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Transcripción:

32503 III OTRAS RESOLUCIONES CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA RESOLUCIÓN de 21 de septiembre de 2015, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración por el que se formaliza la encomienda de gestión entre la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura y la Excma. Diputación Provincial de Cáceres para facilitar el uso de la aplicación "Oficina de Registro Virtual" (ORVE) por las entidades locales de la provincia de Cáceres. (2015062093) Habiéndose firmado el día 10 de agosto de 2015, el Convenio de Colaboración por el que se formaliza la encomienda de gestión entre la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura y la Excma. Diputación Provincial de Cáceres para facilitar el uso de la aplicación Oficina de Registro Virtual (ORVE) por las entidades locales de la provincia de Cáceres, de conformidad con lo previsto en el artículo 8.º del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, RESUELVO: La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio que figura como Anexo de la presente resolución. Mérida, a 21 de septiembre de 2015. La Secretaria General, PD La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación (Resolución de 11/09/2015, DOE n.º 180, de 17 de septiembre), M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN

32504 CONVENIO DE COLABORACIÓN POR EL QUE SE FORMALIZA LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES PARA FACILITAR EL USO DE LA APLICACIÓN OFICINA DE REGISTRO VIRTUAL (ORVE) POR LAS ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA DE CÁCERES En Mérida, a 10 de agosto de 2015. REUNIDOS De una parte, Doña Pilar Blanco-Morales Limones, Consejera de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura, en virtud del nombramiento efectuado por Decreto del Presidente 18/2015, de 6 de julio, de acuerdo con las competencias asignadas en el Decreto del Presidente 16/2015, de 6 de julio, autorizado por Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión de 19 de mayo de 2015, previa delegación de firma otorgada por Decreto de 28 de octubre de 2014, del Presidente de la Junta de Extremadura. Y de otra parte, la Sra. Dña. M.ª del Rosario Cordero Martín, presidenta de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, en virtud del nombramiento efectuado por el Pleno de la Corporación y autorizado por acuerdo del Pleno de la Diputación de fecha 31 de julio de 2015. Reconociéndose la capacidad legal necesaria para formalizar el presente Convenio, ambas partes EXPONEN Primero. Que el servicio al ciudadano es la principal razón para configurar una Administración moderna que tenga en el principio de eficacia y eficiencia su base de actuación siempre con la mira puesta en los ciudadanos. Para ello, la Administración debe servirse de las ventajas y posibilidades que le ofrece la sociedad de la información y que permiten facilitar tanto las relaciones entre los ciudadanos y la administración como las que deben mantener las distintas Administraciones Públicas entre sí. Segundo. Que en el ámbito del interés general existente en el incremento de la eficiencia de las Administraciones Públicas, el Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica, con el fin de aminorar al máximo los costes derivados de la implantación y desarrollo de las soluciones tecnológicas y de garantizar en todo caso el derecho de los ciudadanos a acceder electrónicamente a los servicios públicos, impone a las Administraciones (artículo 17) el deber de tener en cuenta las soluciones disponibles que puedan satisfacer total o parcialmente las necesidades de nuevos sistemas o servicios o la mejora y actualización de los ya implantados. Tercero. En particular, la aplicación informática Oficina de Registro Virtual (en adelante ORVE) como mecanismo de acceso e interconexión con el Registro Electrónico Común (en adelante REC) y el Sistema de Interconexión de Registros (en adelante SIR), permite a las entidades usuarias digitalizar, generar y enviar asientos registrales a otras administraciones, así como recepcionar los asientos registrales que les correspondan. Cuarto. Que con fecha 30 de abril de 2015, se firmó el Convenio de colaboración entre la Administración General del Estado (Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas) y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Consejería de Hacienda y Administración Pública) para el suministro de la aplicación ORVE.

32505 Quinto. Que la Junta de Extremadura y la Diputación de Cáceres vienen realizando un conjunto de actuaciones encaminadas a mejorar la prestación de los servicios públicos. En este sentido, desde el 11 de octubre de 2001 la Diputación Provincial de Cáceres viene prestando, dentro del Programa de desarrollo de la Ventanilla Única en las Entidades Locales de la Provincia de Cáceres, apoyo y asesoramiento en el área de la intercomunicación registral e intercambio de datos, así como en lo referente a la formación del personal. Sexto. Que como consecuencia de la puesta a disposición de la aplicación informática ORVE a las Entidades Locales adheridas al Convenio Marco, de 21 de mayo de 2007, entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Extremadura para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, se hace necesario acordar medidas de colaboración para facilitar su uso por aquellas. En virtud de todo ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio de encomienda de gestión, que se regirá por las siguientes Primera. Objeto del convenio. CLÁUSULAS El presente Convenio tiene por objeto formalizar, al amparo del artículo 15.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y del artículo 75 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la encomienda de gestión entre la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Cáceres para facilitar el uso de la aplicación informática ORVE a las Entidades Locales de la provincia, tanto para el alta de las mismas en la aplicación, como para atender las incidencias de primer nivel de sus usuarios. Segunda. Ámbito de aplicación. El ámbito de aplicación de este convenio de encomienda de gestión se extiende a las Entidades Locales de la provincia de Cáceres adheridas al Convenio Marco de 21 de mayo de 2007, entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Extremadura para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano y que soliciten la integración en ORVE. Tercera. Especificaciones para el uso de la aplicación ORVE. Las Entidades Locales de la Provincia de Cáceres que deseen hacer uso de la aplicación informática ORVE deberán solicitarlo mediante el modelo que se incluye como anexo de este convenio, remitiéndolo, por triplicado ejemplar, a la Diputación Provincial de Cáceres, que enviará una copia a la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, y otra a la Dirección General de Función Pública, Recursos Humanos e Inspección de la Junta de Extremadura. Cuarta. Obligaciones de las partes. La Junta de Extremadura facilitará el uso de la aplicación informática ORVE a las Entidades Locales de la provincia de Cáceres, referidas en la cláusula 6.ª del Convenio de colaboración

32506 de fecha 30 de abril de 2015 entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el suministro de la aplicación informática ORVE. La Diputación Provincial de Cáceres atenderá las incidencias de primer nivel de las Entidades Locales integradas en ORVE de la provincia y asesorará a sus usuarios con respecto al uso de esta aplicación, haciendo uso de la documentación y soporte proporcionados por la Junta de Extremadura. Así mismo, la Diputación Provincial de Cáceres identificará a los interlocutores técnicos responsables del soporte de dichas incidencias. Quinta. Régimen económico. Este convenio de encomienda de gestión no comporta obligaciones económicas entre las partes firmantes del mismo. Sexta. Vigencia. El presente Convenio surtirá efectos desde el día de su firma y tendrá vigencia anual, pudiendo entenderse tácitamente prorrogado anualmente, en las mismas condiciones de la última anualidad. Así mismo, se entenderá extinguido en el momento en que finalice la vigencia del Convenio de colaboración de fecha 30 de abril de 2015 entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el suministro de la aplicación ORVE. Cualquier modificación de este Convenio durante su vigencia deberá ser autorizada previamente por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura. Séptima. Resolución de la presente colaboración. Serán causas de resolución del presente Convenio, además del transcurso del plazo previsto en la cláusula anterior, las siguientes: Mutuo acuerdo expreso y escrito de las partes. Decisión unilateral por incumplimiento grave de los compromisos adquiridos por una de las partes en la cláusula cuarta. La denuncia escrita formulada por cualquiera de las partes con una antelación mínima de un mes a la fecha de extinción del mismo. Octava. Comisión de Seguimiento. 1. El Presente Convenio será administrado por una Comisión de Seguimiento, formada por una persona representante de cada una de las partes firmantes. La Presidencia será rotatoria cada seis meses y teniendo como régimen de funcionamiento el consenso. Ambas personas representantes serán designadas por la parte correspondiente. 2. Las partes firmantes se comprometen a solventar por acuerdo mutuo, en el seno de la Comisión de Seguimiento, cuantas diferencias resulten de la interpretación y cumplimiento de este Convenio, sin perjuicio de la competencia del orden jurisdiccional contencioso administrativo para el conocimiento de cuantas cuestiones y litigios pudieran surgir.

32507 Novena. Naturaleza y régimen jurídico. El presente convenio tiene carácter administrativo y las cuestiones litigiosas que pudieran surgir serán competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa. Y, en prueba de conformidad, se suscribe el presente documento, por triplicado, en el lugar y fecha indicado en el encabezamiento. La Consejera de Hacienda y Administración Pública La Presidenta de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres Fdo.: Pilar Blanco-Morales Limones Fdo.: M.ª del Rosario Cordero Martín

32508 ANEXO SOLICITUD DE USO DE LA APLICACIÓN ORVE D., en representación de (entidad local) DECLARA: - Que la mencionada entidad local se encuentra adherida al Convenio Marco de 21 de mayo de 2007, entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Extremadura para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano - Que dispone de conexión a Internet en los PCs de la oficina de registro. - Que los empleados de la oficina de registro disponen de certificado de firma electrónica o dni-e. - Que la oficina dispone de escáner (con una resolución mínima de 200 píxeles por pulgada). MANIFIESTA: La voluntad de (Entidad Local) de hacer uso de la aplicación «Oficina de Registro Virtual» en virtud de la cláusula 6ª del Convenio de colaboración de fecha entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el suministro de la aplicación ORVE. Los usuarios que harán uso de l aplicación serán: USUARIO 1 DNI Teléfono Nombre y apellidos Correo electrónico USUARIO 2 DNI Teléfono Nombre y apellidos Correo electrónico USUARIO 3 DNI Teléfono Nombre y apellidos Correo electrónico En, a de de 2015 El Alcalde / Presidente Fdo.: EXMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES