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Transcripción:

N O R M A C O M P L E M E N T A R I A C O D I F I C A C I O N E S G E N E R A L E S D E L S I S T E M A D E P A G O S Público NC-CGS

N O R M A C O M P L E M E N T A R I A C O D I F I C A C I O N E S G E N E R A L E S D E L S I S T E M A D E P A G O S SERIE DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Público NC-CGS

Tabla de contenido 1. Introducción... 1 2. Alcance... 1 3. Términos empleados... 1 4. Documentos aplicables y anexos... 1 5. Codificaciones... 2 5.1. Tablas de códigos de participantes... 2 5.1.1. Bancos... 2 5.1.2. Empresas financieras no bancarias... 2 5.1.3. Casas de Cambio... 2 5.1.4. Entidades Liquidadoras de Servicios y Emisoras de Tarjetas... 3 5.1.5. Puestos de Bolsa... 3 5.1.6. Fondos de Pensión... 3 5.1.7. Instituciones Públicas... 4 5.1.8. Mutuales de Ahorro y Préstamo... 4 5.1.9. Cooperativas de Ahorro y Crédito... 4 5.1.10. Asociaciones Solidaristas... 5 5.1.11. Empresas Remeseras... 5 5.1.12. Sociedades Administradoras de Fondos de Inversión... 5 5.2. Tabla de códigos de moneda... 6 5.3. Tipos de identificación... 6 5.3.1. Persona Física Nacional (Cédula de Identidad)... 6 5.3.2. Persona Física Residente... 7 5.3.2.1. Número único de identificación para extranjeros... 7 5.3.3. Extranjero No Residente... 7 5.3.3.1. Cualquier otro documento... 7 5.3.4. Gobierno Central... 8 5.3.5. Persona Jurídica... 8 5.3.6. Institución Autónoma... 9 6. Cálculo de Dígito Verificador... 9 6.1. Seudo código del algoritmo de dígito verificador... 10 7. Errores en la utilización de la codificación... 11

Sistema Nacional de Pagos Electrónicos Sistemas de Pago - BCCR Año 2017 1. Introducción El Sistema Nacional de Pagos Electrónicos (SINPE) ha implementado tecnología de avanzada, permitiendo a las entidades participantes un eficiente y seguro desarrollo en el registro de las transacciones producto de su giro de negocio. Para complementar y utilizar eficiente y efectivamente esta tecnología, se ha creado este libro que presenta una serie de tablas que contienen las codificaciones precisas para registrar las diferentes transacciones dentro del SINPE, en forma efectiva y segura. Por su estructura y presentación el mismo será de gran utilidad para todos los usuarios, pues está distribuido en una forma que permite ser manejable y comprensible para todos los que la requerirán y recopila en un solo lugar los códigos con lo que se evita su redundancia dentro del resto de la documentación. 2. Alcance Esta normativa es aplicable a las entidades participantes en los diferentes procesos que intervienen para la utilización de los servicios que el SINPE brinda. 3. Términos empleados Para los fines del presente documento, se entenderá por: CC: Cuenta Cliente. RN: Registro Nacional. SINPE: Sistema Nacional de Pagos Electrónicos. Para consultar algún término que se utilice en este documento, remítase al libro denominado Norma complementaria - Glosario general. 4. Documentos aplicables y anexos Siglas NC-GGE Nombre del documento Norma complementaria - Glosario general. Todos los Estándares electrónicos de la Serie de Normas y Procedimientos. Página No. 1

5. Codificaciones 5.1. Tablas de códigos de participantes Seguidamente se detallan los códigos asignados a cada una de las entidades participantes en el SINPE. 5.1.1. Bancos Código Descripción Tipo de participación 100 Banco Central de Costa Rica BANCOS COMERCIALES PRIVADOS 102 BAC San José S.A. 104 Banco Davivienda (Costa Rica) S.A. 107 Banco BCT, S. A. 114 Banco LAFISE S. A. 116 Banco Promérica S.A. 117 The Bank of Nova Scotia (Costa Rica) S.A. 120 Banco Improsa S.A. 123 Scotiabank de Costa Rica S.A. 125 Banco Cathay de Costa Rica S.A. 126 Banco General (Costa Rica) S.A. 127 Banco CMB (Costa Rica) S.A. 312 Banco Prival Bank (Costa Rica) S.A. BANCOS COMERCIALES PUBLICOS, BPDC, OTRAS ENTIDADES CREADAS POR LEYES ESPECIALES 151 Banco Nacional de Costa Rica 152 Banco de Costa Rica 153 Banco Crédito Agrícola de Cartago 161 Banco Popular y de Desarrollo Comunal 162 Banco Hipotecario de la Vivienda 5.1.2. Empresas financieras no bancarias Código Descripción Tipo de participación 304 Financiera Cafsa S. A. 310 Financiera G&T Continental Costa Rica S. A. 322 Financiera Comeca S. A. 326 Financiera Desyfin S. A. 329 Financiera Credilat S.A. 5.1.3. Casas de Cambio Código Descripción Tipo de participación 402 Global Exchange 403 Teledolar S.A. 406 Latin American Exchange Casa de Cambio S.A (Latinex) Página No. 2

5.1.4. Entidades Liquidadoras de Servicios y Emisoras de Tarjetas Código Descripción Tipo de participación Entidad Representante 450 Scotia Tarjetas S.A. 451 Evertec Costa Rica S.A. 501 Bolsa Nacional de Valores S.A. 837 Credomatic Representada BAC San José 839 Interclear Central de Valores S.A. 5.1.5. Puestos de Bolsa Código Descripción Tipo de participación 553 Inversiones Sama, S.A. 554 Mercado de Valores de C. R. 556 BCT Valores 558 Citi Valores Accival, S.A. 559 ACOBO 568 INS Valores 570 Davivienda Puesto de Bolsa (Costa Rica) S.A. 571 Scotia Valores 574 Mutual Valores 577 Aldesa Valores 581 BAC San José 586 BN Valores 587 Popular Valores 588 BCR Valores 594 Improsa Valores 841 Prival Securities Puesto de Bolsa S.A 5.1.6. Fondos de Pensión Código Descripción Tipo de participación 651 BN-VITAL Operadora de Planes de Pensiones Complementarias, S. A. 653 Vida Plena Operadora de Pensiones Complementarias, S. A. 654 Caja Costarricense de Seguro Social Operadora de Pensiones Complementarias 655 Bac San José Operadora de Pensiones Complementarias 656 Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco Popular y Desarrollo Comunal 657 BCR Operadora Planes de Pensiones Complementarias S.A. Página No. 3

5.1.7. Instituciones Públicas Código Nombre Tipo de participación Entidad Representante 725 MIDEPLAN 730 Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) 731 Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD) 734 Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) 735 Recope 739 Ministerio de Hacienda 746 Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) 747 Instituto Nacional de Seguros (INS) 750 Gob. Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) 754 Junta de Protección Social de San José 755 Municipalidad de San José 756 Radiográfica Costarricense S.A. (RACSA) 757 Municipalidad de Cartago Representada COOPENAE 758 Municipalidad de Palmares Representada COOPENAE 759 Municipalidad del Guarco Representada COOPENAE 760 Municipalidad de Alajuelita Representada COOPENAE 762 Compañía Nacional de Fuerza y Luz 838 Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (Procomer) Representada COOPENAE 5.1.8. Mutuales de Ahorro y Préstamo Código de entidad Nombre Tipo de participación 803 Grupo Mutual Alajuela la Vivienda 804 Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo 5.1.9. Cooperativas de Ahorro y Crédito Entidad representante Código de entidad Nombre Tipo de participación Entidad representante Cooperativa de Ahorro y Crédito de la 811 Comunidad de Ciudad Quesada R. L. (COOCIQUE) 812 COOPE SAN MARCOS Representada COOPENAE 813 Cooperativa de Ahorro y Crédito Alianza de Pérez Zeledón (COOPEALIANZA) 814 Cooperativa Nacional de Educadores. R.L. (COOPENAE) 815 SERVICOOP R.L. Representada COOPENAE Página No. 4

Código de entidad Nombre Tipo de participación Entidad representante Cooperativa de Ahorro y Crédito de 816 Servidores Públicos R.L. (COOPESERVIDORES) 817 Cooperativa de Ahorro y Crédito ANDE Nº 1 R.L. (COOPEANDE). 820 Coop. COOPECAJA Representada COOPENAE 821 Caja de Ahorro y Préstamos de ANDE 822 COOPEMEP R.L. 824 CREDECOOP Representada COOPENAE 825 COOPESAN RAMON Representada COOPENAE 827 COOPEBANPO Representada COOPENAE 829 COOPEAMISTAD Representada COOPENAE 830 COOPECAR R.L Representada COOPENAE 831 COOPEGRECIA Representada COOPENAE 832 COOPAVEGRA Representada COOPENAE 833 COOPEUNA Representada COOPENAE 835 COOPESPARTA R.L. Representada COOPENAE 840 COOPEMÉDICOS Representada COOPENAE 842 COOPEJUDICIAL R.L. Representada COOPENAE 5.1.10. Asociaciones Solidaristas Código de entidad 205 5.1.11. Empresas Remeseras Nombre Asociación Solidarista de Empleados de la CCSS (ASECCSS) Tipo de participación Representada Entidad representante COOPENAE Código Descripción Tipo de participación 900 Teledolar S.A. 5.1.12. Sociedades Administradoras de Fondos de Inversión Código Descripción Tipo de participación 950 INS Inversiones SAFI S.A Página No. 5

5.2. Tabla de códigos de moneda Código Descripción 1 Colones 2 Dólares 3 Euros 5.3. Tipos de identificación La presente codificación referida a los tipos de identificación manejados en el SINPE, está basada en la información suministrada por el Registro Nacional de Costa Rica (RN) para persona física nacional y en el caso de los extranjeros por la Dirección General de Migración y Extranjería. Los diferentes códigos de identificación se presentan a continuación de acuerdo con su naturaleza: Código Descripción (naturaleza) 0 Persona Física Nacional (Cédula) 1 Persona Física Residente 2 Gobierno 3 Persona Jurídica 4 Institución Autónoma 5 Diplomáticos 9 Extranjero No Residente 5.3.1. Persona Física Nacional (Cédula de Identidad) El estándar definido por la Registro Nacional para el número de identificación único de personas físicas nacionales es: Donde: Dígito 0P-TTTT-AAAA Descripción 0 Primera posición de la cédula de identidad P Provincia TTTT Tomo justificado con ceros a la izquierda AAAA Número de Asiento justificado con ceros a la izquierda Un número de cédula válido para una persona física nacional sería, por ejemplo, 01-0913-0259. Página No. 6

5.3.2. Persona Física Residente 5.3.2.1. Número único de identificación para extranjeros El estándar definido por la Dirección General de Migración y Extranjería, para el número de identificación único de personas físicas de origen extranjero residentes en el país (DIMEX), así como el determinado por la Cancillería de la República para las identificaciones de diplomáticos (DIDI), consta de 12 dígitos y está compuesto de la siguiente forma: Para el DIMEX: Dígito XNNNCCCCCCDV Descripción 1 En el caso del Dimex este número es un uno (1) NNN Código internacional de nacionalidad (ISO 3166). CCCCCC Cantidad de nacionales de cada país al momento de la inscripción en el caso del DIMEX. DV Dígitos verificadores. En el caso del DIDI: Dígito Descripción 5 En el caso del Didi este número es un cinco (5) NNN Código internacional de nacionalidad (ISO 3166). CCCCCC Cantidad de diplomáticos de cada país en el caso de los Didi DV Dígitos verificadores. A partir del 1º de octubre de 2012, el DIMEX y el DIDI serán los únicos números de identificación válidos para extranjeros en las operaciones que se tramiten por medio de la plataforma del SINPE. 5.3.3. Extranjero No Residente 5.3.3.1. Cualquier otro documento Para las personas no residentes que solo disponen de otro tipo de documento, tal como pasaporte. Este tipo de identificación será exclusivo para algunos servicios que lo permiten, tales como los relacionados con las operaciones de valores. Validación de dígitos verificadores (seudocódigo) Se valida la longitud y formato de la identificación, garantizando que el mismo tenga 12 caracteres de tipo numérico. Si no es así se retorna falso. Se calculan los dígitos verificadores, como se explica en la sección siguiente. Se comparan los dígitos verificadores calculados con los originales de la identificación validada. Cálculo de Dígito Verificador El siguiente algoritmo es aplicado cuando se necesita calcular un dígito verificador, tanto para los Dimex, como para los DIDI. Página No. 7

Suma de Productos: Para el cálculo se debe multiplicar cada dígito del número procesado (exceptuando los dígitos verificadores) por un valor predeterminado (PESO) que se asigna a cada posición específica. Del resultado de esta sumatoria se obtiene un valor al cual se le aplica la función MODULO 37 (residuo) para obtener los dígitos verificadores. La hilera de pesos utilizada es la siguiente: 7317317317. La fórmula es la siguiente: Si el residuo del módulo 37 es menor que 10, se agrega un cero delante, para completar los dos dígitos verificadores. 5.3.4. Gobierno Central Este tipo de persona tendrá 2 como primera posición de la cédula, de acuerdo con la tabla de naturalezas antes descrita. Las restantes nueve posiciones deben cumplir con la siguiente codificación: 2-PPP-CCCCCC PPP identifica a cada uno de los distintos Poderes del país, de la siguiente manera: Código Poder 100 Ejecutivo 200 Legislativo 300 Judicial 400 Tribunal Supremo de Elecciones CCCCCC representa un número consecutivo, correspondiente a un número asignado por el RN. Por ejemplo, el número de cédula para el Ministerio de Hacienda es 2-100-042005. 5.3.5. Persona Jurídica Este tipo de persona tendrá 3 como primera posición de la cédula, de acuerdo con la tabla de naturalezas antes descrita. Las restantes 9 posiciones deben cumplir con la siguiente codificación: 3-TTT-CCCCCC Donde TTT representa el Tipo de Persona Jurídica según la codificación del RN, y CCCCCC corresponde a un consecutivo asignado por el RN. Página No. 8

5.3.6. Institución Autónoma Este tipo de persona tendrá un 4 como primera posición de la cédula, de acuerdo con la tabla de naturalezas antes descritas. Las restantes nueve posiciones deben cumplir con la siguiente codificación: 4-000-CCCCCC Donde CCCCCC representa un número de consecutivo asignado por el RN. Por ejemplo la cédula del Instituto Costarricense de Turismo (ICT) es 4-000-042141. 6. Cálculo de Dígito Verificador El siguiente algoritmo es aplicado cuando se necesita calcular un dígito verificador o de control sobre un número de longitud n, por ejemplo un número de cuenta cliente o un código de referencia. Suma de Productos: Para el cálculo se debe multiplicar cada dígito del número procesado por un valor predeterminado (PESO) que se asigna a cada posición específica. Del resultado de esta sumatoria se obtiene un valor al cual se le aplica la función MODULO 11 (residuo) para obtener el dígito verificador. La hilera de pesos tiene siempre como dígito menos significativo un 7, y de ahí se colocan los "n" pesos (igual a la longitud del número procesado) hacia la izquierda. La hilera base para el cálculo es la siguiente: Pesos: Posición Peso Unidad 7 Decena 6 Centena 5 Unidad de Millar 4 Decena de Millar 3 Centena de Millar 2 Unidad de Millón 1 Si la longitud del número procesado requiere de una hilera de pesos de más longitud, se deben colocar los números del 9 al 1 a la izquierda, la cantidad de veces que se requiera para poder llegar a n. Por ejemplo, para calcular el dígito verificador de una cuenta cliente (donde n = 16) se requiere la siguiente hilera de pesos 1234567891234567. Módulo: A la sumatoria se le aplica módulo once (11) y éste es el dígito verificador. Tratamiento de sumandos: Cuando el producto de un peso por su respectivo dígito genere un sumando de más de un dígito, éste será considerado sin aplicarle ninguna función adicional. Página No. 9

Tratamiento del residuo 10: Cuando el residuo sea diez (10), se utiliza uno (1) como dígito verificador. 6.1. Seudo código del algoritmo de dígito verificador Este es el algoritmo de cálculo para la verificación de un dígito de control que se utiliza por ejemplo en el cálculo de las CC o los códigos de referencia de los servicios del SINPE. Para efectos de aclarar y facilitar su interpretación, se han colocado algunos comentarios (encerrados entre símbolos de llaves {}). Página No. 10

{Inicio de la función} nsumadigitos = 0 nlongitud = Longitud de DatoVerificar menos 1 {Se excluye el SELF } chilerapesos = Subhilera de PESOS desde posición LONGMAX nlongitud hasta el final de la hilera {Se toman los últimos nlongitud pesos de la hilera de pesos para usarlos en el cálculo} Para cada dígito de DatoVerificar {ninddig toma los valores 1,2,..., nlongitud} nvalorposicion = Dígito de DatoVerificar * Peso en chilerapesos (Posición ninddig) nsumadigitos = nsumadigitos + nvalorposicion {Acumula sumando a sumatoria} Fin del ciclo {Tome el siguiente valor para ninddig} ndigito = Residuo de dividir nsumadigitos entre MODULO Si ndigito = 10 entonces ndigito = 1 Devuelva VERDADERO si ndigito = último dígito de DatoVerificar, FALSO sino {Fin de la función} 7. Errores en la utilización de la codificación La responsabilidad de los errores producto de la utilización de los códigos será de la entidad que lo produce en principio, es decir, del banco generador de la información primaria. Si un cliente realiza un reclamo por una situación causada por uno de estos errores, los costos financieros y administrativos en que incurra el cliente perjudicado serán pagados por el banco emisor. Página No. 11