EL PARTIDO JUDICIAL DE LEGANÉS: JUZGADOS DE1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN 363 1
I.- LA PLANTA JUDICIAL El partido judicial de Leganés cuenta con siete Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción. Estos Juzgados mixtos tienen un ámbito territorial formado únicamente por el municipio de Leganés. Los Juzgados están servidos por Magistrados desde su creación. II.- PLANTILLA ORGÁNICA A 31.12.3 JUECES: A la fecha indicada todos los Magistrados eran titulares o En destino a petición propia: 7 o En destino por ascenso forzoso: SECRETARIOS JUDICIALES: Todas las plazas estaban ocupadas por Secretarios titulares, todos ellos en destino a petición propia. PERSONAL COLABORADOR: o Definición de la plantilla: Cuerpo de Gestión Procesal: 3 Cuerpo de Tramitación Procesal: 4 Cuerpo de Auxilio Procesal: 2 III.- ESTUDIOS SOBRE POBLACIÓN 1.- DISTRIBUCIÓN POBLACIÓN TOTAL: 176.9 habitantes, según los últimos datos facilitados por el INE, cerrados a 1 de enero de 23. 2.- EVOLUCIÓN DE LA POBLACIÓN 1993-23 La población censada en el partido judicial ha crecido en el último decenio un,54%. En el periodo analizado el número de Juzgados se ha mantenido estable. 364 2
18. 175.952 176.9 17. 16. 1993 23 15. Nº habitantes censados 3.- VARIACIÓN POBLACIONAL Y RITMO DE CRECIMIENTO (1998-22) En el municipio de Leganés la variación poblacional se situó en el mientras que en la Comunidad de Madrid fue del 8,6%. Variación Población Valor Porcentual Ritmo de crecimiento anual Leganés 1273,7%,7% C.A.M. 435.816 8,6% 2,1% V.- RATIO HABITANTES/JUEZ En 1993 la ratio habitantes/juez indicaba un resultado de un juez por cada 25.136 habitantes. En 23 la ratio es muy similar y se sitúa en un juez por cada 25.271 habitantes. Ello implica que en el partido judicial hay 3,96 Jueces por cada 1. habitantes. 365 3
V.- ESTUDIO DE LA LITIGIOSIDAD EN EL ÚLTIMO QUINQUENIO 1.- ASUNTOS REGISTRADOS EN LOS JUZGADOS El volumen de asuntos ingresados en los Juzgados Mixtos ha crecido ininterrumpidamente en el último quinquenio. En 23, el porcentaje de asuntos civiles fue superior en un 34,87% al volumen de 1999. En cambio, el nivel de asuntos penales ingresado en este partido judicial en 23 fue inferior al de 1999 en un 1,81%. ASUNTOS CIVILES REGISTRADOS 2.5 2. 1.789 1.888 1.988 2.199 2.413 1.5 1. 5 ASUNTOS PENALES REGISTRADOS 25. 2. 22.96 23.14 2.51 19.14 2.431 15. 1. 5. 366 4
Una parte importante del incremento de la litigiosidad civil tras la entrada en vigor de la LEC 1/2 se ha encauzado a través del Proceso Monitorio. El número de asuntos de esta naturaleza presentado en los Juzgados de Leganés en 23 superó en un 73,68% el nivel del año 21. EVOLUCIÓN DEL REGISTRO DE PROCESOS MONITORIOS 6 594 4 342 411 2 21 22 23 Desde la entrada en vigor de la LEC 1/2 los Procesos Monitorios han supuesto, por tanto, un porcentaje cada vez más importante de la litigiosidad civil. IMPORTANCIA PORCENTUAL DE LOS PROCESOS MONITORIOS EN LA LITIGIOSIDAD CIVIL 35 3 25 2 15 1 24,62 17,2 18,69 21 22 23 El número de asuntos contenciosos puros, sin incluir los Procesos Monitorios, altera la tendencia alcista apreciada en las cifras globales antes apuntadas, ya 367 5
que desde esta perspectiva el nivel de la litigiosidad de 23 sería inferior en un 2,9% al registrado en el año 1999. EVOLUCIÓN DEL REGISTRO DE PROCESOS CONTENCIOSOS SIN COMPUTAR LOS PROCESOS MONITORIOS 2. 1.8 1.6 1.4 1.2 1. 1.62 1.722 1.562 1.573 1.415 Otro dato a tener en cuenta en el análisis del incremento de la entrada de asuntos en el quinquenio 1999-23 es el cambio en el sistema de registro de determinados asuntos. En efecto, hasta el año 23 las Medidas Cautelares y los incidentes no eran, en general, objeto de registro diferenciado y autónomo, ya que se tramitaban como piezas separadas de otros procedimientos principales. A partir de 23 ese volumen de trabajo, que ya existía como tal, comienza a ser registrado de forma autónoma, elevando lógicamente las cifras globales de asuntos registrados. En ese año, la suma de las Medidas Cautelares y de los Incidentes supuso un 6,8% de la litigiosidad total. Si analizamos la evolución de los asuntos estrictamente contenciosos desde la perspectiva de la homogeneización de los sistemas de registro, habría que concluir que el número de asuntos ingresados en 23 fue inferior en un 13,2% del año 1999. El gráfico explicativo de esta evolución sería el siguiente: 3686
EVOLUCIÓN DEL REGISTRO DE PROCESOS CONTENCIOSOS SIN COMPUTAR PROCESOS MONITORIOS, INCIDENTES Y MEDIDAS CAUTELARES 2. 1.8 1.6 1.4 1.2 1. 1.722 1.62 1.562 1.415 1.49 En definitiva, ese incremento de la litigiosidad que los números globales cifran en un 34,87% al final del quinquenio debe ser analizado teniendo en cuenta los factores explicados, ya que no tiene como única causa el aumento en el número de demandas presentadas, sino que también deben contemplarse como tales las modificaciones procesales y los cambios operados en los sistemas de registro. MEDIA DE INGRESO POR JUZGADO Y COMPARACIÓN CON EL MÓDULO DE ENTRADA El módulo de trabajo anual de los Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción se sitúa en 38 asuntos civiles contenciosos y en 25 asuntos penales. Los Juzgados de Leganés no alcanzan el módulo de entrada civil, con un déficit que oscila entre el 39,21% de 1999 y el 18,42% de 23. Sí se supera, en cambio, el módulo de entrada penal, con un exceso en 23 del 16,76%. 369 7
Módulo de Entrada Civil 4 38 3 2 231 246 251 282 31 1 Exigible Módulo de Entrada Penal 4. 3. 3.272 3.287 2.864 2.73 2.919 2.5 2. 1. Exigible 2.- ASUNTOS RESUELTOS EN LOS JUZGADOS La resolución civil resueltos en los Juzgados Mixtos de Leganés ha crecido también en un último quinquenio, excepción hecha del año 22. El número de asuntos civiles resueltos en 23 fue superior en un 29,88% al de 1999. El nivel de resolución de asuntos penales ha sido paralelo a los altibajos de la carga de ingreso. 37 8
ASUNTOS CIVILES RESUELTOS 1.727 2.243 2.6 2.13 1.918 5 1. 1.5 2. 2.5 ASUNTOS CIVILES RESUELTOS POR JUZGADO (MEDIA) 35 3 25 247 274 34 287 32 2 15 1 5 ASUNTOS PENALES RESUELTOS 19.81 19.323 21.133 22.737 22.782 17. 18. 19. 2. 21. 22. 23. 24. 371 9
ASUNTOS PENALES RESUELTOS POR JUZGADO (MEDIA) 33 32 31 3 29 28 27 26 25 24 3255 3248 276 2726 319 COMPARACIÓN CON EL MÓDULO DE RESOLUCIÓN (21-23) Los Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción de Leganés han superado año a año el módulo de trabajo, fijado para este tipo de órganos en 125 horas. El porcentaje de superación promediado ha sido variable, como se expone en el siguiente gráfico: SUPERACION DEL MÓDULO DE TRABAJO (Términos porcentuales) 2 18 16 14 12 1 8 6 4 2 1,73 7,89 18,8 21 22 23 372 1
3.- ASUNTOS PENDIENTES EN LOS JUZGADOS El volumen de asuntos civiles pendientes ha sufrido en los últimos cinco años una tendencia alcista sólo interrumpida en el año 21. El número de asuntos pendientes al final del periodo superaba en un 15,25% las cifras de partida. Los asuntos penales pendientes han sufrido oscilaciones, aunque también en este caso la línea de pendencia traza recorridos al alza, con un incremento al final del quinquenio del 38,8%. ASUNTOS CIVILES PENDIENTES: DATOS GLOBALES 2. 1.5 1.443 1.413 1.292 1.486 1.663 1. 5 ASUNTOS CIVILES PENDIENTES POR JUZGADO (MEDIA) 238 212 185 22 26 5 1 15 2 25 373 11
ASUNTOS PENALES PENDIENTES: DATOS GLOBALES 4. 3. 2.311 2.726 3.581 3.749 3.191 2. 1. ASUNTOS PENALES PENDIENTES POR JUZGADO (MEDIA) 456 536 512 389 33 1 2 3 4 5 6 4.- OTRAS VARIABLES DE LITIGIOSIDAD A.- EVOLUCION DEL TIEMPO MEDIO DE RESPUESTA EN MESES El tiempo de respuesta en meses se obtiene a través de dos variables: el número de asuntos resueltos en un año y el número de asuntos pendientes al final de esa anualidad. Este dato refleja el número de meses que, como promedio, tarda en resolverse un asunto si las circunstancias de la anualidad que se toma como referencia de los asuntos resueltos no varían sustancialmente. En los Juzgados mixtos de Leganés el tiempo medio de 374 12
respuesta ha sufrido las variaciones que se exponen en el siguiente gráfico, en el que respecto de los Juicios Ordinarios, Verbales y Desahucios sólo se ofrecen datos a partir de 21 debido a la modificación procesal que entró en vigor en ese año. El tiempo medio general de los asuntos civiles, en datos de 23 (8,1) es ligeramente superior a la media nacional (7,81), aunque inferior a la media de la Comunidad Autónoma (8,92). 3 25 2 15 1 5 9,1 8,1 6,6 8,1 8,1 25,6 8,8 9,9 7,2 4,8 4,5 5,8 3,9 3,9 2 4 4,5 3,5 3,1 Civil General Ordinarios Verbales Desahucios Juicios de Faltas B.- TASA DE RESOLUCIÓN La tasa de resolución indica la relación entre los asuntos resueltos en un determinado periodo y los asuntos registrados en el mismo. Cuando alcanza valores superiores a 1, indica que se está resolviendo más de lo que se ingresa, es decir, que se está reduciendo la pendencia. En los asuntos civiles, la tasa siguió una evolución favorable hasta 22, recuperándose luego ligeramente en 23, año en que se equiparó con la media nacional (,92). En los asuntos penales, tras el descenso apreciado en 2 y 21, la tasa de resolución ha mejorado en los dos últimos años, llegando a superar en 23 la media del conjunto del Estado (1,4 frente 1,1). 375 13
Penal Civil,92,91,99,96,98,99 1,1,96 1,4 1,7 23 22 21 2 1999 C.- TASA DE PENDENCIA Este concepto indica la relación entre los asuntos pendientes al final de un periodo y los resueltos durante ese periodo, de modo que es más favorable cuanto menor sea su valor. En 23 la tasa de pendencia civil se situó ligeramente por encima de la media (,72), al contrario de lo que sucedió con los asuntos penales, en los que la tasa de pendencia alcanzada (,15) se situó por debajo del,2 que como media ofrecen este tipo de órganos. EVOLUCIÓN DE LA TASA DE PENDENCIA 1,8,6,4,2,83,73,6,74,74,1,11,18,19,15 TP Civil TP Penal 376 14
D.- TASA DE CONGESTIÓN Este dato se obtiene a partir de tres variables: los asuntos pendientes al inicio de un periodo, los registrados y los terminados durante ese mismo periodo. Refleja una situación más favorable cuanto menor es el valor resultante. Los valores apreciados en 23 son muy similares a la media nacional en asuntos civiles (1,73 en el partido judicial, sobre 1,74 en España) y ligeramente inferiores en los asuntos penales (1,13 frente a 1,21). Penal Civil 1,13 1,18 1,17 1,11 1,9 1,73 1,74 1,59 1,73 1,86 23 22 21 2 1999 VI.- INFRAESTRUCTURAS Los Juzgados de Leganés están ubicados en un edificio de reciente construcción, dotado de espacio para dos Juzgados más. Grado de satisfacción: las instalaciones son adecuadas. Situación actual de otros servicios Servicios Comunes: no existen Oficina de Atención a la Víctima: está constituida en la propia sede judicial Servicio de Orientación Jurídica: no existe Colegio de Procuradores: con dependencias en la sede judicial 377 15
Servicio de traslado de escritos y documentos: funciona correctamente. Fiscalía: cuenta en el propio edificio con una subsede de la Adscripción Permanente de Getafe, integrada por cinco Fisca-les que prestan servicio a los Juzgados de Leganés y Navalcarnero. Forensía: el edificio cuenta con dependencias adecuadas para los tres Forenses adscritos. Oficina de Averiguación Patrimonial: A.P. de Madrid Oficina de Peritación: T.S.J. de Madrid Equipos Psicosociales: cuanta con Equipo propio, que presta asistencia externa a otros partidos judiciales. En la actualidad han asumido también la función de emisión de informes en causas penales, lo que ha supuesto un notable incremento de su volumen de trabajo. Puntos de Encuentro Familiar: no existe Salas de Vistas: se cumple la ratio de una sala de vistas para cada dos Juzgados. Sistema de grabación audiovisual: VHS. Cuenta con equipo de videoconferencia Programa informático: Libra, el grado de satisfacción calificado por los usuarios del partido es bajo; tanto el Decanato como el Registro Civil cuentan con programa informático propio. Necesidades Implantación de un Servicio Común para los actos de comunicación y ejecución, sin perjuicio de la implantación de los servicios procesales o auxiliares que procedan en el desarrollo de la L.O.P.J Creación de suficientes Puntos de Encuentro Familiar, agrupados por sectores territoriales Efectiva creación de un registro informático interconectado Mejora sustancial del programa informático actual con cursos de formación periódicos Sustitución de actual sistema de grabación por otro más acorde con los avances tecnológicos 378 16
VIII.- ALTERNATIVAS SOBRE PLANTA JUDICIAL Con la actual planta de Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción, se compensa el exceso de trabajo penal con una menor entrada de asuntos civiles. Sin embargo, aunque el incremento de la población ha sido moderado en el último decenio, el desarrollo de diversas actuaciones urbanísticas, fundamentalmente en el llamado Leganés Norte, con unas treinta mil viviendas, provocará un aumento de la población mucho más acusado, por lo que a medio plazo será necesario un octavo Juzgado. PROPUESTA: Creación a medio plazo de un nuevo Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción. 379 17