BASES DEL SORTEO PROMOCIÓN CAMPAÑA Privilegios EURO 6000 Fin de Año 2011 PRIMERA.- AMBITO TEMPORAL, TERRITORIAL EURO 6000, S.A. (en adelante EURO 6000) y las Entidades participantes realizarán una promoción dirigida a todos titulares de tarjetas de marca EURO 6000 (en adelante tarjetas EURO 6000) emitidas por dichas Entidades y que cumplan con los requisitos establecidos en estas bases. La relación de las Entidades participantes del sistema EURO 6000 está disponible en www.euro6000.com. La promoción tendrá lugar bajo la modalidad de sorteo gratuito y se llevará a cabo desde el 1 de diciembre de 2011 hasta el 7 de enero de 2012 ambos inclusive (en adelante, Periodo Promocional ) en las condiciones que más adelante se detallan. SEGUNDA.- OBJETIVO El principal objetivo de esta promoción es aumentar la notoriedad del programa Privilegios EURO 6000 e incrementar el uso, el conocimiento y el valor añadido de las tarjetas EURO 6000. Para ello se sortearán una serie de premios entre todos los suscriptores de la Newsletter de Privilegios EURO 6000 (tanto suscriptores habituales como nuevos suscriptores, en adelante Suscriptores ) que cumplan con los requisitos establecidos en estas bases. TERCERA.- PARTICIPANTES Podrán participar en la presente promoción todas aquellas personas físicas titulares de una tarjeta EURO 6000 que sean suscriptores de la Newsletter de Privilegios EURO 6000. Se considerará un requisito indispensable para poder participar en la promoción que los suscriptores se encuentren dados de alta en la Newsletter a la finalización del periodo promocional, por lo que los participantes que a fecha 7 de Enero de 2012 no se encuentren dados de alta en la Newsletter, no serán tenidos en cuenta a efectos del sorteo. Los participantes deberán cumplimentar un formulario de suscripción a dicha Newsletter facilitando para ello todos los datos solicitados (Entidad, nombre y apellidos, identificación -NIF, NIE o pasaporte-, e-mail, número de móvil, Código Postal, Fecha de nacimiento, Sexo) y realizar al menos una operación de compra, con una tarjeta EURO 6000 desde las 00:00 hrs del 1 de diciembre de 2011 y las 23:59 hrs del 7 de enero de 2012. A los efectos de esta promoción sólo se considerarán válidos los formularios de suscripción que los participantes hubieran cumplimentado en todos los campos de forma veraz. No se admitirán los datos inexactos o que en la fecha requerida en cada caso durante el transcurso de la promoción, gestión del sorteo y entrega de premios no se encuentren en vigor. Los participantes autorizan a EURO 6000 a llevar a cabo las verificaciones necesarias sobre la identidad y datos facilitados por los participantes. Cualquier declaración falsa o indicios de identidad falsa ocasionará la descalificación inmediata 1
del participante y, en su caso, la obligación de devolver el premio si ya hubiese sido entregado. Se considerará que una tarjeta es EURO 6000, siempre y cuando esa tarjeta tenga un BIN dado de alta en las tablas de BINES EURO 6000 y su licencia se haya tramitado a través de EURO 6000, ViaCajas o MasterCajas, que incluya en su diseño el logo EURO 6000 y que pertenezca a una Entidad participante del Sistema EURO 6000. La Entidad emisora de la tarjeta a la que corresponda el premio será la encargada de certificar el cumplimiento de los requisitos tanto de la tarjeta como de la operación que resulte seleccionada como premiada, y si es necesario deberá proceder a la identificación del titular de dicha tarjeta. CUARTA.- PREMIOS Los premios de la presente promoción consisten en 100 ipads 2 16GB con wifi (sin 3G). Los antedichos premios serán aportados por EURO 6000, repartiéndose en la modalidad de sorteo gratuito según los requisitos establecidos en estas bases y exclusivamente entre las operaciones realizadas por las personas físicas, titulares de las tarjetas EURO 6000 emitidas por cada Entidad. Cada operación de compra realizada durante el periodo promocional, de acuerdo a los requisitos establecidos en las presentes bases, dará derecho a una participación en el sorteo que se describirá más adelante. Si bien la adjudicación de premios de la presente promoción está limitada a un premio por titular y tarjeta. En el caso de que el titular sea premiado más de una vez las restantes operaciones premiadas serán sustituidas por las operaciones suplentes que correspondan en cada caso. QUINTA.- OPERACIONES Se entiende por operaciones de compra en comercios todas las operaciones de compra realizadas con las tarjetas EURO 6000 durante el periodo promocional sea cual sea el importe o moneda, la tipología de la operación: on-line u off-line, con independencia de quien sea la Entidad financiera adquirente del establecimiento en que se realicen o del país en que dicha operación se haya realizado. Se incluyen como operaciones de compra a efectos de esta promoción todas las operaciones de compra en cajeros tales como recargas de móviles, compra de entradas, pago de recibos e impuestos, etc. Quedan expresamente excluidas las siguientes operaciones: Las disposiciones de efectivo en cajeros automáticos y oficinas en cualquier lugar del mundo, carga de monederos electrónicos, abiertos o cerrados, así como el consumo con monederos electrónicos, sean con tarjeta mixta o no. Las operaciones on-line que hayan sido denegadas, cualquiera que sea el criterio de denegación. 2
Las operaciones off-line que se realicen con tarjetas incluidas en listas de negativos, desde el día en que se den de alta en la lista de negativos general de C.E.C.A. Operaciones de devoluciones y anulaciones de compra que se hubieran realizado con fecha anterior a la celebración del sorteo. Consultas de saldos y últimos movimientos, o cualquier otro tipo de consultas que pudieran tener establecidas las Entidades en sus terminales. Aquellas operaciones que se puedan considerar de prueba, normalmente de muy bajo importe y justificables únicamente por causas operativas. Aquellas operaciones consideradas fraudulentas, esto es, las que no hayan sido abonadas por el titular según el procedimiento reglamentariamente establecido por las Entidades. Se deja a criterio de cada Entidad la participación de las tarjetas de empresa. En caso de participar y resultar ganadora, el premio será entregado a la persona física titular de la tarjeta, independientemente de quien sea el titular del contrato o la cuenta de cargo. Aquellas operaciones de compra realizadas con otros dispositivos ajenos a la propia tarjeta: Telepeaje Interoperativo Via T, Pagos con móvil, etc. Aquellas operaciones realizadas con tarjetas prepago en la medida en que estas tarjetas pueden ser anónimas y aun siendo nominativas pueden estar en poder de personas que no sean clientes de las Entidades EURO 6000. SEXTA.- OPERATIVA DE ENTIDADES PARTICIPANTES Al finalizar el periodo promocional, EURO 6000, enviará a cada una de las Entidades emisoras un archivo con los identificadores personales (N.I.F, N.I.E o pasaporte) de todos los clientes suscritos a esa fecha. Las Entidades participantes generarán, a su vez, un fichero de operaciones de compra válidas a efectos de la presente promoción con los números de tarjeta correspondientes a cada cliente titular de tarjeta (no de contrato) que estén incluidos en el archivo enviado por EURO 6000, agrupándolos por los mismos identificadores personales de cliente (N.I.F, N.I.E o pasaporte) y que contendrán todas las operaciones de compra realizadas por esos clientes entre las 00:00 hrs del 1 de diciembre de 2011 y las 23:59 hrs del 7 de enero de 2012. Las Entidades deberán hacer llegar estos ficheros a EURO 6000 antes del 17 de enero de 2012. EURO 6000 declina cualquier responsabilidad sobre los datos de operaciones de tarjetas que no sean facilitados por las Entidades. EURO 6000 incluirá todas las operaciones de todos los ficheros recibidos, en el ARCHIVO GENERAL DE OPERACIONES, y asignará a cada una un número de participación en el sorteo. Cuantas más operaciones se realicen con una tarjeta más posibilidades se tendrán de ganar. 3
SÉPTIMA.- OPERATIVA DEL SORTEO El sorteo se celebrará el 20 de enero de 2012. La fecha del sorteo podrá ser modificada por causas ajenas a EURO 6000 o en caso de fuerza mayor Para la realización del sorteo se presentará ante un Sr. Notario del Ilustre Colegio Notarial de Madrid, el archivo general de operaciones. El Sr. Notario deberá extraer o indicar 100 números que corresponderán a las operaciones ganadoras además de otros 100 números que servirán como operaciones suplentes. El premio pasaría al suplente en el caso de que concurra alguno de los siguientes supuestos: identificación incompleta o incorrecta, incumplimiento de los requisitos exigidos en las presentes bases, imposibilidad de localización, falta de aceptación del premio, renuncia al mismo o cualquier otra circunstancia de pérdida de la condición de ganador establecida en las presentes bases. En caso de agotarse los reservas sin que la totalidad de los premios sean asignados, éstos quedarán desiertos. Asimismo, se pasaría al suplente si resultara premiada alguna tarjeta cuyo titular se encuentre en alguna situación de morosidad, precontencioso o fallido con la Entidad emisora de su tarjeta. OCTAVA.- COMUNICACIÓN Y COMPROBACIÓN DE RESULTADOS DEL SORTEO El premiado será el titular de la tarjeta, independientemente de la persona física o jurídica que figure como titular del contrato de la tarjeta. Una vez efectuado el sorteo, se enviará un informe a las Entidades cuyos titulares hayan resultado agraciados, conteniendo la información necesaria sobre la operación premiada, para que en caso de ser necesario la Entidad proceda a su identificación. Esta comunicación se efectuará a la atención de la persona de contacto fijada previamente por la Entidad, o en su defecto al contacto habitual para temas relacionados con Medios de Pago. Las Entidades serán las responsables de la verificación de las operaciones premiadas, respecto de sus clientes que hubieren resultado agraciados, así como de todas cuantas operaciones fueran necesarias para la entrega efectiva del premio y la correspondiente documentación para formalizar la entrega. NOVENA.- ACEPTACIÓN DE BASES Y DE PREMIOS Por el mero hecho de participar en la presente promoción, se entiende que los participantes aceptan sus bases y el criterio con que EURO 6000 y/o las Entidades emisoras resuelvan cualquier cuestión relacionada con la misma. La simple aceptación del premio por parte del ganador implicará necesariamente que autoriza a EURO 6000 y a la Entidad emisora a utilizar publicitariamente su nombre e imagen en el material publicitario relacionado con la presente promoción. La aceptación formal del premio se realizará mediante la firma de un documento por parte del ganador en el plazo de 24 hrs desde la recepción del mismo. La cumplimentación y firma de este documento es condición indispensable para realizar el envío del premio a su destinatario. 4
Los premios del presente concurso, no pueden ser objeto de cambio, alteración o compensación a petición del ganador ni cederse a un tercero, salvo expresa autorización de EURO 6000. DÉCIMA.- ENTREGA DE PREMIOS El premio será entregado, de acuerdo a lo especificado en estas bases, al suscriptor del Newsletter de Privilegios EURO 6000, titular de la tarjeta EURO 6000 que cumpla con estas bases, independientemente de que el titular del contrato o de la cuenta de cargo sea una persona física o jurídica. Respecto a la logística de entrega de los premios se fija el siguiente procedimiento, que cuenta con todas las garantías que establece la Ley de Protección de Datos de carácter personal: 1.- La Entidad o directamente el ganador, previa petición, debe informar a EURO 6000 de la dirección completa del ganador así como de su teléfono de contacto. 2.- EURO 6000 enviará estos datos a la empresa Optize, para que realice el envío de cada uno de los ipads a los premiados. El número de teléfono al que deben dirigirse las reclamaciones por posibles incidencias en la entrega de los premios es: 902 200 323. DÉCIMO PRIMERA.- RESPONSABILIDADES EURO 6000 y la Entidad correspondiente no se responsabilizan de las posibles pérdidas, deterioros, robos, retrasos o cualquier otra circunstancia imputable a correos o a terceros que puedan afectar a las transacciones y envíos de las comunicaciones y premios a clientes. En el caso de no disponer en stock de unidades de los premios, EURO 6000 podrá sustituirlo por otros de similares características e igual o superior valor. EURO 6000 declina cualquier responsabilidad sobre el funcionamiento y garantía de los artículos sorteados en esta promoción, correspondiendo en cualquier caso a la empresa fabricante. La garantía de los artículos será la que ofrezca el fabricante. Para gestionar cualquier incidencia con el funcionamiento de los artículos sorteados se pone a disposición de los ganadores un teléfono de contacto de Optize 902 200 323 al que deberán llamar indicando que la incidencia se ha producido en el artículo correspondiente a la promoción cuya referencia es: Privilegios EURO 6000 Fin de Año 2011. La imposibilidad de disfrute del premio imputable al ganador por enfermedad, causa de fuerza mayor o cualquier otra causa, no dará lugar a compensación alguna. DÉCIMO SEGUNDA.- FISCALIDAD A los premios del presente concurso, les será de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 439/2007, por el que se aprueba su Reglamento y sus modificaciones posteriores; Real Decreto 2069/1999, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Loterías y Apuestas del Estado, modificado por Real Decreto 41/2010, de 15 de enero; Orden EHA/388/2010 de 19 de febrero, 5
por el que se aprueba la tasa sobre apuestas y combinaciones aleatorias, autoliquidación, se determina el lugar y forma de presentación y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación telemática y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad mercantil EURO 6000 la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF). De conformidad con la citada normativa, se informa a los participantes en la presente promoción, de que los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio sea superior a 300 Euros. En relación con lo anterior y en cumplimiento de la vigente normativa fiscal, EURO 6000 practicará la correspondiente retención e ingreso a cuenta sobre el premio entregado y, en su momento, expedirá la oportuna certificación que facilite al participante el cumplimiento de sus obligaciones fiscales al tener que incorporar en su declaración de IRPF el rendimiento consistente en el premio recibido, junto con el resto de las rentas que perciba, y de cuya cuota total se podrá deducir como ya ingresada la cantidad que conste en la mencionada certificación de ingreso a cuenta. El participante ganador deberá confirmar el día de la entrega del premio sus datos personales, así como mostrar su DNI o Tarjeta de Residente. Con el fin de que puedan ser efectuadas las retenciones mencionadas en el punto anterior, el ganador deberá firmar en todo caso un escrito justificativo de la recepción del premio, al recibir el mismo y entregar fotocopia de su DNI. En caso contrario, perdería su derecho a la recepción del premio. La cumplimentación de los datos personales y fiscales de los ganadores necesarios para la entrega de los premios tiene carácter obligatorio, de forma que la ausencia de cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho al premio obtenido. DÉCIMO TERCERA.- FRAUDE En el caso de que EURO 6000 o cualquier Entidad que esté ligada profesionalmente a la presente promoción detecten cualquier anomalía o sospechen que un participante está impidiendo el normal desarrollo en su participación en la presente promoción, alterando ilegalmente su registro o su participación mediante cualquier procedimiento, técnico o informático para así falsear su participación, podrá unilateralmente, eliminar la inscripción de ese participante. A este respecto es importante añadir que EURO 6000 ha habilitado los necesarios soportes tecnológicos para detectar cualquier posible actuación fraudulenta, anómala o dolosa que pretenda alterar la participación en el presente concurso con el objetivo de lograr un premio de forma ilícita. Por tanto, EURO 6000 se reserva el derecho de eliminar del registro a cualquier participante que evidencie o del que se sospeche una actuación irregular en el sentido descrito, sin notificación alguna al mismo. 6
DÉCIMO CUARTA.- DATOS PERSONALES Le informamos que de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en relación con los datos facilitados por los participantes en esta promoción, y los que, se obtengan durante la relación que mantenga con EURO 6000, S.A., el usuario consiente su incorporación a los sistemas de información o ficheros inscritos en el Registro General de la Agencia de Protección de Datos. En relación con tales datos, el usuario podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, a través del enlace Tus Datos ubicado en la web www.privilegioseuro6000.com o bien dirigiéndose por escrito al responsable de los ficheros, que es EURO 6000 S.A., en la siguiente dirección: Avda. de Bruselas, nº 37, 28028 Madrid o en la siguiente dirección de correo electrónico: proteccion.datos@euro6000.es Los datos, cuyo tratamiento autoriza, serán tratados conforme a las exigencias legales, y se adoptarán las medidas de seguridad adecuadas que eviten su alteración, pérdida, tratamiento, o acceso no autorizado. Asimismo, al aceptar la política de confidencialidad correspondiente a la web www.privilegioseuro6000.com el usuario autoriza expresamente a EURO 6000, S.A. el tratamiento de los datos facilitados, con el objeto de poder incluirlos en los sorteos que se celebren, y ofrecerle la información, productos o servicios, que mejor se adecuen a su perfil. Dichos datos podrán ser cedidos a las empresas colaboradoras especificadas en www.privilegioseuro6000.com, a los solos efectos de gestionar la entrega de premios, y garantizar la aplicación de las promociones vigentes en cada momento. Igualmente el suscriptor autoriza la cesión de sus datos a la Entidad de Crédito indicada por él mismo, con fines publicitarios y de prospección comercial, de forma que dicha entidad pueda dirigirle ofertas de sus promociones, productos y servicios a través del correo electrónico indicado, o de cualquier otro medio de comunicación electrónica equivalente. Asimismo, le informamos que puede ejercer frente a esa Entidad sus derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación al tratamiento de sus datos personales. DECIMO QUINTA.- DEPÓSITO DE BASES Las Bases de la presente promoción se encuentran depositadas y protocolizadas ante Notario del Ilustre Colegio de Madrid y publicadas en el Archivo Electrónico de bases de Concursos (ABACO) servicio de interés general ofrecido por el Consejo General del Notariado y publicado en www.notariado.org/abaco y estarán a disposición de cualquier persona que desee consultarlas en www.privilegioseuro6000.com y www.euro6000.com. 7