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Transcripción:

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Considerando la conveniencia de organizar cursos de natación durante el verano de 2017, al amparo de las competencias atribuidas a esta Administración por los artículos 25.2.l) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 9.18 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía. La Promoción del Deporte comprende entre otros la planificación, ordenación, gestión y promoción del deporte de base y del deporte para todos. Visto que de conformidad con la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, durante el año 2016 se podrá proceder a la contratación de personal temporal en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables que se restringirán a los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales. Dicha normativa se considera prorrogada para el 2017, ya que a fecha actual todavía no ha sido aprobada la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el presente ejercicio. Considerando el impacto de los cursos de natación en la seguridad y salud colectivas, sobre todo en atención a la formación que aportan y a los meses en los que tienen lugar por las altas temperaturas propias de los mismos. Considerando igualmente la necesidad de contar con un monitor y un socorrista para los mencionados cursos, de conformidad con la normativa vigente, siendo su presencia obligatoria en las inmediaciones de la Piscina durante todo el horario de funcionamiento. Al amparo de lo previsto en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, RESUELVO PRIMERO.- Declarar la concurrencia de causa excepcional justificativa de la contratación que se pretende, así como la necesidad urgente e inaplazable de proceder a la misma, ya que la actividad deportiva de verano se encuentra próxima a celebrarse, y ha de considerarse de carácter prioritario o esencial como mecanismo de Promoción del Deporte. SEGUNDO.- Aprobar las bases reguladoras de la convocatoria de selección para la contratación en régimen laboral temporal de un monitor y un socorrista para el curso de natación 2017 y que se adjuntan a la presente como anexo. TERCERO.- Publicar el texto íntegro de las bases reguladoras de las pruebas selectivas en el Tablón de edictos de este Ayuntamiento, y Portal de Transparencia. CUARTO.- Dar cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre. El Acalde. Fechado y firmado digitalmente.

ANEXO BASES PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL. PRIMERA.- Normas Generales y Modalidad del Contrato. 1. Es objeto de las presentes Bases la regulación del procedimiento para la selección de un técnico deportivo y un socorrista, conforme al siguiente detalle: Técnico deportivo: MODALIDAD DE CONTRATACIÓN: contrato laboral de duración determinada a tiempo completo conforme al artículo 15.1.a) del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. DURACIÓN: del 1 al 31 de julio de 2017. HORARIO: de lunes a viernes. JORNADA: 40 horas semanales distribuidas según las necesidades de las actividades a desarrollar. FUNCIONES: Las propias de la plaza presupuestada y en concreto las de labores de monitor de la campaña de natación para niños y adultos. Socorrista: MODALIDAD DE CONTRATACIÓN: contrato laboral de duración determinada y a tiempo parcial conforme a los artículo 12 y 15.1.a) del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. DURACIÓN: del 1/07/2017 al 31/08/2017. HORARIO: de lunes a viernes. JORNADA: 5 horas diarias. FUNCIONES: las propias de seguridad, prevención y salvamento y primeros auxilios, así como vigilar para que se cumplan las normas de seguridad de la piscina y colaborar con el monitor de natación en el desarrollo adecuado de las actividades de la campaña de natación. 2. A las pruebas que se establecen en esta convocatoria les serán aplicables la Ley 7/1985, de 2 de abril; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio; las disposiciones que expresamente determine la Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y las bases de esta convocatoria.

SEGUNDA.- Condiciones de Admisión de Aspirantes. Para tomar parte en el procedimiento de selección será necesario: a) Poseer la nacionalidad española u otra nacionalidad admisible a estos efectos conforme al artículo 57 de la Real Decreto Legislativo 5/2015. Los extranjeros con residencia legal en España serán admitidos en igualdad de condiciones que los españoles. b) Tener cumplidos los 16 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación. c) Estar en posesión del título de certificado de escolaridad, o en condiciones de obtenerlo, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones. e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. f) Para la plaza de socorrista, estar en posesión del título homologado de socorrista con la prueba de reciclaje pasada para este año. g) Para la plaza de técnico deportivo, estar en posesión del título de monitor de deportivo de natación o título oficial que habilite para la impartición de los cursos para los que es necesaria la contratación. TERCERA.- Forma y Plazo de Presentación de Instancias. Las solicitudes para participar en el proceso selectivo se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del, y se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento, en el plazo comprendido entre el 29/05/2017 y el 12/06/2017, sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Dichas solicitudes se confeccionarán conforme al modelo contenido en las presentes bases y contendrán mención expresa al cumplimiento de las condiciones exigidas en la convocatoria y un número de teléfono de contacto. Las mismas se acompañarán de la documentación siguiente: Fotocopia del DNI o, en su caso, pasaporte. Currículum vitae donde consten separadamente los méritos alegados. Copia compulsada de los documentos acreditativos de la titulación y/o requisitos exigidos en la convocatoria así como de los méritos y circunstancias alegados para su valoración. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. CUARTA.- Admisión de Aspirantes. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Sr. Alcalde-Presidente dictará Resolución en el plazo máximo de diez días, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución se señalara un plazo de tres días hábiles para la subsanación de deficiencias o alegar la omisión en la lista.

Transcurrido dicho plazo se convocará el Tribunal para la baremación de méritos. Contra la Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente a su publicación en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, ante el mismo órgano que la dictó, o bien interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, y la Ley 29/1998 de 13 de julio. QUINTA.- Tribunal Calificador El Tribunal calificador estará constituido por: TITULARES Presidente: El titular de la Secretaría-Intervención. Vocales: D. Manuel García García. Dª. Manuela Vera Laperal. Dª. Antonia Oliva Jiménez Dª. Inmaculada García García, que actuará a su vez de Secretaria del Tribunal. SUPLENTES Del Presidente: D. Antonio Pérez Macías Del Secretario: El funcionario que accidentalmente desempeñe la Secretaría Municipal. De los vocales: Dª Carmen Jiménez Díaz. Los miembros del Tribunal están sujetos a los supuestos de abstención y recusación previstos en los arts. 23 y 24 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público. Para la válida constitución del Tribunal será necesaria la asistencia del Presidente y del Secretario o, en su caso, de quienes legalmente le sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes. El tribunal decidirá sobre todas las dudas que surjan de la aplicación de las normas contenidas en las presentes bases y determinará la actuación procedente en los casos no previstos en las mismas, siendo sus resoluciones vinculantes, sin perjuicio de la posibilidad de interponer recurso de alzada ante la Alcaldía contra sus resoluciones y actos de trámite que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión. SEXTA.- Sistema y criterios de selección. 1. El sistema de selección será el concurso de méritos, atendiéndose a los a continuación se relacionan:

TÉCNICO DEPORTIVO: Formación académica*: - Licenciado o grado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte: 3 puntos - Técnico Superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas: 2 puntos * De los apartados anteriores, sólo puntuará el de mayor puntuación en caso de que el aspirante tenga más de una titulación académica. Formación complementaria: Cursos relacionados con las actividades en el medio acuático o con la impartición de clases dirigidas de actividad física y deportiva. Para la valoración de los cursos se atenderá a lo siguiente: - De 1 a 20 horas: 0 1 punto. - De 21 a 40 horas: 0 2 puntos. - De 41 a 100 horas: 0 3 puntos. - De más de 100 horas: 0 5 puntos. - Puntuación máxima por este concepto: 3 puntos. Experiencia: Por cada mes trabajado para la Administración Pública en puestos similares de impartición de clases dirigidas de actividad física y deportiva: 0 3 puntos. Por cada mes trabajado en centros o empresa privada en puestos similares de impartición de clases dirigidas de actividad física y deportiva: 0 15 puntos. La puntuación máxima por este concepto será de 4 puntos. La experiencia deberá ser acreditada mediante certificaciones emitidas por las entidades para las que haya trabajado, acompañada de vida laboral emitida por el organismo competente de la Seguridad Social. En caso de contrataciones no laborales, la experiencia se acreditará mediante copia compulsada en este Ayuntamiento de los contratos y del alta en el Régimen de Autónomos que proceda en la Seguridad Social. SOCORRISTA: Experiencia: - Experiencia acreditada mediante certificaciones emitidas por las empresas para las que haya trabajado, acompañada de vida laboral emitida por el organismo competente de la Seguridad Social. En caso de contrataciones no laborales, la experiencia se acreditará mediante copia compulsada en este Ayuntamiento de los contratos y del alta en el Régimen de Autónomos que proceda en la Seguridad Social. 2. Los concursos se resolverán a favor de quienes obtengan las mayores puntuaciones conforme a los criterios indicados.

Los empates entre aspirantes se resolverán atendiendo a las siguientes reglas: Primará la mayor puntuación obtenida en concepto de titulación, en su caso. Primará la mayor experiencia en servicios directos para Administraciones Públicas sobre los servicios para otras entidades. De persistir el empate, se atenderá a la mayor antigüedad en la solicitud para tomar parte en el procedimiento. SÉPTIMA.- Valoración de Méritos y Formalización del Contrato Una vez terminada la valoración de méritos de los aspirantes, el Tribunal hará pública la valoración en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento Dicha valoración se elevará al Presidente de la Corporación para que proceda a la formalización del contrato. En el caso de que se hiciera necesario realizar nuevas contrataciones para los puestos de trabajo durante 2017 como consecuencia de bajas temporales o definitivas o por la ampliación a posteriori del número de monitores o socorristas necesarios, esta Administración procederá a la contrataciones que procedan de entre las personas que hayan concurrido a este proceso de selección, por el orden resultante de la misma. OCTAVA.- Publicidad del procedimiento. Los anuncios que procedan con motivo del procedimiento a que se refieren estas bases se realizarán en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, así como en la página web del Ayuntamiento www.yunquera.es. NOVENA.- Incidencias. Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, la Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social.

MODELO DE INSTANCIA D/Dª.., con DNI Nº..., teléfono.. y domicilio a efecto de notificaciones en, a los efectos de su admisión en el procedimiento convocado por el Excmo. para la contratación en régimen laboral temporal de SOCORRISTA / TÉCNICO DEPORTIVO (Táchese la que no proceda), DECLARA / PROMETE: Que reúne los requisitos especificados en la convocatoria. Que no padece enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones. Que no ha sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni se está inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Y para su toma en consideración, de conformidad con las bases que rigen la convocatoria aporta: Fotocopia del DNI o, en su caso, pasaporte. Currículum vitae donde constan separadamente los méritos alegados. Copia compulsada de los documentos acreditativos de la titulación y/o requisitos exigidos en la convocatoria así como de los méritos y circunstancias alegados para su valoración. En.., a. de.. de.. El solicitante. Fdo:...