RECOPILATORIO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO V

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Transcripción:

RECOPILATORIO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO V Este ejercicio práctico supone una simulación al examen de acceso a la abogacía. En este caso se intenta simular en tan sólo 10 preguntas, las cuales se organizan de la siguiente manera: las dos primeras que versan sobre ética y cuestiones básicas de derecho y las ocho siguientes versan sobre las materias específicas: derecho civil y mercantil, derecho laboral, derecho penal y derecho administrativo. El tiempo máximo recomendado que se le debe asignar a cada pregunta es de 3 minutos y 12 segundos por pregunta (aunque se puede hacer en mucho menos tiempo). La calificación es de 1 punto por pregunta correcta y se resta un tercio de punto por pregunta incorrecta. Las preguntas no contestadas no suman ni restan. 1. La mercantil Vivimos de la Olla Grande S.L. pretende establecer una buena relación con el Ayuntamiento de su ciudad, para lo que tiene previsto presentarse a varios concursos en busca de buenos contratos administrativos pero, al ser la primera vez que lo hace, tiene serias dudas de cuáles son los instrumentos de que disponen las Administraciones y quiénes los emiten: a) Los contratos públicos se rigen, en todo caso, por lo dispuesto en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Generales aprobados por el Consejo de Ministros y por los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares aprobados por el propio órgano de contratación que corresponda. b) Los contratos públicos se rigen, en todo caso, por lo dispuesto en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Generales aprobados por el órgano de contratación que corresponda y por los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares aprobados por el Consejo de Ministros. c) Los contratos públicos se rigen, en cualquier lugar, por lo dispuesto en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Generales aprobados por el órgano de contratación que corresponda y, dependiendo del contrato, por los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares aprobados por el Consejo de Ministros.

d) Los contratos públicos se rigen, dependiendo del contrato, por lo dispuesto en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Generales aprobados por el órgano de contratación que corresponda y, en todo caso, por los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares aprobados por el Consejo de Ministros. 2. Don Baltasar Melchor Gaspar de Jovellanos inicia procedimiento administrativo de responsabilidad patrimonial de la Administración. De qué plazo dispone la Administración para resolver?: a) La Administración dispone de veinte días para resolver. b) La Administración dispone de seis meses para resolver. c) La Administración dispone de tres meses para resolver. d) La Administración dispone de un año para resolver. 3. Forman parte del orden jurisdiccional contencioso-administrativo: a) Los Juzgados de Paz, los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, las Audiencias Provinciales, los Tribunales Superiores de Justicia, los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo. b) Los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, los Tribunales Superiores de Justicia, la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo. c) Los Juzgados de Paz, los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, los Tribunales Superiores de Justicia, los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo. d) Las Audiencias Provinciales, los Tribunales Superiores de Justicia, los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo. 4. D. Juan, D. Giovanni y D. John presentan recurso contenciosoadministrativo contra una resolución que les denegaba una subvención

para explotar sus tierras de cultivo a la que consideran tenían derecho. La cuantía de dicha subvención sería, respectivamente de, 700.000 euros, 135.000 euros y 925.000 euros. Tras ver desestimada su pretensión, que se ha tramitado en un único proceso por acumulación, tanto en primera instancia como en apelación deciden llegar hasta el final y acudir en casación al Tribunal Supremo. Resulta que, tras mucho patearse despachos de abogados, te han elegido a ti para que les lleves este nuevo recurso: a) Les comunica que, no habría problema alguno, al menos en lo que al requisito previos de cuantía para presentar el recurso refiere, pues, con una cuantía de 1.760.000 euros, el recurso pasaría el corte fácilmente. b) Les comunica que, lamentablemente, el recurso por parte de D. Giovanni no prosperaría por tener una cuantía inferior al corte que fija la ley mientras que D. Juan y D. John podrían seguir adelante con el procedimiento. c) Les comunica que, lamentablemente, ni D. Giovanni ni D. Juan podrían continuar, en ningún caso, con el recurso pues no superan el mínimo legal, pudiendo continuar únicamente D. John. d) Les comunica, muy a su pesar, que, al no superar ninguno el millón de euros mínimo fijado por Ley, el recurso no prosperaría en ningún caso. 5. La Generalitat, mediante acto administrativo, resolvió el 13 de noviembre contra la petición de D. Xavier Altiribas de reasfaltar la carretera que va de Barcelona a Girona y la resolución le fue notificada el día 15. Como Xavier ya se lo veía venir, presentó recurso de reposición contra la resolución el día 17 y un par de días más tarde acude a tu despacho y te pide que plantees recurso contencioso administrativo contra la resolución inicial de la Generalitat: a) El plazo para interponer el recurso contencioso administrativo termina el día 16 de enero de 2016. b) El plazo para interponer el recurso contencioso administrativo termina el día 20 de diciembre de 2015.

c) El plazo para interponer el recurso contencioso administrativo termina el día 15 de enero de 2016. d) El plazo para interponer el recurso contencioso administrativo depende de la resolución del recurso de reposición. 6. Don Daniel Treviso, de trece años, jugaba al fútbol con la liga escolar en el polideportivo municipal de La Laguna. Debido a un incorrecto atornillado de una de las porterías, esta terminó cayendo sobre su muñeca derecha separándole el radio del escafoides. El menor había sido fichado por las categorías inferiores del Betis que en vista de la lesión decidió ejecutar la cláusula de salida que le permitía el contrato. Don Daniel, furioso quiere demandar al Ayuntamiento: a) El menor podría por sí mismo y en su nombre presentar demanda de responsabilidad contra la Administración acompañado de procurador y abogado. b) El menor podría, por sí mismo y en su nombre, presentar demanda de responsabilidad contra la Administración acompañado de procurador. c) El menor podría, representado por sus tutores legales, presentar demanda de responsabilidad contra la Administración acompañado de abogado. d) Los tutores del menor podrían, en nombre de este, presentar demanda de responsabilidad contra la Administración acompañado de procurador y abogado. 7. El Reno Volaor S.L., tras una paralela de Hacienda, recibe una notificación del TEAR en la que se mantiene la sanción que recurrió de 59.500 euros por una declaración errónea de la declaración del IVA del ejercicio 2013. Tras comentarlo con su contable, el Sr. Rudolph Rojo (administrador de la sociedad) acude a usted a fin de que sea el encargado de llevar el procedimiento y le cuestiona sobre cuáles son los pasos a dar: a) Habría de presentarse escrito de interposición ante el TSJ correspondiente en el plazo de veinte días naturales a contar desde la

notificación y esperar a que se emplace a las partes para la celebración de la vista. b) Habría de presentarse escrito de interposición ante el TSJ correspondiente en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la notificación y esperar a que se emplace a las partes para la celebración de la vista. c) Habría de presentarse escrito de interposición ante el TSJ correspondiente en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación y, una vez recibido el expediente administrativo, presentar demanda en el plazo de veinte días hábiles. d) Antes de poder acudir a la jurisdicción contenciosa habría que presentar recurso obligatorio ante el TEAC. 8. Ya en la demanda ante el TSJ, y viendo que la sanción se basa en una serie de facturas emitidas por un proveedor de papel de regalo con el que el Sr. Rudolph tiene una buenísima relación, planteas la opción de que el administrador de la sociedad proveedora acuda a juicio a testificar sobre dichas facturas: a) Dicha testifical podría pedirse en cualquier momento antes de la vista mediante escrito dirigido al TSJ. b) Dicha testifical podría pedirse en cualquier momento hasta 15 días antes de la vista mediante escrito dirigido al TSJ. c) Dicha testifical solo podría pedirse en el escrito de demanda, incluyéndose de forma referenciada, en los fundamentos jurídicos. d) Dicha testifical solo podría pedirse en el escrito de demanda, incluyéndose de forma referenciada por medio de otrosí. 9. La mercantil Quien Tubo Retubo S.L. que tiene por objeto social la fabricación de todo tipo de enseres de laboratorio ha hablado con algunos miembros del Ministerio de Sanidad y resulta que están a esperas de publicar los requisitos para acceder a un contrato público de suministro:

a) La Administración podrá acudir al procedimiento negociado siempre que el precio sea inferior a 100.000 euros. b) La Administración podrá acudir al procedimiento negociado siempre que el precio sea superior a 100.000 euros. c) La Administración no podrá acudir en ningún caso al procedimiento negociado al ser un contrato de suministro. d) La Administración no podrá acudir al procedimiento negociado salvo que el valor estimado del contrato supere los 360.000 euros. 10. Don Juan Ponce presentó escrito de interposición contra el Ayuntamiento de Sevilla por una caída que sufrió en el Puente de Triana (según Don Juan el pavimento resbalaba). Don Juan con residencia en Cádiz decide que el Juzgado competente será el de lo Contencioso de Cádiz, por ser el lugar de residencia del administrado. Una vez planteada la demanda, el Ayuntamiento de Sevilla considera que el órgano no es competente para conocer del asunto, debiendo serlo alguno de los Juzgados de lo Contencioso de la propia Sevilla: a) La Administración dispone de veinte días desde que se le da traslado de la demanda para alegar incompetencia del órgano judicial. b) La Administración dispone de cinco días desde que se le da traslado de la demanda para alegar incompetencia del órgano judicial. c) La Administración dispone de tres días desde que se le da traslado de la demanda para alegar incompetencia del órgano judicial. d) La Administración dispone de diez días desde que se le da traslado de la demanda para alegar incompetencia del órgano judicial. Las preguntas aquí plasmadas han sido redactadas íntegramente por el equipo de ExamenAbogacia.es, si tienes cualquier duda o quieres contribuir con preguntas propias no dudes en contactar con nosotros a través de nuestra web.