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procedimiento específico Manejo y monitoreo de odorantes Código: Edición: 4 Elaborado Revisado Aprobado Responsable Medio Ambiente DANIEL P. CASSANO Prevención, Salud, Medio Ambiente y Aseguramiento de la Calidad JOSÉ A. DEMASI Compras, Prevención y Servicios Generales GUSTAVO A. MARTÍNEZ Firma / Fecha Valora la necesidad de imprimir este documento, una vez impreso tiene consideración de copia no controlada. Protejamos el medio ambiente.

Histórico de Revisiones Edición Fecha Motivo de la edición y/o resumen de cambios 4 17/03/2015 Revisión anual y adecuación de formato. Edición: 4 Página: 2 de 11

Índice Página 1. Objeto... 4 2. Alcance... 4 3. Documentos de referencia... 4 4. Definiciones y abreviaturas... 5 5. Responsabilidades... 5 6. Descripción... 5 6.1 Manejo del odorante... 5 6.2 Monitoreo en instalaciones de odorización... 11 7. Registros y datos. Formatos aplicables.... 11 Edición: 4 Página: 3 de 11

1. Objeto Establecer los procesos que se deben llevar a cabo durante la manipulación de sustancias odorantes y las medidas de seguridad a adoptar para prevenir riesgos a las personas y al ambiente. 2. Alcance Todas las tareas que involucren el manejo de sustancias odorantes destinadas a las plantas o estaciones de odorización operadas por Gas Natural BAN, en adelante GNB, a fin de evitar el enmascaramiento de una pérdida de gas odorizado en presencia de una atmósfera enrarecida con vapores de odorante y evitar molestias ambientales, de acuerdo con el indicador ambiental correspondiente de la Resolución ENARGAS N 1192/99. 3. Documentos de referencia NAG-153:2006 MPA-01.00-BAN Normas argentinas mínimas para la protección ambiental en el transporte y la distribución de gas natural y otros gases por cañerías (texto ordenado por Resolución ENARGAS N I/609-2009). Manual de Procedimientos Ambientales. Res. ENARGAS 1192/99 Sistema de control mediante indicadores de calidad del servicio. Res. SOPyT 195/97 IRAM 3952 ISO 9001 NFPA 704 Naciones Unidas (ONU) NT-1504-REG-02 NT-1508-BAN PGM-44.71-BAN Normas técnicas para el transporte terrestre de mercancías peligrosas (Anexo I). Señales de advertencia Láminas retrorreflectoras de alta intensidad. Sistemas de gestión de la calidad Requisitos. Identification of the hazards of materials for emergency response. Recomendaciones relativas al transporte de mercancías peligrosas. Control de calidad del gas natural Rutina diaria. Determinación de la concentración de odorante en gas natural y nivel de olor en campo Procedimiento operativo. Gestión de residuos. Edición: 4 Página: 4 de 11

4. Definiciones y abreviaturas Contenedor: Todo tipo de recipiente destinado a contener odorante. Garrafa: Contenedor portátil de odorante, con capacidad de 27 litros. Depósito: Contenedor fijo de odorante, recargable, ubicado en las estaciones de odorización y conectado al equipo odorizador. Difusión del olor: Pérdida de sustancia odorante a la atmósfera, en las proximidades de la estación de odorización. EPO: Empresa Proveedora de Odorante. MPA: Manual de Procedimientos Ambientales. RMA: Responsable de Medio Ambiente. SBC (Semi-Bulk-Container): Contenedor de semigranel portátil, con una capacidad de 100 litros o más, en el cual la EPO transporta el odorante hasta las estaciones de odorización. 5. Responsabilidades Si bien el proceso Determinación de la calidad y odorización del gas natural se encuentra certificado según los requisitos de la norma ISO 9001, tanto la unidad organizativa responsable de la odorización en GNB como el personal de la EPO deben cumplir con los requisitos que les corresponda, de acuerdo con lo establecido en este procedimiento. 6. Descripción 6.1 Manejo del odorante a) Consideraciones generales El gas natural distribuido por GNB se odoriza con una mezcla de compuestos orgánicos de azufre (sulfuros orgánicos, mercaptanos y otros), la cual es altamente inflamable e irritante. El olor característico de esta mezcla odorante provoca en el público la asociación inconfundible con una fuga de gas. Por lo tanto, para evitar falsas llamadas, es importante prevenir el derrame o pérdidas de odorante. Dadas sus características, el odorante es identificado por la legislación argentina como sustancia peligrosa (Clase 3.1). A este respecto, el Anexo S del Decreto 779/95 reglamentario de la Ley de Tránsito y Seguridad Vial, trata el transporte de mercancías peligrosas por carretera y enumera en su Artículo 35 la documentación que deben portar los vehículos que transporten estas mercancías. Edición: 4 Página: 5 de 11

Por otra parte, el Anexo I de la Resolución SOPyT 195/97 define y clasifica las clases de mercancías peligrosas y establece disposiciones para su transporte. El hipoclorito de sodio y/o el producto utilizado para el lavado de los gases de los depósitos de odorante también son sustancias peligrosas, por lo que las precauciones durante su transporte y manipulación serán las mismas que para el odorante. Aún así, debido a los pequeños volúmenes portados por cada vehículo, no se requieren permisos o documentación especial para su transporte. b) Señalización de los contenedores fijos de odorante Todos los contenedores fijos de odorante deben tener una etiqueta con la siguiente identificación, de acuerdo con el Código NFPA 704 Descripción: 3 2 0 Azul: Riesgo para la salud - 2: Peligroso. Rojo: Riesgo de inflamabilidad - 3: Ignición a temperaturas normales. Amarillo: Riesgo de reactividad - 0: Estable normalmente. Blanco: Riesgos especiales. No posee número. c) Señalización de los contenedores móviles de odorante Todos los contenedores de odorante que sean transportados tanto por la EPO como por GNB (SBC o garrafas) deben estar adecuadamente etiquetados, contando con la siguiente identificación. Etiqueta de riesgo: Placa de 10 x 10 cm (mínimo), de color rojo, apoyada sobre uno de sus vértices, con una línea del mismo color que el símbolo trazada a 5 mm del borde y paralela en todo el perímetro. En la mitad superior se colocará el símbolo de la llama en color negro o blanco, y en la mitad inferior la cifra 3 del mismo color, la cual corresponde al número de Clase de Riesgo del odorante. Placa de seguridad: Placa rectangular de color anaranjado, de 5,6 cm de alto x 14 cm de ancho como mínimo, y con un borde negro de al menos 4 mm. Llevará una inscripción en dígitos negros de altura no menor a 2,6 cm, conteniendo en la parte superior el Número de Riesgo del odorante, y el número de la ONU en la parte inferior. Edición: 4 Página: 6 de 11

3 33 1993 Estos elementos de identificación de riesgo deben cumplir el nivel de retrorreflexión de la norma IRAM 3952. d) Equipo de protección personal a utilizar durante la carga de odorante Todo el personal que manipule sustancias odorantes debe utilizar el siguiente equipo de protección personal: - Casco - Anteojos de seguridad - Guantes de PVC - Traje protector - Calzado de seguridad Durante este tipo de trabajo se debe contar, además, con el siguiente equipo de protección personal para su uso en caso de una emergencia: - Semi-máscara con filtro para vapores orgánicos - Lava ojos portátil e) Medidas generales de seguridad - Mantener los contenedores de odorante con sus tapas herméticamente cerradas en un lugar seguro y bien ventilado. - Mantener los contenedores alejados del calor y de las fuentes de ignición. - Evitar el contacto del odorante y del hipoclorito de sodio con la piel y ojos, como así también la inhalación de sus vapores. - Evitar el contacto del odorante y del hipoclorito de sodio con agentes altamente oxidantes, ácidos, bases, agentes reductores y metales alcalinos. Edición: 4 Página: 7 de 11

f) Medidas operativas de seguridad en cargas realizadas por la EPO - El personal de GNB efectuará sólo las operaciones necesarias sobre el sistema de odorización para la recarga del producto. El resto de las tareas las realizará el personal de la EPO, el cual a su vez no podrá realizar tareas sobre el equipo de odorización ni sobre el depósito. - No se recargarán los SBC ni las garrafas, sino que la EPO los reemplazará por otros. - El personal de GNB no podrá subir al camión de la EPO, a fin de prevenir cualquier tipo de incidente o accidente que pudiera suscitarse por este motivo. - Tanto el depósito como el camión de la EPO deben estar conectados a tierra, conexión que debe realizarse utilizando una jabalina de cobre de 1 m de largo. Es imprescindible humedecer la tierra donde se clavará la jabalina. - La EPO debe colocar dos extintores, uno de anhídrido carbónico de 5 kg y otro de polvo ABC de 10 kg, distribuidos en la zona de carga y fácilmente accesibles ante el riesgo de incendio. g) Lavado de gases Durante el proceso de carga de odorante se debe despresurizar el depósito de odorante haciendo pasar los vapores a través de un lavador de gases para neutralizar el olor del odorante, el cual tendrá en su interior una solución de hipoclorito de sodio (NaClO) diluida al 50%, u otros productos como bacteria activa o inhibidor de mercaptanos. El lavador de gases podrá ser provisto por GNB o por la EPO. En todos los casos se descartará el hipoclorito una vez utilizado para el lavado y se repondrá con una solución nueva. El hipoclorito a descartar se dispondrá siguiendo las instrucciones del apartado Disposición de residuos de este documento. Nota importante: Para la realización de estas tareas, el personal debe contar con los mismos elementos de protección personal que los utilizados durante la manipulación del odorante, dado que el hipoclorito de sodio es una sustancia corrosiva. h) Transporte de sustancias odorantes - Los vehículos de la EPO afectados al transporte de sustancias odorantes, al igual que sus conductores, deben estar debidamente habilitados para el transporte de mercancías peligrosas. Toda la documentación requerida debe estar en el vehículo y a disposición de las autoridades en cualquier momento. Edición: 4 Página: 8 de 11

- Si el vehículo utilizado para el transporte tiene un peso máximo superior a 3.500 kg, el mismo debe contar con un elemento registrador de las operaciones. - Cuando los vehículos se encuentren transportando mercancías peligrosas deben portar identificación de riesgo del odorante en por lo menos 2 lados opuestos de la unidad, en posiciones que puedan verse por todo el personal involucrado en las operaciones efectuadas sobre la carga. Dicha identificación constará de la etiqueta de riesgo y la placa de seguridad colocadas en forma adyacente, las cuales tendrán las siguientes características: Etiqueta de riesgo: Con las mismas características que las especificadas en 6.1 c), pero con las siguientes dimensiones: 25 x 25 cm de lado, con la línea exterior a 12,5 mm del borde, con los dígitos no menores a 25 mm de alto. Placa de seguridad: Con las mismas características que las especificadas en 6.1 c), pero con las siguientes dimensiones: placa rectangular de 14 cm de alto x 35 cm de ancho como mínimo, borde negro de 10 mm, dígitos no menores a 6,5 cm de alto. Estos elementos identificatorios de riesgo deben cumplir el nivel de retrorreflexión de la norma IRAM 3952. i) Documentación requerida para el transporte de odorantes - Certificado de capacitación básica obligatoria actualizado (original) del conductor, expedido por la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT). - Certificación de la revisión técnica obligatoria del vehículo, expedida por un taller habilitado, de acuerdo al listado que figura en la Página Web de la Consultora Ejecutiva Nacional del Transporte http://www.cent.utn.edu.ar/talleres/talleres.asp. - Dicha certificación debe especificar que el vehículo se encuentra habilitado para transportar sustancias peligrosas. - Ficha de datos de seguridad del odorante. - Plan de emergencia para el caso de accidentes. - El remito debe estar completado antes de la partida del vehículo. - Para el caso de transporte por parte de la EPO, el responsable de la unidad de odorización de GNB enviará a la EPO el programa de carga de equipos con al menos 5 días hábiles de anticipación, para que la misma confeccione la Hoja de Ruta y la entregue a GNB con 2 días de anticipación como mínimo. Edición: 4 Página: 9 de 11

j) Disposición de residuos Una vez finalizadas las tareas en las distintas estaciones de odorización se deben retirar todos los residuos generados, no pudiendo quedar ningún tipo de desecho dentro de las mismas. Los residuos generados por las operaciones de manejo de sustancias odorantes se disponen de la siguiente manera: - Restos de hipoclorito: En todas las operaciones de carga de odorante que se realicen en conjunto con la EPO, ésta es responsable de la disposición final del hipoclorito usado. - Residuos sólidos: La EPO es responsable de la gestión de todos los residuos sólidos que ella genere, mientras que los generados por el personal de GNB son responsabilidad de la misma. En ambos casos, se tomarán las siguientes medidas. Materiales contaminados con odorante: Todos los materiales descartables contaminados con odorante (como paños, papel, barreras de contención o elementos reemplazados del equipo odorizador) deben ser colocados en recipientes herméticos para ese fin y retirados del lugar de trabajo al concluir las tareas. En ningún caso podrán ser almacenados en un recipiente que no sea hermético, para evitar la emisión de olor que pueda llegar a ser confundida con un escape de gas. La EPO debe trasladar sus residuos hasta su planta industrial, en donde se dispondrán de acuerdo con la legislación de residuos peligrosos. Los residuos generados por GNB son almacenados temporariamente en un contenedor plástico hermético y gestionados como residuos peligrosos, de acuerdo con el Procedimiento de Gestión de Residuos (PGM-44.71-BAN). Residuos no contaminados: Aquellos residuos generados por las operaciones de manejo con odorantes y que no hayan sido contaminados con ellos, se guardan en una bolsa de residuos y son retirados del lugar de trabajo al concluir las tareas. Los residuos generados por GNB se gestionan como residuos no peligrosos, de acuerdo con el Procedimiento de Gestión de Residuos (PGM-44.71-BAN). Los residuos no peligrosos generados por la EPO son trasladados en su vehículo hasta su planta industrial para su gestión y disposición final. Edición: 4 Página: 10 de 11

6.2 Monitoreo en instalaciones de odorización No se debe percibir olor fuera de los límites del radio de seguridad. El procedimiento para determinar la concentración de odorante y nivel de olor en campo se encuentra establecido en la NT-1508-BAN. 6.2.1 Frecuencia El cumplimiento del indicador debe ser permanente. Las prestadoras deben llevar un registro de la situación con una frecuencia mensual para plantas de odorización cuyo radio de seguridad sea menor a 100 m (o sea donde la vivienda más cercana se encuentre a menos de 110 m de la planta); y trimestral para el resto de las plantas de odorización. 6.2.2 Radio de seguridad Toda planta de odorización en la que se perciba olor a odorante fuera del radio de seguridad no cumplirá con el indicador, debiéndose normalizar la situación en forma inmediata según este procedimiento, al igual que si la emergencia se originara por derrame de odorante. 7. Registros y datos. Formatos aplicables. Este procedimiento no genera registros por sí mismo. Los resultados del monitoreo de odorante se registran en el NT-1504-REG-02. Edición: 4 Página: 11 de 11