DJUT-KCG/EUT-LT /2016-78 CONVENIO DE COLABORACION PARA FOMENTAR EL DESARROL~O PROFESIONALDE LOS SIMPATIZANTES Y MILITANTES pel PARTIDO ACCION NACIONAL, QUE CELEBRANPOR UNA PARTE EL COMITE DIRECfIVO ESTATAL DEL PARTIDO ACCION NACIONAL EN NUEVO LEON, REPRESEN:rADOEN ESTEACTO POR EL C. MAURO GUERRA VILLARREAL, EN SU CARACTERDE REPRESENTANTELEGALDE ESTECOMITÉ Y POROTRA PARTEENSEÑANZA E INVESTIGACIÓN SUPERIOR, A.C. REPRESENTADAEN ESTE ACTO POR NOHEMÍ ASTORGA ACOSTA EN SU CALIDAD DE APODERADO LEGAL, A QUIENES EN LO SUCESIVOY PARAEFECTOSDEL PRESENTECONTRATOSE LES DENOMINARAN "El PARTIDO" Y "LA UNIVERSIDAD" SUCESIVAMENTE, QUIENES DE CONFORMIDADSESOMETENA LASSIGUIENTES DECLARACIONES Y cláusulas: DECLARACIONES: l. DECLARA EL PARTIDO POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE: 1.1 Que es un Partido Político con personalidad jurídica y patrimonios propios, legalmente constituido de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los términos de la Ley General de Partidos Políticos; y que cuenta con registro definitivo según consta en los archivos del Instituto Nacional Electoral. 1.2 Que su representante el C. MAURO GUERRA VILLARREAL, tiene facultades suficientes y necesarias para celebrar el presente convenio en nombre y representación del PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, mismas que no le han sido revocadas a la fecha, según consta en el libro 2353-dos mil trescientos cincuenta y tres, instrumento 116629-ciento dieciséis mil seiscientos veintinueve, de fecha 02 de diciembre del año 2015-dos mil quince, otorgada ante la fe del Lic. Alfonso Zermeño Infante, titular de la Notaría número 5-ci co con residencia en el Distrito Federal. 1.3 Se señala como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en Escobedo 650, Norte, en el Centro de Monterrey, Nuevo León 11. DECLARA LA UNIVERSIDAD POR CONDUCTO DE SU REPRESENTATE: 11.1. Que es ~na Asociación Civil constituida de conformidad a la legislación mexicana, segun consta en la Escritura Pública No. 211 de fecha 14 de julio de 1~4~pasada ~nte.'~ fe del Lic. Emeterio Martínez de la Garza, titular de la Notaría Pub~lcaco~ ~]ercicloen la ciudad de Monterrey, Nuevo León, e inscrita en el Registro Publico de la Propiedad y de Comercio bajo el No. 6, Folio 153, Vol. II,
DJUT-KCG{EUT-LT {2016-78 Registro de Sociedades y Asociaciones Civiles, Monterrey, N.L. de fecha 27 de noviembre de 1946. 11.2 Que su representante, NOHEMÍ ASTORGA ACOSTA tiene facultades suficientes y necesarias para celebrar el presente contrato en su nombre y representación de "LA UNIVERSIDAD". Mismas que no le han sido revocadas a la fecha, lo cual consta en la escritura 11,209 de fecha 04 DE FEBERERO DE 2016, otorgada ante la fe del Lic. Patricio E. Chapa González, Notario Público de la Notaria Número 46, de la Ciudad de Monterrey, Nuevo León. 11.3 Que cuenta con los recursos materiales y humanos necesarios para el cumplimiento de los compromisos derivados del presente contrato. 11.4 Se señala como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en Av. Paseo del Acueducto #2610, Col. Del Paseo Residencial Monterrey, Nuevo León C.P. 64909. 111. DECLARAN AMBAS PARTES: 111.1 De conformidad con las anteriores declaraciones se reconocen y aceptan a través de sus representantes, la personalidad y capacidad jurídica para la celebración del presente convenio. 111.2 Coinciden en la importancia de los esfuerzos conjuntos para promover una educación integral y capacitación profesional en los simpatizantes y militantes del "PARTIDO". 111.3 La relación entre ambas partes se basa en el apoyo, la cooperación, el respeto mutuo y en el reconocimiento de ambos y en ella se establece el dialogo como método para definir el contenido del presente convenio. Por todo lo anterior, "LAS PARTES" han decidido celebrar el presente convenio de colaboración, para lo cual están de acuerdo en someterse a las siguientes: CLÁUSULAS: PRIMERA. OBJETO. El presente convenio tiene por objeto formalizar lazos de cooperación entres "LAS PARTES" con acciones tendientes al mejoramiento de la educación y desarrollo profesional de los militantes y simpatizantes de el "PARTIDO" que se encuentren a través de una educación
DJUT-KCG/EUT -tt/2016-78 superior accesible, que permita desarrollar plenamente sus habilidades y capacidades. SEGUNDA.COMPROMISOS. "LA UNIVERSIDAD" se compromete a otorgar descuentos en las colegiaturas de los programas educativos, señalados en la cláusula tercera, a los militantes y simpatizantes de "EL PARTIDO" que se encuentren interesados en inscribirse. "EL PARTIDO" se compromete a entregar a "LA UNIVERSIDAD" una carta de presentación con los datos del simpatizante o militante que se encuentre interesado en inscribirse a algún programa de estudios convenido para recibir los beneficios del descuento, los cuales se aplicaran únicamente a las personas de nuevo ingreso. TERCERA. BENEFICIOS. Derivado de los compromisos pactados por "LAS PARTES" los militantes y simpatizantes de "EL PARTIDO" gozaran de los siguientes beneficios: Semestral PREPARATORIA Nacional Tetramestral en Campus Monterrey PROFESIONAL Semestre y Tetramestral Tetramestral Presencial. Presencial. En línea. 20% 20% 30% POSGRADO EDUCACiÓN CONTINUA Tetramestral Cursos Tutorados y Auto dirigidos* Presencial y En línea. Presencial y En Línea 25% 25% *Sujeto a presupuesto de campus El anterior beneficio se recibirá por los militantes y simpatizantes inscritos hasta la conclusión de sus estudios independientemente de la vigencia del presente contrato. CUARTA. INTERMEDIACIÓN. Ambas partes están de acuerdo en que "EL PARTIDO", funge únicamente como intermediario entre el beneficiario de las aportaciones convenidas y "LA UNIVERSIDAD", por lo que se deslinda de toda responsabilidad que surja por adeudos que se generen ante la falta de pago "\\~ los servicios académicos por parte de los estudiantes, así como de los trámites '\ ante las autoridades educativas correspondientes. QUINTA. RELACIONES LABORALES. LAS PARTES acuerdan que este contrato no podrá interpretarse de manera alguna como constitutivo de cualquier tipo de asociación o vínculo de carácter laboral entre LAS PARTES;
DJUT-KCG/EUT-LT/2016-78 por lo que las relaciones laborales, ya sean de naturaleza individual o colectiva, se mantendrán en todos los casos entre la parte ontratante y sus respectivo personal, aun en los casos de los trabajos realizados conjuntamente y que se desarrollen en el lugar o lugares donde se deba desarrollar el objeto del presente contrato y/o con equipo de cualquiera de LAS PARTES. SEXTA. SUPERVISION. "LA UNIVERSIDAD" designa a Ramón de Jesús Alanis Rodríquez y "EL PARTIDO" a la Coordinadora de Gestión Ciudadana Dayra Ibarra Ramos como enlaces y responsables de la verificación y seguimiento del cumplimiento del presente convenio. SEPTIMA. TERMINACION ANTICIPADA. El presente convenio podrá darse por terminado por cualquier de las partes mediante notificación escrita a la otra con treinta días naturales de anticipación, sin perjuicio de que subsistan las obligaciones contraídas hasta la terminación de los programas educativos de los alumnos inscritos. OCTAVA.RECISIÓN. El incumplimiento a cualquiera de las obligaciones pactadas en el presente instrumento dará lugar a su recisión, previa notificación por escrito de la parte afectada con 15 días naturales de anticipación. NOVENA. VIGENCIA Las partes pactan que la vigencia del presente contrato surte efectos a partir de su formalización y hasta el momento en que "EL PARTIDO" de aviso de terminación por medio de escrito a la "LA UNIVERSIDAD. DECIMA. DE LA LEGISLACIÓN, JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA. Este contrato se regirá y será interpretado de conformidad con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos. Para resolver cualquier controversia que se suscite con motivo de la interpretación, cumplimiento o ejecución del presente instrumento, las partes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales competentes de la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, con renuncia expresa de cualquier otro fuero que pudiere corresponderles en razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa. El presente convenio se firma por triplicado a través de los representantes legales de las partes que en él intervienen, en la Ciudad de Monterrey, NL, el día 08 de agosto del año 2016..lo/-
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