INTENDENCIA DE CANELONES PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES LLAMADO A INTERESADOS N 5 /2015

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INTENDENCIA DE CANELONES PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES LLAMADO A INTERESADOS N 5 /2015 REFACCION AMPLIACION Y EXPLOTACION COMERCIAL DEL PARADOR MUNICIPAL UBICADO EN LA PLAYA MANSA DEL BALNEARIO ATLANTIDA.- ART.1 -Este llamado se regulará por las normas del Pliego General de Condiciones para Licitaciones aprobado por la Intendencia de Canelones, por Resolución Nº 14/04338 de 26 de junio de 2014, las disposiciones del presente Pliego de Condiciones Particulares y del TOCAF.- Cuando no exista correspondencia entre las disposiciones del Pliego General y Particular, prevalecerán las que se establezcan en el presente Pliego de Condiciones Particulares, considerándose modificadas en lo pertinente las estipulaciones del Pliego General mencionado. ART. 2 DISPOSICIONES PREVALENTES. Cuando no exista correspondencia entre las disposiciones del Pliego General y Particular, prevalecerán las que se establezcan en el presente Pliego de Condiciones Particulares, considerándose modificadas en lo pertinente las estipulaciones del Pliego General mencionado en el Art. 1. ART. 3 OBJETO. La Intendencia de Canelones, llama a interesados para la refacción, ampliación y explotación de los servicios del Parador Municipal ubicado en la Playa Mansa de Balneario Atlántida del Departamento de Canelones, por el período comprendido entre el 1 de Noviembre de 2015 y 1 de Noviembre de 2016. La Intendencia de Canelones, de acuerdo al procedimiento previsto en el art. 74 del TOCAF, podrá autorizar la ampliacion de la contratación si lo entiendera pertinente. ART. 4.- CONTRAPRESTACIÓN. La Administración cobrará un canon mínimo de 55.000 UI (cincuenta y cinco mil unidades indexadas) por el periodo expresado en el ART.3, pagaderos al 31 de marzo de 2016, por la explotación concedida, sujeto a una valoración de la contratación objeto del presente llamado, así como el mantenimiento del edificio, del entorno y vigilancia. ART. 5 El proponente deberá indicar en su propuesta necesariamente: a) Fotocopia de constancia de voto en las elecciones departamentales de mayo de 2015, perteneciente a la persona firmante de la propuesta, emitida por la Corte Electoral. b) Descripción de las obras que considere necesarias para ampliación, refacción y adaptación del local existente. c) Expresión de que conoce y acepta el decreto N 41 de fecha 9 de octubre de 1996 de la Junta

Departamental de Canelones. d) Descripción de los servicios que va a prestar. ART. 6 - FORMA DE PRESENTACION DE LA PROPUESTA.- El oferente deberá presentar su oferta firmada, dentro de un sobre cerrado en nota original y una copia firmada, indicándose nombres, apellidos completos, cédula de identidad, domicilio constituido, teléfono y fax y dirección de correo electrónico.- El sobre conteniendo la propuesta deberá estar cerrado, presentando en su adverso nombres y apellidos del oferente, número de licitación, así como fecha y hora del llamado.- ART. 7 CRITERIOS DE EVALUACIÓN.- En el momento de estudiar las ofertas se tendrá en cuenta especialmente a los efectos de la adjudicación: a) características arquitectónicas y de servicios, estético funcional y calidad del diseño de las instalaciones. Se valorará la imagen de las estructuras en relación al espacio circundante, siendo fundamental el mínimo impacto ambiental y la adaptación a la topografía (30 puntos). b) calidad de la propuesta, tanto gastronómica, como atención al cliente e innovación. Precio de los artículos y/o servicios que se ofrecen; relación calidad-precio (30 puntos). c) antecedentes en el rubro (10 puntos). d) las propuestas de quienes residen en la localidad o desarrollan su actividad comercial en la misma (10 puntos). e) la no constatación de incumplimientos en llamados anteriores; según informes del CIC (Cuerpo Inspectivo Canario), Municipios e informes internos de la Comuna (20 puntos). ART. 8.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.- Las propuestas que presenten proyecto y su posterior ejecución deberá contemplar: A) Las obras, refacciones y adaptaciones que proponga el oferente quedan ad referéndum de los dictámenes de las oficinas municipales competentes, debiéndose cuidar muy especialmente los aspectos físicos y estéticos del lugar, su entorno, desniveles etc. B) La conservación, vigilancia, mantenimiento, seguridad e higiene del local, como de los servicios higiénicos. C) Cumplir con las exigencias reglamentarias contenidas en Ordenanzas Municipales y leyes Nacionales.- D) Realizar conexiones independientes para los servicios de U.T.E., O.S.E. y A.N.T.E.L. ajustándose en un todo a las exigencias contenidas en las reglamentaciones de estos Organismos. E) El adjudicatario será responsable de la ejecución del trabajo y de todo lo que por ello derive, así

como de los daños y perjuicios ocasionados en bienes o personas de terceros. F) Será de cuenta del adjudicatario el pago de lo establecido en leyes laborales, impositivas y de previsión social, quedando expresamente exonerada la I.C. de toda responsabilidad por estos conceptos. G) En la explotación de los servicios, cobrará precios adecuados, aceptándose las observaciones que le pueda realizar las Autoridades Municipales y Departamentales, así como observará los incumplimientos a las Ordenanzas Departamentales vigentes. Si las propuestas no presentan proyectos, el adjudicatario se obligará sobre los puntos B), al G), señalado precedentemente. ART.9.- INCUMPLIMIENTO.- El no cumplimiento de la fecha de pago estipulada en en ART. 4 y de las obras según los cronogramas y demás condiciones propuestas, dará derecho a la Intendencia de Canelones según los informes de sus oficinas competentes, a considerar rescindido por culpa del adjudicatario la adjudicación realizada a su favor, y le dará derecho a cobrar la multa referida en el ART 17. ART.10.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA.- El oferente propondrá el plazo de mantenimiento de su oferta, que en ningún caso deberá ser menor a noventa días.- ART.11.- PARTICIPANTES.- Están capacitados para contratar con el Estado las personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, que teniendo el ejercicio de la capacidad jurídica que señala el derecho común, no estén comprendidas en alguna disposición que expresamente se lo impida o en los siguientes casos: a) Ser funcionario público o mantener un vínculo laboral de cualquier naturaleza, dependiente de los organismos de la administración contratante, no siendo de recibo las ofertas presentadas a título personal o por firmas, empresas o entidades con las cuales la persona está vinculada por razones de dirección o dependencia. No obstante, en este último caso de dependencia, tratándose de personas que no tengan intervención en el proceso de la adquisición, podrá darse curso a las ofertas presentadas en las que se deje constancia de esa circunstancia. b) Estar suspendido o eliminado del Registro Único de Proveedores del Estado. c) Haber actuado como funcionario o mantenido algún vínculo laboral de cualquier naturaleza, asesor o consultar, en el asesoramiento o preparación de pliegos de bases y condiciones

particulares u otros recaudos relacionados con la licitación o procedimiento de contratación administrativa de que se trate. d) Carecer de habitualidad en el comercio o industria del ramo a que corresponda el contrato, salvo que por tratarse de empresas nuevas demuestren solvencia y responsabilidad. El oferente, adjudicatario de la licitación tiene la carga administrativa de demostración de estar en condiciones formales de contratar, sin perjuicio de las responsabilidades penales civiles o administrativas que pudieren corresponder. ART.12.- En el momento de la firma del Contrato, el adjudicatario deberá presentar los siguientes certificados: A) Certificado vigente de Dirección General de Impositiva.- B) Certificado vigente de Banco de Previsión Social.- C) Certificado del Banco de Seguro del Estado que acredite tener contratado un seguro de accidentes de trabajo. D) Poder de representante DI) Toda otra documentación complementaria que le sea solicitada a los efectos de demostrar que se encuentra en condiciones formales de contratar. ARTR.13 - RECEPCIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS.- Las propuestas firmadas en sobre cerrado, se recepcionarán en la Dirección de Desarrollo Turístico (Calle Roger Ballet entre Calles 1 y 3, frente al Municipio de Atlántida) hasta la hora 12:00 del día 16 de octubre de 2015. Toda oferta que no sea entregada en tiempo y forma en el lugar establecido a dichos efectos en este artículo, no participará en el presente llamado, no responsabilizándose la Intendencia de Canelones por dicha acción.- Siendo la hora 13:00 del día 16 de octubre de 2015, se abrirán los sobres con la presencia de los interesados que concurran al acto y los funcionarios autorizados a tal efecto, todo ello ante Escribano Público. Se labrará acta en la que se dejará constancia resumida de las propuestas presentadas, las que serán rubricadas por los oferentes que deseen hacerlo, funcionarios presentes y por el Escribano actuante. ART.14 - DE LA ACEPTACIÓN O RECHAZO DE LAS PROPUESTAS.- La presentación de las propuestas no da ningún derecho a los proponentes pudiendo la Intendencia de Canelones aceptar la propuesta que a su solo juicio sea la más conveniente, declarar desierta la Licitación o rechazar la totalidad de las ofertas presentadas.-

A los efectos de la Adjudicación no necesariamente se elegirá la oferta de mejor precio sino que se tomarán también otros factores, tales como calidad en la prestación del servicio, antecedentes comerciales y en concesiones anteriores, etc. ART. 15 - La adjudicación se notificará al interesado en el domicilio constituido en su oferta o vía correo electrónico. ART. 16 - La notificación al Adjudicatario será considerada como suficiente del perfeccionamiento del contrato. No obstante, la I.C. podrá disponer a su solo juicio la formalización de un contrato especial dentro de los cinco días hábiles siguientes de la notificación en la cual constará esta referencia. ART. 17 - MULTAS.- En caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas por el Adjudicatario la I.C. podrá aplicarle una multa, sin perjuicio de otras acciones y sanciones legales. Dicha multa será por un valor del 30% del total del canon establecido en el Art. N 4. ART. 18 - SUPERVISION.- La Intendencia de Canelones y el Municipio de Atlántida, a través de sus oficinas técnicas supervisará los trabajos. Toda consulta o solicitud de prórroga deberá realizarse hasta cuatro dias hábiles antes de la fecha limite de recepción de propuestas, mediante correo electrónico a licitaciones@imcanelones.gub.uy o al teléfono 43723104. ART. 19 - En todas las propuestas se indicará el plazo de ejecución de los trabajos el que no podrá ser superior a los 30 días laborales contados desde la firma del contrato respectivo. El incumplimiento de los plazos dará lugar a la rescisión del Art. 8 y dará derecho a la I.C. al cobro de la multa establecida.