Traducido desde http://oestandartedecristo.com PARTE DOS [La presente publicación consiste en un extracto y edición hecha a partir de Un cuerpo de Teología Práctica, Libro 3 Capítulo 1, Sobre el Bautismo] El bautismo infantil no debe ser concluido a partir de cualquier cosa o pasaje registrado tanto en el Antiguo o Nuevo Testamento. El bautismo, siendo una ordenanza peculiar del Nuevo Testamento, no se esperaría que hubiese alguna indicación sobre su observancia en el Antiguo Testamento; y todo lo que puede ser reunido en relación a él, a partir de bautismos tipológicos y figurativos, bajo la antigua dispensación, no presenta nada en favor, ni en tolerancia, del bautismo de bebes; y aún así nosotros somos muchas veces dirigidos a eso como el origen y fundamento de él, pero sin ningún sentido. No es verdad, como ha sido afirmado[1], que los hijos de los creyentes han, con sus padres, sido insertados en el pacto con Dios en las antiguas eras de la iglesia, si por pacto se estuviese queriendo decir Pacto de Gracia. A. El primer pacto hecho con el hombre, fue el de obras, hecho con Adán, y que de hecho incluía a toda su posteridad, a quienes él se mantuvo como cabeza federal, como nadie más lo hizo desde su descendencia natural; en el cual todos pecaron, fueron condenados y murieron; lo que ciertamente no puede ser evocado en favor de los hijos de los creyentes! Después de la caída, el Pacto de Gracia, y el modo de vida y salvación por Cristo, fueron revelados a Adán y Eva, personalmente, como interesados en el; pero no para su descendencia natural o posteridad, como participantes de el; porque, sino, toda la humanidad estaría inserta en el Pacto de Gracia, de modo que, no hay nada peculiar en los hijos de los creyentes; sobre los cuales no es mencionada ni la mas mínima sílaba en toda la era de la Iglesia, desde Adán a Noé. El próximo pacto del cual leemos es el que fue realizado con Noé, el cual no fue hecho sólo con él y su descendencia inmediata; ni fueron insertados como hijos de creyentes, ni había algún sacramento o rito como señal de este, y de Dios ser su Dios en una relación peculiar. Ciertamente eso no será dicho de Cam, uno de los hijos inmediatos de Noé. Ese pacto fue hecho con Noé, y con toda la humanidad hasta el fin del mundo, e incluso con todos los seres vivos, los animales del campo, prometiendo resguardo de un diluvio universal, de manera que el mundo pereciera; y por eso no tenía nada peculiar en ello a los hijos de los creyentes. El siguiente pacto es aquel hecho con Abraham y su descendencia, en la cual se coloca un gran énfasis (Génesis 17:10-14), y eso es lo que se indica[2] como el gran punto de inflexión, en el que la controversia depende en gran manera, y que si la alianza con Abraham, que incluía a sus hijos, y les daba el derecho de la circuncisión, no era el Pacto de Gracia; entonces, es, por lo tanto, confesado que el principal fundamento, en el que el derecho de los niños al bautismo es afirmado, es rechazado; y, consecuentemente, los principales argumentos a favor de la doctrina son derribados. Que este pacto no es el puro Pacto de Gracia, en distinción al pacto de obras, sino que un pacto de obras, será demostrado en breve, y su resulta ser así, entonces el principal fundamento del bautismo de infantes es removido, y sus principales argumentos a favor de él serán derribados, y que este no es el Pacto de Gracia es evidente, A1. Este pacto nunca ha sido llamado por algún nombre que muestre que él es el Pacto de Gracia; mas de el pacto de la circuncisión (Hechos 7:8). Ahora nada es más opuesto que la circuncisión y
la gracia; la circuncisión es una obra de la Ley, por la cual los que procuran ser justificados caerán de la gracia (Gálatas 5:2-4). Tampoco esta alianza puede ser la misma bajo la cual estamos ahora, que es un Nuevo Pacto, tampoco una nueva administración del Pacto de Gracia, ya que el pacto de la circuncisión fue abolido, y no posee más existencia o fuerza. A2. Este pacto parece ser un pacto de obras, y no de gracia; una vez que debe ser mantenido por hombres, bajo un severo castigo. Abraham debía mantenerlo, y su descendencia después de él; algo debía ser realizado por ellos, su carne ser circuncidada, y un castigo fue anexado, en caso de desobediencia o negligencia; tal alma debía ser extirpada de Su pueblo; todo eso muestra que él no es un pacto de gracia, sino de obras. A3. Es evidente que el pacto de la circuncisión era un pacto que podía ser quebrado, pues de la circuncisión es dicho: quebró mi alianza (Génesis 17:14), mientras que la Alianza de Gracia no puede ser quebrada; Dios no la quebrantará, y los hombres no pueden quebrantarla; es ordenada en todas las cosas, y segura, y es más que las colinas y las montañas (Salmos 89:34). A4. Es verdad que había cosas en el pacto de la circuncisión de naturaleza civil y temporal; como una multiplicación de la simiente natural de Abraham, y una raza de reyes que procederían de él; una promesa de ser padre de muchas naciones, y la posesión de la tierra de Canaán, por medio de su simiente; cosas que no pueden tener lugar en el Pacto de Gracia y no tienen nada que ver con él, más de lo que el cambio de su nombre de Abram a Abraham. A5. Había algunas personas incluidas en el pacto de la circuncisión, que no pueden ser pensadas como pertenecientes al Pacto de Gracia, como, por ejemplo, Ismael, que no pertenecía al mismo pacto que Isaac, y un profano Esaú. Y por otro lado, había algunos que estaban viviendo en la misma época en que fue hecho el pacto de la circuncisión, y aun así quedaron fuera de él; pero, que, sin duda, estaban en el Pacto de Gracia, personas tales como Sem, Arfaxad, Melquisedeq, Lot y otros; por lo tanto, este pacto nunca podría haber sido el Pacto de Gracia. A6. Ni es este pacto el mismo que es mencionado en Gálatas 3:17, dicho ser confirmado de Dios en Cristo, que no podría ser anulado por la Ley cuatrocientos treinta años después; la distancia de tiempo entre ellos no concuerdan, pero queda por debajo de la fecha del apóstol 24 años; y, por lo tanto, no se debe referir al pacto de la circuncisión, pero a algún otro pacto en un tiempo en que fue hecho; para una exposición y manifestación del Pacto de la Gracia a Abraham, sobre la época de su llamado fuera de la caldea (Génesis 12: 3). A7. El Pacto de Gracia fue hecho con Cristo, como la cabeza federal de los escogidos en Él, y eso desde la eternidad, y Cristo es el único cabeza de ese pacto, y de los pactantes, si el Pacto de Gracia fue hecho con Abraham, como la cabeza de su descendencia natural y espiritual, judíos y gentiles; debe haber dos cabezas del Pacto de Gracia, lo que se opone con la naturaleza de tal pacto, y a todo el flujo de la Escritura. Sí, el Pacto de Gracia refiere a la simiente espiritual de Abraham, y las bendiciones espirituales para ellos; y las promesas de este, fueron hechas a Cristo (Gálatas 3:16). Ningún hombre es capaz de pactar con Dios; el Pacto de Gracia no es hecho con cualquier hombre, individualmente; y mucho menos con él, en nombre de otros; siempre que leemos de este Pacto como realizado con una persona o personas en particular, debe ser siempre entendido como la manifestación de la aplicación del mismo y de sus bendiciones y promesas a tales personas. A8. Pero, si admitimos que el pacto con Abraham es un pacto peculiar, y de un tipo mixto, conteniendo promesas de cosas temporales a él, y a su descendencia natural, y de cosas espirituales a su descendencia espiritual; o mejor, que había al mismo tiempo en este pacto de circuncisión que fue dado a Abraham y su descendencia natural, una revitalizante manifestación del Pacto de Gracia hecho con él y su simiente espiritual en Cristo. Que las bendiciones temporales de este pertenecían
a su simiente natural, no está en cuestionamiento; pero negamos que las bendiciones espirituales pertenecen a toda la simiente de Abraham, según la carne, y a toda la descendencia natural de gentiles creyentes. Si el pacto de gracia fue hecho con toda la simiente de Abraham según la carne, entonces, fue hecho con su prole más inmediata, con un burlador y perseguidor Ismael, y con un profano Esaú, y con toda su posteridad remota; con aquellos que no creyeron, y cuyos cuerpos cayeron en el desierto; con las diez tribus que se rebelaron contra la adoración pura a Dios; con los judíos en el tiempo de Isaías, descendencia de malhechores, cuyos gobernantes son llamados gobernadores de Sodoma, y las personas son llamadas pueblo de Gomorra; con los Escribas y Fariseos de aquella generación adúltera de los tiempos de Cristo, pero qué hombre serio, sensato, que conoce algo sobre el Pacto de Gracia, puede admitir eso? (Vea Romanos 9:6-7). Es sólo un remanente, según la elección de la gracia, que está en el Pacto de Gracia; y si toda la simiente natural de Abraham no está en este Pacto, difícilmente se puede pensar que toda la simiente natural de los gentiles creyentes lo esté. Son solo algunos de uno y algunos de otro, que están en el Pacto de Gracia; y eso no puede ser conocido hasta que ellos crean, cuando, entonces, ellos demostrarán ser la simiente espiritual de Abraham. Lo correcto es aplazar la pretensión de cualquier supuesto privilegio derivado de este Pacto, hasta que se tenga claridad de que ellos tienen una participación en el. Si toda la simiente natural de Abraham, como tal, y toda la descendencia natural de los gentiles creyentes, como tal, están en el Pacto de Gracia; y como sabemos que todos los que están en él, son aquellos que han sido escogidos por Dios, redimidos por el cordero, llamados, por la gracia, y santificados, y perseveraran en la fe y santidad, y serán eternamente glorificados; entonces, la simiente natural de los gentiles y de los gentiles creyentes, deben ser todos elegidos para gracia y gloria, y ser redimidos por la sangre de Cristo, del pecado, de la Ley, del infierno y de la muerte; todos ellos deben tener nuevos corazones y espíritus que les son dados, y el temor de Dios colocado en sus corazones; deben ser llamados eficazmente, tener sus pecados perdonados, sus personas justificadas por la justicia de Cristo, y perseverarán en la gracia hasta el fin, y serán eternamente glorificados (vea Jeremías 31:33-34; Ezequiel 36:25-27; Romanos 8:30). Pero quién se aventurará a afirmar todo eso de la simiente natural de Abraham o de los gentiles creyentes? Y después de todo, A9. Si la participación de ellos en el Pacto fuese determinada, eso no les da el derecho a una ordenanza, sin que haya un orden positivo y directivo de Dios. Él dio el derecho de circuncisión anteriormente; pues, de un lado, había personas que vivían cuando esa ordenanza fue instituida, que tenían una innegable participación en el Pacto de Gracia; como Sem, Arfaxad, Lot y otros, en que la circuncisión no les fue ordenada, y ellos no tenían derecho de practicarla. Por otro lado, hubo muchos de los cuales no se puede decir que estaban en el Pacto de Gracia, y aun así, fueron obligados a circuncidarse. Y así la participación en el Pacto no da derecho al Bautismo, fuese eso probado o no, que toda la simiente de hijos de los creyentes, como tal, está en el Pacto de Gracia, eso no les daría el derecho al Bautismo, sin un mandamiento para hacerlo; la razón es porque una persona puede estar en el Pacto, y aun no tener el prerrequisito para una ordenanza. La fe en Cristo y una profesión de esta fe, son necesarias tanto para el Bautismo como para la Cena del Señor, y si la participación en el Pacto da el derecho al Bautismo, daría también a la Cena. A10. No obstante todo ese énfasis hecho sobre el pacto con Abraham (Génesis 17:1-14), este no fue hecho con él y su simiente infantil; sino con él y su descendencia adulta; estos eran quienes en todas las eras posteriores, hasta la venida de Cristo, sean creyentes o no, los que recibieron la orden de circuncidar a sus descendientes infantiles, y no a todos, sólo a los hombres; eso no fue realizado con la descendencia infantil de Abraham, que no se podía circuncidar a si misma, sino con sus padres que por este pacto, fueron obligados a circuncidarlos. Sí, otros, que no eran simiente natural de
Abraham, fueron obligados a eso: El hijo de ocho días, por tanto, será circuncidado, todo hombre en vuestras generaciones; el nacido en casa, y el comprado por dinero a cualquier extranjero, que NO FUERA DE TU DESCENDENCIA (Génesis 17:2). Lo que nos lleva a observar [1] Batismo de Infantes, Um Serviço Razoável, p. 14, 15. [2] Exposición y vindicación de Bostwick sobre el Bautismo Infantil, p. 19.