PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Y TÉCNICAS PROCEDIMIENTO: ABIERTO ADJUDICACIÓN: VARIOS CRITERIOS DE VALORACIÓN



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Transcripción:

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Y TÉCNICAS PROCEDIMIENTO: ABIERTO ADJUDICACIÓN: VARIOS CRITERIOS DE VALORACIÓN CONTRATO: ADQUISICIÓN MEDIANTE COMPRA DE CUATRO VEHÍCULOS PARA LA POLICIA LOCAL PRIMERO.- OBJETO DEL CONTRATO Es objeto del presente pliego regular las condiciones para el suministro de 4 vehículos destinado al servicio de Policía Local, los vehículos se entregarán matriculados, rotulados e incluidos los equipos homologados necesarios de lanzadestellos y sirenas, (CPV: 34114200-1 Automóviles de policía), con arreglo a las siguientes condiciones: Categoría mínima: Segmento B, su medida estará entre los 3.75 y los 4 metros. Alimentación: Diesel. Potencia: Mínimo 90 cv. Color: Blanco. Puertas: 5. Equipamiento de serie: a/a, c/c, e/e, ABS, Airbag. SEGUNDO.- CALIFICACIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO Se califica este contrato como de suministros de los definidos en el artículo 9.1. del RDL 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego, para lo no previsto en los mismos, el contrato se regirá en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción, en defecto de normas específicas, por el RDL 3/2011, sus normas de desarrollo y por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga a la LCSP. Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo. TERCERO.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN La forma de adjudicación del contrato será el procedimiento abierto, conforme a varios criterios de valoración, arts.138 apartados 1 y 2 y 150.3, g) del RDL 3/2011. Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, precisándose la ponderación atribuida a cada uno de ellos, de conformidad con el artículo 150.1 y 4 del RDL 3/2011, y con lo establecido en la cláusula décimo octava del presente Pliego.

CUARTO.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN El órgano de contratación será la Concejala Delegada de Innovación y Calidad de la Administración, de conformidad con el Decreto de Alcaldía 104/2011, de 13 de junio. QUINTO.- RESPONSABLE DEL CONTRATO El responsable para este contrato será D. Ángel Cueva Cobo, Oficial Jefe de la Policía Local, a quien corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada. Tendrá además la consideración de órgano gestor responsable del contrato de acuerdo con la correspondiente Base de Ejecución del Presupuesto Municipal en vigor para cada ejercicio. SEXTO.- FINANCIACIÓN DEL CONTRATO La financiación del contrato se realizará con cargo al presupuesto para el año 2012, habiendo retenido crédito adecuado y suficiente conforme informe de intervención de fecha 2 de octubre de 2012. SÉPTIMO.- PRECIO DEL CONTRATO El precio de licitación del presente contrato asciende al precio cierto de 62.440 (51.603,31 más 10.836,69 en concepto de I.V.A.), que los licitadores podrán mejorar a la baja. OCTAVO.- FORMA DE PAGO El pago se efectuará de una sola vez, previa presentación de la correspondiente factura, debiendo estar conformada por el Responsable del Contrato, y una vez realizada la prestación satisfactoriamente, de conformidad con lo establecido el art. 216 del TRLCSP. La factura reunirá los requisitos establecidos en el Reglamento de 28 de noviembre 1496/2003, por el que se aprueba el Reglamento del IVA, y su pago se realizará teniendo en cuenta la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, para su adecuación a la Directiva. NOVENO.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Cuando el suministro no se halle en condiciones de ser recibido, se hará constar expresamente en el correspondiente acta de recepción y se darán instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos o proceda a un nuevo suministro. Cuando no se realice la subsanación o sustitución la Administración, antes de

extinguirse el Contrato, los dejará de cuenta del contratista quedando exento de la obligación de pago o adquiriendo el derecho a recuperar lo pagado. DÉCIMO.- PERFIL DE CONTRATANTE Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: www.ayto-arganda.es DÉCIMO PRIMERO.- LUGAR DE ENTREGA DEL SUMINISTRO Y FECHA DE ENTREGA Los vehículos objeto del contrato deberán ser entregados en el aparcamiento de la Casa Consistorial, Plaza de la Constitución, nº 1 de Arganda del Rey siendo los costes de transporte, seguro y demás hasta el lugar de entrega, a cuenta del adjudicatario. La fecha límite de entrega será como máximo 45 días a contar desde la adjudicación del contrato. DÉCIMO SEGUNDO.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR Están capacitados para contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en los términos que se especifican en la cláusula Décimo Cuarta 1. 3. de entre los señalados en los arts. 75 y 77 del RDL 3/2011. La Administración podrá contratar con uniones de empresas que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en Escrituras Públicas hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, las cuales responderán solidariamente ante la Administración y ante la cual nombrará un representante u apoderado único. DÉCIMO TERCERO.- GARANTÍAS Definitiva: La garantía definitiva será de un 5% del importe de adjudicación, excluido el IVA, y garantizará el cumplimiento de las obligaciones contraídas, la cual será devuelta, de oficio o a petición del adjudicatario, previos los preceptivos trámites legales, una vez realizado el objeto del presente contrato y siempre que haya transcurrido el plazo de garantía. El plazo para la constitución de la garantía definitiva, será de diez días, contados desde el siguiente al requerimiento que el órgano de contratación realice al candidato que presente la oferta considerada más ventajosa económicamente. Se constituirán en la Tesorería municipal, mediante cualquiera de los medios señalados en el artículo 96 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector

Público, ajustándose a los modelos indicados en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Si la garantía definitiva se constituye mediante aval, deberá ajustarse al modelo contenido en el Anexo II al presente pliego de condiciones y deberá tener intervención notarial de la identidad, capacidad y legitimidad del apoderado de la entidad avalista. Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. DÉCIMO CUARTO.- PROPOSICIONES, DOCUMENTOS Y PLAZO DE PRESENTACIÓN El expediente de este contrato, con las condiciones y demás elementos, podrá ser examinado en el departamento de contratación de este Ayuntamiento, de 8,30 a 15,00 horas, durante el plazo de presentación de ofertas. Los licitadores deberán presentar su proposición en el Departamento de Contratación, [Plaza de la Constitución, nº 1 28500 ARGANDA DEL REY (Madrid)], de lunes a viernes, en horario de 8,30 a 14,30 horas, dentro de los 15 días naturales siguientes al de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (si el plazo de presentación de ofertas finalizase en sábado, se trasladará al día siguiente hábil). Las proposiciones podrán presentarse además en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida. Las proposiciones constarán de dos sobres cerrados denominados A y B en cada uno de los cuales se hará constar el contenido, en la forma que se indicará, y el nombre del licitador, CIF, dirección, fax y teléfono. Sobre A, denominado de documentos, expresará la inscripción: Documentación administrativa para optar al procedimiento convocado para la adjudicación del contrato de ADQUISICIÓN DE CUATRO VEHÍCULO PARA LA POLICÍA LOCAL y contendrá los siguientes documentos (en original o fotocopia compulsada):

1. Documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, consistentes: 1.1. Documento Nacional de Identidad del licitador cuando se trate de personas físicas o empresarios individuales, por fotocopia de quien ostente la representación pública administrativa; fotocopia del CIF y escritura de constitución de la Sociedad Mercantil, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando el empresario fuera persona jurídica. 1.2. Poder Bastanteado por el/la Secretario/a de la Corporación, por los Letrados Municipales, Técnicos de Administración General licenciados en derecho, notarios o por Letrados en ejercicio en ámbito del Colegio Profesional Provincial, cuando se actúe por representación (no será necesario en caso de Administrador Único). 1.3. En caso de concurrir a la licitación varias empresas, constituyendo una unión temporal, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriben las proposiciones, la participación de cada una de ellas, designando la persona o Entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la representación de la unión ante la Administración. 1.4. Se indicará claramente la dirección del licitador, el número de teléfono de contacto y el número de fax o dirección de correo electrónico a efectos de notificación de posibles incidencias. 2. Prueba que acredite la no concurrencia de alguna de las prohibiciones de contratar del artículo 60 del RDL 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de a Ley de Contratos del Sector Público, por cualquiera de los medios previstos en el art. 73 del TRLCSP, incluyendo la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Arganda del Rey impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta. 3. Acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional, por los siguientes medios de los recogidos en los artículos 75 y 77 del TRLCSP: 3.1.- Declaraciones apropiadas de entidades financieras sobre la situación financiera y patrimonial del licitador referida al contrato donde se indique de que dispone de recursos financieros que le permitan cumplir la obligación si resultan ser adjudicatarios, o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. 3.2.- Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios. 3.3.- Relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o

cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. 3.4.- Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad del sector público contratante 4.- Documentación que acredite, en su caso, la pertenencia a la plantilla de la empresa de un número de trabajadores discapacitados no inferior al 2% de la misma. En caso de igualdad entre dos o más licitadores, desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirven de base para la adjudicación, será preferida la proposición presentada por aquella empresa que, en el momento de acreditar la solvencia técnica, tenga en su plantilla un número de trabajadores discapacitados no inferior al 2 por 100 de la misma. Cada licitador únicamente podrá presentar una sola proposición y una vez entregada no podrá ser retirada bajo ningún concepto. Tampoco podrá suscribirse ninguna propuesta de unión temporal con otros, si lo ha hecho individualmente o figura en más de una unión temporal. Sobre B denominado proposición económica, se presentará cerrado pudiendo ser lacrado y precintado y deberá tener la siguiente inscripción: Documentación relativa a los criterios valorables mediante la aplicación de fórmulas o porcentajes para optar al procedimiento convocado para la adjudicación del contrato de ADQUISICIÓN DE CUATRO VEHÍCULO PARA LA POLICÍA LOCAL Contendrá los siguientes documentos: - Oferta económica ajustada al modelo contenido en el Anexo I. - Se incluirán en este sobre los documentos que permitan la valoración de las ofertas que deban evaluarse mediante la aplicación de una fórmula o porcentaje. Los datos que sean facilitados por cualquier dependencia municipal tendrán un mero carácter informativo, sin que su conocimiento o utilización pueda implicar o servir de base al reconocimiento de algún derecho o preferencia al ejercicio de cualquier tipo de reclamación. DÉCIMO QUINTO.- BASTANTEO DE PODERES Cuando los poderes y documentos se presenten para su bastanteo por la Secretaria de la Corporación, Letrados Municipales, Técnicos de Administración General licenciados en derecho, deberá hacerse, como mínimo, una hora antes del cierre de atención al público y de presentación de propuestas, en días laborables, excepto sábados, previo pago de a correspondiente tasa. DÉCIMO SEXTO.- MESA DE CONTRATACIÓN.-

La Mesa de Contratación estará constituida del modo siguiente: Presidenta: - Concejala Delegada de Innovación Calidad de la Administración, o persona que le sustituya. Vocales: - Oficial de la Policía Local o persona que le sustituya. - Secretaria General o persona que le sustituya. - Interventora General o persona que le sustituya. Secretario/a: Jefa del Servicio de Contratación o Admón. Gral. o persona que le sustituya. DÉCIMO SÉPTIMO.- APERTURA DE PROPOSICIONES. El/la Presidente/a de la Mesa de Contratación, ordenará la apertura de los sobres que contengan la documentación y el/la Secretario/a certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos, el día hábil siguiente a la finalización de la presentación de plicas (que no sea sábado), a las 10:00 horas, en caso de ser jueves a las 11:00 horas. Posteriormente la Mesa, si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente, mediante fax u otro medio que permita la constancia de la comunicación, para que en un plazo no superior a tres días hábiles, los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia mesa de contratación. Si no se detectasen defectos u omisiones se procederá a continuación a la apertura del Sobre B Proposición Económica. La Mesa una vez calificada la documentación y subsanados los defectos u omisiones de la documentación, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección, pronunciándose sobre los admitidos, los rechazados y las causas del rechazo. En el caso de que se concediese plazo para la subsanación de la documentación, la apertura del Sobre B Propuesta Económica se realizará el quinto día hábil siguiente a la finalización de la presentación de plicas (que no sea sábado), a las 10:00 horas, en caso de ser jueves a las 11:00 horas. El Secretario de la Mesa comenzará dando lectura al anuncio del contrato, dando conocimiento público del número de proposiciones recibidas, nombre de los licitadores, ofertas que correspondan a proposiciones rechazadas no pudiéndose abrir sus sobres- e invitando a los licitadores interesados a que manifiesten dudas o pidan explicaciones, sin que se puedan aportar en este momento documentos no entregados durante el plazo de admisión de ofertas o el de corrección o subsanación de defectos u omisiones. DÉCIMO OCTAVO.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS

Para la valoración de las propuestas se tendrá en cuenta los siguientes Criterios de carácter Objetivo: 1.- Por mejorar la categoría de los cuatro vehículos sobre la mínima exigida en la cláusula primera de este pliego, se otorgarán 20 puntos cuando se ofrezcan los cuatro vehículos pertenecientes a la categoría del segmento C: cuya medida estará cercana a los 4,30 metros. 2. Menor precio ofertado. Se otorgará 1 punto por cada 1.000 menos o fracción superior a 750 en el precio de licitación. 3.- Opcionales específicos: Por incluir los opcionales siguientes: lunas tintadas, llantas de aleación y número de airbag superior a cuatro, se otorgará 1 punto por cada vehículo dotado de estos opcionales. 4.- Por mejora en el plazo de entrega, máximo 45 días. Por cada 15 días de antelación en la entrega del total de vehículos, 1 punto, hasta un máximo de dos puntos. 5.- Por ampliación del plazo de garantía de los vehículos 1 punto por cada año adicional al mínimo de 2 años requerido. DÉCIMO NOVENO.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO El Órgano de Contratación adjudicará el contrato dentro de los dos meses siguiente a la apertura de proposiciones económicas, conforme al art. 161.2 del RDL 3/2011, publicándose en el perfil de contratante y notificándose a los candidatos o licitadores (art. 151.3 RDL 3/2011). El Órgano de Contratación, podrá solicitar informe técnico no vinculante al Departamento del Ayuntamiento que corresponda el objeto del contrato, o la mayor ejecución del mismo, en el caso de que este se considere necesario antes de la adjudicación. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa, para que en dentro del plazo de diez días hábiles aporte los documentos acreditativos de estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y cualesquiera otros que conforme al art. 64.2 de la TRLCSP pudiera reclamar el órgano de contratación, así como de haber constituido la garantía definitiva. La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social ante el órgano de contratación se realizará de acuerdo con lo siguiente: - Obligaciones tributarias: Original o copia compulsada del alta en el impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente o el último recibo,

completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto beberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de Agencia Estatal de Administración Tributaria. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma. Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP. Además, el adjudicatario no deberá tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Arganda del Rey. La Administración Local, de oficio, comprobará mediante los datos obrantes en la Tesorería el cumplimiento de dicha obligación. - Obligaciones con la Seguridad Social: a) Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguiente a la aportación de la documentación requerida. El contrato se otorgará con una sola persona entidad; no obstante, podrá concertarse con dos o más personas si se obligaran solidariamente respecto al Ayuntamiento, cuyos derechos frente a las mismas serán, en todo caso, indivisibles. VIGÉSIMO.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará dentro de los quince días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. El contratista, además del contrato, deberá firmar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y las Condiciones Técnicas, si no estuvieran incorporados al mismo. VIGÉSIMO PRIMERO.- GASTOS A CARGO DEL ADJUDICATARIO

Serán de cuenta del adjudicatario los siguientes gastos: - Los de anuncios que genere el procedimiento y los preparatorios y de formalización del contrato. El Ayuntamiento podrá optar por descontar el importe de dichos gastos de la factura que deba abonarse al contratista ó girar la liquidación que corresponda. - Los tributos estatales, municipales y regionales que deriven del contrato. - Asumir el pago del IVA, - Gastos de transporte, seguro y demás hasta el lugar de la entrega. - Los de formalización pública del contrato de adjudicación. VIGÉSIMO SEGUNDO.- REVISIÓN DE PRECIOS De conformidad con lo dispuesto en el art. 89 de la Ley 30/2007 no procede la revisión de precios. VIGÉSIMO TERCERO.- INDEMNIZACIÓN AL CONTRATISTA POR FUERZA MAYOR.- El contratista no tendrá derecho a que se le indemnice los daños que se le hubiera producido por pérdidas, averías o perjuicios en los bienes antes de su entrega, salvo que la Administración hubiere incurrido en mora al recibirlos. VIGÉSIMO CUARTO.- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR VICIOS O DEFECTOS DURANTE EL PLAZO DE GARANTÍA.- La Administración tendrá derecho a la reposición o reparación, si ello fuera suficiente, de los bienes suministrados que presenten vicios o defectos. Si la Administración constatase, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista y fuera presumible que su reposición o reparación no son suficientes para conseguir aquel fin, podrá, dentro de aquel plazo, rechazarlos y dejarlos a cuenta del contratista. El plazo de garantía será de dos años, desde la entrega del bien. Igualmente el contratista tiene obligación de guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que no siendo públicos o notorios estén relacionados con el objeto del contrato. VIGÉSIMO QUINTO.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO El contrato podrá extinguirse por alguna de las causas de resolución anunciadas en los arts. 223 y 299 del RDL 3/2011. VIGÉSIMO SEXTO.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN. El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 210 de la RDL 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, ostenta las siguientes prerrogativas:

a) Interpretación del contrato. b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento. c) Modificación del contrato por razones de interés público. d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta. VIGÉSIMO SEPTIMO.- JURISDICCIÓN COMPETENTE El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será competente para resolver las cuestiones litigiosas surgidas sobre la preparación y adjudicación de este contrato. Los juzgados y tribunales civiles de Arganda del Rey serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 de la RDL 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Arganda del Rey a 22 de enero de 2013. Fdo.: Araceli Fernández Millán Concejala Delegada de Innovación y Calidad de la Administración

ANEXO I MODELO DE PROPOSICIÓN D., con domicilio a efectos de notificaciones en, c/, n.º, con DNI n.º, en representación de la Entidad, con CIF n.º, enterado del expediente para la contratación del ADQUISICIÓN DE CUATRO VEHÍCULOS PARA LA POLICÍA LOCAL, mediante procedimiento abierto, conforme a varios criterios de valoración, hago constar que conozco el Pliego de condiciones administrativa y el pliego de condiciones técnicas que sirven de base al contrato y los acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de ------------------------ más ----------- en concepto de IVA. En, a de de 20. Firma del licitador

ANEXO II (MEMBRETE DE LA ENTIDAD AVALISTA) La Entidad( razón social de la Entidad de crédito o Sociedad de Garantía Recíproca), NIF, con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en ; y en su nombre, D. con D.N.I, con poderes suficientes para obligarse por este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento A V A L A A D., con domicilio en y provisto de D.N.I o C.I.F ante el Ayuntamiento de Arganda del Rey por la cantidad de (en letra).. (.. ) euros para responder de las obligaciones del avalado consistentes en: ( Determinación exacta del objeto de la obligación garantizada por el aval ) La entidad avalista declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. De la cantidad expresada responde la entidad avalista de forma solidaria con el avalado, renunciando expresamente a la utilización del beneficio de excusión y con compromiso de pago a primer requerimiento del Ayuntamiento de Arganda del Rey con sujeción a los términos previstos en la Legislación de Contratos de las Administraciones Públicas y legislación complementaria. El presente Aval tendrá validez en tanto en cuanto el Ayuntamiento de Arganda del Rey no autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la Legislación de Contratos de las Administraciones Públicas y legislación complementaria. ( Lugar Y Fecha ) ( Razón Social de la Entidad) (Firma de los apoderados) BASTANTEO DE PODERES POR LA ABOGACÍA DEL ESTADO Provincia Fecha Número o Código