reconocido prestigio en el campo de conocimiento respectivo. - Presentaciones en reuniones científicas, tecnológicas o académicas especializadas. - Participar o haber participado en proyectos de innovación y desarrollo tecnológico o de prototipos experimentales para el sector productivo, de servicios, social y/o gubernamental. PARTE 3: Condiciones del cursado a) Cada asignatura establecerá las condiciones de aprobación que incluirán hasta tres instancias evaluación. b) A partir del inicio de la carrera se establecen cuatro (4) años, como máximo, para concluir con las actividades académicas incluida la presentación del Trabajo Final de Maestría de maestría para su evaluación y defensa. Si al cabo de ese período el maestrando no la hubiera concluido, podrá solicitar de manera excepcional una Maestría en Tecnologías de la Información 3

prórroga al Comité Académico de la carrera, la que en ningún caso podrá ser superior a un (1) año. c) En el caso que un alumno no apruebe alguna de las asignaturas podrá recursar en el siguiente dictado en el caso que se formalice una nueva cohorte, abonando el costo previsto para quienes cursan las asignaturas como curso de posgrado. PARTE 4: Presentación y defensa del Trabajo Final de Maestría 4.1. Trabajo Final de Maestría a) El Trabajo Final de Maestría deberá ser individual y exponer con claridad la tarea de investigación bibliográfica y estado del arte realizada y los aportes creativos (teóricos o de desarrollo) resultantes. b) Una vez alcanzados los créditos requeridos el alumno elevará al Director de la Maestría el Plan de Trabajo Final, con los antecedentes y el aval explícito de su Director/Codirector de Trabajo Final de Maestría. El Director de la Maestría lo evaluará con el Comité Académico de la Carrera. Si obtuviere dictamen favorable, se elevará al HCD, para su consideración y aprobación. En caso contrario, propondrán al postulante la realización de modificaciones al plan, o el rechazo definitivo del mismo. 4.2. Presentación del Trabajo Final de Maestría Una vez completados los cursos y el trabajo de Trabajo Final de Maestría, el alumno con el aval de su Director elevará tres (3) ejemplares impresos del Trabajo Final de Maestría y una (1) copia en versión digital, y solicitará la constitución del Jurado que evaluará la misma. El Trabajo Final de Maestría estará redactado en idioma español. A fin de apoyar la valoración del Trabajo Final de Maestría realizada, el alumno podrá acompañar las publicaciones que referidas al tema de la misma haya realizado durante su trabajo. 4.3. Jurados de Trabajo Final de Maestría y Evaluación. a) El Comité Académico de la sede a la que pertenece el alumno, propondrá al HCD la constitución de un Jurado encargado de evaluar el Trabajo Final de Maestría y la defensa oral y pública del mismo. Este Jurado estará integrado por tres (3) miembros titulares y un (1) miembro suplente que deberán ser Profesores Universitarios del país o del exterior de reconocido prestigio y conocimientos en el tema del Trabajo Final de Maestría, siendo por lo menos 1 de ellos Profesor externo a la UNNE y UNaM. El Director podrá ser invitado a las reuniones del Jurado y tendrá voz pero no voto. b) Una vez designado el Jurado, podrá ser recurrido por el alumno, mediante presentación fundada ante el Comité Académico dentro de los 3 días hábiles siguientes a la designación. Las causales de recusación serán las mismas que para los concursos de profesores ordinarios de la UNNE y UNaM. c) Dentro de los 30 días de constituido el Jurado, éste deberá expedirse sobre la aceptación o rechazo del Trabajo Final de Maestría y fijar fecha para la defensa pública del mismo. Cada uno de los Jurados deberá presentar una nota de evaluación que contenga su opinión sobre: Maestría en Tecnologías de la Información 4

- Aporte de la Trabajo Final de Maestría presentada. - Profundidad de la investigación/desarrollo realizado. - Metodología del trabajo adoptada y aplicada. - Calidad del trabajo experimental (si correspondiera). - Claridad y precisión de la redacción. - Fuentes de información y Bibliografía. - Validez de las conclusiones alcanzadas. - Concluirá la nota con una evaluación final sintética en la que indicará su aceptación o no para la defensa oral de la Trabajo Final de Maestría. d) Para habilitar la defensa oral del Trabajo de Trabajo Final de Maestría se requerirá la opinión favorable de la mayoría de los miembros del Jurado. e) En caso de estar habilitada para su exposición, se sugiere un plazo máximo de otros 30 días, siendo atribución del Comité Académico la coordinación de la exposición con el Jurado. Estos plazos podrán prorrogarse, por pedido de alguno de los miembros del Jurado por un máximo de 30 días adicionales. f) En caso de no aceptación para exposición, la opinión escrita de los Jurados (y sus indicaciones/sugerencias para el Trabajo Final de Maestría si las hubiere) será comunicada formalmente al alumno, a su Director y al Director de la Maestría. En este caso, transcurridos 120 días el alumno podrá presentar por segunda vez su Trabajo de Trabajo Final de Maestría (con las correcciones que correspondieran). Si es nuevamente rechazado, no podrá volver a presentarlo y esta medida será inapelable. 4.4. Defensa oral y pública de la Trabajo Final de Maestría a) Será obligatoria la Defensa Oral y Pública del Trabajo Final de Maestría. Este acto revestirá el carácter de Académico y deberá contar con la presencia de al menos dos (2) miembros del Jurado. Con anterioridad a la exposición, los miembros del Jurado podrán mantener una entrevista con el maestrando en la que podrá estar presente el Director del Trabajo Final de Maestría. b) El desarrollo del acto estará dirigido por el Director y/o Codirector de la Maestría, o un profesor designado por la sede a la que pertenece el maestrando. Este profesor dará por iniciado el acto, dirigirá el debate posterior, si lo hubiera, y dispondrá el orden en el cual el maestrando deberá contestar los diversos interrogantes que le planteen los miembros del Jurado. Cuando no hubiera más preguntas, dicho profesor dará por finalizada la defensa. c) Finalizada la defensa oral y pública, se realizará un Acta de evaluación con la firma de los Jurados, el maestrando y el Director de Trabajo Final de Maestría. En el Acta el Jurado indicará la calificación final. La calificación final podrá ser Excelente (10), Distinguido (9), Muy Bueno (8), Bueno (7), Aprobado (6), o Insuficiente (1 a 5). Todas las decisiones del Jurado serán inapelables. d) En el caso de una defensa de Trabajo Final de Maestría considerada Insuficiente (aunque haya sido aceptada para su exposición), el maestrando podrá solicitar por única vez una nueva fecha de exposición pasados 90 días de la defensa. Maestría en Tecnologías de la Información 5