Vicerrectoría del Medio Universitario Centro Javeriano de Formación Deportiva Línea de Deportes XXV OLIMPIADA JAVERIANA 2017 REGLAMENTO GENERAL CAPITULO I DEFINICIÓN 1. La Olimpiada de la Pontificia Universidad Javeriana es un proceso de formación deportiva que a través de la sana competencia busca, alrededor de la actividad física, la recreación y el deporte apoyar y contribuir a la integración de la Comunidad Educativa Javeriana fomentando el bienestar de los estudiantes, docentes, egresados y empleados de las diferentes Facultades y dependencias administrativas de la Universidad. CAPITULO II ORGANIZACIÓN 2. La organización de la Olimpiada está a cargo de la Vicerrectoría del Medio Universitario, a través del Centro Javeriano de Formación Deportiva, su Línea de Deportes y los Profesionales de Promoción. En tal sentido, hacen parte de la Organización el Director del C.J.F.D., el Coordinador del Línea de Deportes, el equipo de entrenadores y el equipo de Profesionales de Promoción. La organización está apoyada por el Comité Disciplinario. 3. El Comité Disciplinario está encargado de imponer las sanciones a que haya lugar a los participantes que cometan infracciones a las normas, que trasciendan las de orden técnico contenido en los Reglamentos de cada uno de los torneos. El Comité está conformado por el Coordinador de la línea de deportes, un Decano, un Asesor Jurídico y un representante de la Vicerrectoría del Medio Universitario. Las sanciones técnicas son determinadas y aplicadas por la Organización. 4. Los Profesionales de promoción de Facultad, los Entrenadores y las directivas del C.J.F.D como parte de la Organización, ejercen la función de veeduría de las competencias registrando las incidencias inherentes a éstas. Sus informes serán tenidos en cuenta para tomar decisiones administrativas, técnicas y disciplinarias en la Olimpiada. 5. El personal de juzgamiento es el encargado de aplicar los reglamentos correspondientes a cada deporte. CAPITULO III PARTICIPANTES 6. Son participantes de la Olimpiada Javeriana todas las personas registradas en las planillas de inscripción de la Olimpiada como parte de cualquier delegación deportiva en calidad de deportistas o entrenadores, las cuales estarán registradas en el sistema de inscripción vigente XIE 7. Los deportistas que toman parte en la Olimpiada Javeriana deben ser: a. Estudiantes de pregrado, posgrado y preuniversitario con matricula activa en la Universidad.
o El único documento válido para participar en las competencias de la olimpiada Javeriana es el carnet institucional con el stiker vigente. b. Estudiantes que realizan trabajo de grado, siguiendo con el procedimiento establecido para tal caso. c. Profesores con contrato laboral vigente con la Universidad. d. Empleados administrativos con contrato laboral vigente con la Universidad. e. Egresados de cada una de las Facultades donde hayan terminado sus estudios de pregrado y/o posgrado, siguiendo con el procedimiento establecido para tal caso. 8. Una Facultad puede inscribir como deportistas de su registro a los estudiantes de pregrado, postgrado, preuniversitario, convenios o de intercambios adscritos a ella mediante matricula activa, egresados de pregrado o posgrado, profesores y empleados administrativos con contrato laboral vigente. El estado de matrícula será el registrado en la Oficina de Admisiones y Registro. El estado de los egresados será el certificado por la Dirección de Relación con Egresados. El contrato laboral y la adscripción a la Facultad será el registrado en la nómina de la Dirección de Gestión Humana. Una Facultad también podrá inscribir estudiantes no matriculados, siempre y cuando estén desarrollando trabajo de grado o a la espera de la ceremonia de grado. 9. Los deportistas pertenecientes a la Planta Docente y al Personal Administrativo de las Facultades podrán participar en la Olimpiada en representación de la Facultad a la que estén vinculados o participar por la Delegación del Personal Administrativo. 10. Los egresados pueden participar por la Facultad del programa de pregrado o posgrado del que fue graduado. 11. El Personal Administrativo puede inscribir como deportistas de su registro a los empleados y docentes de la Universidad con contrato laboral vigente. 12. Una persona no puede participar más que por una delegación a la cual esté vinculado en cada periodo académico, es decir como estudiante, egresado, profesor o empleado administrativo; si está vinculado a más de una Facultad y/o dependencia administrativa, el deportista deberá decidir por cuál de ellas participa. 13. Se hacen las siguientes disposiciones particulares: a. Una Facultad podrá inscribir a personas adscritas a la Oficina de Campus, que le presten únicamente servicios de aseo, conserjería o seguridad. b. La Facultad de Teología podrá inscribir a los funcionarios del Archivo Histórico, de la Biblioteca Mario Valenzuela S.J. y del programa de Derecho Canónico como parte de su nómina de deportistas. c. Cualquier estudiante de la Maestría o la Especialización en Bioética podrá participar en la Olimpiada representando a alguna de las Facultades con las que los programas tienen vínculo: Ciencias, Ciencias Jurídicas, Ciencias Sociales, Enfermería, EAR, Filosofía, Odontología, Medicina, Psicología, Teología d. Podrán participar por los equipos Interfacultades aquellos jugadores cuyas Facultades no cuenten con el número mínimo de integrantes para conformar alguno de los equipos de conjunto. e. Los deportistas de selección de la Universidad deberán tener en cuenta el reglamento de la disciplina deportiva correspondiente.
f. Los jugadores que cambian de equipo continuarán cumpliendo las sanciones que le hayan sido aplicadas, los tantos o marcas obtenidos por estos no serán tenidos en cuenta en la nueva delegación. CAPITULO IV - ACTIVIDADES 14. Los Deportes de Conjunto, Deportes Individuales y Actividades oficiales de la Olimpiada Javeriana son todos los que hayan sido incluidos en el programa y tengan al menos 4 Delegaciones participantes, asimismo para oficializar un deporte individual en la Olimpiada Javeriana, se debe contar con un mínimo de participantes no menor a 3 deportistas. 15. Los deportes y actividades programadas en la Olimpiada Javeriana son: ajedrez, atletismo, baloncesto, billar, bolos, fútbol (masculino), fútbol 8 (femenino), fútbol sala, karate, natación, squash, rana, rugby, rumba, taekwondo, tejo, tenis de campo, tenis de mesa, tchouckball, ultímate, voleibol y voleibol arena. Todos los deportes se realizarán en las ramas masculina y femenina, con excepción de bolos, tchouckball y ultímate, los cuales son mixtos. CAPITULO V CRONOGRAMA 16. La Olimpiada Javeriana se realiza durante los dos periodos académico, con dos fases definidas: Fase de categorización y Fase final, de acuerdo con el siguiente cronograma: a. Publicación del Reglamento General: 31 de enero b. Publicación del Cronograma de actividades: 3 de febrero c. Sorteo del torneos: 09-10 de febrero, CJFD d. Inscripción de deportes de conjunto por Facultad 1. Inscripción en plataforma XIE Equipos de Facultades 16 Enero 30 Enero 2. Inscripciones en plataforma XIE Olimpiada Javeriana o Deportes de Conjunto 16 Enero 10 de Febrero o Deportes Individuales (cronograma particular de cada evento) 3. Entrega de planillas de inscripción 16 de febrero, 11:00 a.m. oficina de coordinación (planilla en físico y correo electrónico) e. Competencias 1. Inicio competencias olimpiada fase de categorización: 20 de febrero 2. Finalización competencias primer semestre: 20 de mayo 3. Entrega de planillas con modificaciones: 04 de agosto 4. Inicio competencias segundo semestre: 8 de agosto 5. Finalización fase de categorización: 19 de agosto 6. Inicio fase final Olimpiada: 24 de agosto 7. Finalización fase final: 18 de noviembre f. Inauguración: 6 de mayo g. Clausura: 24 de noviembre.
CAPITULO VI - INSCRIPCIONES 17. La inscripción de los equipos de deportes de conjunto se oficializará con la planilla de inscripción suministrada por los entrenadores y avalada por la Facultad respectiva; se podrán realizar modificaciones en la planilla en caso de lesión comprobada con 8 días previos a la competencia y con el aval del coordinador de la Línea. Para los deportes de bolos, minitejo, tejo, ultímate y voleibol arena, la inscripción se confirmará con el diligenciamiento de las planillas de inscripción. Las inscripciones para la Rumba Aeróbica y Rana se harán in situ con las personas que se presenten a cada actividad. La pre-inscripción de los deportes individuales se harán 8 días antes de la reunión técnica. Las inscripciones de deportes individuales se harán hasta el día y hora del congreso técnico de cada disciplina deportiva. 18. Las Delegaciones participantes tienen derecho a inscribir equipos en cada uno de los siguientes deportes tanto en rama masculina como en rama femenina: baloncesto, fútbol, fútbol sala, rugby, tejo, ultímate, voleibol y voleibol arena; en bolos un (1) equipo mixto. Cada delegación definirá en conjunto con el Centro Javeriano de Formación deportiva los parámetros para la conformación de los múltiples equipos en cada disciplina deportiva. 19. El número de jugadores inscritos por Facultad en cada deporte de conjunto es: a. Baloncesto, fútbol sala y voleibol: mínimo 8 y máximo 16 b. Bolos: mínimo 4 y máximo 4 c. Fútbol femenino: mínimo 11 y máximo 16 d. Fútbol masculino: mínimo 16 y máximo 25 e. Tejo: mínimo 4 y máximo 8 f. Ultímate: mínimo 10 (al menos 2 mujeres) y máximo 16 (al menos 4 mujeres) g. Voleibol de Arena: mínimo 2 y máximo 6. h. Tchouckball: mínimo 5 máximo 12 i. Rugby: mínimo 5 máximo 12 20. En atletismo y natación el número de deportistas inscritos es abierto; se puede inscribir un relevo en las pruebas de este tipo. Cada deportista podrá participar hasta en 6 pruebas en total incluidos los relevos. 21. En squash, tenis de campo, tenis de mesa, ajedrez, karate y taekwondo, el número de inscritos por delegación es abierto. 22. Los egresados podrán ser inscritos en las planillas de juego y estar en campo, en cada deporte de conjunto de acuerdo a las siguientes condiciones: a. Baloncesto, fútbol sala y voleibol: máximo 2 inscritos. b. Fútbol femenino: máximo 2 inscritas. c. Fútbol masculino: máximo 2 inscritos. d. Rugby: máximo 2 inscritos. e. Tejo y minitejo: máximo 1 inscritos. f. Ultímate: máximo 1 mujer, 1 hombre
Nota: En el desarrollo del partido pueden estar inscritos los egresados en la planilla pero solo podrá estar uno (1) en campo. 23. Los deportistas inscritos podrán participar hasta en dos (2) deportes de conjunto y dos (2) deportes individuales de su elección. Nota: los deportistas que se inscriban en fútbol no podrán participar en fútbol sala o viceversa. CAPITULO VII - REGLAS DE JUEGO Y COMPETICIÓN 24. En todas las disciplinas deportivas se aplican los reglamentos de juego y/o competencia aprobados por la Organización, los cuales serán publicados en la página de Centro deportivo. 25. El sistema de competición para cada deporte es definido por la Organización dependiendo del número de participantes inscritos para cada uno de los torneos. Cuando éstos sean realizados con una sola categoría, la puntuación que obtendrán los equipos para el Trofeo General de la Olimpiada será la siguiente: Primer lugar 22 puntos Segundo lugar 19 puntos Tercer lugar 17 puntos Cuarto lugar 15 puntos Quinto lugar 13 puntos Sexto lugar 12 puntos Séptimo lugar 11 puntos Octavo lugar 10 puntos Noveno lugar 9 puntos Décimo lugar 8 puntos Décimo primer lugar 7 puntos Décimo segundo lugar 6 puntos Décimo tercer lugar 5 puntos Décimo cuarto lugar 4 puntos Décimo quinto lugar 3 puntos Décimo sexto lugar 2 puntos Décimo séptimo lugar 1 punto Décimo octavo lugar 1 punto Nota: en caso de que una Facultad participe con varios equipos en el mismo deporte el puntaje que se tendrá en cuenta es el de mejor clasificación. 26. En las disciplinas en que se defina, se organizarán dos niveles de competencia según los resultados de la Primera Fase: Categoría A y Categoría B, los cuales tendrán la siguiente escala de puntuación para el Trofeo General de la Olimpiada: - Categoría A: Tendrá la misma escala de puntuación que se relaciona en el apartado número 25 disminuyendo sucesivamente en relación con el número de equipos definido para la categoría.
- Categoría B: Iniciará con el puntaje correspondiente al penúltimo lugar de la categoría A disminuyendo sucesivamente hasta el último lugar. Nota 1: La clasificación, en el caso de los torneos con número impar de equipos, será de la mitad más uno para la Categoría A y el resto para la Categoría B Nota 2: Se realizarán categorías en los torneos que se confirmen ocho (8) o más equipos. 27. Los participantes están obligados a identificarse ante los jueces con el carné oficial de la Universidad. Para el caso de los estudiantes el carné debe contar con el sticker vigente de cada semestre. 28. Para tomar parte en las competencias, el deportista debe ser habilitado por la Organización, estar registrado en el sistema XIE y en las planillas de competencia. 29. Toda reclamación relacionada con el desarrollo de la Olimpiada, debe ser presentada en forma escrita a la Coordinación del Línea de Deportes por medio del profesional de promoción de la Delegación respectiva en el transcurso del día hábil siguiente a la competencia, citando el artículo del reglamento violado y anexando las pruebas pertinentes. La instancia competente la resolverá ordinariamente dentro de los tres días hábiles siguientes a la presentación del recurso y extraordinariamente en el tiempo que la competencia lo exija. 30. Para las competencias, los participantes están en la obligación de utilizar los implementos deportivos exigidos por el reglamento del deporte respectivo (indumentaria, elementos de protección y de juego). 31. Los árbitros y jueces buscando la equidad y la justicia en la aplicación de los reglamentos son los representantes de la Organización en el terreno de juego y sus decisiones una vez ejecutadas son inapelables. 32. El capitán al término del encuentro debe firmar obligatoriamente la planilla de juego, previa revisión de la información consignada en el informe arbitral. 33. Los sistemas de competencia podrán ser modificados por la organización cuando se presenten las siguientes situaciones: a. Cuando el escenario este en mantenimiento. b. Cuando el escenario no esté disponible por eventos institucionales. c. Cuando la cantidad de equipos participantes no sea suficiente para continuar con el sistema establecido. d. Cuando ingresen nuevos equipos a los torneos. CAPITULO VIII - ASPECTOS DISCIPLINARIOS 34. Cada reglamento de competición, en cada uno de los deportes, tiene un código de sanciones, referidas a las faltas disciplinarias de tipo técnico. Estas se aplicarán de manera directa por la Organización a los infractores.
35. El Comité Disciplinario es el competente para sancionar las faltas graves y gravísimas cometidas por los participantes, que son aquellas que trascienden las de tipo técnico y que ameritan la expulsión del torneo. Las sanciones impuestas por el Comité disciplinario, en concordancia a lo estipulado en el capítulo VI, Faltas, Sanciones y Procesos Disciplinarios del Reglamento de Estudiantes de la Universidad, las sanciones serán: a. Faltas graves: de 1 a 2 años de suspensión de cualquier actividad deportiva, recreativa o de actividad física que involucre a miembros de la Comunidad Educativa Javeriana; exceptuando las asignaturas electivas. b. Faltas gravísimas: más de 2 años de suspensión de cualquier actividad deportiva, recreativa o de actividad física que involucre a miembros de la Comunidad Educativa Javeriana; exceptuando las asignaturas electivas. 36. El Comité Disciplinario a su criterio aplicará las sanciones a las faltas graves y gravísimas, siguiendo el proceso descrito a continuación: a. Conocimiento de la falta. b. Comunicación escrita informando al implicado la falta cometida, la iniciación del proceso disciplinario en su contra, así mismo la citación a la audiencia de descargos; esta comunicación tendrá lugar máximo tres días hábiles después del conocimiento de la falta. c. Audiencia en la cual se presentan cargos y el implicado pueda ejercer el derecho a la defensa. Esta se realizará al menos tres días hábiles después de la notificación. d. Emisión del fallo, el cual se comunicará por escrito al implicado y se publicará en la cartelera informativa de la Organización. El fallo será emitido dos días hábiles después de la audiencia. e. Recursos: - De Reposición: Presentado por escrito del sancionado al Comité Disciplinario hasta dos días hábiles después de publicada la sanción. El Comité lo resolverá y emitirá su fallo dos días hábiles después de presentado el recurso. - De Apelación: Presentado por escrito del sancionado al Director del Centro Javeriano de Formación Deportiva, quien lo resolverá en última instancia con la asesoría del Comité Disciplinario, el fallo será emitido tres días hábiles después de presentado el recurso. f. El comité disciplinario informará en el semestre en curso en el que se presentó la falta, la sanción impuesta y el tiempo de vigencia de la misma. 37. Las sanciones que imponga el Comité Disciplinario se circunscriben al ámbito deportivo de la Universidad; sin embargo, ello no exime al implicado de las sanciones que puedan ser impuestas de acuerdo a la aplicación del Reglamento de Estudiantes, Docentes o del Personal Administrativo, según sea el caso. CAPITULO IX PROGRAMACIÓN 38. La programación es responsabilidad exclusiva del Coordinador de la Línea de Deportes del Centro Javeriano de Formación Deportiva. Los aplazamientos a que haya lugar se harán por
causas de fuerza mayor y siguiendo el Reglamento de Programaciones que se adjunta al presente y el cual estará publicado en la página del Centro. 39. Las competencias suspendidas por fuerza mayor, serán reprogramadas a criterio de la Organización. Las causas de fuerza mayor son aquellas que impiden el inicio o normal desarrollo de la competencia. 40. Si un equipo no se presenta en una oportunidad con el número mínimo requerido de jugadores para el inicio de un partido, será retirado de la fase en la que esté participando. CAPITULO X PREMIACIÓN 41. El reglamento de competición de cada deporte establece la metodología de la clasificación final de los equipos, la cual se determina mediante los procedimientos usuales de la disciplina deportiva correspondiente. 42. Se proclamará ganador del Trofeo General de la Olimpiada a la delegación que obtenga el mayor número de puntos. Así mismo, se entregarán trofeos a las cinco Facultades con el mayor número de puntos. 43. Para efectos de la clasificación del Trofeo General de la Olimpiada se tendrán en cuenta las puntuaciones obtenidas por los equipos en los distintos deportes con base en la escala incluida en los puntos 25 y 26 del presente Reglamento. 44. En cada prueba o modalidad se entregarán medallas al primer, segundo y tercer lugar. 45. El Trofeo Excelencia premia a la Facultad que se destaque por su participación, organización, cumplimiento, juego limpio, acatamiento de los reglamentos, compañerismo y respeto al rival. La asignación del Trofeo Excelencia se hará mediante el Reglamento establecido para tal fin que se adjunta al y será estará publicado en la página del Centro. CAPITULO XI - VARIOS 46. Los casos no contemplados expresamente en esta Reglamentación serán resueltos por la Organización. :: LA ORGANIZACIÓN :: Bogotá D.C., ENERO de 2017 CENTRO JAVERIANO DE FORMACIÓN DEPORTIVA