Número de Expediente: 2013/CONASP0300 ASUNTO: ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIO DE PRÉSTAMO DE MATERIALES PARA LAS ASOCIACIONES DEL SERVICIO DE PARTICI PACIÓN CIUDADANA Por el Concejal-Delegado del Departamento de Servicios a la Ciudadanía y Deportes con fecha de 26 de septiembre de 2013, se aprobó expediente de contratación de SERVICIO DE PRÉSTAMO DE MATERIALES PARA LAS ASOCIACIONES DEL SERVICIO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA. El presupuesto aprobado al efecto fue de 44.500,00 euros IVA incluido. El plazo de ejecución es de 1 ENERO A 31 DE DICIEMBRE DE 2014. El procedimiento de adjudicación aprobado fue NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD. En el mismo se presentaron las siguientes proposiciones: Oferta Número 1 Suscrita por ATELIER DE CULTURA Y COMUNICACION, S.L., presenta completa la documentación exigida por los Pliegos de Condiciones. Ofrece una baja del 2%, lo que supone un precio de 43.610 euros, IVA incluido. Oferta Número 2 Suscrita por, presenta completa la documentación exigida por los Pliegos de Condiciones. Ofrece una baja del 2%, lo que supone un precio de 43.610 euros, IVA incluido. Por el Concejal-Delegado del Departamento de Servicios a la Ciudadanía y Deportes, con fecha 21 de noviembre de 2013 y previa propuesta de la Mesa de Contratación, se seleccionó como oferta mas ventajosa a la presentada por la empresa. El resultado de valoración de ofertas fue el siguiente: En fecha 4 de noviembre de 2013 se llevó a cabo la apertura de los sobres B (capacidad de obrar, solvencia económica, financiera y técnica o profesional) de las empresas licitadoras, acreditando las dos empresas licitadoras los requisitos de capacidad de obrar, solvencia económica, financiera y técnica o profesional requeridos en el pliego de cláusulas administrativas particulares de la presente contratación. En fecha 11 de noviembre de 2013 se procedió a la apertura de los sobres C presentados por las empresas licitadoras, y a su valoración por parte del Servicio de Participación Ciudadana, procediendo este último a revisar los proyectos presentados en base a los criterios de valoración detallados en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares para contratos de servicios por el procedimiento de licitación negociado sin publicidad (criterios de
adjudicación que dependen de un juicio de valor no cuantificable por fórmula), emitiendo informe de valoración y puntuaciones obtenidas por las empresas. En base a lo señalado, las puntuaciones obtenidas por las empresas en la valoración de los sobres C fue la siguiente: CRITERIOS DE VALORACIÓN ATELIER S.L. Equipo de trabajo ofertado y organización. Propuesta de recursos humanos (relación y perfil de los mismos) para desarrollar el servicio y su organización. Distribución de tareas. Coordinación con el Servicio de Participación Ciudadana. 6 4 (hasta 6 puntos) Propuestas para la mejora de la prestación del Servicio. Se valorarán exclusivamente en función de su posibilidad de ser acometidas técnicamente y económicamente, y, dentro de todo lo establecido en los pliegos técnico y administrativo. 8 3 (hasta 8 puntos) TOTAL 14 7 El 14 de noviembre de 2013 se procedió por los Servicios Técnicos del Servicio de Participación Ciudadana a la apertura de los SOBRES A (proposición económica y documentación técnica relativa a los criterios de valoración, distintos del precio, que deban evaluarse mediante la aplicación de una fórmula), presentados por las dos empresas licitadoras, procediéndose por los citados Servicios técnicos a valorar la oferta económica de las mismas, en base a la fórmula establecida en el punto 4.3 de la carátula del PCAP y que se reproduce a continuación: CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN QUE DEPENDEN DE APLICACIÓN DE FÓRMULA 4.3. Oferta económica mejorable a la baja. Hasta 6 puntos. La valoración de la oferta económica se realizará en base a la siguiente fórmula;
4.3.1. Al PRESUPUESTO DE LICITACIÓN se le asignará cero puntos. 4.3.2. El resto de ofertas se valorarán con la aplicación de la siguiente fórmula: Bajaoferta Puntuación oferta = Puntuaciónmáximax Bajamáxima Siendo: Puntuación oferta = Puntuación de la oferta Puntuación maxima = Puntuación máxima posible a obtener Baja oferta= Porcentaje de baja de la oferta a valorar Baja máxima= Mayor porcentaje de baja de las ofertas presentadas. Cuando el mayor porcentaje de baja ofertado por las ofertas admitidas sea inferior a un 10% el valor de este parámetro será 10%. La señalada fórmula se aplicó sobre la propuesta económica de cada una de las empresas, excluido el IVA. Las propuestas económicas presentadas por las empresas licitadoras fueron las siguientes: EMPRESAS LICITADORAS OFERTA ECONÓMICA SIN IVA CANTIDAD CORRESPONDIENTE AL IVA OFERTA ECONÓMICA IVA INCLUIDO 36.041,32 7.568,67 43.610,00 ATELIER S.L.. 36.041,32 7.568,67 43.610,00 Las citadas ofertas económicas suponen una baja sobre el tipo de licitación del contrato respectivamente de: ATELIER S.L 2 %. LUDOLAND S.L.2 %. Tras la aplicación de la fórmula señalada más arriba las empresas licitadoras en la valoración de los sobres A obtienen la siguiente puntuación: EMPRESAS LICITADORAS OFERTA ECONÓMICA 1,2 puntos. ATELIER S.L. 1,2 puntos.
La puntuación total obtenida por las empresas licitadoras, resultante de la suma de la puntuación obtenida en la valoración de los sobres C más aquella obtenida tras la valoración de los sobres A, es la siguiente: EMPRESAS LICITADORAS SOBRE A SOBRE C TOTAL 1,2 14 15,2 ATELIER S.L. 1,2 7 8,2 Por la empresa se ha procedido a la entrega de la documentación a la que hace referencia el segundo párrafo del artículo 151 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP). Visto el Acuerdo de Delegación de Competencias de la Junta de Gobierno Local de 13 de junio de 2011, el Concejal-Delegado del Departamento de Servicios a la Ciudadanía y Deportes ha adoptado la siguiente: RESOLUCIÓN 1. Adjudicar el contrato de SERVICIO DE PRÉSTAMO DE MATERIALES PARA LAS ASOCIACIONES DEL SERVICIO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA a la empresa con C.I.F. B-01159482, en la cantidad de 43.610,00 euros, de los cuales corresponde en concepto de IVA la cantidad de 7.568,67 euros, y con un plazo de ejecución desde el 1 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2014, en las condiciones del Pliego de Condiciones Técnicas y Administrativas del expediente y de la Memoria presentada en la Proposición. 2. En el supuesto de que así se establezca en el pliego de cláusulas administrativas particulares, la empresa adjudicataria, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la notificación de esta resolución deberá entregar en el Servicio Administrativo del Departamento de Servicios a la Ciudadanía y Deportes, sito en la calle Fray Zacarías Martínez, 3 1ª planta, copia de la póliza de seguro. 3. La firma del contrato tendrá lugar en el plazo de 15 días hábiles a contar desde la notificación de esta resolución. 4. El incumplimiento de este plazo, por causa imputable al contratista constituirá incumplimiento contractual, y podrá dar lugar a la resolución del contrato. 5. En caso de incumplimiento del contrato se impondrán las penalidades previstas en el pliego de cláusulas administrativas particulares.
6. La presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se deberá notificar a los interesados. 7. En los supuestos previstos en el 40 del TRLCSP, podrá interponerse, en el Registro General del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz (C/ Olaguibel nº 2), recurso administrativo especial en materia de contratación (previo al recurso contencioso-administrativo), previsto y regulado en los artículos 40 a 49 del TRLCSP, en el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de notificación de este acuerdo, en los términos previstos en el artículo 44 de la citada Ley. Para aquellos supuestos no contemplados en el artículo 40 del TRLCSP, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponerse recurso potestativo de reposición previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes contado a pertir del siguiente al ed notificación de este acuerdo. En los supuestos previstos en el artículo 37 del TRLCSP, se podrá plantear la interposición de la cuestión de nulidad contractual, en el plazo de 30 días hábiles, en los términos previstos en el artículo 39 del TRLCSP. Vitoria-Gasteiz, 29 de noviembre de 2013 EL CONCEJAL-DELEGADO DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS A LA CIUDADANÍA Y DEPORTES