Universidad de Oviedo Facultad de Filosofía y Letras

Documentos relacionados
GUÍA DEL TFG (PROCEDIMIENTO)

TRABAJOS FIN DE GRADO MAGISTERIO GRADO DE INFANTIL Y PRIMARIA. Universidad de Alcalá

NORMATIVA INTERNA DE REGULACIÓN DE LOS TRABAJOS FIN DEL GRADO DE RELACIONES LABORALES Y RECURSOS HUMANOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DEL TRABAJO

NORMATIVA DE EVALUACIÓN POR COMPENSACIÓN EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

NORMATIVA TRABAJOS FIN DE MÁSTER (TFM) MÁSTER UNIVERSITARIO EN GESTIÓN DE INSTALACIONES ENERGÉTICAS E INTERNACIONALIZACIÓN DE PROYECTOS

DOCUMENTO ORIENTATIVO PARA LA REALIZACIÓN DEL TRABAJO FIN DE GRADO. El TFG puede adoptar formas o responder a modalidades diversas:

TRABAJO FIN DE GRADO (TFG)

REGLAMENTO SOBRE LOS TRABAJOS DE FIN DE GRADO Y FIN DE MÁSTER DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE

Cada Departamento ha designado uno o varios responsables de su programa de Doctorado

REGLAMENTO PARA LA ELABORACIÓN Y DEFENSA DE LOS TRABAJOS DE FIN DE GRADO

Normativa sobre la lectura de la tesis doctoral y la constitución del tribunal de tesis

Fundación Focus-Abengoa Premios y Ayudas de Estudios 2016

ORDEN POR LA QUE SE REGULAN LAS PRUEBAS DE APTITUD Y DE ACCESO A LAS ENSEÑANZAS BÁSICAS DE LAS ENSEÑANZAS ELEMENTALES DE MÚSICA EN ANDALUCIA.

TRABAJO FIN DE GRADO (TFG)

Máster Universitario en Valoración, Gestión y Protección del Patrimonio Cultural

OPOSICIONES 2010 SECUNDARIA

FACULTAD DE HUMANIDADES

FACULTAD CIENCIAS EMPRESARIALES TRABAJOS FIN DE GRADO

Normativa del Trabajo de Fin de Grado (TFG)

1. Oferta y adjudicación de Proyectos Fin de Carrera por las Áreas o Departamentos Universitarios

TÍTULO XIV: CALIFICACIONES, ACTAS Y CERTIFICADOS

REGLAMENTO PRÁCTICAS EN EMPRESAS FACULTAD DE CIENCIAS

Facultad de Comercio Exterior y Relaciones Internacionales

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS GRADO EN INGENIERÍA EN TECNOLOGÍAS INDUSTRIALES

Guía del estudiante: Normativa académica

MASTER DE ASESORÍA JURÍDICA DE EMPRESAS

Aprobado por Consejo de Gobierno 21 de febrero de Página 1

NORMATIVA SOBRE LA ELABORACIÓN Y DEFENSA DE LOS TRABAJOS FIN DE MÁSTER EN LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA

ANEXO II BAREMO DE MÉRITOS. 1. Por cada año de servicios prestados como funcionario interino o contratado laboral:

CONCURSO PÚBLICO PARA LA ADJUDICACIÓN DE OFICINAS DE FARMACIA

PROPUESTAS Y CONTENIDOS DEL TFM

Art. 1. Objeto y ámbito de aplicación. Art. 2. Características del TFM

PROCEDIMIENTOS E INSTRUCTIVOS DE GRADOS Y TÍTULOS PARA LA CARRERA DE PSICOLOGÍA TÍTULO I GENERALIDADES CAPÍTULO I CONTENIDO Y ALCANCES

REGLAMENTO SOBRE TRABAJO FIN DE GRADO

NORMATIVA ESPECÍFICA DE PREINSCRIPCIÓN WEB PROPIA

Consejo de Gobierno 4 de marzo de 2015

GUÍA DOCENTE 2016/2017. Trabajo fin de Grado Grado en ENFERMERÍA 4º curso. Modalidad presencial

Programa Nacional de Contratación Subprograma Juan de la cierva Convocatoria 2010 (BOE 9 de febrero de 2010)

Calendario 2º Bachillerato: Prueba de Acceso a la Universidad desde Bachillerato o título equivalente Dónde puedo presentarme?

CRITERIOS DE PROMOCIÓN Y TITULACIÓN. PROGRAMA DE RECUPERACIÓN DE PENDIENTES

Universidad Europea del Atlántico Página 1 de 7

NORMATIVA MASTER INGENIERIA TÉRMICA PARA LA REALIZACIÓN DEL TRABAJO FIN DE MASTER APROBADA EN LA COMISIÓN ACADÉMICA ( )

Consejería de Educación 872 ORDEN 513/2008, de 7 de febrero, de la Consejera de

Secretaría General Oficialía Mayor.

NORMATIVA DE TRABAJOS FIN DE GRADO DE LA FACULTAD DE BIOLOGÍA, CIENCIAS AMBIENTALES Y QUÍMICA DE LA UAH

Pruebas para la obtención directa del certificado de enseñanzas elementales:

CRITERIOS GENERALES DE VALORACIÓN DE MERITOS PARA LA CONTRATACIÓN DE PROFESORADO DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA

UNIVERSIDAD TÉCNICA ESTATAL DE QUEVEDO Campus Manuel Haz Álvarez SECRETARIA GENERAL

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN COMPENSATORIA PARA EL GRADO EN TURISMO DE LA EUTL

ÍNDICE DE DOCUMENTOS ORIENTATIVOS PARA LAS ELECCIONES A CONSEJOS ESCOLARES Y CONSEJOS DE RESIDENCIAS.

Normativa Transferencia y Reconocimiento de créditos Centro Universitario EDEM

CALENDARIO ACADÉMICO CURSO

CALENDARIO DE TRÁMITES ADMINISTRATIVOS (CURSO 2015/2016)

CONVOCATORIA DE BECAS DE MATRICULA Y AYUDAS AL ESTUDIO Curso 2009/10

VICERRECTORADO DE POSGRADO

Vicerrectorado de Docencia y Profesorado

PROCESOS PSICOLÓGICOS BÁSICOS

Bases de la convocatoria. Los concursos se regirán por la normativa vigente y, en particular, por las siguientes normas:

Becas de Movilidad Virtual Internacional UNED CAMPUS NET. Convocatoria

Estas becas están dotadas con una cuantía de 2.000,00 euros, no incluyendo la exención de precios públicos por servicios académicos. (art.

RESOLUCION Nº 78/05 REGLAMENTO DE TESIS PARA ALUMNOS DE LA LICENCIATURA EN TURISMO

Evaluación y Difusión del Trabajo de Fin de Grado de la Facultad de Economía y Empresa

TODOS LOS CENTROS TABLONES DE ANUNCIOS REGISTRO

(Aprobado en Junta de centro el día 2 de Mayo de 2012).

EL RECTOR. Fdo.: VICENTE C. GUZMÁN FLUJA

REGLAMENTO DE LA DIVISIÓN DEL DOCTORADO DE LA FACULTAD DE MEDICINA 1 CAPÍTULO I OBJETO

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

CALENDARIO DE ACTIVIDADES DOCENTES

(Aprobado en Consejo de Gobierno con fecha 14 de octubre de 2008) (Pendiente de publicación en el BOUC)

El curso se realizará entre el 17 de Septiembre de 2016 y el 28 de febrero de 2017 más el periodo de prácticas.

ANEXO V BAREMO DE MÉRITOS PARA EL INGRESO AL CUERPO DE MAESTROS

ORDENACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO LOMCE

PLAZOS DE INTERÉS CURSO

DISPOSICIÓN REGULADORA DEL PROCESO DE SELECCIÓN DE PROFESORES AYUDANTES DOCTORES

"#$%& Normativa General

ANEXO I CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE AYUDAS A ESTUDIANTES QUE ESTUDIAN FUERA DE BENISSA CURS

NORMATIVA DE RÉGIMEN ACADÉMICO Y PERMANENCIA EN LAS TITULACIONES OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE LEÓN.

MÁSTER UNIVERSITARIO DE URBANISMO Reglamento sobre la Elaboración y Evaluación del Trabajo Fin de Máster

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Fomento y Medio Ambiente, de acuerdo con el dictamen del Consejo

Coordinación de Estudios de Posgrado Reglamento de Titulación REGLAMENTO DE TITULACIÓN

UNIVERSIDAD DON BOSCO VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD DON BOSCO

GUÍA DOCENTE 2016/2017. Elaboración de Trabajos Académicos con Indicadores de Calidad Grado en INGENIERÍA INFORMÁTICA 2º curso. Modalidad Presencial

BASES DE LA CONVOCATORIA

ANEXO I Modelo de Curriculum Vitae

REGLAMENTO PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE NOMBRAMIENTO DE PLAZAS VACANTES EN LA CATEGORÍA DE DOCENTE PRINCIPAL, ASOCIADO Y AUXILIAR DE LAS FACULTADES

N. I / ), 320/ ). - - * * * - * * * * * * 1º 200. * 2º 200. * 3º : 200.

NORMATIVA ESPECÍFICA DEL TRABAJO FIN DE GRADO GRADO EN INGENIERÍA ELECTRÓNICA

TRABAJO FIN DE GRADO

Facultad de Filosofía y Letras Instituto de Investigaciones Estéticas

PROCESO DE DEFINICIÓN DEL PERFIL DE INGRESO Y CAPTACIÓN DE ESTUDIANTES

Titulación(es) Titulación Centro Curso Periodo Grado de Ciencias Políticas y de la Administración Pública

EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DEL TÁCHIRA. En uso de las facultades Reglamentarias, dicta las siguientes

Convocatoria: Oferta de Empleo

CAPÍTULO I Disposiciones generales

GUÍA PARA PRESENTACIÓN DEL EXAMEN DE CANDIDATURA. Doctorado en Ciencias de la Electrónica

A. En el primero, con una duración de 24 meses, la ayuda revestirá las características de una beca.

EL SISTEMA DE EVALUACIÓN CONTINUA DE LA CEU-UCH

REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN A LA MAESTRÍA EN DEFENSA NACIONAL CICLO LECTIVO 2016

ANUNCIO 1. AMBITO DE APLICACIÓN

MAESTRÍA Y DOCTORADO EN PSICOLOGÍA

Transcripción:

Universidad de Oviedo Facultad de Filosofía y Letras REGLAMENTO PARA LA OBTENCIÓN DEL GRADO DE LICENCIATURA Y LA CONCESIÓN DE LOS PREMIOS EXTRAORDINARIOS DE LICENCIATURA EN LA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS DE LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO Aprobado por el Consejo de Gobierno de la Facultad de Filosofía y Letras el 5 de octubre de 2011. Desarrollo del Reglamento aprobado por la Junta de Gobierno de la Universidad de Oviedo el 5 de abril de 2001 y modificado el 3 de mayo de 2001 ÍNDICE TÍTULO I. OBTENCIÓN DEL GRADO DE LICENCIATURA Artículo 1. Condiciones para la obtención del Grado de Licenciatura. Capítulo I. La Tesina de Licenciatura. Artículo 2. La Tesina de Licenciatura. Artículo 3. Dirección de la Tesina. Artículo 4. Períodos de inscripción, matrícula, depósito y defensa de la Tesina. Artículo 5. Nombramiento y composición del tribunal de evaluación de la Tesina. Artículo 6. Evaluación de la Tesina. Capítulo II. El Examen de Reválida de Licenciatura. Artículo 7. El Examen de Reválida de Licenciatura. Artículo 8. Períodos de matrícula y fechas del Examen de Reválida. Artículo 9. Nombramiento y composición del tribunal de evaluación del Examen de Reválida. Artículo 10. Desarrollo de la prueba. Capítulo III. Calificación final del Grado de Licenciatura. Artículo 11. Calificación del examen de Grado y final del Grado de Licenciatura. TÍTULO II. PREMIOS EXTRAORDINARIOS DE LICENCIATURA Artículo 12. Premios Extraordinarios de Licenciatura. Disposición final. Anexo I. Solicitud de inscripción de la Tesina de Licenciatura. Anexo II. Memoria de la investigación a realizar como Tesina de Licenciatura. Anexo III. Carta de aceptación del director/a de la Tesina de Licenciatura. Anexo IV. Carta de aceptación del tutor/a de la Tesina de Licenciatura. Anexo V. Acta individual de calificación de la Tesina y final de Grado de Licenciatura. Anexo VI. Acta individual de calificación del Examen de Reválida y final de Grado de Licenciatura. 1

TÍTULO I. OBTENCIÓN DEL GRADO DE LICENCIATURA Artículo 1. Condiciones para la obtención del Grado de Licenciatura. 1. Requisitos. Podrán optar al Grado de Licenciatura los titulados/as por la Universidad de Oviedo que hubieran finalizado sus estudios en cualquiera de las Licenciaturas que se imparten en la Facultad de Filosofía y Letras. 2. Modalidades. El Grado de Licenciatura en la Facultad de Filosofía y Letras se obtendrá mediante la presentación de una Tesis de Licenciatura (Tesina) o la realización de un Examen de Reválida. 3. La obtención del Grado de Licenciatura permite a quien lo posee optar al Premio Extraordinario de su Licenciatura, así como a hacerse acreedor/a a su reconocimiento como mérito académico. Capítulo I. La Tesina de Licenciatura. Artículo 2. La Tesina de Licenciatura. 1. La Tesina de Licenciatura consiste en un trabajo original de investigación o prospección, experimental o teórico, sobre una materia relacionada con el campo científico, técnico o artístico propio de la Licenciatura en cuestión. Su contenido ha de ser sustancialmente diferente del que, en su momento, pudiera haberse presentado como Memoria del Trabajo de Investigación de Doctorado o Trabajo de Fin de Máster. 2. A efectos académicos, el contenido de las Tesinas de Licenciatura habrá de ser público, sin perjuicio de que la propiedad intelectual del mismo y su posible publicación, implantación o desarrollo corresponda a su titular, de acuerdo con lo que la normativa general y la particular de la Universidad de Oviedo determinen, o en la forma en que se establezca previa y expresamente por escrito si se considerase oportuno. 3. Para su elaboración se tendrán en cuenta los siguientes aspectos formales: a) Tanto en la cubierta como en la portada de la Tesina se imprimirán el escudo de la Universidad de Oviedo, el nombre de la institución académica y el del Centro en el que se ha cursado la titulación («Universidad de Oviedo Facultad de Filosofía y Letras»), el título del trabajo, el nombre de su autor/a, el del director/a de la investigación, la denominación de la Licenciatura y el curso académico. En la portada figurarán, además, las firmas del/de la estudiante y la del director/a de la Tesina, autorizando con ella su presentación y defensa. b) Se recomienda que el cuerpo del texto de la Tesina no supere las 150 páginas DIN A4 con interlineado a espacio y medio, pudiéndose incorporar, además, anexos documentales, gráficos, fotografías u otros materiales. c) De forma orientativa, el trabajo podrá constar de los siguientes apartados: I. Introducción general (justificación del tema, objetivos de la investigación, estado de la cuestión, metodología); II. Desarrollo (aportaciones, resultados y discusión general); III. Conclusiones; y IV. Referencias bibliográficas. Artículo 3. Dirección de la Tesina. La Tesina de Licenciatura será dirigida por un profesor/a doctor/a de la 2

Universidad de Oviedo adscrito/a a un Departamento con docencia en la titulación cursada por el autor/a del trabajo. En atención a las características del título, y siempre que ello fuera necesario, la Tesina podría ser codirigida o tutelada por un doctor/a ajeno a dicho Departamento o sin vinculación a la Universidad de Oviedo, previa conformidad del mismo/a y sin que ello suponga carga económica alguna para la institución académica. Artículo 4. Períodos de inscripción, matrícula, depósito y defensa de la Tesina. 1. Habrá dos períodos de inscripción de las Tesinas por cada curso académico, que se corresponderán con los meses de octubre y febrero. Para ello, los/las solicitantes deberán remitir una instancia al decano/a de la Facultad de Filosofía y Letras acompañada de una memoria de la investigación a realizar y una carta de aceptación del director/a, y en su caso del tutor/a, de la misma con la conformidad del Departamento en que se vaya a realizar (anexos I, II, III y IV), que deberán presentar en el Registro General de la Universidad o en cualquiera de los Registros Auxiliares de la misma. La Facultad de Filosofía y Letras hará públicos dichos períodos en el tablón de anuncios del Centro y en la página web del mismo. 2. Corresponde a la Comisión de Gobierno de la Facultad de Filosofía y Letras la aprobación de las solicitudes de inscripción presentadas, cuyo dictamen se comunicará a los demandantes. 3. Se establecen dos períodos de matrícula para las Tesinas por cada curso académico. El primero se corresponderá con la primera quincena de junio e irá dirigido a los/las estudiantes que deseen defender su Tesina en junio o julio; el segundo se corresponderá con la primera quincena de septiembre y estará dirigido a los/las estudiantes que deseen defender su Tesina a finales de septiembre o principios de octubre. Las Tesinas matriculadas en el primer período que no se hubieran leído o resultaran suspensas, perderán sus derechos y deberán volver a matricularse si fueran a defenderse en el segundo período del Curso académico, o inscribirse de nuevo en el siguiente. En concepto de matrícula, los/las solicitantes abonarán el precio que corresponda por derechos de examen. 4. Finalizados los plazos de matrícula el decanato de la Facultad publicará en el tablón de anuncios del Centro y en la página web del mismo los calendarios completos de defensas correspondientes a cada uno de los períodos, con indicación del autor/a de la Tesina, el título de la misma, su director/a, y en su caso tutor/a, y los miembros del tribunal de evaluación, así como el lugar, día y hora de su defensa. 5. Diez días antes de la fecha señalada para la defensa de la Tesina el/la autor de la misma deberá depositar en la Sección de Alumnos del Campus de Humanidades cuatro copias en papel. Dicha Sección hará llegar tres a los miembros del Tribunal y una a la Biblioteca para su depósito. Artículo 5. Nombramiento y composición del tribunal de evaluación de la Tesina. 1. Se constituirá un tribunal de evaluación por cada Tesina que se matricule. 2. Corresponde a la Comisión de Gobierno de la Facultad el nombramiento de 3

los tribunales de evaluación, que estarán compuestos por tres miembros titulares y otros tantos suplentes. Constituirán el tribunal de evaluación el decano/a o persona en quien delegue, que actuará de presidente/a, y dos profesores/as doctores/as con vinculación a la Universidad propuestos por el director/a de la investigación. Éstos deben figurar en el Plan de Ordenación Docente del Centro y estar adscritos a áreas de conocimiento relacionadas con el tema de la Tesina. Actuará de secretario/a el miembro más joven. Artículo 6. Evaluación de la Tesina. 1. La lectura o defensa de la Tesina será realizada por los/las estudiantes de manera pública y presencial y consistirá en la exposición oral de su contenido o de las líneas principales del mismo durante un tiempo máximo de veinticinco minutos. A continuación, el/la estudiante contestará a las preguntas y aclaraciones que planteen los miembros del Tribunal. Por último, el presidente/a dará la palabra al director/a de la investigación si éste/a no formara parte del Tribunal, quien podrá intervenir y valorar el trabajo realizado por el/la estudiante si lo considera oportuno. 2. Finalizado el acto de lectura de la Tesina, el tribunal deliberará a puerta cerrada sobre la calificación que le corresponde al/a la estudiante, conforme a lo establecido en el artículo 11 del presente Reglamento. Capítulo II. El Examen de Reválida de Licenciatura. Artículo 7. El Examen de Reválida de Licenciatura. 1. El Examen de Reválida de Licenciatura tiene por objeto evaluar el conocimiento que el/la estudiante tiene de las cuestiones más importantes abordadas en las materias troncales de su Titulación, así como su madurez intelectual y su capacidad de expresión verbal y/o escrita. Artículo 8. Períodos de matrícula y fechas del Examen de Reválida. 1. Se establecen dos períodos de matrícula para el Examen de Reválida por cada curso académico. El primero se corresponderá con la primera quincena de diciembre y estará dirigido a los/las estudiantes que deseen examinarse en el mes de enero; el segundo se corresponderá con la primera quincena de mayo e irá dirigido a los/las estudiantes que deseen examinarse en junio. Los/las estudiantes que suspendan el Examen o no se hubieran presentado al mismo perderán sus derechos y deberán volver a matricularse. En concepto de matrícula, los/las solicitantes abonarán el precio que corresponda por derechos de examen. 2. Finalizado el plazo de matrícula el decanato de la Facultad publicará en el tablón de anuncios del Centro y en la página web del mismo el calendario completo de Exámenes correspondientes a cada uno de los períodos, con indicación del nombre del alumno/a y los miembros de cada uno de los tribunales de evaluación, así como el lugar, día y hora de los Exámenes. 3. Se establecen dos períodos de Exámenes de Reválida. El primero será para los alumnos/as matriculados/as en el mes de diciembre y se corresponderá con las fechas de evaluación final del primer semestre, fijadas en el calendario académico en el mes de enero; el segundo será para los alumnos/as que se hubieran matriculado en el mes de mayo y coincidirá con la evaluación final 4

extraordinaria de cada Curso, señalada en el calendario académico a lo largo de los meses de junio y julio. Artículo 9. Nombramiento y composición del tribunal de evaluación del Examen de Reválida. 1. En función de la matrícula, se constituirá un tribunal de reválida por cada Titulación y Curso académico. 2. Corresponde a la Comisión de Gobierno de la Facultad el nombramiento de los tribunales de evaluación, que estarán compuestos por tres miembros titulares y otros tantos suplentes. Constituirán el tribunal de evaluación el decano/a o persona en quien delegue, que actuará de presidente/a, y dos profesores/as doctores/as con vinculación a la Universidad que impartan docencia en asignaturas troncales u obligatorias de la Titulación propuestos/as por el Departamento con mayor carga docente en la misma y que figuren en el Plan de Ordenación Docente del Centro. Actuará de secretario/a el miembro más joven. Artículo 10. Desarrollo de la prueba. 1. El Examen de Reválida será realizado por los/las estudiantes de manera pública y presencial, tendrá carácter oral y versará sobre un temario que, a propuesta de la Comisión de Docencia, será aprobado por la Comisión de Gobierno de la Facultad y hecho público en el mes de octubre. 2. El tribunal planteará al examinando/a las preguntas que considere oportunas sobre el temario, que aquél/aquélla deberá responder. Finalizado el Examen, el tribunal deliberará a puerta cerrada sobre la calificación que le corresponde al/a la estudiante, conforme a lo establecido en el artículo 11 del presente reglamento. Capítulo III. Calificación final del Grado de Licenciatura. Artículo 11. Calificación del examen de Grado y final del Grado de Licenciatura. 1. El examen de Grado, cualquiera que sea su modalidad Tesina o Examen de Reválida, deberá ser calificado con una de las siguientes notas: suspenso (de 0 a 4,9 puntos), aprobado (de 5 a 6,9 puntos), notable (de 7 a 8,9 puntos) o sobresaliente (de 9 a 10 puntos). 2. La calificación final del Grado de Licenciatura se determinará teniendo en cuenta tanto la obtenida por el/la estudiante en la Tesina o, en su caso, en el Examen de Reválida, como la nota media de su expediente académico, conforme a las fórmulas establecidas en los anexos I y II del Reglamento para la obtención del Grado de Licenciatura y la concesión de los Premios Extraordinarios de Licenciatura de la Universidad de Oviedo aprobado por la Junta de Gobierno el 5 de abril de 2001 y modificado el 3 de mayo de 2001. 3. El tribunal de evaluación redactará y firmará el acta individual de calificación de la Tesina, o en su caso del Examen de Reválida, y final del Grado de Licenciatura, que hará pública (anexos V y VI). El secretario/a la depositará en la Administración de la Facultad para su incorporación al expediente del alumno/a. 5

TÍTULO II. PREMIOS EXTRAORDINARIOS DE LICENCIATURA Artículo 12. Premios Extraordinarios de Licenciatura. 1. Los Premios Extraordinarios de Licenciatura se concederán cada Curso académico entre los Licenciados/as que hubieran obtenido en las convocatorias celebradas en el Curso inmediatamente anterior el Grado de Licenciatura con la calificación final de sobresaliente. 2. El decano/a, por delegación de la Junta de Facultad, propondrá a la Secretaría General de la Universidad, en el mes de noviembre, hasta un máximo de dos candidatos/as al Premio Extraordinario de cada una de las Licenciaturas de la Facultad de Filosofía y Letras, teniendo en cuenta la media del expediente académico de cada candidato/a. Dicha propuesta se hará pública en el tablón de anuncios de la Facultad y en la página web de la misma. 3. La propuesta se presentará acompañada de una certificación del secretario/a de la Facultad en la que se acredite que el interesado/a reúne los requisitos exigidos reglamentariamente, así como la fecha de defensa de la Tesina o, en su caso, la del Examen de Reválida, que deberá haber sido, en todo caso, antes del 31 de agosto. 4. Los Premios se otorgarán en el acto académico que se celebre con ocasión de la festividad universitaria de Santo Tomás de Aquino. Disposición final. El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por el Consejo de Gobierno de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Oviedo. El presente Reglamento ha sido aprobado por el Consejo de Gobierno de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Oviedo en su sesión de 5 de octubre de 2011 de lo que como Secretaria de la Facultad de Filosofía y Letras doy fe. En Oviedo, a 5 de octubre de 2011. La Secretaria. 6