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INTRODUCCIÓN: INSTRUMENTOS CONTRACTUALES Los siguientes instrumentos contractuales son necesarios para que los participantes de la industria puedan llevar a cabo sus actividades con garantía de certeza regulatoria y seguridad jurídica. Estos modelos se utilizarán para que los sujetos que integran la industria eléctrica puedan formalizar sus relaciones de manera clara y ordenada, conociendo sus derechos y obligaciones en las actividades que realizan. Los instrumentos contractuales representan la última etapa de regulación, la que implementa tanto las nuevas figuras regulatorias, así como principios fundamentales de la industria eléctrica. 2

INTRODUCCIÓN: INSTRUMENTOS CONTRACTUALES Los instrumentos que regulan la conexión e interconexión de centrales eléctricas y centros de carga, así como aquellos que rigen los servicios de transmisión y distribución de energía eléctrica, contemplan la posibilidad de celebrar contratos con EPEs así como con particulares que cumplan con el artículo 30 de la Ley de LIE para llevar a cabo, por cuenta de la Nación, el financiamiento, instalación, mantenimiento, gestión, operación y ampliación de la infraestructura para prestar el Servicio de Transmisión o Distribución ( contratistas ). El espectro de personas que pueden ser parte en estos instrumentos abarcan a personas físicas, jurídicas, incluyendo expresamente a entidades gubernamentales estatales y municipales. La naturaleza de estos instrumentos es la de contratos regulados, los cuales incluyen el consentimiento de las partes para que el contenido pueda actulizarse con base en la emisión o modificación de disposiciones de diversas autoridades. 3

1. CONTRATO DE INTERCONEXIÓN DE ACCESO ABIERTO Y NO INDEBIDAMENTE DISCRIMINATORIO PARA CENTRALES ELÉCTRICAS INTERCONECTADAS A LA RED NACIONAL DE TRANSMISIÓN O A LAS REDES GENERALES DE DISTRIBUCIÓN Objetivo del Instrumento Permitir la interconexión entre las redes de transmisión y distribución y una Central de Electrica. Señala que las obras comprendidas entre la Central Eléctrica y el punto de interconexión, serán construidas a cargo y bajo responsabilidad quien solicita la interconexión. Estricta coordinación de las partes con el CENACE. Las modificaciones por Cambio de Ley deberán ser aprobados por la CRE. Se prevén ciertos procedimientos para intercambiar información y confidencialidad, la cual no será aplicable a información que la CRE determine que debe ser pública. Obras del Prodesen que impliquen modificaciones al Punto de Interconexión serán sin cargo al solicitante. 4

2. CONTRATO DE CONEXIÓN DE ACCESO ABIERTO Y NO INDEBIDAMENTE DISCRIMINATORIO PARA CENTROS DE CARGA INTERCONECTADOS A LA RED NACIONAL DE TRANSMISIÓN O A LAS REDES GENERALES DE DISTRIBUCIÓN Objetivo del Instrumento Permitir la conexión entre las redes de transmisión y distribución Carga y un Centro de Señala que las obras comprendidas entre el centro de Carga y el punto de conexión, serán construidas a cargo y bajo responsabilidad de quien solicita la conexión. Para centros de carga conectados a una tensión igual o mayor a 69Kv que incremente en más de un 10% la demanda contratada, se deberá emitir una nueva solicitud de estudio conexión. La coordinación con Cenace en programas de mantenimiento se establece cuando la conexión sea a 69 Kv o mayor. Se prevén ciertos procedimientos para intercambiar información sobre el avance de la construcción y desarrollo de las instalaciones, así como de las instalaciones en el punto de conexión. 5

3. MODELOS DE CONVENIO QUE SE REQUIEREN ENTREEL CENACE Y LOS TRANSPORTISTAS Objetivo del Instrumento Establecer las reglas para la prestación y facturación del servicio público de Transmisión entre el CENACE y los transportistas, así como sus derechos y obligaciones. Se prevé acciones de coordinación entre el CENACE y los transportistas para llevar a cabo la operación técnica y comercial del servicio. Cenace incluso tiene derecho de ejercer control operativo a través de instrucciones o acciones de control. Se garantiza el acceso abierto no indebidamente discriminatorio a las redes. Las modificaciones deben ser autorizadas por la CRE. El instrumento contempla la participación de privados para llevar a cabo la gestión/operación de la infraestructura necesaria para prestar el servicio público de Transmisión de energía eléctrica, con base en un contrato de servicios con un Transportista (Organismos y empresas productivas del Estado). Se prevé que estos privados guarden una coordinación directa con el CENACE, en su calidad de Contratistas del Estado. 6

4. MODELOS DE CONVENIO QUE SE REQUIEREN ENTRE EL CENACE Y LOS DISTRIBUIDORES Objetivo del Instrumento Establecer las reglas para la prestación y facturación del servicio público de Distribución entre el CENACE y los distribuidores, así como sus derechos y obligaciones. El Convenio prevé acciones de coordinación entre el CENACE y los distribuidores para llevar a cabo la operación técnica y comercial del servicio público de distribución;; El instrumento contempla la participación de empresas privadas para llevar a cabo la gestión/operación de la infraestructura de Distribución. Dos opciones de facturación del servicio: (EPE) El Cenace factura y cobra a los Participantes del Mercado los cargos de distribución para acreditar al Distribuidor lo que le corresponda. (Privado) El Cenace factura y cobra a los Participantes del Mercado los cargos de distribución para acreditar al Contratista lo que le corresponda. 7

5. MODELO DE CONTRATO PARA IMPORTACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA Objetivo del Instrumento Establecer la forma en que se realizará y mantendrá la interconexión física entre las redes nacionales y el importador mediante una central ubicada en el extranjero para importar energía Instrumento necesario para implementar el nuevo esquema de importación en México;; El importador puede suscribir el contrato ya sea con el Transportista, el Distribuidor o con un Contratista (privado), según sea el caso;; El instrumento supone el cumplimiento previo de otros requisitos regulatorios, como la obtención de una autorización de importación, la celebración de un contrato de participante del mercado y otros requerimientos técnicos;; 8

5. MODELO DE CONTRATO PARA IMPORTACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA Continuación Se establecen los derechos y obligaciones de cada una de las partes en la actividad de importación de energía eléctrica, así como otros aspectos contractuales como las causales de terminación y la forma de llevar a cabo notificaciones, entre otras;; Las actividades relacionadas con la importación se harán de conformidad con los lineamientos y criterios operativos establecidos por el CENACE. 9