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Transcripción:

AGENCIA NACIONAL DE INVESTIGACION E INNOVACION FONDO CLEMENTE ESTABLE BASES 2016 1. Antecedentes El Fondo Profesor Clemente Estable de Investigación Científica y Tecnológica, se crea en la órbita de la Agencia Nacional de Investigación e Innovación (ANII) con el objetivo de dar apoyo a proyectos de investigación científica de excelencia, calificados como prioritarios para el país (Ley 18172 del 30/08/07, Art 305). 2. Objetivo El Fondo está dirigido al financiamiento de la investigación básica en todas las áreas del conocimiento. La investigación básica consiste en trabajos experimentales o teóricos que se emprenden fundamentalmente para obtener nuevos conocimientos acerca de los fundamentos de fenómenos y hechos observables, sin pensar en darles ninguna aplicación o utilización determinada (Manual de Frascati, 2002). No es requisito que estos nuevos conocimientos tengan ninguna aplicación o utilización determinada. El Fondo Clemente Estable financiará exclusivamente proyectos de investigación científica que conduzcan a nuevos conocimientos a través de hipótesis de trabajo explicitadas en el proyecto. 3. Modalidad Esta modalidad está dirigida a investigadores en proceso de consolidación académica como investigador independiente, incluyendo tesistas de posgrado. Se entiende por investigador en proceso de consolidación académica aquel investigador cuya formación y experiencia se asemeja a lo requerido para estar categorizado en el Sistema Nacional de Investigadores en el nivel Iniciación a la investigación (ver www.sni.org.uy) 1. No es un requisito pertenecer al SNI. 4. Restricciones Podrán solicitar financiamiento investigadores radicados en Instituciones nacionales públicas o privadas sin fines de lucro, entre cuyas actividades posean la investigación. 1 INVESTIGADOR NIVEL INICIACION: Quienes se encuentren en este nivel deberán demostrar, en los tres (3) años anteriores a la convocatoria del S.N.I., una importante participación en actividades de investigación avalada a través de publicaciones u otras modalidades de comunicación o documentación de resultados. De modo preferente, deberán estar abocados a la formación a nivel avanzado en programas de doctorado.

El proyecto debe ser ejecutado en Uruguay y el Responsable Científico se comprometerá a permanecer en el país como mínimo 9 meses durante cada año de ejecución del proyecto. El Responsable Científico podrá presentar solamente un proyecto por convocatoria. Un mismo proyecto no podrá presentarse simultáneamente a las convocatorias Fondo Clemente Estable y Fondo María Viñas. Este hecho dejará fuera de concurso a los proyectos involucrados. Si un Responsable Científico presenta proyectos a ambas convocatorias, deberá especificar claramente cuáles son las diferencias entre ambos. No podrán presentarse a esta convocatoria postulaciones de Responsables Científicos que tengan en ejecución proyectos financiados por la Convocatoria 2013 del Fondo Clemente Estable, cuya fecha de finalización sea posterior al 1 de marzo de 2017. Se podrá ser Responsable Científico de hasta dos proyectos de investigación con financiamiento nacional (ANII, CSIC, INIA, etc) en ejecución simultánea. El Responsable Científico del proyecto deberá tener una dedicación mínima al proyecto de 10 hs. semanales. No se aceptarán postulaciones cuyo Responsable Científico, a la fecha de cierre del llamado, esté en situación de incumplimiento (por ejemplo: adeudamiento de informes de avances técnicos, rendiciones finales, informes de cierres, encuestas) con la ANII en cualquiera de sus programas. Ningún integrante del equipo de investigación podrá superar las 60 horas semanales considerando todas las actividades laborales que se desempeñan (incluyendo las horas docentes o de otros trabajos públicos o privados). Se pedirá una declaración jurada de qué proyectos se tienen en ejecución con la carga horaria correspondiente (Acta de Directorio número 76/009). Todos los investigadores deberán tener el CVUy actualizado al momento del cierre de la convocatoria. No podrá presentarse como Responsable Científico un investigador que haya sido Responsable de un proyecto aprobado en el marco de las modalidades para investigadores consolidados del Fondo Clemente Estable o Fondo María Viñas. 5. Financiamiento y duración de los proyectos Los montos máximos serán definidos por Resolución del Directorio de ANII para cada convocatoria y serán comunicados en la web institucional al momento de la apertura. Los proyectos podrán tener una duración de hasta 36 meses. Los rubros financiables son: - Materiales e insumos - Equipamiento de laboratorio y otros equipos - Consultores - Capacitación

- Servicios - Adecuación edilicia - Material bibliográfico - Software - Protección de la Propiedad Intelectual - Promoción y difusión - Gastos de administración (5% del presupuesto total como máximo) - Imprevistos (5% del presupuesto total como máximo) - Salarios de investigadores. Se financiarán los costos incrementales de la dedicación horaria al proyecto de los investigadores o la incorporación de nuevos investigadores para cumplir con los objetivos del proyecto. Los honorarios para el personal técnico o de apoyo sólo se admitirán cuando su participación esté claramente definida y justificada en función de los objetivos y plan de trabajo propuesto. Aquellos investigadores que sean beneficiarios de una beca ANII cuyas actividades coincidan con las que se prevén realizar en el proyecto presentado, no podrán solicitar financiamiento adicional para cubrir su dedicación a las mismas. - Viajes. Se financiarán viáticos y pasajes de los integrantes del equipo solamente para actividades relacionadas con la ejecución del proyecto o con la presentación de sus resultados. - Profesores visitantes. Se reconocerán viáticos, pasajes y honorarios. Todos los gastos deberán estar asociados a las actividades desarrolladas en el proyecto. No se financiará la adquisición de vehículos ni de terrenos. 6. Presentación de los proyectos El Fondo Clemente Estable se administra bajo la modalidad de fondos concursables y a través de convocatorias. Los proyectos deberán ser presentados en el formulario elaborado por la ANII a tales efectos y deben estar avalados por las Instituciones correspondientes. En el caso de los proyectos que resulten financiados, se firmará un contrato entre ANII y la Institución. Con el propósito de agilizar el proceso de evaluación se anima a los postulantes a tener en cuenta las siguientes consideraciones: - Todas las postulaciones deberán ser presentadas en idioma español. No obstante, se podrá realizar la postulación adicionalmente en inglés. Esto permitirá ampliar el número de posibles evaluadores. - El postulante podrá proponer el nombre de hasta tres evaluadores externos a su grupo de investigación que eventualmente podrán ser tenidos en cuenta por el Comité de Evaluación y Seguimiento (CES).

- El postulante podrá indicar, de manera fundamentada, el nombre de un Investigador que no considere oportuno que actúe como evaluador de su propuesta. 7. Evaluación de los proyectos El proceso de evaluación estará a cargo de un Comité de Evaluación y Seguimiento (CES) cuyos miembros serán designados por el Directorio y homologados por el CONICYT. Una vez cerrada la convocatoria comenzará el proceso de evaluación de aquellas propuestas que cumplan con todos los aspectos formales detallados en el punto 4 de estas bases. En esta etapa se tomará en cuenta los siguientes criterios, entre otros: - Originalidad - Aporte al área del conocimiento - Calidad académica de la propuesta - Formación del Responsable Científico y del equipo de investigación - Factibilidad técnica y económica - Adecuación del presupuesto solicitado Se valorará positivamente la participación en el proyecto de científicos uruguayos radicados en el exterior. El CES se reserva el derecho de modificar el presupuesto de una propuesta en caso de considerar que algún ítem solicitado no es pertinente. En caso que el CES recurra a evaluadores externos, las evaluaciones realizadas por éstos serán insumos importantes, pero en ningún caso tendrán naturaleza vinculante con los dictámenes del proceso de evaluación. Se tendrá en cuenta los antecedentes ante la ANII de los investigadores. El CES elevará al Directorio de la ANII el listado de proyectos que recomienda financiar. El Directorio resolverá en función del monto total asignado a la presente convocatoria. 8. Seguimiento de los proyectos. En referencia a los desembolsos se realizará un primer adelanto y posteriormente desembolsos sucesivos según el cronograma aprobado por ANII. Se retendrá el 10% del monto total del subsidio hasta la aprobación del informe final. Cabe mencionar que los gastos realizados a cuenta de dicho monto deben estar incluidos en la rendición final del proyecto. Todos los gastos con cargo al proyecto deben estar comprendidos dentro del período de ejecución.

El seguimiento técnico de los proyectos aprobados se realizará mediante informes de avance técnico, de carácter anual, según formato que será proporcionado por ANII. En cualquier caso la ANII podrá solicitar informes intermedios tanto técnicos como financieros. Se deberá presentar junto con el informe final todas las publicaciones surgidas en el marco del proyecto. Excepcionalmente los proyectos podrán finalizar su ejecución dentro de un plazo no mayor a 6 meses luego de la fecha de cierre prevista en el contrato. 9. Comisión de revisión de procedimientos Ante el requerimiento de los postulantes que objeten errores en la aplicación de los procedimientos establecidos para la evaluación de sus propuestas se conformará una Comisión de Evaluación de Procedimientos. Los postulantes tendrán 15 días calendario -desde el momento que reciben la comunicación- para presentar su reclamo. La Comisión será designada por el Directorio de la ANII y deberá expedirse con un plazo de 30 días corridos desde su instalación, para emitir su informe. En ningún caso la presentación de una o más solicitudes de revisión, tendrán efecto suspensivo sobre el trámite del concurso. El informe de la Comisión de Evaluación de Procedimientos, pasará a consideración del Directorio de la ANII.