Condiciones de utilización del servicio de Banca en Internet (Scotia en Línea)

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Condiciones de utilización del servicio de Banca en Internet (Scotia en Línea) Al acceder a al sitio de Scotiabank Uruguay S.A. (en adelante, el Banco), el Cliente se compromete a cumplir con los términos y condiciones que se detallan a continuación. PRIMERO. Definiciones: Cuando sean utilizadas en este contrato las siguientes expresiones tendrán el alcance que a continuación se define: El Banco: SCOTIABANK URUGUAY S.A., con domicilio en MISIONES 1399 El Cliente: Todo suscrito del Contrato de utilización del servicio de Scotia en Línea del Scotiabank Uruguay S.A. Servicio de Banca en Internet (Scotia en Línea). El servicio de Banca en Internet ( en adelante Scotia en Línea o el servicio), es un servicio de transmisión electrónica de datos vía Internet, que el Banco presta al Cliente, y a los cuales éste accede, previa identificación en el sistema, mediante la utilización de una clave de acceso e identificación de usuario que el Banco entregará al Cliente a dichos efectos. PIN: O número de identificación personal, es el Código alfanumérico que el Banco, a requerimiento del cliente entrega a éste y que permite al usuario operar en los Canales referidos. SEGUNDO: Objeto. 2.1. Por el presente, El Banco se obliga a atender las operaciones que El Cliente desee realizar a través de Scotia en Línea. El Banco prestará información de los saldos y permitirá el acceso a las operaciones que él especialmente habilite para este servicio, citando a vía de ejemplo: Transferencias, Pagos de Tarjetas de Crédito, Pagos de servicios a terceros, Solicitud de chequeras, etc., 2.2. Podrán realizarse diariamente tantas operaciones como El Cliente lo desee, con las posibles limitaciones que El Banco determinaría llegado el caso. Dichos límites podrán ser ampliados o restringidos en la medida que El Banco lo considere conveniente, en cuyo caso le serán comunicados fehacientemente al Cliente. TERCERO: Plazo. 3.1. No existe plazo de vigencia, se maneja la facultad de rescindir el contrato en forma unilateral, sin expresión de causa. El servicio podrá ser dejado sin efecto por el Banco sin expresión de causa, bastando al efecto la comunicación al Cliente, con una anticipación de 30

días. CUARTO: Condiciones del Servicio. 4.1. El Banco ofrece la prestación de un servicio por medio de la Red Internet o red privada de datos autorizada por El Banco. 4.2. El Cliente dispondrá de una Computadora Personal conectada a la Red Internet con la finalidad de poder obtener el servicio y está de acuerdo a responsabilizarse por cualquier cargo telefónico o de utilización de banda ancha, en el que incurriera por la utilización del servicio. Este servicio posibilitará la realización de determinadas operaciones, tales como: consulta de movimientos y saldos de cuentas y tarjetas de crédito; solicitudes de chequeras. Estos servicios se brindarán tanto para cuentas en moneda nacional como en moneda extranjera. 4.3. El Banco podrá ofrecer al Cliente otras operaciones a través de Scotia en Línea como ser a vía de ejemplo transferencias entre cuentas, pago de préstamos, pago de gastos comunes y tarjetas de crédito, pudiendo requerírsele al Cliente a tales efectos la firma de un formulario de solicitud. 4.4. El servicio se contrata para consultas de cuentas que el Cliente tenga en el Banco y haya asociado al servicio. Quedarán asimismo sujetas al presente contrato aquellas cuentas y tarjetas que El Cliente asocie posteriormente a la firma del mismo, mediante el servicio brindado por Scotia en Línea a tales efectos. 4.5. El Banco podrá instrumentar nuevos servicios u operaciones, el uso de los mismos por El Cliente supone la aceptación de las condiciones del Banco. Además la institución se reserva el derecho de alterar los lugares de instalación de los servicios, restringir su número o efectuar cualquier cambio que estime conveniente. 4.6. El Cliente expresamente acepta que el número de operaciones, servicios y costos que se podrán dar curso a través de Scotia en Línea podrá ser ampliado o modificado a fin de perfeccionar el servicio o eventualmente eliminar el servicio, pudiendo el Banco notificarlo vía Internet o por otro medio fehaciente. 4.7. Scotia en Línea estará disponible para ser accedido en los horarios y días que el Banco determine para las operativas habilitadas. Los equipos (hardware, software, etc.) que utilice el Cliente a los efectos de conectarse a Scotia en Línea deberán reunir las características técnicas suficientes para operar en el Sistema. 4.8. Las operaciones serán cursadas en la medida de las posibilidades operativas del Banco, sujeto a la entrega previa de parte del Cliente de la documentación requerida por las normas que en el momento de su ejecución estén en vigor o cualquier otra documentación que el Banco pudiera razonablemente exigir. 4.9. El Cliente toma conocimiento y reconoce que su PIN y la Clave así como los distintos

medios de identificación o seguridad electrónica son estrictamente confidenciales. El Cliente se hace plenamente responsable por cualquier tipo de orden que el Banco reciba a través de los medios referidos, aún las que fueran realizadas fraudulentamente o por personas no autorizadas. El Cliente acepta que no es obligación del Banco detectar errores en la transmisión o en el contenido de las solicitudes de información o instrucciones impartidas. El acceso a los servicios electrónicos del Banco, y el cursado de operaciones por el mismo, se hará en forma personal por el Cliente o a través de los Usuarios que éste autorice.. Queda convenido que el Cliente será el único responsable por la selección de dichas personas y el uso de Identificación, Claves y PIN correspondientes, comprometiéndose a extremar las medidas que resulten necesarias a fin de resguardar la confidencialidad y confiabilidad de las identificaciones electrónicas y claves utilizadas para acceder a los servicios electrónicos y cursar operaciones por su intermedio. Consecuentemente el Banco quedará expresamente facultado para dar entrada a sus servicios y cursar instrucciones que reciba a través de los mismos cuando dichos actos se verifiquen mediante la utilización de las identificaciones electrónicas y claves seleccionadas por el Cliente sin asumir el Banco responsabilidad alguna por cualquier daño o perjuicio que pudiera provocar el uso no autorizado, indebido o fraudulento de los instrumentos electrónicos, identificaciones o claves, por parte de personas autorizadas o terceros. El Usuario deberá modificar y actualizar su PIN siguiendo las recomendaciones otorgadas por el Banco. Asimismo se obliga a no divulgar este código de identificación personal u otro código, ni escribirlo en el instrumento electrónico o en un papel que se guarde con él. QUINTO: Otras condiciones del servicio. 5.1. El Cliente podrá utilizar este servicio, salvo que por cualquiera de las razones expuestas en el numeral Séptimo sea necesario interrumpir o limitar la prestación del mismo, sin que por ello incurra el banco en ningún tipo de responsabilidad. 5.2. Se acepta que las constancias emanadas de los Registros del Banco, ya sean electrónicas o convencionales, constituirán prueba suficiente y concluyente de la utilización por parte del Cliente del Servicio. 5.3. El Banco podrá no cumplir instrucciones del cliente, esto no generará responsabilidad alguna de su cargo. 5.4. El servicio de Scotia en Línea podrá ser operado en el horario que el Banco establezca. Los sistemas se encontrarán en operaciones durante el horario que El Banco determine para cada uno de ellos. 5.5. El envío de e-mail a través de Scotia en Línea es una forma de comunicarse para realizar reclamos, preguntas o comentarios. Cualquier procedimiento iniciado de esta forma no tendrá valor de resolución sin la debida respuesta del Banco. De la misma forma no se podrán realizar transferencias por esta vía o cualquier otro tipo de transacción para la cual existan funciones predeterminadas en el servicio.

5.6. Regirán para las operaciones que se celebren por medio de este servicio, además de las establecidas en este contrato, las que constan en la Cartilla del producto o servicios, las normas que regulen las cuentas del Cliente, contenidas en los contratos de aperturas de las mismas, así como las contenidas en el Contrato de Disposiciones aplicables a las cuentas y a las relaciones de negocios con el Scotiabank Uruguay S.A., siempre que las mismas no contradigan lo aquí pactado. 5.7. El Cliente reconoce los procedimientos de seguridad, asume, reconoce y acepta su total responsabilidad por las pérdidas que se produzcan por la utilización fraudulenta a través del sistema derivada de una falla en la seguridad en la encriptación de la información. SEXTO: Obligaciones del Cliente. Sin perjuicio de las demás obligaciones que resulten del presente contrato, El Cliente se obliga a: 6.1) Indemnizar al Banco por daños a los servicios. 6.2) Utilizar el servicio en forma personal, exonerando al Banco de responsabilidad por el uso de terceros no autorizados. SEPTIMO: Secreto Bancario. El cliente reconoce que es él mismo quien se encuentra solicitando la información o realizando las operaciones a través de Scotia en Línea. OCTAVO: Exoneración de responsabilidad. El Banco no será responsable en ningún caso por los daños y perjuicios derivados de errores del propio Cliente o interrupción del servicio para tareas de mantenimiento, huelgas, paros, u otras razones de fuerza mayor. NOVENO: Mora automática. La mora en el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones aquí pactadas operará de pleno derecho, sin necesidad de interpelación judicial ni gestión particular alguna, por la realización u omisión de cualquier acto o hecho que se traduzca en dar, hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado. El Cliente resarcirá al Banco, todos los daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento de las obligaciones aquí asumidas, sin necesidad de interpelación de clase alguna, teniendo derecho El Banco a compensar de pleno derecho los mismos con los créditos de cualquier naturaleza que El Cliente mantenga a su favor con él. En caso de no existir tales créditos, El Banco queda expresa e irrevocablemente autorizado a debitar la cuenta del Cliente, generando así, saldos deudores que permitan al Banco resarcirse de los daños y perjuicios ocasionados.

DECIMO: Cambio de código personal. El Cliente podrá, cuando lo considere oportuno, y sin necesidad de expresar causa alguna, modificar su contraseña. DECIMO PRIMERO: Jurisdicción. El Cliente acepta que las condiciones pactadas bajo el presente, serán regidas por las leyes de la República Oriental del Uruguay. Para cualquier controversia que se suscite en relación con el presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales de la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay DECIMO SEGUNDO. Control y reclamos. Banco es una entidad sometida a la supervisión del Banco Central del Uruguay (www.bcu.gub.uy). El Cliente, ante la insatisfacción de cualquier reclamo respecto los productos o servicios ofrecidos por el Banco, cuenta con la posibilidad de concurrir al Banco Central del Uruguay a plantear su pretensión.