Página 12 n Granada, miércoles, 5 de junio de 2013 n B.O.P. número 104

Documentos relacionados
ORDENANZA Nº. 13 FUNDAMENTO Y RÉGIMEN.-

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS DEL AYUNTAMIENTO DE MANISES

ORDENANZA FISCAL EXPEDICIÓN DOCUMENTOS PÚBLICOS

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS DEL AYUNTAMIENTO DE MANISES

ORDENANZA NUMERO 17. Artículo Primero.- Naturaleza y Fundamento

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO SOBRE ACTIVIDADES EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES

ORDENANZA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES

O R D E N A N Z A Núm. 8

ORDENANZA Nº 50, REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y USO DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES.

ORDENANZA FISCAL Nº 12

TASA POR UTILIZACION SERVICIOS DEPORTIVOS EN EL POLIDEPORTIVO Y PISCINAS MUNICIPALES.

1. - El uso de las piscinas municipales que se detallan:

PISCINAS E INSTALACIONES POLIDEPORTIVAS

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACION DE SERVICIOS EN LOS POLIDEPORTIVOS MUNICIPALES

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS

ORDENANZA Nº 15 REGULADORA DEL PRECIO PUBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES DE LAS PISCINAS MUNICIPALES

AYUNTAMIENTO DE LA CAROLINA (JAÉN)

ORDENANZA Nº 41 REGULADORA DEL PRECIO PUBLICO PRESTACION DE SERVICIOS EN PISCINAS, INSTALACIONES DEPORTIVAS Y OTROS SERVICIOS ANÁLOGOS

ORDENANZA Nº 50 PRECIOS PÚBLICOS DE LOS SERVICIOS Y LAS ACTIVIDADES DE LA FUNDACIÓN DEPORTIVA MUNICIPAL DE MÁLAGA.

ORDENANZA REGULADORA DE PRECIOS PÚBLICOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS DE LA PISCINA CUBIERTA MUNICIPAL

2. Será objeto de esta exacción el uso de los Servicios Deportivos Municipales: uso de Instalaciones y Actividades.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS

NÚMERO 13 TASA POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE CASAS DE BAÑOS, DUCHAS, PISCINAS E INSTALACIONES DEPORTIVAS Y OTROS SERVICIOS ANÁLOGOS.

BOP Cáceres. Ayuntamiento

I.- USO INSTALACIONES

La cuota tributaria se determinará en función de las tarifas que a continuación se señalan:

O R D E N A N Z A Núm. 14

ORDENANZA FISCAL NUM. 16 REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACION DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES. I. OBJETO Y FUNDAMENTO JURÍDICO

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS Y OTROS SERVICIOS ANÁLOGOS

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE PISCINAS E INSTALACIONES DEPORTIVAS

TASA POR LA UTILIZACIÓN DE PISCINAS E INSTALACIONES ANÁLOGAS

AYUNTAMIENTO DE LA CAROLINA (JAÉN)

ORDENANZA Nº 17 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA SOBRE INSTALACIONES DEPORTIVAS FUNDAMENTO Y REGIMEN. Artículo 1

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 21

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR EL USO DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LOS DOCUMENTOS QUE EXPIDA LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL A INSTANCIA DE PARTE

ÁREA DE GESTIÓN TRIBUTARIA E INFORMACIÓN TERRITORIAL

TASA POR LA UTILIZACION DE,PISCINAS, INSTALACIONES DEPORTIVAS Y OTROS SERVICIOS ANALOGOS

ORDENANZA Nº 7. Artículo 1.- FUNDAMENTO Y NATURALEZA.-

Sección I - Administración Local Ayuntamientos

22) ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DEL PATRONATO MUNICIPAL DE JUVENTUD Y DEPORTES.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS Í N D I C E

ORDENANZA REGULADORA LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS:

II.- HECHO IMPONIBLE

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA CELEBRACION DE MATRIMONIOS CIVILES

Artículo 1º Fundamento y Naturaleza.-

AYUNTAMIENTO DE LA CAROLINA (JAÉN)

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 21

Las tarifas llevan incluido, en su caso, el IVA correspondiente al momento de su aprobación.

ORDENANZA FISCAL NUM. 26 TASA POR LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE PISCINAS, INSTALACIONES DEPORTIVAS Y ACTIVIDADES DEPORTIVAS MUNICIPALES

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 6 REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS I.-FUNDAMENTO Y NATURALEZA

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

03/05.- ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS

AYUNTAMIENTO DE VILLARROBLEDO ORDENANZAS FISCALES Y PRECIOS PÚBLICOS 2012

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR EL SERVICIO DE APARCAMIENTO EN PARKING BENEFETAL

AYUNTAMIENTO DE OJÓS ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS

38.- ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR USO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES Y OTROS SERVICIOS ANÁLOGOS.

Ciudad Deportiva Municipal Tasas 2017 Tasas por prestación de servicios en CDM

AYUNTAMIENTO DE SONSECA.

AYUNTAMIENTO DE PALMA DEL RIO (Registro de Entidades Locales nº )

ORDENANZA B-2 ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EN ESPACIOS PÚBLICOS Y DEPENDENCIAS MUNICIPALES.

ORDENANZA NÚMERO 307 PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS Y DE RECREO MUNICIPALES

ORDENANZA NÚMERO 307 PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS Y DE RECREO MUNICIPALES

AYUNTAMIENTO DE ENTRAMBASAGUAS ( Cantabria )

Ordenanza reguladora del precio público por la prestación de servicios en complejo deportivo piscina cubierta.

O R D E N A N Z A Núm. 10

EJERCICIO 2016 ORDENANZA Nº 41 REGULADORA DEL PRECIO PUBLICO PRESTACION DE SERVICIOS EN PISCINAS, INSTALACIONES DEPORTIVAS Y OTROS SERVICIOS ANÁLOGOS

M.I. AJUNTAMENT DE CARCAIXENT

Ordenanza fiscal reguladora de los precios públicos por utilización de piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LA H. CIUDAD DE ALCAÑIZ (Teruel)

ORDENANZA FISCAL Nº 43: TASA POR EXPEDICION DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LA UTILIZACIÓN DE ESPACIOS PÚBLICOS Y DEPENDENCIAS MUNICIPALES

Ordenanza fiscal nº 28

Sección tercera. Administración Local

ORDENANZA FISCAL NUM. 16 REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACION DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES. I. OBJETO Y FUNDAMENTO JURÍDICO

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES Y SERVICIOS DEPORTIVOS MUNICIPALES.

ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE VEGA DE SAN MATEO

ORDENANZA FISCAL 2016

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR

Butlletí Oficial de la Província d Alacant edita excma. diputació provincial d alacant

1.- NORMAS REGULADORAS Y TARIFAS DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES.

ARTÍCULO 1. OBJETO Y FUNDAMENTO LEGAL.

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACION DE COLUMNAS, CARTELES Y OTRAS INSTALACIONES PARA LA EXHIBICION DE ANUNCIOS.

DGFMCEUP /2015 Fecha9

O R D E N A N Z A Núm. 09

I.- NATURALEZA Y OBJETO.

AYUNTAMIENTO DE RUTE (CORDOBA) ORDENANZA FISCAL ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS MUNICIPALES

ORDENANZA NÚMERO 307 PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS Y DE RECREO MUNICIPALES

Instalaciones deportivas

1.- PRECIOS DE ALQUILER POR LA UTILIZACIÓN DE PISTAS POR ENTRENAMIENTOS Y COMPETICIONES DEPORTIVAS.

TASA POR LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE POLIDEPORTIVO Y POR LA UTILIZACIÓN PRIVATIVA DEL CAMPO DE FÚTBOL.

M.I. AJUNTAMENT DE CARCAIXENT

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES, ESCUELAS DEPORTIVAS Y CURSOS DE NATACIÓN

ORDENANZA NÚM. 15 TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN CASAS DE BAÑOS, DUCHAS, PISCINAS, INSTALACIONES DEPORTIVAS Y OTROS SERVICIOS ANÁLOGOS.

AYUNTAMIENTO DE NAVARRÉS

ORDENANZA FISCAL NUMERO 11. Tasa por Documentos que Expida la Administración o las Autoridades Municipales a Instancia de Parte

Área de Hacienda ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR DOCUMENTOS QUE EXPIDA O DE QUE ENTIENDA LA ADMINISTRACIÓN O LAS AUTORIDADES MUNICIPALES.

Transcripción:

Página 12 n Granada, miércoles, 5 de junio de 2013 n B.O.P. número 104 En A4, por página: 4,00 euros. En A3, por página: 6,00 euros. En A2, por página: 10,00 euros. En A1, por página: 15,00 euros. NN.SS., por plano: 20,00 euros. En formato digital - En blanco y negro: En A4, por página: 2,00 euros. En A3, por página: 3,00 euros. En A2, por página: 5,00 euros. En A1, por página: 8,00 euros. - En color: En A4, por página: 3,00 euros. En A3, por página: 4,00 euros. En A2, por página: 6,00 euros. En A1, por página: 10,00 euros. NN.SS. (formato raster), por plano: 30,00 euros. PGOU, CD: 150,00 euros. Otros documentos, CD: 60,00 euros. 4) Documentos relativos al Servicio de Secretaría. Bastanteo de poderes y avales: 10,00 euros. Diligencia de cotejo y compulsa de documentos por folio: 0,50 euros. Artículo 6º Devengo. 1. Se devenga la Tasa y nace la obligación de contribuir cuando se presente la solicitud que inicie la tramitación de los documentos y expedientes sujetos al tributo. 2. En los casos a que se refiere el número 2 del artículo 2º, el devengo se produce cuando tenga lugar las circunstancias que provean la actuación municipal de oficio o cuando ésta se inicie sin previa solicitud del interesado pero redunde en su beneficio. 3. Cuando por causas no imputables al sujeto pasivo, el servicio público o la actividad administrativa no se preste o desarrolle, procederá la devolución del importe correspondiente. Artículo 7º Declaración ingreso. 1. La Tasa se exigirá en régimen de autoliquidación. 2. Los escritos recibidos por los conductos a que hace referencia el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que no vengan debidamente reintegrados, serán administrados provisionalmente, pero no podrá dárseles curso sin que subsane la deficiencia, a cuyo fin se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días abone las cuotas correspondiente con el apercibimiento de que, transcurrido dicho plazo sin efectuarlo, se tendrán los escritos por no presentados y será archivada la solicitud sin más trámite. DISPOSICION FINAL La presente Ordenanza Fiscal, aprobada definitivamente por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 3-octubre-1989, entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y comenzará aplicarse a partir del día 1 de enero de 1990, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa. ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR EL USO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS Y LA PRESTA- CION DE SERVICIOS Y REALIZACION DE ACTIVIDADES DE CARACTER DEPORTIVO. ANEXO DE TARIFAS ORDENANZA FISCAL REGULA- DORA DE LA TASA POR EL USO DE INSTALACIONES DE- PORTIVAS Y LA PRESTACION DE SERVICIOS Y REALIZA- CION DE ACTIVIDADES DE CARACTER DEPORTIVO. a) Tasa por matrícula: 10 euros, aplicable a cualquier actividad de la piscina o gimnasio. Incluye la tarjeta de acceso a la instalación. Duplicado de tarjeta de acceso a piscina o gimnasio: 3 euros. Si el usuario/a olvidase la tarjeta magnética de acceso a la piscina o gimnasio, será penalizado con el pago de 0,50 euros a partir de la segunda vez que esto ocurra. b) Carnet Deportivo: 4 euros. TARIFAS CON CARNET DEPORTIVO (INSTALACIONES): Para beneficiarse Carnet Deportivo los usuarios/as deberán de tener como mínimo: - Campo de Fútbol Once: 11 Carnet Deportivo. - Campo de Fútbol Siete: 7 Carnet Deportivos - Pabellón completo: 5 Carnet Deportivos - Tercio Pabellón: 5 Carnet Deportivos - Pista Polideportiva: 5 Carnet Deportivos - Tercio Pista Polideportiva: 5 Carnet Deportivos - Sala de Reuniones: 2 Carnet Deportivo Observaciones: El abono de temporada viene establecido desde el 1 de septiembre hasta el 30 de junio (ambos inclusive).y si por motivos climatológicos o por cambios estacionales se tuviera que hacer uso de la luz durante más del 50% de la temporada, se deberá de pagar la tasa correspondiente al abono con luz. Los usuarios menores de 16 años, tendrán en las siguientes instalaciones: - Campo de fútbol, pistas polideportivas y pabellón, una reducción del 100%, sobre la tarifa ordinaria, siempre y cuando se haga uso sin el suplemento de luz. Caso del uso del suplemento de luz, la reducción de la tarifa será del 50% sobre la ordinaria. Estando dichas tarifas condicionadas a la previa solicitud de uso, y la correspondiente autorización municipal. - Pistas de padel; se les aplicará una reducción del 50% sobre la tarifa ordinaria. Los usuarios con edades comprendidas entre 16 y 18 (inclusive) abonarán una tarifa reducida del 50% en todas las instalaciones excepto gimnasio y piscina. INSTALACION DEPORTIVA CON CARNET DEPORTIVO Concepto: Tarifa - Campo de fútbol: 1 hora sin luz: 60,00 euros 1 hora con luz: 100,00 euros Partido sin luz: 100,00 euros Partido con luz: 150,00 euros Abono de temporada sin luz (2horas): 1.100,00 euros Abono de temporada con luz (2 horas): 1.400,00 euros Abono de 10 horas sin luz: 550,00 euros Abono de 10 horas con luz: 950,00 euros - Campo de Fútbol 7 1 hora sin luz: 30,00 euros 1 hora con luz: 50,00 euros Partido sin luz: 50,00 euros Partido con luz: 75,00 euros

B.O.P. número 104 n Granada, miércoles, 5 de junio de 2013 n Página 13 Abono de temporada sin luz (1,5horas): 700,00 euros Abono de temporada con luz (1,5 horas): 800,00 euros Abono de 10 horas sin luz: 250,00 euros Abono de 10 horas con luz: 450,00 euros - Pabellón 1 hora sin luz: 25,00 euros 1 hora con luz: 35,00 euros Partido sin luz: 50,00 euros Partido con luz: 75,00 euros Abono de temporada sin luz (1hora): 850,00 euros Abono de temporada con luz (1 hora): 1.100,00 euros Abono de 10 horas sin luz: 200,00 euros Abono de 10 horas con luz: 300,00 euros - Tercio de pabellón 1 hora sin luz: 12,00 euros 1 hora con luz: 15,00 euros Partido sin luz (1 horas): 20,00 euros Partido con luz (1 horas): 25,00 euros Abono de temporada sin luz: 400,00 euros Abono de temporada con luz: 500,00 euros Abono de 10 horas sin luz: 100,00 euros Abono de 10 horas con luz: 120,00 euros - Sala de reuniones 1 hora: 5,00 euros - Pista polideportiva o de hockey Entrada individual a patinar sin luz (1h): 1,50 euros Entrada individual con luz (1h): 10,00 euros 1 hora sin luz: 7,00 euros 1 hora con luz: 11,00 euros Partido sin luz (1 horas): 15,00 euros Partido con luz (1 horas): 20,00 euros Abono de temporada sin luz: 500,00 euros Abono de temporada con luz: 700,00 euros Abono de 10 horas sin luz: 50,00 euros Abono de 10 horas con luz: 90,00 euros - Pista de tenis Hora sin luz: 3,50 euros Hora con luz: 4,50 euros Bono 10 horas sin luz: 30,00 euros Bonos 10 horas con luz: 40,00 euros PISCINA CON CARNET DEPORTIVO - Actividad deportiva Tarifa: Observaciones 2 días: 14 euros: 30 minutos clase : 30 minutos clase Natación Infantil 2 días:14 euros: 45 minutos clase 3 días:19 euros: 45 minutos clase - Natación menores - Natación perfeccionamiento : 45 minutos clase 3 días: 26 euros 45 minutos clase - Natación terapéutica o necesidades especiales para infantil y menores 2 días: 16 euros: 45 minutos clase (grupal) 3 días: 22 euros: 45 minutos clase (grupal) : 45 minutos clase (grupal) 3 días: 26 euros: 45 minutos clase (grupal) 2 días: 30 euros: 45 minutos clase (individual) 3 días: 40 euros: 45 minutos clase (individual) 2 días: 35 euros: 45 minutos clase (individual) 3 días: 45 euros: 45 minutos clase (individual) 3 días: 24 euros: 45 minutos clase para menores 2 días: 15 euros: 45 minutos clase : 45 minutos clase - Entrada puntual a nado libre adulto 2,50 euros: 45 minutos máx. 2,00 euros: 45 minutos máx. - Entrada puntual a clase 3,00 euros: 45 minutos máx. - 10 Baños a nado libre adulto/a 22,00 euros: 45 minutos máx. - 10 Baños a nado libre niño/a 15,00 euros: 45 minutos máx. - 20 baños a nado libre adulto/a 40,00 euros: 45 minutos máx. 27,00 euros: 45 minutos máx. - 30 baños a nado libre adulto/a 56,00 euros: 45 minutos máx. 38,00 euros: 45 minutos máx. 18,00 euros (1 hora con 4 carnet deportivo): 8 persona máximo 15,00 euros: (1 hora y 4 personas como máximo) 4,00 euros: por persona. - Precio especial (gimnasio+ nado libre + clases cuando haya plaza libres + 1 jacuzzy y una sauna al mes o 1 h de alquiler de padel en fin de semana): 40,00 euros. Se considera categoría infantil hasta los 12 años (inclusive) y menores hasta los 17 años (inclusive). TARIFAS REDUCIDAS - Al 3º miembro familiar que esté inscrito en una actividad como es gimnasio o piscina se le aplicará una reducción del 25%, a la actividad de menor valor. - Día de la natación (sábado) se les aplicará una reducción del 50% en la entrada puntual de nado libre o a gimnasio. - Día de la familia (domingo): entrada gratuita al tercer miembro familiar en entrada puntual a nado libre o gimnasio. - Precio especial a colectivos deportivos, asociaciones y peñas del municipio: se les aplicará una reducción del 50% en entrada puntual de gimnasio o piscina en los horarios de lunes a viernes de mañanas, fines de semana y tardes: piscina de 21:00-22:00 h y gimnasio 22:00-23:00 h. - Descuento del 50% a las tarifas para aquellos colectivos, asociaciones o clubes que establezcan un convenio de colaboración con el Ayuntamiento de Las Gabias.

Página 14 n Granada, miércoles, 5 de junio de 2013 n B.O.P. número 104 - Precios especiales a familias en situación de exclusión social. Se aplicará una reducción de entre el 50% y el 100% a dichas familias en las actividades de gimnasio o piscina, previa solicitud e informe favorable del Area de Bienestar Social del Ayuntamiento de Las Gabias. - Abonado de Pádel: 20 euros al mes (el alquiler de la pista será 1 euro la hora para la persona abonada). 50 euros al mes (el alquiler de la pista será 0euros la hora para la persona abonada). GIMNASIO CON CARNET DEPORTIVO Actividad deportiva: Tarifa Gimnasio: 32,00 euros Gimnasio sólo mañana de lunes a viernes (8:00 a 14:30): 15,00 euros Gimnasio entrada puntual mañana: 2,00 euros Gimnasio entrada puntual por 1a tarde: 3,00 euros Entrada puntual clase dirigida mañana: 2,50 euros Entrada puntual clase dirigida tarde: 3,50 euros Combinados (aerobic, step, ciclo indoor..): 2 días: 16 euros Pilates y pilates de embarazadas: 2 días: 16 euros G.A.P. (glúteos, abdominales y piernas): 2 días: 16 euros Hipopresivos: 2 días: 16 euros PISTAS DE PADEL CON CARNET DEPORTIVO Una hora: tasa normal Sin luz: 10,00 euros Con luz: 12,00 euros Dos horas: tasa especial Sin luz: 5,00 euros Temporada de Invierno (de octubre hasta mayo ambos Temporada de verano (de junio a septiembre ambos 16:00- Bono de 10 horas, sin luz: 95,00 euros Bono de 10 horas, con luz: 110,00 euros TARIFAS SIN CARNET DEPORTIVO (INSTALACIONES): - Instalación deportiva Concepto: Tarifa - Campo de Fútbol 11 1 hora sin luz: 100,00 euros 1 hora con luz: 120,00 euros Partido sin luz: 120,00 euros Partido con luz: 170,00 euros Abono de temporada sin luz (2 horas): 2.000,00 euros Abono de temporada con luz (2 horas): 2.500,00 euros Abono de 10 horas sin luz: 950,00 euros Abono de 10 horas con luz: 1.150,00 euros - Campo de Fútbol 7 1 hora sin luz: 50,00 euros 1 hora con luz: 70,00 euros Partido sin luz: 65,00 euros Partido con luz: 90,00 euros Abono de temporada sin luz (1,5 horas): 1.300,00 euros Abono de temporada con luz (1,5 horas): 1.500,00 euros Abono de 10 horas sin luz: 450,00 euros Abono de 10 horas con luz: 650,00 euros - Pabellón 1 hora sin luz: 30,00 euros 1 hora con luz: 45,00 euros Partido sin luz: 75,00 euros Partido con luz: 100,00 euros Abono de temporada sin luz (1 hora): 1.200,00 euros Abono de temporada con luz (1 hora): 1.400,00 euros Abono de 10 horas sin luz: 250,00 euros Abono de 10 horas con luz: 400,00 euros - Tercio de pabellón 1 hora sin luz: 18,00 euros 1 hora con luz: 23,00 euros Partido sin luz (1 horas): 25,00 euros Partido con luz (1 horas): 30,00 euros Abono de temporada sin luz: 700,00 euros Abono de temporada con luz: 800,00 euros Abono de 10 horas sin luz: 150,00 euros Abono de 10 horas con luz: 200,00 euros - Sala de reuniones 1 hora: 10,00 euros - Pista polideportiva o de hockey 1 hora sin luz: 9,00 euros 1 hora con luz: 15,00 euros Partido sin luz (1 horas): 20,00 euros Partido con luz (1 horas): 25,00 euros Abono de temporada sin luz: 600,00 euros Abono de temporada con luz: 1.100,00 euros Abono de 10 horas sin luz: 70,00 euros Abono de 10 horas con luz: 130,00 euros - Pista de tenis Hora sin luz: 5,00 euros Hora con luz: 7,00 euros Bono de 10 horas sin luz: 45,00 euros Bono de 10 horas con luz: 65,00 euros PISCINA SIN CARNET DEPORTIVO - Actividad Deportiva Tarifa: Observaciones 2 días: 17 euros: 30 minutos 3 días: 22 euros: 30 minutos - Natación infantil 3 días: 22 euros: 45 minutos clase - Natación menores 2 días: 25 euros: 45 minutos clase 3 días: 30 euros: 45 minutos clase - Natación perfeccionamiento 2 días: 30 euros: 45 minutos clase 3 días: 36 euros: 45 minutos clase - Natación terapéutica o necesidades especiales menores e infantiles 2 días: 26 euros: 45 minutos clase 3 días: 32 euros: 45 minutos clase 2 días: 30 euros: 45 minutos clase 3 días: 36 euros: 45 minutos clase 2 días: 40 euros: 45 minutos clase (clase individual) 3 días: 50 euros: 45 minutos clase (clase individual)

B.O.P. número 104 n Granada, miércoles, 5 de junio de 2013 n Página 15 2 días: 45 euros: 45 minutos clase (clase individual) 3 días: 55 euros: 45 minutos clase (clase individual) 2 días: 25 euros: 45 minutos clase 3 días: 30 euros: 45 minutos clase 2 días: 22 euros: 45 minutos clase 3 días: 28 euros: 45 minutos clase para menores 2 días: 19 euros: 45 minutos clase : 45 minutos clase - Entrada puntual a nado libre adultos 3,50 euros: 45 minutos máximo 2,50 euros: 45 minutos máximo - Entrada puntual a clase 3,50 euros: 45 minutos máximo - 10 baños a nado libre adulto 33,00 euros: 45 minutos máximo - 10 baños a nado libre niño/a 23,00 euros: 45 minutos máximo - 20 baños a nado libre adulto 63,00 euros: 45 minutos máximo 45,00 euros: 45 minutos máximo - 30 baños a nado libre adulto 90,00 euros: 45 minutos máximo 65,00 euros: 45 minutos máximo 28,00 euros: 8 persona máximo 20,00 euros: (1 hora y 4 personas como máximo) 5,5 euros: por persona. - Precio especial (gimnasio + nado libre + clases cuando haya plaza libres + 1 jacuzzy y una sauna al mes o 1 h de alquiler de padel en fin de semana): 50,00 euros Se considera categoría infantil hasta los 14 años (inclusive) y menores hasta los 18 años (inclusive). GIMNASIO SIN CARNET DEPORTIVO Actividad deportiva: Tarifa - Gimnasio: 36,00 euros - Gimnasio sólo mañana de lunes a viernes (8:00 a 14:30): 18,00 euros - Gimnasio entrada puntual mañana: 2,50 euros - Gimnasio entrada puntual por la tarde: 3,50 euros - Entrada puntual clase dirigida mañana: 3,00 euros - Entrada puntual clase dirigida tarde: 4,50 euros - Combinados (aerobic, step, ciclo indoor..): - Pilates y pilates de embarazadas - G.A.P. (glúteos, abdominales y piernas) - Hipopresivos PISTAS DE PADEL SIN CARNET DEPORTIVO Una hora, tasa normal Sin luz: 12,00 euros Con luz: 14,00 euros Dos horas, tasa especial Sin luz: 6 euros Temporada de invierno (de octubre hasta mayo ambos Temporada de verano (de junio a septiembre ambos 16:00- Bono de 10 horas sin luz: 115,00 euros Bono de 10 horas con luz: 135,00 euros TARIFAS ACUERDOS COLECTIVOS DE FUERA DEL MUNICI- PIO O CON AYUNTAMIENTOS - Actividad deportiva Tasa: Observaciones 2 días: 15 euros: 30 minutos 3 días: 20 euros: 30 minutos - Natación infantil 2 días: 15 euros: 45 minutos clase Natación menores : 45 minutos clase Natación perfeccionamiento 2 días: 22 euros: 45 minutos clase 3 días: 28 euros: 45 minutos clase - Natación terapéutica o necesidades menores e infantiles (grupal) 3 días: 24 euros: 45 minutos clase (grupal) 2 días: 22 euros: 45 minutos clase (grupal) 3 días: 28 euros: 45 minutos clase (grupal) 2 días: 32 euros: 45 minutos clase (clase individual) 3 días: 42 euros: 45 minutos clase (clase individual) 2 días: 37 euros: 45 minutos clase (clase individual) 3 días: 47 euros: 45 minutos clase (clase individual) 2 días:19 euros: 45 minutos clase : 45 minutos clase : 45 minutos clase para menores 2 días: 16 euros: 45 minutos clase - Entrada puntual a nado libre adulto/a 3,00 euros: 45 minutos máximo 2,25 euros: 45 minutos máximo - 10 baños a nado libre adulto/a 25,00 euros: 45 minutos máximo - 10 baños a nado libre niño/a 18,00 euros: 45 minutos máximo

Página 16 n Granada, miércoles, 5 de junio de 2013 n B.O.P. número 104-20 baños a nado libre adulto/a 47,00 euros: 45 minutos máximo 30,00 euros: 45 minutos máximo - 30 baños a nado libre adulto/a 70,00 euros: 45 minutos máximo 45,00 euros: 45 minutos máximo 22,00 euros: 8 persona máximo 18,00 euros: (1 hora y 4 personas como máximo) 5,00 euros: por persona. Precio especial (gimnasio + nado libre + clases cuando haya plaza libres + 1 jacuzzy y una sauna al mes o 1 h de alquiler de padel en fin de semana): 45,00 euros Se considera categoría infantil hasta los 14 años (inclusive) y menores hasta los 18 años (inclusive). GIMNASIO COLECTIVOS O AYUNTAMIENTOS - Actividad Deportiva: Tarifa - Gimnasio: 32,00 euros - Gimnasio solo mañana de lunes a viernes (8:00 a 14:30): 16,00 euros - Gimnasio entrada puntual mañana: 2,00 euros - Gimnasio entrada puntual por la tarde: 3,00 euros - Entrada puntual clase dirigida mañana: 2,50 euros - Entrada puntual clase dirigida tarde: 3,50 euros - Combinados (aerobic, step, ciclo indoor..) - Pilates y pilates de embarazadas 2 días:18 euros - G.A.P. (glúteos, abdominales y piernas) - Hipopresivos ACUERDO PISTA PADEL CON COLECTIVO DE FUERA DEL MUNICIPIO O CON AYUNTAMIENTOS Una hora, tasa normal Sin luz: 10,00 euros Con luz: 12,00 euros Dos horas, tasa especial Sin luz: 5 euros Temporada de invierno (de octubre hasta mayo ambos Temporada de verano (de junio a septiembre ambos incluidos): de lunes a viernes de 8:00-15:00 h y de 16:00- Bono de 10 horas sin luz: 95,00 euros BONO DE 10 horas con luz: 110,00 euros OTRAS TARIFAS (NO EXISTE DIFERENCIACION CON O SIN CARNET DEPORTIVO). - PISTA DE AUTOMODELISMO Abono temporada: 1.350,00 euros (12 meses del año) AYUNTAMIENTO DE GALERA (Granada) NUMERO 5.071 Modificación ordenanza fiscal de la tasa por el servicio de cementerio EDICTO D. Miguel Angel Martínez Muñoz, Alcalde-Presidente de la Muy Leal Villa de Galera (Granada), HACE SABER: Que el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 23 de mayo de 2013, acordó, previo dictamen de la comisión especial de cuentas, la aprobación provisional de la modificación del artículo 3.2 de la ordenanza fiscal nº 9 reguladora de la tasa por el Servicio de Cementerio, relativo a la cuota tributaria y aplicación de tarifas. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el B.O.P., para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo, procediéndose a la publicación del texto íntegro de la modificación de la ordenanza fiscal en el B.O.P. para su efectividad y entrada en vigor, conforme al art. 17.3 del TRLRHL. Galera, 24 de mayo de 2013.-El Alcalde Presidente, fdo.: Miguel Angel Martínez Muñoz. AYUNTAMIENTO DE GALERA (Granada) Modificación ordenanza fiscal nº 20 EDICTO NUMERO 5.072 Miguel Angel Martínez Muñoz, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Galera (Granada). HACE SABER: Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 23 de mayo de 2013, acordó la aprobación inicial de la modificación de la ordenanza fiscal nº 20, reguladora de la tasa por la utilización de casas de baño, duchas, piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos. Según dispone el artículo 49 y 111 de la Ley 7/1985, de 2 de abril y el artículo 17.1 y 2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se abre un período de información pública y audiencia a los interesados por un plazo de treinta días, mediante publicación de anuncio de la modificación en el tablón de edictos del Ayuntamiento y publicación de éste en el Boletín Oficial de la Provincia, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias