Restricción Cuarta.- Vehículos que por sus características técnicas o por la. carga que transportan precisan autorización complementaria y vehículos

Documentos relacionados
Restricción Tercera.- Vehículos de más de kg de MMA de transporte. de mercancías.

Restricción Tercera.- Vehículos de más de kg de MMA de transporte. de mercancías.

Restricción Tercera.- Vehículos de más de kg de MMA de transporte. de mercancías.

Restricción Cuarta.- Vehículos que por sus características técnicas o por la. carga que transportan precisan autorización complementaria y vehículos

Restricción Segunda.- Vehículos que transportan mercancías peligrosas.

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO. jueves 24 de diciembre de 2015

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO. viernes 21 de diciembre de 2012

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA

7. Restricciones y paralización de obras

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Restricción Segunda.- Vehículos que transportan mercancías peligrosas.

RESTRICCIONES DE TRÁFICO ESTATALES PARA EL AÑO 2016

RESTRICCIONES DE TRÁFICO ESTATALES PARA EL AÑO 2017

Restricción Segunda.- Vehículos que transportan mercancías peligrosas.

RESTRICCIONES A LA CIRCULACIÓN EN CATALUÑA PARA EL AÑO 2012 MADRID, 3 DE ENERO DE 2012

BOLETÍN Nº 6-10 de enero de 2014

BOLETÍN Nº 6-10 de enero de 2014

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

8. Restricciones y paralización de obras

ANEXO 2. INVENTARIO DE DATOS GEOMÉTRICOS

RESTRICCIONES A LA CIRCULACIÓN EN CATALUÑA PARA EL AÑO 2016

Restricciones a la circulación de camiones

7. Restricciones y paralización de obras

RESOLUCIÓN de 24 de enero de 2014, de la Directora General de. Tráfico, por la que se establecen medidas especiales de

PRESENTACIÓN. Elaborado por el Departamento Técnico de CONSEGUR Burgos a 10 de febrero de 2014

RESTRICCIONES de MM.PP Julio 2015

TRANSPORTE INTERNACIONAL. Se enumeran para seguir un orden.

Nota de prensa de Castilla y León.

CRITERIOS GENERALES PARA SOLICITUD DE ACC (anexo V de la instrucción 16TV- 90 de la DGT)

PROHIBICIONES DE CIRCULACIÓN PARA VEHÍCULOS EN POLONIA

RESOLUCIÓN de 2 de enero de 2017, de la Dirección General de. Tráfico, por la que se establecen medidas especiales de regulación

En Semana Santa no hay que bajar la guardia al volante.

7. Restricciones y paralización de obras

Primero. Restricciones a la circulación. Se establecen las restricciones de circulación que a continuación se relacionan:

RESTRICCIONES A LA CIRCULACIÓN EN CATALUÑA PARA EL AÑO 2017

PROHIBICIONES DE CIRCULACION PARA VEHICULOS EN LUXEMBURGO

CATALUÑA 2017 Resolución, por la que se establecen las restricciones a la circulación durante el año RESTRICCIONES de MM.

MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL. Disposición Nº 255/2013. Bs. As., 5/6/2013

por Carretera y la Logística de Bizkaia ADELANTO RESTRICCIONES A LA CIRCULACIÓN DE Y FESTIVIDADES LA UE 2017

Dirección General de Tráfico, por la que se establecen medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2014.

Se puede conducir, con el permiso B, un tractor agrícola de más de kg de MMA que lleva enganchado un remolque?

MERCANCÍAS PELIGROSAS-RENOVACIÓN

4. ANÁLISIS DE LA RED POR INDICADORES

PROYECTO DE LEY LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE SANCIONA CON FUERZA DE LEY:

PROHIBICIONES DE CIRCULACION PARA VEHICULOS PESADOS EN ITALIA. Para camiones y remolques de más de 7,5 t. de PMA.

I. Disposiciones generales

Instrucción 11/S-125

OPERACIÓN ESPECIAL DE TRÁFICO PUENTE DE LA CONSTITUCIÓN - INMACULADA 2010

Medidas especiales de. regulación del transporte de mercancías en las carreteras de Cataluña

MANIPULACIÓN DE MERCANCIAS PELIGROSAS (OBTENCIÓN)

Restricciones a la circulación para las carreteras de Cataluña 2017

Restricciones en la circulación de las carreteras de Cataluña

ASPECTOS GENERALES SOBRE LAS AUTORIZACIONES COMPLEMENTARIAS DE LA CIRCULACIÓN

NOTA El presente texto es un documento de divulgación sin ningún carácter oficial, que recoge la norma íntegra actualizada.

Subsecretaría de Transporte Automotor TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS. Disposición 13/2009

INSTRUCCIÓN 15/TV-87

EL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS

VEHÍCULOS PESADOS Calendario de restricciones particulares de circulación

NOTA INFORMATIVA MODIFICACIÓN DE LOS PLAZOS DE LA I.T.V. Y EXTENSIÓN DE SU OBLIGACIÓN A CICLOMOTORES, QUADS Y CUATRICICLOS.

Nº Rev. Fecha Motivo Modificación Edición Inicial ª Modificación ª Modificación Realizado por:

Comisión Provincial sobre Tráfico y Seguridad Vial

* H. U. I. S. * ALUMNOS Y GRUPOS POR CURSO MATRICULA 2001/2002 EPA FECHA:10/04/2002 PAG.: 1

INFORMACIÓN SOBRE PERIODOS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO EN EL TRANSPORTE POR CARRETERA

Resolución INT/2955/2012,

ASETRA INFORMA (006/ /01/2016) RESTRICCIONES AL TRÁFICO NACIONALES 2016

ORDENANZA MUNICIPAL DE REGULACIÓN DEL TRÁFICO URBANO DE CAMIONES

RESTRICCIONES A LA CIRCULACIÓN EN FRANCIA PARA EL 2013

ANEJO Nº 19 SISTEMAS DE TRANSPORTE INTELIGENTE (ITS) Proyecto de Construcción Reordenación del Enlace de la Pañoleta y Accesos a Camas (Sevilla)

FORO MOVILIDAD CAPV. 20 de noviembre de 2015

1. CLASIFICACIÓN DE LA RED DE CARRETERAS DEL PAÍS VASCO

Descripción Plazo Funciones Contacto Provincia

3ª MODIFICACIÓN ORDENANZA REGULADORA DEL APARCAMIENTO LIMITADO EN EL TIEMPO DE VEHÍCULOS EN LA CIUDAD DE EIBAR.

RESUMEN DE LAS PRINCIPALES MODIFICACIONES ADR 2015

RESTRICCIONES de MM.PP Marzo 2015 A.D.R. PERIODOS RESTRINGIDOS

VEHÍCULOS PESADOS Calendario de restricciones particulares de circulación

EN LA PROVINCIA DE SANTA FE

DERECHO DE PAGO DENOMINACION DEL TRAMITE

Exposición de motivos.

OPERACIÓN SALIDA 1 DE AGOSTO PRESENTACIÓN NUEVOS RADARES

Les informo que el día 28 de abril del 2017 la Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicó en el Diario Oficial de la Federación la Primera

Nota de prensa. La DGT intensificará este verano la vigilancia en las carreteras convencionales de Castilla y León

MASAS Y DIMENSIONES PERMITIDAS.

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

PORTUGAL: PROHIBICIONES DE CIRCULACIÓN 2017

SOLUCIONES TEST 5. TITULO II. LEY DE TRÁFICO Y SEGURIDAD VIAL

DESCRIPCIÓN SUMARIA DE LA MATERIA-SERVICIO A TRANSFERIR

CAPACITACION DIRECTA

ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES

ANEXO 4. ANÁLISIS POR ITINERARIOS BÁSICOS

INFORMACIÓN SOBRE LA RED FERROVIARIA DEL PUERTO DE VALENCIA 2017 ACTUALIZACION ABRIL 2017

Ingenieria Especializada en Conservación de Carreteras

INFORMES MONOGRÁFICOS DE TRÁFICO Nº 4 ACCIDENTES DE BICICLETAS EN LAS CARRETERAS DE EUSKADI

Plan de formación 2014 Jornada técnica Operaciones de transporte de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español

4. MAPAS DE DISTRIBUCIÓN TERRITORIAL DE LOS EXCURSIONISTAS

nota de prensa Semana Santa - Autopista AP7 AP-7, AP-2, C-32 y C-33

Viernes, 9 de enero. Año 2015 Número 5

Transcripción:

Restricción Cuarta.- Vehículos que por sus características técnicas o por la carga que transportan precisan autorización complementaria y vehículos especiales que no precisan autorización complementaria. 1.- Se prohíbe la circulación por las vías públicas a los vehículos, que por sus características técnicas o por la carga que transportan requieran para circular una autorización especial por exceder las masas o dimensiones máximas legalmente establecidas durante los siguientes días y horas (artículo 14 del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 diciembre): - los domingos y festivos (en toda la CAPV): desde las 00:00 hasta las 24:00 horas - los sábados y vísperas de los días festivos (en toda la CAPV): desde las 13:00 hasta las 24:00 horas. 2.- A los vehículos especiales de obras, servicios o maquinaria agrícola, con o sin autorización complementaria de circulación, les será aplicable las restricciones recogidas en el anexo II de esta resolución. 3.- Sin embargo, estas restricciones no serán de aplicación a los vehículos que transporten las materias o realicen las funciones a las que se hace referencia en el anexo IV. ANEXO II MERCANCIAS GENERAL Y MERCANCIAS PELIGROSAS La circulación de los vehículos de más de 7.500 Kg. de MMA por las vías públicas de la CAPV se realizará con adecuación a las siguientes restricciones. Restricciones específicas: 1º. Periodo estival.

Se prohíbe la circulación de los vehículos de más de 7.500 Kg. de MMA entre el 2 de junio al 9 de septiembre. a) desde las 11:00 horas hasta las 14:00 horas de los sábados, domingos y festivos por las siguientes vías: A-8 Autopista del 119,5 139,21 Cantábrico A-1 Madrid-Irun 352 336 Enlace N-622 A-1 Madrid-Irun 329 321 b) desde las 16:00 horas hasta las 21:00 horas de los domingos y festivos por las siguientes vías: A-8 Autopista del 139,21 119,5 Bilbao Cantábrico A-1 Madrid-Irun 321 329 A-1 Madrid-Irun 336 352 Enlace N-622 2º. Fechas específicas. Se prohíbe la circulación a los vehículos de más de 7.500 Kg. de MMA por las vías que se citan a continuación en las fechas y horarios que se indican: 1.- Desde las 17:00 hasta las 21:00 horas los siguientes días: 5 de enero, 22 de junio y 5 de diciembre Desde las 11:00 hasta las 14:00 horas los siguientes días: 6 de enero, 23 de junio, 6, 24 y 31 de diciembre. A-8 Autopista del 119,5 139,21 Cantábrico 107 136,140

2.- Desde las 16:00 hasta 21:00 horas los siguientes días: 7 de enero, 9 y 25 de diciembre, y 1 de enero de 2019. A-8 Autopista del 139,21 119,5 Bilbao Cantábrico 136,140 107 Bilbao 3.- Desde 17:00 hasta 21:00 horas los siguientes días: 28 de marzo, 27 de abril, 27 de julio, 11 y 31 de octubre. Desde las 10:00 hasta 15:00 horas los siguientes días: 29 de marzo (excepto por la A-1), 28 de abril, 28 de julio, 12 de octubre y 1 de noviembre. El día 29 de marzo por la A-1 desde las 8:00 hasta las 14:00 horas. A-8 Autopista Cantábrico 119,5 139,21 107 136,140 A-1 Madrid-Irún 352 336 Enlace N-622 A-1 Madrid-Irún 329 321 N-240 Tarragona-Bilbao por 55,77 N-240 Tarragona-Bilbao por 4,9 4.- Desde 17:00 hasta 21:00 horas los siguientes días: 31 de julio. Desde las 10:00 hasta 15:00 horas los siguientes días: 1 de agosto. A-8 Autopista Cantábrico 119,5 139,21 107 136,140 A-1 Madrid-Irún 352 336 Enlace N-622 A-1 Madrid-Irún 329 321

N-240 Tarragona-Bilbao por N-240 Tarragona-Bilbao por N-622 Autovía Altube/Vitoria- Gasteiz 55,77 10 7,6 4,5 5.- Desde las 16:00 hasta las 21:00 horas los siguientes días: 2 de abril, 1 de mayo, 14 de octubre y 4 de noviembre. A-8 Autopista Cantábrico 139,21 119,5 Bilbao 136,140 107 Bilbao A-1 Madrid-Irún 336 352 Enlace N-622 A-1 Madrid-Irún 321 329 N-240 Tarragona-Bilbao por 55,77 Bilbao N-240 Tarragona-Bilbao por 4,9 Bilbao 6.- Desde las 22:00 horas de la víspera hasta las 22:00 horas de los siguientes días: 2 de abril, 8 de mayo, 10 de mayo, 21 de mayo, 5 de junio y 14 de julio. Esta restricción sólo afecta al transporte transfronterizo AP-8 Autopista Cantábrico 104 0 Frontera Behobia Erletxe GI-20 Variante de Donosita-San 15,572 0 Sebastián enlace AP-8 Aritzeta enlace AP-8 Errenteria A-15 Autovía -Gipuzkoa 139,7 156,560 Andoain AP-1 Autopista Vitoria/Gasteiz-Irun por Eibar 102,700 Peaje Etxebarri A-1 Madrid-Irún 321,4 A-1 Madrid-Irún 336 146,150 Enlace Maltzaga con AP-8 329 352 enlace N- Irún

N-I Madrid-Irún 405,450 (Etxegarate) GI-636 GI-11 N-121A Errenteria-Irun (antigua N-I) Lasarte-Donostia/San Sebastián (antigua N-IA) Behobia/ 0 enlace GI-20 Pasaia 0 enlace N-I 68,460 622 454,470 enlace AP- 8/AP-1 Lasarte-Oria 17,235 Behobia 2,523 enlace GI-20 75,020 Behobia Donosita-San Sebastián ANEXO IV MERCANCÍAS EN GENERAL De modo permanente sin necesidad de solicitar exención: - Transporte de animales vivos. - Vehículos en carga para la instalación de ferias, exposiciones y espectáculos, manifestaciones deportivas, culturales, educativas o políticas. - Transporte exclusivo de prensa. - Transporte de correo y telégrafos. - Transporte de unidades móviles de medios de comunicación audiovisual. - Vehículos especialmente construidos para la venta ambulante de los productos transportados. - Vehículos de atención de emergencias. - Vehículos en vacío, relacionados con los transportes mencionados anteriormente. - Grúas de servicio de auxilio en carretera (señal V-24) exclusivamente para el acceso desde su base al lugar del suceso o el traslado del vehículo accidentado o averiado al lugar donde deba quedar depositado y el regreso a la base en vacío. - Vehículos de apoyo o de transporte de material necesario para realizar labores de reparación de instalaciones básicas de servicios de primera necesidad (tendido eléctrico, gas, agua, telefonía, fibra óptica para comunicaciones).

- Vehículos que transporten fundentes para el mantenimiento de la vialidad de las carreteras en periodo invernal. - Maquinaria de servicios automotriz y grúas de elevación en casos de urgente e inmediata presencia en el lugar del suceso cuando el servicio esté vinculado a una autorización complementaria de circulación, debiendo cumplir la obligación de aviso contemplada en el condicionado de dichas autorizaciones. - Transporte de mercancías perecederas a temperatura regulada, conforme Anejo 3 del Acuerdo internacional sobre el transporte de mercancías perecederas (ATP) así como las frutas y verduras frescas, en vehículos que satisfagan las definiciones y normas expresadas en el anejo 1 del ATP. En todo caso, la mercancía perecedera deberá suponer al menos la mitad de la capacidad de carga útil del vehículo u ocupar la mitad del volumen de carga útil del vehículo.