GSA-I-GA-002 GESTIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS
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- María Luz Caballero Ávila
- hace 8 años
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1 1 OBJETO Describir la gestión adelantada por la Empresa de Energía de Bogotá S.A ESP. (EEB), con relación al manejo de los residuos peligrosos generados durante las etapas de construcción, operación y mantenimiento de la infraestructura de transmisión de energía de propiedad de la Empresa. 2 ALCANCE Este instructivo aplica a los colaboradores y contratistas que participan en los procesos, procedimientos, proyectos y/o actividades desarrolladas por el negocio de transmisión de energía eléctrica de la Empresa de Energía de Bogotá S.A ESP, en los cuales se generan residuos peligrosos de acuerdo con lo definido al respecto por la normatividad legal vigente. 3 DEFINICIONES 3.1 Acopio. Acción tendiente a reunir productos desechados o descartados por el consumidor al final de su vida útil y que están sujetos a planes de gestión, o de devolución de productos pos-consumo, en un lugar acondicionado para tal fin de manera segura y ambientalmente adecuada, a fin de facilitar su recolección y posterior manejo integral. El lugar donde se desarrolla esta actividad se denominará centro de acopio. 3.2 Almacenamiento. Es el depósito temporal de residuos o desechos peligrosos en un espacio físico definido y por un tiempo determinado con carácter previo a su disposición final. 3.3 Análisis de Trabajo Seguro - ATS: Método que permite identificar los factores de riesgo ocupacionales y los aspectos ambientales asociados con cada uno los pasos específicos de una tarea, y establecer las medidas preventivas o de control de dichos factores ocupacionales y aspectos ambientales. 3.4 Aprovechamiento y/o valorización. Es el proceso de recuperar el valor remanente o el poder calorífico de los materiales que componen los residuos o desechos peligrosos, por medio de la recuperación, el reciclado o la regeneración. 3.5 Disposición final. Es el proceso de aislar y confinar los residuos o desechos peligrosos, en especial los no aprovechables, en lugares especialmente seleccionados, diseñados y debidamente autorizados, para evitar la contaminación y los daños o riesgos a la salud humana y al ambiente. Fecha de última actualización: Mayo 22 de 2013 Página 1 de 7
2 3.6 Generador. Cualquier persona cuya actividad produzca residuos o desechos peligrosos. Si la persona es desconocida será la persona que está en posesión de estos residuos. El fabricante o importador de un producto o sustancia química con propiedad peligrosa, se equipara a un generador, en cuanto a la responsabilidad por el manejo de los embalajes y residuos del producto o sustancia. 3.7 Posesión de residuos o desechos peligrosos. Es la tenencia de esta clase de residuos con ánimo de señor y dueño, sea que el dueño o el que se da por tal, tenga la cosa por sí mismo, o por otra persona que la tenga en lugar y a nombre de él. 3.8 Receptor. El titular autorizado para realizar las actividades de almacenamiento, aprovechamiento y/o valorización (incluida la recuperación, el reciclado o la regeneración), el tratamiento y/o la disposición final de residuos o desechos peligrosos. 3.9 Remediación. Conjunto de medidas a las que se someten los sitios contaminados para reducir o eliminar los contaminantes hasta un nivel seguro para la salud y el ambiente o prevenir su dispersión en el ambiente sin modificarlos Residuo o desecho. Es cualquier objeto, material, sustancia, elemento o producto que se encuentra en estado sólido o semisólido, o es un líquido o gas contenido en recipientes o depósitos, cuyo generador descarta, rechaza o entrega porque sus propiedades no permiten usarlo nuevamente en la actividad que lo generó o porque la legislación o la normatividad vigente así lo estipula Residuo o desecho peligroso. Es aquel residuo o desecho que por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables, infecciosas o radiactivas puede causar riesgo o daño para la salud humana y el ambiente. Así mismo, se considera residuo o desecho peligroso los envases, empaques y embalajes que hayan estado en contacto con ellos Tenencia. Posesión física de residuos peligrosos por parte de un tercero a servicio de la EEB Tratamiento. Es el conjunto de operaciones, procesos o técnicas mediante los cuales se modifican las características de los residuos o desechos peligrosos, teniendo en cuenta el riesgo y grado de peligrosidad de los mismos, para incrementar sus posibilidades de aprovechamiento y/o valorización o para minimizar los riesgos para la salud humana y el ambiente. 4 RESPONSABLES 4.1 Los colaboradores y contratistas de la Vicepresidencia de Transmisión que realicen o supervisen actividades relacionadas con la construcción, operación y mantenimiento de la Fecha de última actualización: Mayo 22 de 2013 Página 2 de 7
3 infraestructura de transmisión de la Empresa de Energía de Bogotá S.A. E.S.P. son responsables de cumplir con lo establecido en el presente instructivo. 4.2 Los interventores o supervisores son responsables de: 1. Verificar que el contratista, al realizar el análisis de trabajo identifique el impacto ambiental asociado al aspecto ambiental generación de residuos peligrosos, cuando aplique, lo que iniciaría la implementación del presente instructivo. 2. Garantizar que el (los) contratista(s) que ejecute(n) las actividades, diligencien y entreguen los registros requeridos en el presente instructivo. 3. Entregar al Asesor ambiental designado para la consolidación de la información de residuos peligrosos, copia digital de los siguientes documentos: Formato GSA-F- AI-004 Clasificación y registro mensual de Residuos peligrosos generados, certificación de aprovechamiento o disposición final de residuos peligrosos expedido por el(los) receptor(es) y de la(s) licencia(as) ambiental(es), autorización(es), permiso(s) vigentes del receptor para ejecutar dichas actividades, expedido por la autoridad ambiental competente, procurando no exceder los primeros diez días calendario de cada mes para la remisión de estos documentos. 4.3 El Asesor ambiental designado por el Vicepresidente de Transmisión es responsable de: 1. Verificar que la identificación de residuos peligrosos a generar descritos en el formato GSO-F-PR-001 Análisis de trabajo seguro - ATS, sean o correspondan con aquellos registrados en el formato GSA-F-AI-004 Clasificación y registro mensual de Residuos peligrosos generados, y que su manejo y disposición cumpla con lo dispuesto en la normatividad ambiental vigente. 2. Consolidar y actualizar la información registrada en desarrollo del presente instructivo, de conformidad con la identificación realizada de manera previa de potenciales residuos peligrosos y la ejecución real de la tarea, y determinar la media móvil mensual por jurisdicción de autoridades ambientales de los residuos identificados como tal y registrados como residuos durante la ejecución de la tarea. 3. Generar los informes o reportes requeridos por las autoridades ambientales y la gestión interna de la Empresa. 4. Apoyar a los interventores de la Vicepresidencia de Transmisión en la verificación de requisitos legales y soportes de los receptores de residuos peligrosos. 5. Apoyar a la Vicepresidencia de Transmisión, para la gestión ambiental necesaria para la contratación del servicio de transporte, aprovechamiento, recuperación, tratamiento y/o disposición final de los residuos peligrosos que se requieran. 6. Apoyar o realizar capacitaciones al personal propio o contratista de la Vicepresidencia de Transmisión para el adecuado manejo y disposición de residuos peligrosos. 7. Actualizar el listado de residuos peligrosos generados en la Vicepresidencia de Transmisión cuando se identifiquen elementos no identificados de manera inicial. Fecha de última actualización: Mayo 22 de 2013 Página 3 de 7
4 4.4 El Contratista o colaborador de EEB es responsable de: 1. Dar cumplimiento a lo establecido en el presente instructivo. 2. Entregar al interventor o Asesor Ambiental designado, según sea el caso, como anexo al formato GSO-F-PR-001 Análisis de trabajo seguro - ATS, copia de los permisos ambientales del receptor a emplear para disponer los residuos peligrosos identificados, para su verificación, seguimiento y control. 3. Para el manejo de residuos peligrosos resultantes de las actividades de construcción o mantenimiento de la infraestructura de transmisión, diligenciar el formato GSA-F-AI-004 Clasificación y registro mensual de Residuos peligrosos generados con numeración única y entregarlo mensualmente a: interventor/supervisor para que este valide la información y lo remita al Asesor Ambiental designado, en caso de ser contratista, o al Asesor Ambiental designado. 4. Informar y capacitar a sus empleados y presentar a la Empresa los documentos y registros que evidencie la ejecución de esta actividad, en temas relacionados con la gestión y manejo adecuado de residuos peligrosos y difundir e implementar lo establecido en el presente instructivo. 5. Garantizar que se envasen, embalen y etiqueten los residuos peligrosos. 6. Tomar las medidas de prevención y control ante fugas, derrames y/o las necesarias en cuanto a compatibilidad química. 7. Remitir al interventor del contrato la certificación de aprovechamiento, tratamiento o disposición final de residuos peligrosos, expedido por el(los) receptor(es) relacionados en el ATS. 4.5 El personal de almacenes es responsable de: 1. Garantizar que el almacenamiento temporal que se realice a los residuos peligrosos, sea ejecutado conforme a lo establecido en el presente instructivo. 2. Garantizar que los elementos que ingresen al almacén producto de las actividades de mantenimiento hayan sido reportados por el contratista o por el colaborador de EEB en el formato GSA-F-AI-004 Clasificación y registro mensual de Residuos peligrosos generados. 3. Registrar los residuos peligrosos que ingresen al almacén relacionando el número único del formato GSA-F-AI-004 Clasificación y registro mensual de Residuos peligrosos generados diligenciado por el ejecutor de la actividad generadora, e informar mensualmente al Asesor Ambiental de la consolidación de la información. 4. Garantizar la disposición final de los residuos peligrosos de acuerdo con la normatividad ambiental vigente y remitir al Asesor Ambiental la certificación que evidencie esta disposición y la copia del permiso ambiental vigente del receptor del residuo peligroso expedido por la autoridad ambiental competente. Fecha de última actualización: Mayo 22 de 2013 Página 4 de 7
5 5 DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES 5.1 Capacitación Para el adecuado manejo de los residuos peligrosos, el personal que supervisa y ejecuta las actividades de construcción o mantenimiento de la infraestructura de transmisión por lo menos recibe dentro de la charla previa a la ejecución de las actividades la manera para identificar y segregar los residuos peligrosos, en caso que aplique, evitando la contaminación de residuos ordinarios durante su manipulación y la contaminación ambiental; generando conocimiento sobre los efectos o impactos negativos que sobre el medio ambiente y los recursos naturales causa un manejo inadecuado de estos residuos y; transmitiendo conocimientos en cuanto a las medidas de control para evitar pérdidas, derrames o fugas de los mismos y la forma de actuar en el evento de un incidente de estos. 5.2 Identificación El contratista o colaborador de EEB identifica en la etapa de planeación del trabajo, los residuos a generar, los cuales registra en el formato GSO-F-PR-001 Análisis de trabajo seguro ATS. Al tener identificados los residuos peligrosos a generar, el contratista o colaborador de EEB determina con cual o cuales receptores realizará la disposición final y adjunta al formato GSO-F-PR-001 Análisis de trabajo seguro ATS copia de los permisos ambientales del receptor para su disposición o indica si serán entregados en los almacenes de EEB para su gestión. El Asesor Ambiental designado apoyará al interventor o colaborador de EEB en la revisión del ATS para evaluar la pertinencia de lo planteado en cuanto al manejo de residuos peligrosos y evaluará la suficiencia de la documentación relacionada con los permisos ambientales del receptor propuesto por el contratista. Una vez generados los residuos peligrosos, el ejecutor de la actividad (Colaborador de EEB o contratista) solicita al Asesor Ambiental o al interventor el formato GSA-F-AI-004 Clasificación y registro mensual de Residuos peligrosos generados, el cual es numerado por el Asesor Ambiental para efectos de control, previo o posterior a su diligenciamiento. 5.3 Segregación / separación de residuos peligrosos. Para la separación de los residuos peligrosos de los ordinarios (no peligrosos), se contará con una zona con recipientes fijos o portátiles (bolsas, canecas u otros) rotulados para el almacenamiento de residuos peligrosos, con el objeto que el personal que genera residuos realice la separación, evite la contaminación de los residuos ordinarios, y tome las medidas de control para evitar incidentes, como fugas, derrames o reactividad. Los residuos peligrosos generados serán medidos de forma independiente y su peso se registra en el formato GSA-F-AI-004 Clasificación y registro mensual de Residuos Fecha de última actualización: Mayo 22 de 2013 Página 5 de 7
6 peligrosos generados. Esta actividad puede ser durante la separación o al momento de realizar la disposición final. 5.4 Almacenamiento temporal Para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos se tiene en cuenta las características de los residuos, de forma tal que se puedan tomar medidas de control de incidentes, como fugas, derrames o reactividad. En el formato GSA-F-AI-004 Clasificación y registro mensual de Residuos peligrosos generados, se reporta el sitio donde se encuentran almacenados temporalmente los residuos relacionados. 5.5 Transporte El contratista o el colaborador de EEB verifica que la empresa que realizará el transporte de los residuos peligrosos hasta el lugar de disposición final cumpla con los requisitos legales para esta actividad. 5.6 Disposición final Los contratistas o colaboradores de EEB para la eliminación de los residuos peligrosos generados contarán con el servicio de organizaciones que cuenten con licencia ambiental y/o permiso ambiental otorgado por una autoridad ambiental competente para realizar la disposición final de los residuos peligrosos que le sean entregados. Aquellos residuos peligrosos que tengan el potencial de ser materia prima para un proceso productivo podrán ser entregados a organizaciones que realicen el tratamiento y que cuentan con un permiso o licencia ambiental otorgada por una autoridad ambiental competente para realizar el tratamiento de los residuos peligrosos que le sean entregados. Para cualquiera de los casos, dichas organizaciones certificarán que los residuos peligrosos generados por EEB fueron dispuestos finalmente o aprovechados. Para el caso de baterías, bombillas de vapor de mercurio, agroquímicos entre otros susceptibles a devolución posconsumo, se procurará la adquisición de dichos productos con proveedores que cuenten con un plan de devolución pos-consumo. Para el caso de los contratistas que disponen los residuos peligrosos provenientes de actividades realizadas con EEB sumados con los generados en otras empresas y cuenta con una certificación sin identificar la cantidad generada por EEB, acompañará dicha certificación con una comunicación que indique la cantidad que corresponde a los residuos peligrosos generados por las actividades realizadas a EEB. Fecha de última actualización: Mayo 22 de 2013 Página 6 de 7
7 5.7 Seguimiento y control El colaborador de EEB o el interventor del contratista verificará que el personal esté capacitado para el adecuado manejo de residuos peligrosos, esta verificación puede ser a través de listados de asistencia, fotografías, permisos de trabajo, u otro que identifique para verificar las capacitaciones sobre residuos peligrosos dadas al personal. El colaborador o interventor cuando lo considere apropiado, realizará inspecciones a los sitios de generación y/o almacenamiento temporal de residuos peligrosos para que con el apoyo del Asesor Ambiental designado, se determine la pertinencia de las medidas tomadas. El Asesor Ambiental consolidará y actualizará la información de la generación de residuos peligrosos de acuerdo con lo registrado en los formatos GSA-F-AI-004 Clasificación y registro mensual de Residuos peligrosos generados que le sean entregados, de manera que pueda ser determinada la media móvil mensual (promedio de los promedios ponderados del peso de los residuos peligrosos generados en los últimos seis (6) meses, para un mes determinado) por jurisdicción de autoridades ambientales. Dicha información será consolidada en el Formato GSA-F-AI-005 Memoria de Cálculo Gestión de Residuos Peligrosos. El Asesor Ambiental, de acuerdo con los resultados de la actualización y consolidación de la información, reportará en reunión mensual al Vicepresidente de Transmisión sobre la necesidad o no de inscribirse como generador de residuos peligrosos ante las autoridades ambientales competentes lo cual quedará consignada en el acta de reunión. En el caso de tener la obligación de registrarse como generador de residuos peligrosos, se deberá proceder de acuerdo con lo establecido en la normativa ambiental vigente para tal caso. Los colaboradores de EEB o los contratistas, antes de la liquidación de contratos, le entrega al Asesor Ambiental o al interventor, según sea el caso, la(s) certificación(es) de disposición final de los residuos peligrosos que fueron generados, acorde con la cantidad registrada en los formatos GSA-F-AI-004 Clasificación y registro mensual de Residuos peligrosos generados en desarrollo de las actividades realizadas. El colaborador o interventor verificará que la disposición final de los residuos peligrosos se haya realizado con el receptor indicado en la planeación. En caso de presentarse algún cambio de receptor, verificará que éste también cuente con los permisos requeridos para tal fin expedidos por una autoridad ambiental competente. Fecha de última actualización: Mayo 22 de 2013 Página 7 de 7
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