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Transcripción:

FOLLETO INFORMATIVO DE ADMISIÓN CONDICIONES FINALES DE EMISIÓN CEDULAS HIPOTECARIAS -OCTUBRE 05- AMPARADA EN EL PROGRAMA DE EMISION DE VALORES DE RENTA FIJA DE BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. DE 22 DE ABRIL DE 2005 D. José Luis Domínguez de Posada de Miguel, Director de Financiación Mayorista de BBVA en virtud de las facultades conferidas en el acuerdo del Consejo de Administración de fecha 22 de febrero de 2005, y a los efectos establecidos en el Folleto del Programa de Emisión de Valores de Renta Fija Simple de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. por importe de 15.000 millones de Euros, de 22 de abril de 2005, por la presente comunica las Condiciones Básicas de la emisión de cédulas hipotecarias Octubre 05 y solicita la admisión a cotización de dichas cédulas, amparada bajo el mencionado Programa: Naturaleza y Denominación de los valores: Cédulas Hipotecarias Octubre 05-. Importe nominal de la emisión: Importe efectivo de la emisión: 2.000.000.000 euros. 1.979.400.000 euros. ISIN asignado por la Agencia Nacional de Codificación: ES0413211105 Número de valores: 20.000. Nominal por valor: Forma de representación de los valores: 100.000 euros Anotaciones en cuenta. Precio de emisión por valor: 98,97% Comisiones y gastos para el suscriptor: Libre de comisiones y gastos para el suscriptor. Tipo nominal anual: 3,50% Base de cálculo para el devengo de intereses: Act/Act. Fecha de Desembolso: 7 de octubre de 2005 Fecha de Amortización: 7 de octubre de 2020 1

Fecha de amortización anticipada por el Emisor: Precio de reembolso por valor: La amortización será total en la fecha de vencimiento y no se contempla amortización anticipada ni por parte del emisor ni del tenedor de los títulos. 100% del nominal del valor, libre de gastos para el suscriptor. Fechas de pago de los cupones: Anual, cada 7 de octubre, comenzando el 7-10-06, hasta el 7-10-2020 inclusive. TIR del Emisor: 3,61% TIR del Tomador: 3,59% Cuadro del Servicio Financiero por valor: Si algún día de vencimiento coincidiera con un día que no fuera día hábil, el abono se efectuará el día hábil inmediatamente siguiente, sin que ello devengue ningún tipo de interés por dicho motivo. Se entenderá por día hábil el que se fije en cada momento por el Banco Central Europeo para el funcionamiento del sistema TARGET (Trans- European Automated Real-Time Gross-Settlement Express Transfer System). CONCEPTO FECHA FLUJOS Desembolso 07/10/05 98.970,00 1er cupón 07/10/06 3.500,00 2º cupón 07/10/07 3.500,00 3º cupón 07/10/08 3.500,00 4º cupón 07/10/09 3.500,00 5º cupón 07/10/10 3.500,00 6º cupón 07/10/11 3.500,00 7º cupón 07/10/12 3.500,00 8º cupón 07/10/13 3.500,00 9º cupón 07/10/14 3.500,00 10º cupón 07/10/15 3.500,00 11º cupón 07/10/16 3.500,00 12º cupón 07/10/17 3.500,00 13º cupón 07/10/18 3.500,00 14º cupón 07/10/19 3.500,00 15º cupón 07/10/20 3.500,00 Amortización 07/10/20 100.000,00 2

Negociación en Mercados Secundarios: AIAF, Mercado de Renta Fija Entidad encargada del registro contable de las anotaciones en cuenta: Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. (IBERCLEAR). Sistema de Compensación y Liquidación: Agente de pagos: Información fiscal: Colectivo de potenciales inversores: Procedimiento de adjudicación y colocación: Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. (IBERCLEAR). Asimismo, se podrá solicitar su inclusión en Euroclear y/o Clearstream Luxemburgo Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A.. Véase el punto II.1.7. Información fiscal del Folleto Informativo Reducido de Programa de Emisión de Renta Fija Simple que ampara el presente Folleto Informativo. La emisión ha ido dirigida exclusivamente a inversores institucionales (nacionales y extranjeros). Ha sido colocada por las Entidades Colocadoras, entre las peticiones de sus clientes, de forma discrecional, velando, en todo caso, por que no se produjesen tratamientos discriminatorios entre las peticiones que tuvieran características similares. Periodo de suscripción: Desde las 10:00 horas del día 4 de octubre de 2005 hasta las 12:00 horas del día 5 de octubre de 2005. Entidades Aseguradoras Iniciales: Entidades Colocadoras Iniciales: J.P. MORGAN SECURITIES LTD, MORGAN STANLEY & CO. INTERNATIONAL LIMITED, CALYON, Sucursal en España y IXIS Corporate & Investment Bank. J.P. MORGAN SECURITIES LTD, MORGAN STANLEY & CO. INTERNATIONAL LIMITED, CALYON, Sucursal en España, IXIS Corporate & Investment Bank y BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. 3

No obstante aquellas entidades no reconocidas en España no podrán colocar estos valores en el mercado nacional. Comisión de Aseguramiento y Colocación. Carácter del Aseguramiento: 0,23% sobre el importe nominal de la emisión que finalmente resulte asegurado, pagadera de una sola vez en la Fecha de Desembolso. Mancomunado. Contrato de Aseguramiento: Las ENTIDADES ASEGURADORAS INICIALES y la SOCIEDAD EMISORA han firmado un CONTRATO DE ASEGURAMIENTO. A este Contrato podían adherirse nuevas Entidades Aseguradoras y Colocadoras debidamente capacitadas, con anterioridad al Periodo de Suscripción, las cuales se adherieron sin reserva alguna y plenamente al Contrato. Distribución del Aseguramiento: El compromiso inicial de aseguramiento y colocación fue: Entidades Aseguradoras Importe nominal Porcentaje J.P. MORGAN SECURITIES LTD 500.000.000 25,00% MORGAN STANLEY & CO. INTERNATIONAL 500.000.000 25,00% LIMITED CALYON, Sucursal en España 500.000.000 25,00% IXIS Corporate & Investment Bank 500.000.000 25,00% TOTAL 2.000.000.000 100% Teniendo en cuenta que BBVA, S.A. actúa como colocadora de la Emisión, se reducirá el compromiso de aseguramiento asumido por las Entidades Aseguradoras en el importe total que finalmente sea colocado por BBVA, S.A. de manera proporcional al compromiso asumido inicialmente. Además, teniendo en cuenta la posibilidad de adhesión de nuevas entidades aseguradoras al Contrato de Aseguramiento y Colocación, los importes que asegurarían las nuevas Entidades Aseguradoras reducirán a partes iguales el importe 4

asegurado por las Entidades Aseguradoras iniciales. Las nuevas Entidades Aseguradoras Adheridas al Contrato de Aseguramiento y colocación fueron las siguientes: Entidades Aseguradoras Adheridas Importe nominal Porcentaje s/ total emitido UBS Investment Bank 15.000.000 0,75% Landesbank Baden-Württemberg 15.000.000 0,75% Danske Bank A/S 15.000.000 0,75% Bayerische Hypo-und Vereinsbank AG 15.000.000 0,75% DZ BANK AG 15.000.000 0,75% TOTAL 75.000.000 3,75% Negociación en Mercados Secundarios: Entidades de Liquidez: Contrato de liquidez. La sociedad emisora solicita, dentro de los plazos establecidos en el Folleto Informativo Reducido de Programa de Emisión de Renta Fija Simple que ampara el presente folleto, la admisión a cotización en AIAF. J.P. MORGAN SECURITIES LTD, MORGAN STANLEY & CO. INTERNATIONAL LIMITED, CALYON, Sucursal en España, IXIS Corporate & Investment Bank, UBS Investment Bank, Landesbank Baden-Württemberg, Danske Bank A/S, Bayerische Hypo-und Vereinsbank AG, DZ BANK AG y BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. Las Entidades de Liquidez darán liquidez a la Emisión mediante a) la cotización de precios de compra y venta, durante el horario habitual de mercado para un importe de hasta EUR 15 millones diarios. El diferencial entre precios de compra y venta tendrá en cuenta el vencimiento residual de la Emisión (0,1% de 8 años a 15 años, 0,08% de 6 a 8 años, 0,06% de 4 a 6 años y 0,05% < 4 años), siempre y cuando no existan circunstancias excepcionales de mercado que imposibiliten el mantenimiento de dichos diferenciales; b) la cotización de precios de compra y venta de repos sobre las Cédulas Hipotecarias, que serán válidos para importes nominales de hasta 15 millones de euros diarios, referidos al total de los precios de compra y venta cotizados diariamente por cada Entidad de Liquidez. Cada 5

Entidad de Liquidez cotizará precios en plazos de 1 semana, 2 semanas, 3 semanas y 1 mes, para valor de inicio tanto contado como para valor contado más dos días. El diferencial entre precios de compra y de venta, será como máximo, de 25 puntos básicos. Los precios se cotizarán a través de los sistemas de información habituales. La cotización de los precios ofrecidos por las Entidades de Liquidez reflejarán en cada momento la situación de liquidez existente en el mercado. La cotización de los precios de venta estará sujeta a la disponibilidad de valores en el mercado. Las Entidades de Liquidez no garantizan que puedan localizar valores con los que corresponder a la demanda, ya sea en su propia cartera o en la de otras entidades. Sin embargo, cada Entidad de Liquidez se compromete a realizar sus mejores esfuerzos para actuar con la diligencia habitual en los mercados a dichos efectos. En el caso de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., el compromiso antes descrito estará sujeto a los límites permitidos por las leyes y regulaciones españolas. El Compromiso de Liquidez tendrá una vigencia máxima igual a la vida de la emisión. El Emisor podrá dar por resuelto el compromiso de liquidez con cualquier Entidad de Liquidez antes de su vencimiento y sin necesidad de mediar plazo de preaviso, en caso de que ésta haya incumplido los compromisos asumidos en virtud del Compromiso de Liquidez o cuando así lo estime conveniente, siempre y cuando lo notifique a dicha Entidad de Liquidez con un preaviso mínimo de 30 días. No obstante, el Emisor no podrá hacer uso de esta facultad si no cuenta previamente con una entidad de crédito sustituta y esta se hubiese subrogado en las obligaciones de la entidad saliente en los mismos términos que en el contrato. La designación de la nueva entidad será comunicada a la CNMV. En el supuesto de resolución por iniciativa de una Entidad de Liquidez por incumplimiento de obligaciones del Emisor, la resolución tendrá efectos exclusivamente respecto a la Entidad que la inste y no sobre las restantes. Ello no obstante, dicha Entidad de Liquidez no quedará relevada de 6

las obligaciones asumidas en el Compromiso de Liquidez en tanto el Emisor no haya encontrado otra entidad de crédito que la sustituya y esta se subrogue en las obligaciones de la entidad saliente en los mismos términos que en el contrato. El Emisor se obliga a llevar a cabo sus mejores esfuerzos para, dentro del plazo de 30 días, localizar una entidad de crédito que se halle dispuesta a asumir las funciones que para la Entidad de Liquidez que se retira se recogen en el Compromiso de Liquidez. Transcurrido dicho plazo sin que el Emisor hubiera encontrado al sustituto de dicha Entidad, ésta podrá presentar al Emisor una entidad de crédito que la sustituya en los mismos términos del compromiso de liquidez, no pudiendo el Emisor rechazar a la misma sino por falta de la capacidad necesaria para cumplir lo aquí pactado y siendo la designación de la nueva entidad comunicada a la CNMV En el supuesto de resolución por iniciativa de una Entidad de Liquidez, la resolución tendrá efectos exclusivamente respecto a la Entidad que la inste y no sobre las restantes. Ello no obstante, dicha Entidad de Liquidez no quedará relevada de las obligaciones asumidas en el Compromiso de Liquidez en tanto que ésta no haya encontrado otra entidad de crédito que la sustituya y esta se subrogue en las obligaciones de la entidad saliente en los mismos términos que en el contrato. En todo caso, la nueva Entidad de Liquidez deberá ser aprobada por unanimidad por el Emisor y las Entidades de Liquidez, no constituyendo motivo de rechazo válido a la Entidad de Liquidez propuesta otro que la falta de capacidad necesaria para cumplir lo aquí pactado y siendo la designación de la nueva entidad comunicada a la CNMV. La resolución del Compromiso de Liquidez y la sustitución de la Entidad de Liquidez será notificada por el Emisor a los titulares de Cédulas Hipotecarias mediante la publicación del correspondiente anuncio en un periódico de difusión nacional y en el Boletín de Cotización de A.I.A.F. Asimismo, la resolución del Contrato será comunicada a la CNMV. No existen compromisos adicionales al Compromiso de Liquidez descrito anteriormente 7

Gastos de emisión y admisión: Fungibilidad : Evaluación del riesgo: 4,7 millones de euros (incluye gastos de admisión en AIAF, CNMV, comisión de aseguramiento y colocación, gastos notariales y prorrata gastos elaboración Folleto Reducido de Programa de Emisión de Renta Fija Simple). Existe la posibilidad de emitir posteriormente una o varias emisiones fungibles con la presente emisión, lo que significa que las posteriores emisión/es tendrían los mismos derechos y obligaciones de la presente emisión (mismo valor nominal unitario, mismo pago de cupones, fechas de vencimiento, etc). En caso de hacerse efectiva esta posibilidad los tenedores de la actual emisión no tendrían prioridad en el orden de prelación como acreedores frente a los tenedores de la emisión fungida, respecto a los cuales tendrían el mismo derecho, en caso de disolución voluntaria o concurso del emisor. Se ha solicitado a la agencia de rating Moody s calificación de la presente emisión, habiendo otorgado ésta una calificación definitiva de Aaa. Madrid, 17 de octubre de 2005 José Luis Domínguez de Posada de Miguel Director de Gestión Financiación Mayorista. 8