CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN Y LAS UNIVERSIDADES DE XX, XX y XX PARA ESTABLECER LA COLABORACIÓN EN EL MASTER PROPIO EN GESTIÓN AGROFORESTAL SOSTENIBLE EN EL MEDITERRÁNEO En Jaén, a de de REUNIDOS De una parte, D. Juan Gómez Ortega, Rector de la Universidad de Jaén, según nombramiento aprobado por Decreto 122/2015, de 7 de abril (BOJA número 67 de 09/04/2015) y de conformidad con las competencias que le atribuyen los Estatutos de la Universidad de Jaén aprobados por Decreto 230/2003, de 29 de julio, (BOJA número 152 de 08/08/2003), modificados por el Decreto 235/2011, de 12 de julio (BOJA número 147 de 28/07/2011), en nombre y representación de la citada Institución. Y de otra parte, D./Dª., como de la Institución de, con C.I.F., en nombre y representación del mismo. EXPONEN PRIMERO.- Que la Universidad de Jaén y tienen campos culturales y científicos de interés común, por todo lo cual es voluntad de ambas instituciones el promover e intensificar sus relaciones. SEGUNDO.- Que la colaboración y el intercambio de experiencias y conocimientos, así como la prestación de servicios entre ambas Instituciones, son del mayor interés para el progreso social y cultural de las mismas. TERCERO.- De acuerdo con lo establecido por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa que los datos Página 1 de 5
proporcionados en este convenio serán incluidos en un fichero automatizado, debidamente inscrito en la Agencia Española de Protección de Datos, con el nombre Gestión documental del Servicio de Información y Asuntos Generales, del que es titular la Universidad de Jaén, y cuya finalidad es archivo para los expedientes documentales de registro general, convenios, administración electrónica y libro de quejas y sugerencias. CUARTO.- De conformidad con lo previsto en la normativa vigente relativa a la transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, este convenio y los datos aquí recogidos podrán ser publicados y ser accesibles en las webs de la Universidad de Jaén. Todo ello en aras al interés público en la divulgación de la información y por ser necesario para la correcta prestación del servicio. Por todo ello, ambas partes deciden concertar un convenio específico de colaboración entre ambas Instituciones, que se desarrollará de acuerdo con las siguientes CLÁUSULAS PRIMERA 1.- Objeto. El objeto de este convenio es establecer la colaboración en el desarrollo del Máster Propio en Gestión Agroforestal Sostenible en el Mediterráneo. SEGUNDA 2.- Obligaciones de las partes. Las universidades firmantes se comprometen a colaborar en el desarrollo del título y de los diferentes módulos que lo componen, con la participación de su profesorado, según los términos establecidos en el proyecto de Máster Propio aprobado por la Universidad de Jaén en su Consejo de Gobierno de 19 de diciembre de 2016, que figura como anexo a este documento. 1 Se indicará el objeto del convenio y las actuaciones a realizar por cada sujeto para su cumplimiento, indicando, en su caso, la titularidad de los resultados obtenidos 2 Se indicarán las obligaciones y compromisos económicos asumidos por cada una de las partes, si los hubiera, indicando su distribución temporal por anualidades y su imputación concreta al presupuesto correspondiente de acuerdo con lo previsto en la legislación presupuestaria Página 2 de 5
En segundo lugar, las universidades firmantes figurarán en los Títulos emitidos como entidades colaboradoras, con la inclusión de sus respectivos logotipos. Las universidades participantes se comprometen a impartir en sus sedes, de acuerdo con sus respectivas normativas y en términos equivalentes a los establecidos en este convenio, futuras ediciones del máster si así se acuerda entre los firmantes. TERCERA 3.- Consecuencias del posible incumplimiento. En caso de posible incumplimiento, las partes resolverán de mutuo acuerdo las cuestiones de interpretación derivadas de este Convenio. En defecto de acuerdo, las partes se someterán a la jurisdicción competente. CUARTA 4.- Comisión de Seguimiento. La comisión de seguimiento estará formada por un representante de cada una de las instituciones firmantes del presente convenio, y será responsable del seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. Todos sus integrantes se encontrarán legitimados para solicitar la convocatoria de la Comisión. QUINTA.- El régimen de modificación del convenio. La modificación del contenido del presente convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes. SEXTA 5.- Plazo de vigencia del convenio. 3 Se indicarán las consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por cada una de las partes y, en su caso, los criterios para determinar la posible indemnización por el incumplimiento 4 Se indicarán los mecanismos de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. Este mecanismo resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto de los convenios. 5 Se indicará la vigencia concreta prevista para el convenio teniendo en cuenta que no podrá superar los cuatro años, y que antes de su finalización los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción. Página 3 de 5
El presente convenio entrará en vigor desde la fecha de su firma y tendrá una duración de 2 años, y en todo caso hasta la finalización de la primera edición del Máster Propio. Y en prueba de conformidad con lo que antecede, se firma el presente Convenio por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha al comienzo indicados. POR LA UNIVERSIDAD DE JAÉN POR EL RECTOR, EL, Fdo.: Juan Gómez Ortega Fdo.: Página 4 de 5
ANEXO I MEMORIA JUSTIFICATIVA 6 El presente convenio surge del acuerdo entre las partes sobre la necesidad formativa detectada en el ámbito de la Gestión Agroforestal Sostenible, basado en la experiencia previa en actividades formativas en el mismo campo. Se trata de una actividad formativa que no implica ningún tipo de relación contractual entre los firmantes. 6 De conformidad con el art. 50.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, resulta necesario que la firma de convenios se acompañe de una memoria justificativa que analice la necesidad y oportunidad del convenio, el impacto económico, el carácter no contractual de la actividad a realizar y el cumplimiento de lo previsto en la normativa aplicable Página 5 de 5